Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de la Protección Social

Resolución · 3133 · 2005-09-14 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 841–860 de 949

Artículo 4 (838/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. La efectividad de la línea telefónica y la atención al usuario se desarrolla de una manera eficiente y oportuna, cumpliendo los procedimientos establecidos. Los informes d las quejas y reclamos recibidos se presentan para permitir mejoramiento continuo y toma de decisiones de la alta dirección. Las consultas de interpretación normativa en materia de empleo, seguridad social, pensiones, riesgos Hoja 505 profesionales, se atienden de una manera eficaz y eficiente. Cada una de las quejas tramitadas internamente, tienen un seguimiento garantizando la atención dentro del término legal. Legislación Laboral, Legislación en Temas Misionales, Sistemas. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Contabilidad Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 17 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 2 Nivel: Profesional Área: Contabilidad Llevar la contabilidad del Ministerio de acuerdo con las normas y preparar las cuentas para la contraloría, los informes sobre consultas y operaciones presupuestales.

Artículo 4 (839/940)

1. Desarrollar conjuntamente con la Secretaría General todos los asuntos asociados con la gestión contable del Ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a los procesos de contabilidad. 2. Controlar que la contabilidad del Ministerio se ajuste a las normas que sobre la materia expide la Contaduría General de la Nación. 3. Actualizar y hacer ajustes a los procesos de sistematización y automatización de la información contable del Ministerio. 4. Suministrar la información que requiera la Contaduría General de la Nación, el ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 5. Llevar y aplicar la contabilidad general del Ministerio de la Protección Social, verificando que los registros contables se efectúen de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 6. Velar por la correcta y adecuada aplicación del Plan General de Contabilidad Pública. 7. Coordinar y presentar los estados financieros, anexos, notas explicativas y certificaciones con la periodicidad establecida y de conformidad con la normatividad vigente. 8. Realizar trimestral y anualmente los informes contables para la rendición de cuentas a la Contaduría General de la Nación, la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes y a la Contraloría General de la República. 9. Elaborar y ajustar los asientos contables que serán objeto de incorporación en el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF-. Hoja 506 10. Desarrollar mejoras tendientes a establecer y racionalizar procedimientos para llevar a cabo el control del registro de la información financiera, económica y social del Ministerio de la Protección Social. 11. Registrar y Consolidar la información contable de los Fondos Cuenta del Ministerio de la Protección Social.

Artículo 4 (840/940)

12. Controlar las actividades de carácter técnico administrativo relacionadas con el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF-, a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de contabilidad, manteniendo permanente coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contaduría General de la Nación. 13. Registrar y generar en el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF- las obligaciones para pago. 14. Consolidar la información de la variación patrimonial de los entes que la Contaduría General de la Nación señale. 15. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo. 16. Analizar la información mensual reportada por las Direcciones Territoriales sobre la ejecución de los recursos asignados y llevar su contabilidad, conforme a la normatividad vigente sobre la materia. 17. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Contaduría Pública, Administración de Empresas, Administración Pública. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Finanzas, Administración Pública, Finanzas Públicas, Ciencias Tributarias. • EXPERIENCIA: Trece (13) meses de experiencia profesional específica o relacionada en áreas de Finanzas, Contabilidad, Presupuesto. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (841/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a)Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b)Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. La contabilidad que lleva el Ministerio responde a las normas y al control presupuestal. Sistemas Contables, Contabilidad. V. COMPETENCIAS • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Hoja 507 Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 15 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Contabilidad Llevar la contabilidad del Ministerio de acuerdo con las normas y preparar las cuentas para la contraloría, los informes sobre consultas y operaciones presupuestales. 1. Desarrollar conjuntamente con la Secretaría General todos los asuntos asociados con la gestión contable del Ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a los procesos de contabilidad. 2. Controlar que la contabilidad del Ministerio se ajuste a las normas que sobre la materia expide la Contaduría General de la Nación. 3. Actualizar y hacer ajustes a los procesos de sistematización y automatización de la información contable del Ministerio.

Artículo 4 (842/940)

4. Suministrar la información que requiera la Contaduría General de la Nación, el ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, la Contraloría General de la República y la Dirección Superior del Ministerio. 5. Llevar y aplicar la contabilidad general del Ministerio de la Protección Social, verificando que los registros contables se efectúen de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 6. Velar por la correcta y adecuada aplicación del Plan General de Contabilidad Pública. 7. Coordinar y presentar los estados financieros, anexos, notas explicativas y certificaciones con la periodicidad establecida y de conformidad con la normatividad vigente. 8. Realizar trimestral y anualmente los informes contables para la rendición de cuentas a la Contaduría General de la Nación, la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes y a la Contraloría General de la República. 9. Elaborar y ajustar los asientos contables que serán objeto de incorporación en el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF-. 10. Desarrollar mejoras tendientes a establecer y racionalizar procedimientos para llevar a cabo el control del registro de la información financiera, económica y social del Ministerio de la Protección Social. 11. Registrar y Consolidar la información contable de los Fondos Cuenta del Ministerio de la Protección Social. 12. Controlar las actividades de carácter técnico administrativo relacionadas con el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF-, a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de contabilidad, manteniendo permanente coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contaduría General de la Nación. 13. Registrar y generar en el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF- las obligaciones para pago. 14. Consolidar la información de la variación patrimonial de los entes que la Contaduría General de la Nación señale.

Artículo 4 (843/940)

15. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes y demás documentos elaborados y/o proyectados por el grupo. 16. Analizar la información mensual reportada por las Direcciones Territoriales sobre la ejecución de los recursos asignados y llevar su contabilidad, conforme a la normatividad vigente sobre la materia. Hoja 508 17. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Contaduría Pública. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Finanzas, Administración Pública, Finanzas Públicas, Ciencias Tributarias. • EXPERIENCIA: Siete (7) meses de experiencia profesional específica o relacionada en áreas de Finanzas, Contabilidad, Presupuesto. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (844/940)

2. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: d)Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o e)Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o f) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. La contabilidad que lleva el Ministerio responde a las normas y al control presupuestal. Sistemas Contables, Contabilidad. V. COMPETENCIAS • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 13 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 3 Nivel: Profesional Área: Contabilidad Participar en las actividades de los procesos contables del Ministerio de acuerdo con las normas y preparar las cuentas para la contraloría, los informes sobre consultas y operaciones presupuestales. 1. Participar en coordinación con la Secretaría General en todos los asuntos asociados con la gestión contable del Ministerio según las normas y procedimientos establecidos, incluyendo el seguimiento y control a los procesos de contabilidad. 2. Evaluar que la contabilidad del Ministerio se ajuste a las normas que sobre la materia expide la Contaduría General de la Nación. Hoja 509

Artículo 4 (845/940)

3. Participar en el suministro de la información que requiera la Contaduría General de la Nación, el ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación, la Contraloría General de la República, Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes y la Dirección Superior del Ministerio. 4. Llevar y aplicar la contabilidad general del Ministerio de la Protección Social, verificando que los registros contables se efectúen de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. 5. Participar en la correcta evaluación y adecuada aplicación del Plan General de Contabilidad Pública. 6. Participar en el análisis periódico de las técnicas y procedimientos contables que implanten para el cabal cumplimiento de los objetivos contables. 7. Elaborar y presentar los estados financieros, anexos, notas explicativas y certificaciones con la periodicidad establecida y de conformidad con la normatividad vigente. 8. Participar en la realización trimestral y anual de los informes contables para la rendición de cuentas a la Contaduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República. 9. Participar en la realización y ajustes de los asientos contables de tesorería que serán objeto de incorporación en el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF-. 10. Participar en el desarrollo de mejoras tendientes a establecer y racionalizar procedimientos para llevar a cabo el control del registro de la información financiera, económica y social del Ministerio de la Protección Social. 11. Participar en las actividades de carácter técnico administrativo relacionadas con el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF-, a fin de garantizar la efectividad de sus operaciones en relación con el proceso de contabilidad, manteniendo permanente coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contaduría General de la Nación. 12. Revisar y generar en el Sistema Integrado de Información Financiera –SIIF- las obligaciones para el pago.

Artículo 4 (846/940)

13. Responder por la confiabilidad y objetividad de la información, soportes, y demás documentos generados por el cargo. 14. Analizar la información mensual reportada por las Direcciones Territoriales sobre la ejecución de los recursos asignados y llevar su contabilidad, conforme a la normatividad vigente sobre la materia. 15. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Contaduría Pública. • EXPERIENCIA: Veintisiete (27) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Contabilidad y Finanzas Públicas. La contabilidad que lleva el Ministerio responde a las normas y al control presupuestal. Sistemas Contables, Contabilidad. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Hoja 510 Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Gestión Contractual Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 20 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Gestión Contractual Garantizar la plena aplicación de los principios legales en las licitaciones y contratos que requiera el funcionamiento del Ministerio y ejecutar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los mismos, manteniendo la información y asesorando a la Secretaría General en el tema de su competencia. 1. Coordinar y ejecutar las actividades tendientes a la selección de contratistas para la obtención de bienes y servicios por parte del Ministerio, de acuerdo con la normatividad que regula el tema, con base en las demandas y necesidades de las diferentes dependencias, de acuerdo con las directrices de la Secretaría General.

Artículo 4 (847/940)

2. Verificar que la información ante la Cámara de Comercio y a Confecámaras se realice sobre los procesos licitatorios y concursos públicos de méritos que adelantara el Ministerio de acuerdo con la información suministrada por las diferentes dependencias. 3. Revisar la elaboración de los proyectos de actos administrativos que se requieran en las licitaciones, concurso de méritos y contratación de directa, teniendo en cuenta la documentación soporte y la normatividad aplicable para cada caso. 4. Asesorar y coordinar a las dependencias en la elaboración de términos de referencia o condiciones básicas necesarias para elaborar los pliegos de selección de contratistas, de conformidad con la normatividad, de acuerdo a lo establecido en la Ley contractual. 5. Coordinar conforme a las disposiciones que regulan en materia contractual los trámites y procedimientos previstos para la selección de contratistas, en las modalidades de licitación, concurso o invitación, coordinando los aspectos de elaboración de cronogramas, divulgación, publicación, consultas, ventas de pliegos, recepción de ofertas y demás actividades requeridas para el efecto. 6. Coordinar y verificar las evaluaciones jurídicas de contratación directa y en los demás casos efectuarlas de manera conjunta con la Oficina Jurídica, y de Apoyo Legislativo. 7. Velar y adelantar las gestiones necesarias para el cumplimiento de todas y cada una de las funciones que se derivan del grupo de gestión contractual. 8. Impartir aprobación y ampliación a la garantía única constituida para amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo de los contratistas por razón de la celebración, ejecución y liquidación de los contratos, sin consideración a su naturaleza.

Artículo 4 (848/940)

9. Participar en la elaboración de los proyectos de acto administrativo de liquidación bilateral o unilateral de los contratos, ordenes y convenios que suscriba el Ministerio, contando para el efecto con el informe final del interventor, el estado de cuenta, los soportes de pago al Sistema de Seguridad Social Integral y de aportes parafiscales cuando a ello hubiere lugar. 10. Participar en la elaboración de los proyectos de acto administrativo de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, caducidad, siniestro y restablecimiento de equilibrios económicos. 11. Conocer y tramitar los recursos que en primera instancia se interpongan contra los actos administrativos de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, siniestro y restablecimiento de equilibrio económico. 12. Designar en coordinación con los jefes de las áreas respectivas, los interventores para los contratos Hoja 511 que lo requieran. 13. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Administración Pública, Derecho. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Contratación Administrativa, Administración Pública, Derecho Público y Financiero. • EXPERIENCIA: Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Contratación, Administración, Derecho Público. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (849/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a)Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b)Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los procesos contractuales cumplen los requisitos y disposiciones sobre la materia. Las dependencias del Ministerio al elaborar los términos de referencia cuentan con el apoyo y la asesoría legal, procedimental y técnica. Los actos administrativos y recursos necesarios dentro de los procesos contractuales se tramitan oportunamente. Los archivos y bases de datos relacionados con la actividad contractual del Ministerio se mantienen organizados y actualizados para su seguimiento, control e información. Contratación, Administración, Derecho Público. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 17 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 3 Hoja 512 Nivel: Profesional Área: Gestión Contractual Garantizar la plena aplicación de los principios legales en las licitaciones y contratos que requiera el funcionamiento del Ministerio y ejecutar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los mismos, manteniendo la información y asesorando a la Secretaría General en el tema de su competencia.

Artículo 4 (850/940)

1. Ejecutar las actividades tendientes a la selección de contratistas para la obtención de bienes y servicios por parte del Ministerio, de acuerdo con la normatividad que regula el tema, con base a las demandas y necesidades de las diferentes Dependencias, en coordinación con las directrices de la Secretaría General. 2. Elaborar los proyectos de actos administrativos que se requieran en las licitaciones, concurso de méritos y contratación directa, teniendo en cuenta la documentación soporte y la normatividad aplicable para cada caso. 3. Participar en la elaboración de términos de referencia o condiciones básicas necesarias para realizar los pliegos de selección de contratistas, de conformidad con la normatividad, procedimientos y aplicativos establecidos para el efecto. 4. Realizar conforme a las disposiciones que regulan la materia los trámites y procedimientos previstos para la selección de contratistas, en las modalidades de licitación, concurso o invitación, coordinando los aspectos de elaboración de cronogramas, divulgación, publicación, consultas, ventas de pliegos, recepción de ofertas y demás actividades requeridas para el efecto. 5. Realizar las evaluaciones jurídicas de contratación directa y en los demás casos efectuarlas de manera conjunta con la Oficina Jurídica y de Apoyo Legislativo. 6. Coordinar la realización de las evaluaciones técnicas y económicas que por competencia deban adelantar las dependencias respectivas en desarrollo de cualquiera de los mecanismos aplicables para la selección de los contratistas. 7. Elaborar los contratos que suscriba el Ministerio y coordinar el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución de los mismos. 8. Asesorar a los funcionarios del Ministerio y a los contratistas respecto de los requisitos y documentación necesaria para la elaboración. Perfeccionamiento, ejecución y legalización de las órdenes o contratos. 9. Verificar el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las garantías únicas.

Artículo 4 (851/940)

10. Elaborar los proyectos de acto administrativo de liquidación bilateral o unilateral de los contratos, ordenes y convenios que suscriba el Ministerio, contando para el efecto con el informe final del interventor, el estado de cuenta, los soportes de pago al Sistema de Seguridad Social Integral y de aportes parafiscales cuando a ello hubiere lugar. 11. Elaborar los proyectos de acto administrativo de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, caducidad, siniestros y restablecimiento de equilibrios económicos, a solicitud del interventor con los soportes correspondientes. 12. Conocer y tramitar los recursos que en primera instancia se interpongan contra los actos administrativos de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, siniestro y restablecimiento de equilibrio económico. 13. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área III. PERFIL DE COMPETENCIAS • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Contratación Administrativa, Administración Pública, Derecho Público y Financiero • EXPERIENCIA: Trece (13) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Contratación, Administración, Derecho Público. • EQUIVALENCIAS: Hoja 513

Artículo 4 (852/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los procesos contractuales cumplen los requisitos y disposiciones sobre la materia. Las dependencias del Ministerio al elaborar los términos de referencia cuentan con el apoyo y la asesoría legal, procedimental y técnica. Los actos administrativos y recursos necesarios dentro de los procesos contractuales se tramitan oportunamente. Los archivos y bases de datos relacionados con la actividad contractual del Ministerio se mantienen organizados y actualizados para su seguimiento, control e información. Contratación, Administración, Derecho Público. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 15 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 3 Nivel: Profesional Área: Gestión Contractual Garantizar la plena aplicación de los principios legales en las licitaciones y contratos que requiera el funcionamiento del Ministerio y ejecutar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los mismos, manteniendo la información y asesorando a la Secretaría General en el tema de su competencia.

Artículo 4 (853/940)

1. Ejecutar las actividades tendientes a la selección de contratistas para la obtención de bienes y servicios por parte del Ministerio, de acuerdo con la normatividad que regula el tema, con base en las demandas y necesidades de las diferentes dependencias, en coordinación con las directrices de la Secretaría General. 2. Elaborar los proyectos de actos administrativos que se requieran en las licitaciones, concurso de méritos y contratación directa, teniendo en cuenta la documentación soporte y la normatividad aplicable para cada caso. 3. Participar en la elaboración de términos de referencia o condiciones básicas necesarias para elaborar los pliegos de selección de contratistas, de conformidad con la normatividad establecida en la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. Hoja 514 4. Realizar conforme a las disposiciones que regulan la materia los trámites y procedimientos previstos para la selección de contratistas, en las modalidades de licitación, concurso o invitación, coordinando los aspectos de elaboración de cronogramas, divulgación, publicación, consultas, ventas de pliegos, recepción de ofertas y demás actividades requeridas para el efecto. 5. Realizar las evaluaciones jurídicas de contratación directa y en los demás casos efectuarlas de manera conjunta con la Oficina Jurídica y de Apoyo Legislativo. 6. Coordinar la realización de las evaluaciones técnicas y económicas que por competencia deban adelantar las dependencias respectivas en desarrollo de cualquiera de los mecanismos aplicables para la selección de los contratistas. 7. Elaborar los contratos que suscriba el Ministerio y coordinar el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución de los contratos. 8. Asesorar a los funcionarios del Ministerio y a los contratistas respecto de los requisitos y documentación necesaria para la elaboración. Perfeccionamiento, ejecución y legalización de las órdenes o contratos. 9. Verificar el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las garantías únicas.

Artículo 4 (854/940)

10. Elaborar los proyectos de acto administrativo de liquidación bilateral o unilateral de los contratos, ordenes y convenios que suscriba el Ministerio, contando para el efecto con el informe final del interventor, el estado de cuenta, los soportes de pago al Sistema de Seguridad Social Integral y de aportes parafiscales cuando a ello hubiere lugar. 11. Elaborar los proyectos de acto administrativo de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, caducidad, siniestros y restablecimiento de equilibrios económicos. 12. Conocer y tramitar los recursos que en primera instancia se interpongan contra los actos administrativos de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, siniestro y restablecimiento de equilibrio económico. 13. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la modalidad de Especialización en Contratación Administrativa, Administración Pública, Derecho Público y Financiero. • EXPERIENCIA: Siete (7) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Contratación, Administración, Derecho Público. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (855/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a)Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b)Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los procesos contractuales cumplen los requisitos y disposiciones sobre la materia. Las dependencias del Ministerio al elaborar los términos de referencia cuentan con el apoyo y la asesoría legal, procedimental y técnica. Los actos administrativos y recursos necesarios dentro de los procesos contractuales se tramitan oportunamente. Los archivos y bases de datos relacionados con la actividad contractual del Ministerio se mantienen organizados y actualizados para su seguimiento, control e información. Hoja 515 Contratación, Administración, Derecho Público. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 13 Dependencia: Secretaría General Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 2 Nivel: Profesional Área: Gestión Contractual Garantizar la plena aplicación de los principios legales en las licitaciones y contratos que requiera el funcionamiento del Ministerio y ejecutar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los mismos, manteniendo la información y asesorando a la Secretaría General en el tema de su competencia.

Artículo 4 (856/940)

1. Coordinar y ejecutar las actividades tendientes a la selección de contratistas para la obtención de bienes y servicios por parte del Ministerio, de acuerdo con la normatividad que regula el tema, con base en las demandas y necesidades de las diferentes dependencias, en coordinación con las directrices de la Secretaría General. 2. Elaborar los proyectos de actos administrativos que se requieran en las licitaciones, concurso de méritos y contratación directa, teniendo en cuenta la documentación soporte y la normatividad aplicable para cada caso. 3. Participar en la elaboración de términos de referencia o condiciones básicas necesarias para elaborar los pliegos de selección de contratistas, de conformidad con la normatividad, procedimientos y aplicativos establecidos para el efecto. 4. Desarrollar conforme a las disposiciones que regulan la materia los trámites y procedimientos previstos para la selección de contratistas, en las modalidades de licitación, concurso o invitación, coordinando los aspectos de elaboración de cronogramas, divulgación, publicación, consultas, ventas de pliegos, recepción de ofertas y demás actividades requeridas para el efecto. 5. Realizar las evaluaciones jurídicas de contratación directa y en los demás casos efectuarlas de manera conjunta con la Oficina Jurídica y de Apoyo Legislativo. 6. Coordinar la realización de las evaluaciones técnicas y económicas que por competencia deban adelantar las dependencias respectivas en desarrollo de cualquiera de los mecanismos aplicables para la selección de los contratistas. 7. Elaborar contratos que suscriba el Ministerio y coordinar el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución de contratos. 8. asesorar a los funcionarios del ministerio y a los contratistas respecto de los requisitos y documentación necesaria para la elaboración, perfeccionamiento, ejecución y legalización de las órdenes y contratos.

Artículo 4 (857/940)

9. Verificar la aprobación y ampliación de la garantía única constituida para amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo de los contratistas por razón de la celebración, Hoja 516 ejecución y liquidación de los contratos, sin consideración a su naturaleza. 10. Elaborar los proyectos de acto administrativo de liquidación bilateral o unilateral de los contratos, ordenes y convenios que suscriba el Ministerio, contando para el efecto con el informe final del interventor, el estado de cuenta, los soportes de pago al sistema General de seguridad Integral y de aportes parafiscales cuando a ello hubiere lugar. 11. Elaborar los proyectos de acto administrativo de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, caducidad, siniestros y restablecimiento de equilibrios económicos. 12. conocer y tramitar los recursos que en primera instancia se interpongan contra los actos administrativos de declaratoria de incumplimiento, imposición de multas, siniestro y restablecimiento de equilibrio económico.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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