Artículo 2 (140/167)
2. Coordinar las acciones para la inscripción de los sindicatos o asociaciones en el registro sindical, adopción y reforma de estatutos y demás aspectos relacionados, y organizar y mantener actualizado el sistema de registro sindical. 3. Aplicar las normas y procedimientos que garanticen los derechos de los trabajadores en materia de empleo, trabajo y seguridad social. 4. Participar en el proceso de negociación colectiva en el sector público. 5. Realizar las acciones para la inscripción de los sindicatos o asociaciones en el registro sindical, adopción y reforma de estatutos y demás aspectos relacionados, y organizar y mantener actualizado el sistema de registro sindical. 6. Analizar la documentación relacionada con la declaratoria de ilegalidad de ceses de actividades y proyectar las resoluciones correspondientes. 7. Revisar la documentación necesaria para la convocatoria y funcionamiento de los tribunales de arbitramento y proyectar las resoluciones correspondientes. 8. Tramitar las solicitudes de aprobación de elecciones y designación de cargos directivos en las organizaciones sindicales de tercer grado. 9. Proyectar las respuestas a las consultas que en derecho individual y colectivo formulen los particulares, las entidades de derecho privado y las organizaciones sindicales. 10. Proyectar las resoluciones mediante las cuales se resuelven los recursos de apelación interpuestos contra las providencias proferidas por los Directores Territoriales.