Artículo 4 (78/940)
2. Estudiar y analizar los derechos que tienen los pensionados, sustitutos y extrabajadores de Puertos de Colombia, teniendo en cuenta las normas vigentes y las convenciones colectivas. 3. Analizar a través de un estudio jurídico, el real derecho de las solicitudes de pensión y de sustitución pensional de extrabajadores y beneficiarios de éstos en la empresa Puertos de Colombia. 4. Colaborar en los estudios jurídicos que se realicen para la depuración de la nómina de pensionados, de la empresa Puertos de Colombia. 5. Estudiar y analizar los planes y programas relacionados con el seguimiento que se debe efectuar al pago de los pensionados de la empresa Puertos de Colombia. 6. Realizar los estudios necesarios para el reconocimiento de los servicios de salud a cargo del Fondo de Pasivo de Ferrocarriles Nacionales o la entidad que deba prestar ese servicio. 7. Colaborar en la proyección de las diferentes providencias que se expidan, de conformidad con las directrices que fije el coordinador del área. Hoja 64