Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de la Protección Social

Resolución · 3133 · 2005-09-14 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 861–880 de 949

Artículo 4 (858/940)

13. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. • EXPERIENCIA: Veintisiete (27) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Contratación, Administración, Derecho Público. Los procesos contractuales cumplen los requisitos y disposiciones sobre la materia. Las dependencias del Ministerio al elaborar los términos de referencia cuentan con el apoyo y la asesoría legal, procedimental y técnica. Los actos administrativos y recursos necesarios dentro de los procesos contractuales se tramitan oportunamente. Los archivos y bases de datos relacionados con la actividad contractual del Ministerio se mantienen organizados y actualizados para su seguimiento, control e información. Contratación, Administración, Derecho Público. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Mejoramiento Institucional Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 20 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Mejoramiento Institucional Promover la divulgación y participar en la aplicación de programas de modernización y racionalización de la Hoja 517 gestión pública que expida el gobierno nacional y cuya responsabilidad le sea confiada a la Secretaría General. 1. Apoyar iniciativas encaminadas al diseño, aseguramiento, mejoramiento, integración e innovación de los procesos estratégicos y críticos de acuerdo con las políticas definidas por el Ministerio. 2. Participar en la investigación permanente de los avances en modelos de gestión y promover su divulgación y aplicación de acuerdo con las necesidades del Ministerio.

Artículo 4 (859/940)

3. Analizar, evaluar y realizar recomendaciones sobre las propuestas, planes y proyectos que propendan por el mejoramiento continuo, presentados por las dependencias del Ministerio. 4. Apoyar la aplicación de los lineamientos gubernamentales en materia de modernización del estado. 5. Apoyar a las dependencias de la Secretaría General, en la formulación de los planes anuales y evaluar su cumplimiento. 6. Proponer ajustes a la organización interna de la entidad, fundamentados en la simplificación de los procedimientos y en la racionalización de los trámites. 7. Participar en las actividades relacionadas con la elaboración del manual de procesos y procedimientos y apoyar la implantación del mismo. 8. Participar en el desarrollo de indicadores de productividad y eficiencia de los procesos. 9. Coordinar la elaboración del Plan de Acción, Plan de Mejoramiento, Plan de Desarrollo Administrativo, Mapa de Riesgos y demás informes solicitados a la Secretaría General, por organismos de control y otras instancias. 10. Participar en el diseño e implantación de los instrumentos que se requieran para el desarrollo organizacional y apoyar su seguimiento y ejecución. 11. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Economía, Ingeniería Industrial. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Administración Pública, Gestión Pública, Gestión de Recursos Humanos. • EXPERIENCIA: Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Administración, Indicadores de Gestión, Planes y Programas, Procesos, Procedimientos. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (860/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a)Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b)Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. El manual de procesos del Ministerio está implantado de acuerdo con los criterios técnicos pertinentes. Los programas de modernización de la gestión pública en el Ministerio y sus entidades adscritas, responden a los lineamientos y políticas del Estado. Plataforma Microsoft, Legislación del Sector, Legislación en Administración, Desarrollo Organizacional. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: Hoja 518 • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 17 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Mejoramiento Institucional Promover la divulgación y participar en la aplicación de programas de modernización y racionalización de la gestión pública que expida el gobierno nacional y cuya responsabilidad le sea confiada a la Secretaría General. 1. Apoyar la implementación de mecanismos e instrumentos que permitan la ejecución eficiente y eficaz de los procesos del Ministerio de la Protección Social. 2. Apoyar la investigación sobre modelos de gestión y promover su divulgación y aplicación de acuerdo con las necesidades del Ministerio.

Artículo 4 (861/940)

3. Analizar, evaluar y realizar recomendaciones sobre las propuestas, planes y proyectos que propendan por el mejoramiento continuo presentados por las dependencias del Ministerio 4. Proponer ajustes en los procedimientos y los trámites de la Entidad, fundamentados en criterios de simplicidad y racionalización. 5. Apoyar la elaboración del manual de procesos y procedimientos y apoyar la implantación del mismo. 6. Apoyar la aplicación de indicadores de productividad y eficiencia de los procesos. 7. Apoyar el diseño de los instrumentos que se requieran para el desarrollo organizacional y apoyar su seguimiento y ejecución. 8. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, actos administrativos y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo. 9. Apoyar la aplicación de los lineamientos gubernamentales en materia de modernización del Estado. 10. Hacer seguimiento al cumplimiento de los Planes Anuales por Dependencias de Secretaría General. 11. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Universitario en Administración Pública, Ingeniería Industrial, Psicología. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Administración en Salud, salud Pública, Gestión Pública, Administración Pública. • EXPERIENCIA: Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Procesos y Procedimientos, Administración, Indicadores de Gestión, Trámites, Planes y Programas. Hoja 519 • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (862/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. El manual de procesos del Ministerio está implantado de acuerdo con los criterios técnicos pertinentes. Los programas de modernización de la gestión pública en el Ministerio y sus entidades adscritas, responden a los lineamientos y políticas del Estado. Plataforma Windows, Legislación del Sector, Legislación en Administración Pública, Protección Social, Desarrollo Organizacional. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Pagaduría Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 17 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Pagaduría Controlar y responder por el manejo de los recursos del Ministerio situados por el tesoro nacional, verificando y controlando los pagos en general y presentando los informes necesarios. 1. Participar con la Secretaría General, en todos los asuntos asociados con la gestión de Pagaduría del ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a estos procesos. 2. Realizar estudios sobre los recursos financieros del Ministerio de Protección Social y velar por el pago oportuno de las obligaciones a cargo del organismo.

Artículo 4 (863/940)

3. Manejar los procesos de sistematización y automatización de la información de pagaduría del Ministerio. 4. Suministrar la información que requiera la Contaduría General de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 5. Registrar en el Sistema de Información Financiera – SIF- las órdenes de pago, verificando que Hoja 520 cumplan con los requisitos legales para su trámite. 6. Proyectar conjuntamente con el Grupo de Presupuesto, el Programa Anual de Caja –PAC- y realizar la reprogramación mensual, según los compromisos registrados modificaciones y traslados, teniendo en cuenta la Ley Orgánica de Presupuesto y demás normas vigentes sobre la materia; así como los, lineamientos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 7. Participar en los arqueos periódicos de caja. 8. Organizar las actividades necesarias para que los pagos que se efectúen por todo concepto sean oportunos y cumplan con los requisitos legales establecidos. 9. Realizar los controles necesarios para que los valores a cargo del Ministerio se encuentren debidamente custodiados. 10. Establecer mecanismos de control que garanticen la correcta legalización de las cajas menores. 11. Responder por el pago oportuno de las obligaciones del Ministerio que sean de su competencia y por los correspondientes descuentos por concepto de Retención en la Fuente, Impuesto de Timbre, IVA, ICA, Seguridad Social integral y otros. 12. Participar en la creación de las cuentas por pagar al cierre de cada vigencia fiscal. 13. Controlar la correcta ejecución de las cuentas por pagar y propender por su giro oportuno. 14. Suscribir las certificaciones que sobre pagos y deducciones realizados soliciten los organismos de control del Estado, las entidades de Seguridad Social, los funcionarios del Ministerio y demás beneficiarios.

Artículo 4 (864/940)

15. Suscribir los certificados de factores salariales para trámite de pensión y bono pensional, solicitadas por funcionarios y exfuncionarios del Ministerio de la Protección Social o por los exfuncionarios de entidades liquidadas adscritas o vinculadas a los Ministerios de Salud, Trabajo y Seguridad Social. 16. Suscribir los certificados de retención en la fuente de pagos a terceros, suscribir los certificados de ingreso y retenciones de los funcionarios y exfuncionarios del Ministerio y elaborar los formularios de aportes a la seguridad social integral y parafiscales; así como efectuar sus pagos. 17. Controlar las actividades de carácter técnico y administrativo, relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera –SIF- , a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de pagaduría, manteniendo permanente coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 18. Avalar los informes de pago con destino a la DIAN. 19. Analizar y actualizar las necesidades de recursos financieros de las Direcciones Territoriales y autorizar oportunamente el giro a las mismas de acuerdo con la disponibilidad de PAC. 20. Cumplir con las órdenes impartidas por las autoridades competentes para hacer efectivos los embargos a funcionarios del Ministerio de la Protección Social. 21. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, actos administrativos y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo.

Artículo 4 (865/940)

22. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría Pública, Economía. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Finanzas Públicas, Administración Financiera, Banca, Gerencia, Financiera, Gerencia Tributaria. • EXPERIENCIA: Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Tesorería, Contabilidad, Finanzas. • EQUIVALENCIAS: Hoja 521

Artículo 4 (866/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. El manejo de los recursos financieros del Ministerio girados por el Tesoro Nacional, se realiza con responsabilidad y los controles necesarios. Los informes relacionados con la ejecución a los organismos de control se presentan adecuadamente. Las certificaciones y bonos pensionales se expiden oportunamente. Distribución y Administración de Recursos, Manejo de Sistemas (Paquetes Contables), Legislación Vigente Tributaria y del Sector Público. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 09 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Pagaduría Controlar y responder por el manejo de los recursos del Ministerio situados por el tesoro nacional, verificando y controlando los pagos en general y presentando los informes necesarios. 1. Participar en las actividades relacionadas con la gestión de Pagaduría del ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a estos procesos. 2. Participar en el desarrollo de los procesos de sistematización y automatización de la información de pagaduría del Ministerio.

Artículo 4 (867/940)

3. Suministrar la información que requiera la Contaduría General de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 4. Participar en los procesos de registro y generación de las órdenes de pago en el Sistema de Información Financiera – SIF-, verificando que cumplan con los requisitos legales para su trámite. 5. Participar en la proyección del Programa Anual de Caja –PAC- y realizar la reprogramación mensual, según los compromisos registrados modificaciones y traslados, teniendo en cuenta la Ley Orgánica de Presupuesto y demás normas vigentes sobre la materia; así como los, lineamientos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Hoja 522 6. Participar en las actividades relacionadas con los arqueos de caja. 7. Apoyar la organización y programación periódica de las actividades necesarias para que los pagos que se efectúen por todo concepto sean oportunos y cumplan con los requisitos legales establecidos. 8. Participar en el establecimiento de mecanismos de control que garanticen la correcta legalización de las cajas menores. 9. Apoyar al Grupo de Administración de personal en la actualización de los procedimientos y estándares para la liquidación de deducciones en la nomina. 10. Verificar que la liquidación de las deducciones de nomina estén correctas y acordes con la normatividad vigente. 11. Participar en la constitución de las cuentas por pagar al cierre de cada vigencia fiscal. 12. Participar en la correcta ejecución de las cuentas por pagar y propender por su giro oportuno. 13. Preparar las certificaciones que sobre pagos y deducciones realizados soliciten los organismos de control del Estado, las entidades de Seguridad Social, los funcionarios del Ministerio y demás beneficiarios.

Artículo 4 (868/940)

14. Elaborar certificados de retención en la fuente de pagos a terceros, suscribir los certificados de ingreso y retenciones de los funcionarios y exfuncionarios del Ministerio y elaborar los formularios de aportes a la seguridad social integral y parafiscales; así como efectuar sus pagos. 15. Participar en las actividades de carácter técnico y administrativo relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera –SIF-, a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de pagaduría, manteniendo permanente coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 16. Participar en la preparación y presentación de informes de pago con destino a la DIAN. 17. Cumplir con las órdenes impartidas por las autoridades competentes para hacer efectivos los embargos a funcionarios del Ministerio de la Protección Social. 18. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, actos administrativos y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo.

Artículo 4 (869/940)

19. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Contaduría Pública, Administración de Empresas, Economía. • EXPERIENCIA: Quince (15) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Contabilidad, Pagaduría, Presupuesto. El manejo de los recursos financieros del Ministerio girados por el Tesoro Nacional, se realiza con responsabilidad y los controles necesarios. Los informes relacionados con la ejecución a los organismos de control se presentan adecuadamente. Las certificaciones y bonos pensionales se expiden oportunamente. Normatividad del área (tributaria), Plataforma Windows, Sistema Integral Financiero. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: Hoja 523 • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Presupuesto Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 23 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Presupuesto Participar en el anteproyecto de presupuesto, el análisis y desarrollo presupuestal en el Ministerio, proyectar los registros y llevar el control de la apropiación, coordinando la elaboración de cuentas por pagar, la información al ordenador del gasto y contabilidad. 1. Coordinar con la Secretaria General todos los asuntos asociados con la gestión presupuestal del Ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a los procesos de presupuesto. 2. Implantar y aplicar los procesos de sistematización y automatización de la información presupuestal del Ministerio que sea de su competencia.

Artículo 4 (870/940)

3. Suministrar la información que requiera la Contaduría General de la Nación, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 4. Participar en la preparación y elaboración del anteproyecto de Presupuesto de Funcionamiento y consolidarlo con base en las normas vigentes sobre la materia. 5. Proyectar y tramitar ante la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para su aprobación, las modificaciones, traslados y distribuciones presupuestales de acuerdo con las respectivas solicitudes. 6. Velar porque los compromisos presupuestales que asume el Ministerio, se ajusten a los requisitos que fijen las disposiciones vigentes sobre la materia y recomendar cuando sean necesarios los correctivos pertinentes. 7. Realizar los trámites respectivos que se generen por operaciones financieras de Comercio Exterior. 8. Elaborar con el Grupo de Pagaduría el Programa Anual de Caja –PAC-, y las modificaciones mensuales, de acuerdo con las solicitudes de las dependencias competentes, normas vigentes sobre la materia y lineamientos de la Dirección del Tesoro Nacional. 9. Expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal de su competencia, previa verificación de la viabilidad legal y financiera de las respectivas solicitudes. 10. Realizar el registro presupuestal y velar porque todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales cumplan con los requisitos de disponibilidad presupuestal. 11. Participar en la elaboración del informe de las Reservas de Apropiación Presupuestal al cierre de cada vigencia para su posterior trámite ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 12. Coordinar con las diferentes dependencias la correcta y oportuna ejecución de la Reserva de Apropiación. Hoja 524 13. Elaborar y presentar periódicamente de acuerdo a la normatividad, los informes de ejecución presupuestal.

Artículo 4 (871/940)

14. Participar en el diseño de procedimientos que permitan el control de la ejecución presupuestal y darlos a conocer a las diferentes áreas del Ministerio de la Protección Social. 15. Implementar y coordinar las actividades de carácter técnico y administrativo relacionadas con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de presupuesto, manteniendo permanente coordinación con la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 16. Responder por la correcta organización y archivo de los documentos soportes del movimiento presupuestal. 17. Velar porque la ejecución del plan general de compras este acorde con los rubros presupuestales asignados para tal fin. 18. Establecer y coordinar al interior del Ministerio los mecanismos aplicativos necesarios que le permitan llevar a cabo el seguimiento y control a los pagos de los contratos suscritos con cargo al presupuesto del nivel central del Ministerio, diferentes al FOSYGA. 19. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, actos administrativos y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo. 20. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Contaduría, Economía. Título de Postgrado en Auditoria de Sistemas, Finanzas. • EXPERIENCIA: Treinta y un (31) meses de experiencia profesional específica o relacionada en áreas de Administración, Contaduría, Finanzas. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (872/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. La ejecución presupuestal del Ministerio responde al diseño, análisis, desarrollo, control e implementación de las políticas establecidas. Contabilidad, Economía, Finanzas, Presupuesto, Sistemas. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Hoja 525 Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 15 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Presupuesto Participar en el anteproyecto de presupuesto, el análisis y desarrollo presupuestal en el Ministerio, proyectar los registros y llevar el control de la apropiación, coordinando la elaboración de cuentas por pagar, la información al ordenador del gasto y contabilidad. 1. Participar con la Secretaria General, en todos los asuntos asociados con la gestión presupuestal del Ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a los procesos de presupuesto. 2. Participar en los procesos de sistematización y automatización de la información presupuestal del Ministerio que sea de su competencia.

Artículo 4 (873/940)

3. Participar en el suministro de la información que requiera la Contaduría General de la Nación, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 4. Participar en la preparación y elaboración del anteproyecto de Presupuesto de Funcionamiento y consolidarlo con base en las normas vigentes sobre la materia. 5. Proyectar y tramitar ante la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para su aprobación, las modificaciones, traslados y distribuciones presupuestales de acuerdo con las respectivas solicitudes. 6. Participar en el seguimiento a los compromisos presupuestales que asume el Ministerio se ajusten a los requisitos que fijen las disposiciones vigentes sobre la materia y recomendar cuando sean necesarios los correctivos pertinentes. 7. Elaborar con el Grupo de Pagaduría el Programa Anual de Caja –PAC-, y las modificaciones mensuales, de acuerdo con las solicitudes de las dependencias competentes, normas vigentes sobre la materia y lineamientos de la Dirección del Tesoro Nacional. 8. Expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal de su competencia, previa verificación de la viabilidad legal y financiera de las respectivas solicitudes. 9. Expedir el registro presupuestal y velar porque todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales cumplan con los requisitos de disponibilidad presupuestal. 10. Construir y elaborar el informe de las Reservas de Apropiación Presupuestal al cierre de cada vigencia para su posterior trámite ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 11. Coordinar con las diferentes dependencias la correcta y oportuna ejecución de la Reserva de Apropiación. 12. Elaborar y presentar periódicamente de acuerdo a la normatividad los informes de ejecución presupuestal.

Artículo 4 (874/940)

13. Participar en el seguimiento, control y ajustes de procedimientos que permitan el control de la ejecución presupuestal y darlos a conocer a las diferentes áreas del Ministerio de la Protección Social. 14. Participar las actividades de carácter técnico y administrativo, relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de presupuesto, manteniendo permanente coordinación con la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 15. Participar en la correcta organización y archivo de los documentos soportes del movimiento presupuestal. Hoja 526 16. Hacer seguimiento a la distribución del Plan General de Compras, con el propósito de que se encuentre este acorde a los rubros presupuestales asignados para tal fin. 17. Participar en la aplicación de mecanismos aplicativos necesarios que le permitan llevar a cabo el seguimiento y control a los pagos de los contratos suscritos con cargo al presupuesto del nivel central del Ministerio, diferentes al FOSYGA. 18. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, actos administrativos y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo. 19. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Economía, Contaduría, Administración de Empresas, Administración Pública. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Finanzas Públicas, Administración Financiera, Banca, Gerencia Financiera, Tributaria. • EXPERIENCIA: Siete (7) meses de experiencia profesional relacionada en Tesorería, Contabilidad, Finanzas. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (875/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. La ejecución presupuestal del Ministerio responde al diseño, análisis, desarrollo, control e implementación de las políticas establecidas. VI. CONCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES Distribución y Administración de Recursos, Sistemas (Manejo de paquetes) Legislación Vigente del Sector Público, Legislación Tributaria. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 13 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Hoja 527 Número de Empleos: 3 Nivel: Profesional Área: Presupuesto Participar en el anteproyecto de presupuesto, el análisis y desarrollo presupuestal en el Ministerio, proyectar los registros y llevar el control de la apropiación, coordinando la elaboración de cuentas por pagar, la información al ordenador del gasto y contabilidad. 1. Participar en coordinación con la Secretaria General todos los asuntos asociados con la gestión presupuestal del Ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a los procesos de presupuesto. 2. Participar en los procesos de sistematización y automatización de la información presupuestal del Ministerio que sea de su competencia.

Artículo 4 (876/940)

3. Suministrar la información que requiera la Contaduría General de la Nación, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 4. Proyectar y tramitar ante la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para su aprobación, las modificaciones, traslados y distribuciones presupuestales de acuerdo con las respectivas solicitudes. 5. Velar porque los compromisos presupuestales que asume el Ministerio se ajusten a los requisitos que fijen las disposiciones vigentes sobre la materia y recomendar cuando sean necesarios los correctivos pertinentes. 6. Elaborar con el Grupo de Pagaduría el Programa Anual de Caja –PAC-, y las reprogramaciones mensuales, de acuerdo con las solicitudes de las dependencias competentes, normas vigentes sobre la materia y lineamientos de la Dirección del Tesoro Nacional. 7. Expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal de su competencia, previa verificación de la viabilidad legal y financiera de las respectivas solicitudes. 8. Realizar el registro presupuestal y velar porque todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales cumplan con los requisitos de disponibilidad presupuestal. 9. Elaborar el informe de las Reservas de Apropiación Presupuestal al cierre de cada vigencia para su posterior trámite ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 10. Coordinar con las diferentes dependencias la correcta y oportuna ejecución de la Reserva de Apropiación. 11. Elaborar y presentar periódicamente de acuerdo a la normatividad los informes de ejecución presupuestal. 12. Participar en el control y en la realización de ajustes a los procedimientos que permitan el control de la ejecución presupuestal y darlos a conocer a las diferentes áreas del Ministerio de la Protección Social.

Artículo 4 (877/940)

13. Coordinar las actividades de carácter técnico y administrativo, relacionados con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de presupuesto, manteniendo permanente coordinación con la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 14. Participar en la correcta organización y archivo de los documentos soportes del movimiento presupuestal. 15. Evaluar que la ejecución del plan general de compras este acorde con los rubros presupuestales asignados para tal fin. 16. Desarrollar y coordinar al interior del Ministerio los mecanismos aplicativos necesarios que le permitan llevar a cabo el seguimiento y control a los pagos de los contratos suscritos con cargo al presupuesto del nivel central del Ministerio, diferentes al FOSYGA. 17. Manejar adecuadamente la caja menor destinada a cubrir los gastos generados por viáticos, previo cumplimiento de gestiones previas. 18. Brindar asistencia técnica en lo concerniente al manejo del SIIF. 19. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, actos administrativos y demás Hoja 528 documentos elaborados y/o proyectados por el grupo.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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