Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de la Protección Social

Resolución · 3133 · 2005-09-14 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 101–120 de 949

Artículo 4 (98/940)

5. Preparar las intervenciones, informaciones y demás datos destinados a los medios de comunicación y a la opinión pública. 6. Emitir y divulgar, previa autorización del Ministro, los informes y comunicaciones sobre los programas relacionados con la gestión del Ministerio. 7. Mantener informado al Ministro y a los funcionarios del nivel directivo de las noticias relacionadas con las políticas, metas y resultados del Sector. 8. Elaborar los textos, escritos y documentos destinados a los medios de comunicación y a l a opinión pública. 9. Conservar y actualizar el archivo de prensa del Ministerio. 10. Diseñar e impulsar la puesta en marcha de la estrategia de comunicación del Sector. 11. Dar a conocer la misión, visión, objetivos, programas, proyectos, estudios del Ministerio a los actores de los sistemas y a la comunidad en general, atendiendo los lineamientos establecidos para su comunicación. 12. Coordinar y manejar los recursos asignados a la oficina para el desarrollo de las funciones. 13. Atender las solicitudes sobre los diferentes temas de los distintos medios de comunicación. 14. Elaborar el material Audiovisual requerido por el área. 15. Actualizar la página Web. 16. Presentar eventos relacionados con el área. 17. Participar en eventos relacionados con el área. 18. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Comunicación Social y Periodismo. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Medios Audiovisuales, Medicamentos. • EXPERIENCIA: Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de las Comunicaciones. • EQUIVALENCIAS:

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1. Título de Postgrado en la Modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. La imagen de la institución es proyectada de una manera adecuada, en un ambiente de cordialidad con los Hoja 77 medios de comunicación. Las comunicaciones externas presentadas están acordes a los requerimientos de la institución. Las actividades de índole divulgativa y el desarrollo de eventos, se coordinan de acuerdo con las necesidades de la entidad. Comunicación, Periodismo, Medios Audiovisuales. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 13 Dependencia: Oficina Asesora de Comunicaciones Empleo Jefe Inmediato: Jefe de Oficina Asesora Número de Empleos: 2 Nivel: Profesional Área: Despacho Participar en el desarrollo de las comunicaciones integrales requeridas por el Ministerio, referentes a la imagen institucional, manejo de medios y apoyo a los eventos de interés del Ministro. 1. Coordinar y participar con los diferentes medios de comunicación las ruedas de prensa, entrevistas y demás intervenciones del Ministro o de quien sea designado para el efecto. 2. Coordinar las relaciones del Ministerio con los periodistas y medios de comunicación.

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3. Coordinar con las dependencias y entidades del Sector el manejo eficiente y eficaz de la información destinada a los medios de comunicación y a la opinión pública. 4. Velar por la imagen institucional del Ministerio. 5. Coordinar las intervenciones, informaciones y demás datos destinados a los medios de comunicación y a la opinión pública. 6. Emitir y divulgar, previa autorización del Ministro, los informes y comunicaciones sobre los programas relacionados con la gestión del Ministerio. 7. Mantener informado al Ministro y a los funcionarios del nivel directivo de las noticias relacionadas con las políticas, metas y resultados del Sector. 8. Elaborar los textos, escritos y documentos destinados a los medios de comunicación y a l a opinión pública. 9. Participar en la conservación y actualización del archivo de prensa del Ministerio. 10. Desarrollar e impulsar la puesta en marcha de la estrategia de comunicación del Sector. 11. Participar en la divulgación de la misión, visión, objetivos, programas, proyectos, estudios del Ministerio a los actores de los sistemas y a la comunidad en general, atendiendo los lineamientos establecidos Hoja 78 para su comunicación. 12. Coordinar y manejar los recursos asignados a la oficina, para el desarrollo de las funciones. 13. Atender solicitudes sobre diferentes temas a los diferentes medios de comunicación.

Artículo 4 (101/940)

14. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Periodismo. • EXPERIENCIA: Veintisiete (27) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Medios Audiovisuales. La imagen de la institución es proyectada de una manera adecuada, en un ambiente de cordialidad con los medios de comunicación. Las comunicaciones externas presentadas están acordes a los requerimientos de la institución. Las actividades de índole divulgativa y el desarrollo de eventos, se coordinan de acuerdo con las necesidades de la entidad. En áreas de Medios Audiovisuales • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones OFICINA ASESORA JURÍDICA Y DE APOYO LEGISLATIVO Despacho Denominación: Jefe de Oficina Asesora Código: 1045 Grado: 15 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Ministro Número de Empleos: 1 Nivel: Asesor Área: Despacho Asesorar y responder al Ministro conceptos sobre los asuntos jurídicos relacionados con el Ministerio garantizando la legalidad de todas las actuaciones administrativas y de carácter laboral producidas por las diferentes dependencias y defender los intereses de la Nación- Ministerio de la Protección Social- 1. Asesorar y conceptuar sobre los problemas jurídicos relacionados con el Ministerio. 2. Elaborar o revisar los proyectos de Ley, Decretos, Resoluciones y Contratos que deban ser suscritos Hoja 79 por el Ministro.

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3. Suministrar al Ministerio Público, en los juicios en que sea parte la Nación, todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los intereses del Estado y de los actos del gobierno e informar al Ministro y a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República del curso de dichos juicios. 4. Coordinar el desarrollo de sus actividades con la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República. 5. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las normas que se expidan en materia de empleo, trabajo y seguridad social. 6. Recopilar y clasificar la información relacionada con sus áreas en coordinación con el área de sistemas. 7. Asistir a las dependencias del Ministerio en los asuntos relacionados con el área de su competencia 8. Velar por la adecuada difusión de los cambios normativos y jurisprudenciales. 9. Generar las herramientas necesarias, para garantizar que las diferentes dependencias del Ministerio actúen conforme a derecho. 10. Dirigir las actuaciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las multas que se adeuden al Ministerio por todo concepto, coordinando las labores de cobro persuasivo y dirigiendo los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva. 11. Dirigir la elaboración de las consultas formuladas por los organismos públicos y entidades privadas de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones del Ministerio. 12. Vigilar y coordinar la atención de los procesos en los cuales sea parte la Nación Ministerio de Protección Social. 13. Adoptar, desarrollar e implementar los programas de control interno que en materia de su competencia se establezcan en la entidad. 14. Asistir a las reuniones de los consejos, las juntas, los comités y demás cuerpos en que tenga asiento la Oficina, o cuando haya sido delegado para el efecto. 15. Presentar informes relacionados con el cumplimiento de objetivos propuestos, y un programa anual de actividades a desarrollar en año siguiente en el área de su competencia.

Artículo 4 (103/940)

16. Establecer el criterio Jurídico para la defensa de las acciones públicas de inconstitucionalidad en la que la entidad hace parte. 17. Responder por la defensa de los intereses del Ministerio en las Acciones de Tutela, populares, de grupo y de cumplimiento en las que sea parte el Ministro de la Protección Social. 18. Ejercer la representación Jurídica del Ministerio. 19. Asesorar y asistir alas Dependencias del Ministerio en la interpretación y aplicación de las normas del Sistema General de Seguridad Social y en el de relaciones laborales. 20. Asesorar y apoyar al Ministro, Viceministros y las diferentes Dependencias en asuntos relativos a las acciones constitucionales. 21. Asesorar a las Dependencias del Ministerio en los asuntos relacionados con la Defensa Judicial del mismo. 22. Asesorar en la elaboración de los Proyectos de Ley de Iniciativa Gubernamental, que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración con el Congreso de la República incluida la exposición de motivos. 23. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Universitario en Derecho. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Administrativo, Derecho Laboral, Seguridad Social, Dirección del Estado y cincuenta y seis (56) meses de experiencia profesional relacionada. Título de Postgrado en la Modalidad de Maestría en Derecho Administrativo, Derecho Laboral, Seguridad Social, Dirección del Estado y Cuarenta y cuatro (44) meses de experiencia profesional relacionada en áreas Administrativas. • EQUIVALENCIAS: Hoja 80

Artículo 4 (104/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

Artículo 4 (105/940)

2. El título de postgrado en la modalidad de maestría por: a) Tres (3) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional o, b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Procesos judiciales en los cuales hace parte la Nación-Ministerio de la Protección Social controlados y con un óptimo seguimiento. Las unidades funcionales del Ministerio y la Alta Dirección, reciben la asesoría jurídica de una manera eficaz y eficiente. Mecanismos de jurisdicción coactiva en el Ministerio implantados de una manera óptima. Los conceptos y revisiones de proyectos de ley responden a las necesidades institucionales y del personal. Derecho Laboral, Derecho Administrativo, Seguridad Social, Contratación. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Conocimiento del Entorno Construcción de Relaciones Iniciativa Denominación: Asesor Código: 1020 Grado: 10 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Jefe de Oficina Asesora Número de Empleos: 1 Nivel: Asesor Área: Despacho Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 1. Responder por la defensa de los intereses del Ministerio en las acciones de tutela, populares, de grupo y de cumplimiento en las que sea parte el Ministerio de la Protección Social.

Artículo 4 (106/940)

2. Coordinar con quienes disponen de la información necesaria para adelantar el trámite oportuno de la defensa de los intereses del Ministerio en materia de acciones constitucionales, en la consecución de la misma y adoptar las pruebas que sean pertinentes. 3. Vigilar y mantener actualizado el estado de las acciones constitucionales y llevar un registro clasificado de acuerdo a su naturaleza. 4. Asistir y Asesorar a las dependencias del Ministerio en los asuntos relacionados con el trámite de acciones constitucionales. Hoja 81 5. Participar en el establecimiento de los criterios jurídicos, para la defensa en las acciones públicas de inconstitucionalidad en la que la entidad sea parte, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio. 6. Proyectar al Ministro y Viceministro, en los asuntos relativos a las acciones constitucionales. 7. Suministrar a los diferentes organismos de control, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior y de Justicia, la información y documentación relativas a las acciones constitucionales atendidas por el Ministerio. 8. Participar en el establecimiento de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 9. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia. 10. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área IV. REQUISISTOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho y Ciencias Políticas. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Constitucional y Administrativo, Seguridad Social, Derecho Laboral, Salud. • EXPERIENCIA: Treinta y un (31) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Derecho Constitucional y Administrativo. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (107/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Procesos judiciales en los cuales hace parte la Nación-Ministerio de la Protección Social controlados y con un óptimo seguimiento. Las unidades funcionales del Ministerio y la Alta Dirección, reciben la asesoría jurídica de una manera eficaz y eficiente. Mecanismos de jurisdicción coactiva en el Ministerio implantados de una manera óptima. Los conceptos y revisiones de proyectos de ley responden a las necesidades institucionales y del personal. En áreas de Derecho Administrativo y Constitucional. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Conocimiento del Entorno Construcción de Relaciones Iniciativa Denominación: Asesor Código: 1020 Hoja 82 Grado: 09 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 3 Nivel: Asesor Área: Despacho Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 1. Responder por la defensa de los intereses del Ministerio en las acciones de tutela, populares, de grupo y de cumplimiento en las que sea parte el Ministerio de la Protección Social.

Artículo 4 (108/940)

2. Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 3. Coordinar con quienes disponen de la información necesaria para adelantar el trámite oportuno de la defensa de los intereses del Ministerio en materia de acciones constitucionales, en la consecución de la misma y adoptar las pruebas que sean pertinentes. 4. Vigilar y mantener actualizado el estado de las acciones constitucionales y llevar un registro clasificado de acuerdo a su naturaleza. 5. Asistir y Asesorar a las dependencias del Ministerio en los asuntos relacionados con el trámite de acciones constitucionales. 6. Participar en el establecimiento los criterios jurídicos, para la defensa en las acciones públicas de inconstitucionalidad en la que la entidad sea parte, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio. 7. Estudiar, proponer y proyectar la definición de criterios para la defensa de los intereses del Ministerio en lo Relacionado con el trámite de las acciones constitucionales. 8. Asesorar y apoyar al Ministro, Viceministro y a las diferentes dependencias del Ministerio, en los asuntos relativos a las acciones constitucionales. 9. Suministrar a los diferentes organismos de control, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior y de Justicia, la información y documentación relativas a las acciones constitucionales atendidas por el Ministerio. 10. Participar en el establecimiento de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 11. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia.

Artículo 4 (109/940)

12. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Laboral, Relaciones Industriales, Seguridad Social, Derecho Constitucional. • EXPERIENCIA: Veintiséis (26) meses de experiencia profesional relacionada en áreas Constitucionales, Laborales, Administrativas, Seguridad Social. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (110/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o Hoja 83 c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Procesos judiciales en los cuales hace parte la Nación-Ministerio de la Protección Social controlados y con un óptimo seguimiento. Las unidades funcionales del Ministerio y la Alta Dirección, reciben la asesoría jurídica de una manera eficaz y eficiente. Mecanismos de jurisdicción coactiva en el Ministerio implantados de una manera óptima. Los conceptos y revisiones de proyectos de ley responden a las necesidades institucionales y del personal. Derecho Constitucional, Laboral, Seguridad Social. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Conocimiento del Entorno Construcción de Relaciones Iniciativa Denominación: Asesor Código: 1020 Grado: 08 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Jefe de Oficina Asesora Número de Empleos: 1 Nivel: Asesor Área: Despacho Asesorar a las dependencias competentes del Ministerio de la Protección Social, en la elaboración de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental, que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, incluida la exposición de motivos. 1. Participar en la Conceptualización en el contenido de los proyectos de Ley de iniciativa del Ministerio de la Protección Social y su correspondiente exposición de motivos y en general de aquellos presentados a consideración del Despacho del Ministro.

Artículo 4 (111/940)

2. Participar en la elaboración del Proyecto de Concepto Institucional (técnico – jurídico) sobre el contenido de los proyectos de Ley de intereses del Sector de la Protección Social que se encuentren e trámite en el Congreso de la República con base en la información suministrada por las Dependencias del Ministerio y demás sectores interesados. 3. Asesorar a las dependencias competentes del Ministerio de la Protección Social en la elaboración de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás actos administrativos relacionados con el sector, que garanticen el funcionamiento del Sistema de Protección Social. 4. Participar en el Estudio, revisión y sugerencias de ajustes al contenido, de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás actos administrativos elaborados por las dependencias del Ministerio, organismos y entidades adscritas y vinculadas que integran el Sector de la Protección Social. 5. Colaborar cuando sea necesario en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial para la elaboración de proyectos de Ley, decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, relacionados con los asuntos de interés del sector de la Protección Social. 6. Coordinar la compilación y actualización de la legislación y jurisprudencia relativa a las actividades y funciones del Ministerio y del Sector de la Protección Social. 7. Colaborar en la actualización del archivo histórico, con los antecedentes de los proyectos de Ley, Hoja 84 decretos, resoluciones, circulares y acuerdos de los consejos adscritos al Ministerio, y demás actos administrativos sometidos a su consideración. 8. Revisar las respuestas a los oficios en los cuales se consulte sobre el trámite de los proyectos de Ley, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás asuntos de competencia relacionados con el sector de la Protección Social. 9. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno de gestión en los asuntos de su competencia.

Artículo 4 (112/940)

10. Revisar el contenido del concepto institucional sobre los proyectos de Ley, decretos, resoluciones, circulares y en general los actos administrativos como trámite previo a la aprobación por parte de la Jefatura. 11. Coordinar la gestión de los Profesionales que integran el Grupo y velar por la consecución, administración y manejo de los recursos humanos, técnicos y físicos para el adecuado desempeño de las fusiones asignadas. 12. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Ambiental, Seguridad Social, Derecho Constitucional. • EXPERIENCIA: Veintiún (21) meses de experiencia profesional relacionada en áreas Laboral, Administrativa, Constitucional, Seguridad Social. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (113/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Procesos judiciales en los cuales hace parte la Nación-Ministerio de la Protección Social controlados y con un óptimo seguimiento. Las unidades funcionales del Ministerio y la Alta Dirección, reciben la asesoría jurídica de una manera eficaz y eficiente. Mecanismos de jurisdicción coactiva en el Ministerio implantados de una manera óptima. Los conceptos y revisiones de proyectos de ley responden a las necesidades institucionales y del personal. Derecho Laboral, Derecho Administrativo, Seguridad Social, Contratación. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Conocimiento del Entorno Construcción de Relaciones Hoja 85 Iniciativa Denominación: Asesor Código: 1020 Grado: 08 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Jefe de Oficina Asesora Número de Empleos: 1 Nivel: Asesor Área: Despacho Asesorar, adelantar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva de las obligaciones que a favor del Ministerio se adeuden de conformidad con las normas legales.

Artículo 4 (114/940)

1. Orientar el ejercicio de la jurisdicción coactiva a nivel nacional, para hacer efectivo el cobro de los créditos a favor del Ministerio de la Protección Social que surjan de los actos administrativos que imponen multas a favor de la entidad por concepto de sanciones disciplinarias y de los que imponen multas a favor de los Fondos de Riesgos Profesionales y de Solidaridad Pensional. 2. Llevar a cabo las diligencias preliminares de cobro persuasivo con el fin de obtener el pago de los créditos. 3. Librar los mandamientos de pago en los procesos de cobro coactivo. 4. Orientar la celebración de los acuerdos de pago con los ejecutados cuando a ello haya lugar. 5. Asesorar el desarrollo de las actividades relacionadas con el proceso coactivo en cuanto a la aprobación de las cauciones decretadas, designación de curadores cuando se requieran, adopción de medidas cautelares pertinentes y tramitación de las excepciones propuestas. 6. Ordenar la suspensión del proceso de cobro coactivo cuando se requiera. 7. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las normas que reglamentan el cobro coactivo. 8. Mantener actualizado los registros de todos los procesos que se adelanten por el trámite de jurisdicción coactiva. 9. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia. 10. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Civil. • EXPERIENCIA: Veintiún (21) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Derecho Procesal, Derecho Civil. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (115/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a)Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b)Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los asuntos jurídicos relacionados con el Ministerio que sean sometidos a su consideración cuentan con la Hoja 86 asesoría y la emisión de conceptos respectivos. Los procesos judiciales y audiencias en que sea parte la Nación-Ministerio de la Protección Social en los cuales se le confiera poder, se atienden con el fin de defender los intereses de la nación. Asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio para que actúen conforme a Derecho. Derecho Procesal Civil. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Conocimiento del Entorno Construcción de Relaciones Iniciativa Denominación: Asesor Código: 1020 Grado: 07 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 4 Nivel: Asesor Área: Despacho Asesorar y resolver las consultas formuladas por los organismos públicos, privados y por las dependencias del Ministerio relacionadas con el tema de seguridad social, de conformidad con las normas que rigen la materia. 1. Asesorar y asistir a las dependencias del Ministerio en la interpretación y aplicación de las normas del Sistema General de Seguridad Social. 2. Absolver las consultas dentro del marco legal que se le formulan a la entidad en relación con el Sistema de Seguridad Social Integral.

Artículo 4 (116/940)

3. Participar en la definición y proyección de los criterios en materia de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social, y propiciar la unificación de los criterios jurídicos sobre estos temas. 4. Proyectar para la firma del Ministro las consultas ante el Consejo de Estado referidas a los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social. 5. Colaborar en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 6. Colaborar y participar en los eventos que organice el Ministerio para la definición, difusión e implementación de la política en materia normativa de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social. 7. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las consultas que se tramitan en grupo de trabajo. 8. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia. 9. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Hoja 87 • EXPERIENCIA: Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Derecho Laboral y Relaciones Industriales, Derecho Individual, Derecho Colectivo, Derecho Administrativo, Seguridad Social, Salud, Pensiones. V. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITEIOS DE DESEMPEÑO) Los proyectos de ley que vayan ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, cuentan con la asesoría en la elaboración. Los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, reglamentos y demás actos elaborados por las dependencias del Ministerio y que deban ser firmados por el Ministro cuentan con la revisión y ajuste del contenido jurídico. La jurisdicción y jurisprudencia relacionada con el sistema de protección social es compilada y actualizada para su adecuada aplicación.

Artículo 4 (117/940)

La información técnica para fijar una posición institucional en relación con los proyectos de ley es consolidada en coordinación con las diferentes dependencias. Áreas Laboral, Administrativa, Constitucional, Seguridad Social. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Acciones Constitucionales Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 21 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Acciones Constitucionales Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 1. Responder por la defensa de los intereses del Ministerio en las acciones de tutela, populares, de grupo y de cumplimiento en las que sea parte el Ministerio de la Protección Social. 2. Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 3. Coordinar con quienes disponen de la información necesaria para adelantar el trámite oportuno de la defensa de los intereses del Ministerio en materia de acciones constitucionales, en la consecución de la misma y adoptar las pruebas que sean pertinentes. 4. Vigilar y mantener actualizado el estado de las acciones constitucionales y llevar un registro clasificado de acuerdo a su naturaleza. Hoja 88 5. Asistir y Asesorar a las dependencias del Ministerio en los asuntos relacionados con el trámite de acciones constitucionales.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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