Por la cual se establecen los anexos técnicos del Registro Único de Afiliados (RUAF), el mecanismo de transferencia de los archivos y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 1056 · 2015-04-09 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–20 de 153

Artículo 1

Objeto y campo de aplicación. La presente resolución tiene por objeto establecer los anexos técnicos del Registro Único de Afiliados - RUAF a través de los cuales las entidades Administradoras de los Subsistemas a que refiere el artículo 2 del Decreto 1637 de 2006, deberán reportar la información, en el mecanismo de transferencia de los archivos, “Plataforma de Integración de datos — PISIS del Sistema de Información de la Protección Social — SISPRO”. Igualmente, señalar la periodicidad, plazos para el reporte y la disposición de los archivos de resultados del procesamiento de la información.

Artículo 2

Anexos Técnicos del Registro Único de Afiliados - RUAF. Adóptense como parte integral de la presente resolución, los anexos técnicos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 relacionados a continuación, contentivos de las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por cada una de las administradoras de los diferentes Subsistemas, al Registro Único de Afiliados — RUAF, así: “Anexo Técnico 1. Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones Anexo Técnico 2. Afiliados a Fondos de Cesantías: Subsistema de Cesantías Anexo Técnico 3. Afiliados a Riesgos Laborales: Subsistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales. Anexo Técnico 4. Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones — Entidades pagadoras de pensiones Anexo Técnico 5. Compensación Familiar: Subsistema de Subsidio Familiar”. Anexo Técnico 6. Programas de Asistencia Social: Subsistema de Asistencia Social y Subsistema de Parafiscales”. Anexo Técnico 7. Especificaciones técnicas aplicables a los anexos técnicos del Registro Unico de Afiliados - RUAF”. Parágrafo. Los datos correspondientes al Subsistema de Seguridad Social en Salud, serán tomados de la información suministrada por las EPS del régimen contributivo y subsidiado al Fondo de Solidaridad y Garantía — Fosyga del Ministerio de Salud y Protección Social. La actualización de la información en el Registro Único de Afiliados -RUAF, refleja el estado de la afiliación con corte al último día del mes vencido.

Artículo 3

Periodicidad y plazo del reporte de las novedades al Registro Único de Afiliados - RUAF. Las Administradoras de cada uno de los Subsistemas, deben reportar los archivos mencionados en el artículo anterior, en las siguientes fechas: ¡Anexo técnico 1. Afiliados Día viernes de la Fondos de Pensiones Semanal semana, incluyendo . : ¡Subsistema de Seguridad novedades de ese e O AUIentS E brindo dd al ¡Social en Pensiones día Último día | Día primero calendario | Día 10 calendario del ¡Anexo técnico 2. Afiliados al calendario del mes | del mes siguiente de la | mes siguiente de la Fondos de Cesantías Mensual reportado información a reportar información a ¡Subsistema de Cesantias reportar ¡Anexo técnico 3. Afiliados al Semanal Día viernes de la Riesgos Laborales: semana, incluyendo | Día sábado siguiente Día lunes siguiente al ¡Subsistema de Seguridad novedades de este | al día de corte día de corte ¡Social en Riesgos Laborales. día ¡Anexo técnico 4. Pagadore: Día viernes de la de Pensiones: Subsistema d Semanal semana, incluyendo | Día sábado siguiente Día lunes siguiente al ¡Seguridad Social en Pensione: novedades de este al día de corte día de corte EH Entidades pagadoras d día be e pe / RESOLUCIÓN NÚMBRA)N1056 DE 01 JA No. 3 de 73 AR A OMipYA No. 3 de 73 jensiones Programas de Asistencia semestral o anual, calendario del ¡Anexo técnico 5. Día Viernes de la [Compensación Familiar: Semanal semana, incluyendo f Ñ : Día sábado siguiente Día lunes siguiente al ¡Subsistema de Subsidio] novedades de este ; 4 Familiar día al día de corte día de corte ¡Anexo técnico 6. Mensual, trimestral, | Último día Día primero calendario | Día 10 calendario del siguiente al día de mes siguiente al día ¡Social: Subsistema de dependiendo del periodo reportado corte, de acuerdo a la de corte, de acuerdo Asistencia Social y programa periodicidad a la periodicidad ¡Subsistema de Parafiscales”

Artículo 4

Disposición de los archivos de resultados del procesamiento de la información reportada al RUAF. Como resultado del procesamiento de la información reportada por las administradoras, este Ministerio publicará dichos archivos, conforme a las especificaciones previstas en el numeral 3 del anexo técnico 7, que hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 5

Plataforma para el envío de los archivos al Registro Único de Afiliados - RUAF. La información correspondiente a los anexos técnicos a que refiere el artículo 2 de la presente resolución, debe reportarse a través de la plataforma de Integración de datos — PISIS del Sistema de Información de la Protección Social — SISPRO, conforme con las especificaciones previstas en el numeral 2 del Anexo técnico 7. “Especificaciones técnicas aplicables a los Anexos del Registro Único de Afiliaciones - RUAF”, que hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 6

Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, Ley 1712 de 2014 y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan; en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tienen acceso.

Artículo 7

Implementación de los anexos técnicos por parte de las administradoras. Los anexos técnicos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Registro Único de Afiliados - RUAF, a que se refiere el artículo 2 de la presente resolución, deben implementarse por las Administradoras de los diferentes Subsistemas, a partir del 1 de junio de 2015 con el reporte de las novedades periódicas del mes de mayo de 2015.

Artículo 8

Vigencias y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 2358 de 2006, modificada por las Resoluciones 2947 de 2006, 3336 de 2013 y 3796 de 2014.

Artículo ANEXO (1/145)

LA ALEJANDRO/GAVIRIA URIBE inistro de ¡Salud y Protección Social] RESOLUCIÓN NÚMERO()M1 0056 DE -=9 A la No. 4 de73 ANEXO TÉCNICO 1 Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones Las administradoras de los Fondos de Pensiones deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización del Registro Unico de Afiliados a la Protección Social - RUAF, sus afiliados. Para el efecto deben enviar los siguientes archivos: a) MAESTRO DE AFILIADOS CARGUE PERIÓDICO, b) NOVEDADES DE ACTUALIZACIÓN y c) ESTADO AFILIACIÓN Y AL DIA DEL APORTANTE, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen. Igualmente, se les dispondrán los archivos de inconsistencias para cada uno de los archivos mencionados, con las especificaciones establecidas en este anexo técnico. El anexo técnico tiene las siguientes secciones: Sección 1. Estructura y especificación de los archivos. Sección 2. Glosario de campos del anexo técnico 1. 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS. 1.1 ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL NOMBRE DEL ARCHIVO El nombre para cada archivo debe ser único.

Artículo ANEXO (2/145)

No se permiten varios archivos con el mismo nombre. 1.1.1 ARCHIVOS MAESTRO DE AFILIADOS CARGUE PERIÓDICO, NOVEDADES DE ACTUALIZACIÓN Y NOVEDADES DE ESTADO AFILIACIÓN Y AL DIA DEL APORTANTE Los nombres de los archivos deben cumplir con los siguientes estándares: Módulo de Identificador del módulo de información: información RUA RUAF 3 si Fuente de la Información — Administradoras Tipo de Fuente 250 de Fondos de pensiones AFP 3 Si Información de los siguiente temas: Maestro de Afiliados Cargue ona ds PMPP PMPP | Periódico - información PNPA PNPA Novedades de Actualización 4 Si PNPE Novedades de Estado PNPE Afiliación y al día del aportante Corresponde a la fecha del día viernes de Fecha de Corte AAAAMMDD la semana 8 Si Tipo de Tipo de identificación de la entidad identificación de la Ni reportadora de la información: 2 Si entidad - Nh correspondiente al tipo de reportadora identificación NIT Número de identificación de la entidad que envía los archivos, de acuerdo con el tipo Número de de identificación del campo anterior identificación de la Numero de NIT 999999999999 Se debe usar el carácter CERO de relleno 12 si Dl la izquierd i ni ari reportadora a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo Ejemplo: 000860999123 Indicador de que a continuación está el lala co dato de código de la entidad que reporta 2 Si Código co Código de la entidad reportadora. Número asignado por el ente supervisor Código de la XXXXXX que agremia estas entidades. 6 Si Se debe usar el carácter CERO de relleno RESOLUCIÓN NÚMERO N1056 DE_ q ARRO% HOJA No. 5de73 a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.

Artículo ANEXO (3/145)

Ejemplos 025-14 0025-3 230201 Extensión del : o archivo TXT Extensión del archivo plano. 4 Si NOMBRE DE ARCHIVOS: MAESTRO DE AFILIADOS CARGUE PERIÓDICO, NOVEDADES DE ACTUALIZACIÓN Y NOVEDADES DE ESTADO AFILIACIÓN Y AL DIA DEL APORTANTE RUA250PMPPAAAAMMDDN boooooo000000C Oxo0000c txt RUA250PNPAAAAAMMDDN booooo0000000C Oxv000x txt RUA250PNPEAAAAMMDDN boooo0000000:C Oro000x txt | Reporte de la información de las afiliaciones | a los Fondos de pensiones Se debe enviar un único archivo por tema de información, por periodo de reporte. Si se envían más archivos serán rechazados. 1.1.2 ARCHIVOS DE INCONSISTENCIAS DEL MAESTRO DE AFILIADOS CARGUE PERIÓDICO, NOVEDADES DE ACTUALIZACIÓN Y NOVEDADES DE ESTADO AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE.

Artículo ANEXO (4/145)

Los archivos de inconsistencias cumplirán con los siguientes estándares: Módulo de PUB Identificador del módulo de información: 3 Si información Publicaciones Tipo de Fuente 200 Fuente de la Información — Ministerio de 3 si Salud y Protección Social Información de los siguiente temas: | Maestro de inconsistencias PMPP PMPP de Afiliados cargue nena a PNPA | periódico 4 si PNPE PNPA Novedades de actualización Novedades de estado PNPE afiliación y al día del aportante Corresponde a la fecha del archivo Fecha de Corte MMDD procesado por RUAF y enviado por la 8 S administradora Ejemplo: 20141231 Tipo d Tipo de identificación del Ministerio de on vd ón del Salud y Protección Social, quien publica las prenda ela Im inconsistencias 2 si reportadora - Nk correspondiente al tipo de identificación NIT Número de identificación del Ministerio de salud y Protección Social: Número de - Número de NIT identificación de la O9999IIIIII Se debe usar el carácter CERO de relleno 12 si entidad a la izquierda si es necesario para reportadora completar el tamaño del campo. Ejemplo 000900474727 a Tipo de identificación de la entidad destino Kienitcación dela | NI de a omeción 2 si entidad destino RISAS al tipo de identificación Número de identificación de la entidad que Número de recibe los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior: 12 S Número de NIT Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si_es necesario para identificación de la | 999999999999 entidad destino Ah Y mud) RESOLUCIÓN NUMBRED n1056 DE a 1007 -) 2 No. 6 de 73 completar el tamaño del campo. Ejemplo: 000860314055 Indicador de que a continuación está el Indicador de co dato de código de la entidad que reporta. 2 Si Código co Código de la entidad a quien se reporta las inconsistencias Número asignado por el ente supervisor que agremia estas entidades.

Artículo ANEXO (5/145)

Se debe usar el carácter CERO de relleno codigo, dela XXXXXX a la izquierda si es necesario para 6 S] completar el tamaño del campo. Ejemplos: 025-14 230201 230901 TS TXT Extensión del archivo plano, 4 si archivo NOMBRE DE ARCHIVOS DE INCONSISTENCIAS: MAESTRO DE INCONSISTENCIAS DE AFILIADOS CARGUE PERIÓDICO, NOVEDADES DE ACTUALIZACIÓN Y NOVEDADES ESTADO AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE. | a : PUB200PMPPAAAAMMDDNIO00900474727Nhovooooo000XCOxo00x.txt | Publicación de infomación de PUB200PNPAAAAAMMDDNIO00900474727Nhooo0000000xCO 000. txt se | inconsistencias de afiliaciones a los | Fondos de pensiones. PUB200PNPEAAAAMMDDNI000900474727Nhooo0000000xC O 00000 bt 1.2 ESTRUCTURA DE LOS ARCHIVOS 1.2.1 MAESTRO DE AFILIADOS CARGUE PERIODICO El archivo maestro de afiliados cargue periódico está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a pensiones. Los campos que deben enviarse en la estructura del archivo, son los correspondientes a la columna CÓDIGO DEL CAMPO EN EL GLOSARIO DEL ANEXO 1, tanto en el Registro tipo 1, como en el Registro tipo 2. El campo No. es un consecutivo que indica el orden de los campos dentro de cada registro. Este es utilizado por el aplicativo PISIS, en el momento de la validación del archivo, para mostrar el campo que dentro de un registro presenta error.

Artículo ANEXO (6/145)

Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios, deben reportarse en el archivo como (,,) REGISTRO TIPO 1- REGISTRO DE CONTROL a . 1 valor que significa que el D p Tipo de Registro y registro es de control si 1 17 Código administradora 6 Ver glosario Si 2 35 Fecha inicial del período de la información | 10 AAAA-MM-DD Si 3 36 Fecha final del periodo de la información 10 AAAA-MM-DD Si il A Debe corresponder a la cantidad 4 37 Abr registros relacionados en el 8 de registros tipo 2, contenidos en Si el archivo Bl : Ver tabla "1.1 ESTRUCTURA Y 5 38 Nombre del Archivo (Con extensión .TXT) | 44 ESPECIFICACIÓN DEL Si RESOLUCIÓN NUMERA)N1056 DE- O ARrROABIHOJA No. 7 de 73 NOMBRE DEL ARCHIVO" REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE : 2: valor que significa que el registro ( 0 0 Tipo de registro 1 es de alla 9 q 9 El l 1 1 Tipo de identificación del afiliado 2 Ver glosario Si 2 2 Número de identificación del afiliado 17 Si 3 3 Código género 1 Ver glosario El 4 4 Fecha de nacimiento 10 |AAAA-MM-DD Sl 5 5 Departamento nacimiento 2 |Ver glosario NO 61. 6 Municipio nacimiento 3 Ver glosario NO_| 71 7 Primer apellido 60_ | Ver glosario St_| 8 8 Segundo apellido 60_|Los datos básicos de la persona| NO I 9 9 Primer nombre 60 | deben coincidir con los registrados [s1 en el documento de identidad.

Artículo ANEXO (7/145)

Estos serán validados contra la información 10 10 Segundo nombre 60 |joficial de identificación de las| NO l personas, si no coinciden serán glosados. | 11 11 Departamento residencia 2 Ver glosario sI 12 12 | Municipio residencia 3 |Ver glosario El 13 15 Fecha efectiva de afiliación a la administradora 10 [| AAAA-MM-DD Si 14 16 | Afiliación subsidiada 1 Ver glosario El 15 17 Código administradora 6 Si 16 18 Código tipo de cotizante 2 |Ver glosario Si 17 39 Afiliado cesante 1 Ver glosario SI 18 19 Tipo de identificación del aportante 2 |Ver glosario NO 19 20 | Número de identificación del aportante 17 NO 20 | 21 Dígito de verificación del aportante 1 Ver glosario NO 21 22 Razón social del aportante 150 |Ver glosario NO 22 23 Clase de aportante 1 Ver glosario St | 23 24 _ | Departamento de la ubicación laboral 2 |Ver glosario St_| 24 25 Municipio de la ubicación laboral 3 |Ver glosario Si 25 26 Fecha de vinculación con el aportante 10 | AAAA-MM-DD NO 26 27 _ | Estado de la afiliación 1_ |Ver glosario El 27 28 |Aldía 1 Ver glosario Si Este campo sólo se diligencia si la l 28 34 Código de la administradora desde donde se traslada 6 o e administradoras. 29 40 [Traslado 1_ |Ver Glosario NO_| Los campos con código 8 (segundo apellido) y 10 (segundo nombre) en el glosario del anexo 1, son obligatorios si el afiliado, de acuerdo con su documento de identidad, los tiene.

Artículo ANEXO (8/145)

Los campos con código 19 (Tipo de identificación del aportante), 20 (Número de identificación del aportante) y 22 (Razón social del aportante) en el glosario del anexo 1, no serán obligatorios si el campo 39 (afiliado cesante) viene en valor S. Si el campo con código 18 (Código tipo de cotizante) es 3 (independiente), la información del aportante campos 19 (Tipo de identificación del aportante) y 20 (Número de identificación del aportante), debe ser la misma de los campos 1 (Tipo de identificación del afiliado) y 2 (Número de identificación del afiliado) respectivamente. Para el cargue periódico, si un afiliado tiene más de un aportante, la administradora de pensiones debe reportar un registro por cada uno de ellos, diligenciando la totalidad de los campos del archivo maestro de afiliados cargue periódico. a E RESOLUCIÓN Nú 6 DE 2015 HOJA No. 8 de 73 MBeNOLOS6 DE, |, PE BOJANO. Be Para las novedades de creación de nuevos afiliados que tengan más de un aportante, la administradora de pensiones sólo debe reportar un registro al archivo maestro de afiliados cargue periódico, diligenciando la totalidad de los campos con un aportante; los demás aportantes los debe reportar en el archivo de novedades de actualización con la novedad P07. 1.2.2 ARCHIVO DE NOVEDADES DE ACTUALIZACION. El archivo de novedades de actualización está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización. Novedades de creación de nuevos afiliados. Las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a pensiones utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de afiliados cargue periódico a pensiones.

Artículo ANEXO (9/145)

Igualmente, cuando se produce una nueva afiliación como consecuencia de un traslado de régimen ó traslado de administradora del mismo régimen, deberá reportarse la creación de la nueva afiliación enviando el maestro de afiliados cargue periódico. Novedades de actualización. La información de los afiliados reportados a través del archivo maestro de afiliados cargue periódico debe ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de afiliados a pensiones. De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES”. El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada Una de éstas. Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ser vacío y reportarse en el archivo como (,,). Cuando una afiliación tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad. REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL . , 1 valor que significa que el 0 0 Tipo de Registro 1 registro es de conto! si 1 17 Código de la administradora 6_ |Ver glosario SI 2 35 Fecha inicial del período de la información 10 | AAAA-MM-DD Si 3 36 Fecha final del periodo de la información 10 | AAAA-MM-DD Si Debe corresponder a la cantidad 4 37 Total de registros relacionados en el archivo 8 | de registros tipo 2, contenidos en Si el archivo.

Artículo ANEXO (10/145)

Ver tabla "1.1 ESTRUCTURA Y 5 38 Nombre del Archivo (Con extensión TXT) 44 | ESPECIFICACIÓN DEL SJ] ] NOMBRE DEL ARCHIVO” REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE 0 0 Tipo de registro 1 za valor que significa que el registro es de Si etalle 1 17 Código administradora 6 Si 2 1 Tipo de identificación del afiliado 2 Ver glosario Sl 3 2 Número de identificación del afiliado 17 Si 1 4 7 | Primer apellido 60 |Ver glosario El AS pr RESOLUCIÓN NÚMBRIADNO 1056 DE_ q Apr2o95 HOJA No. 9 de 73 5 | 8 Segundo apellido 60 NO 6 9 Primer nombre 60 Si 7 10 Segundo nombre 60 NO Ver “Códigos de novedades de afiliados a 8 Código de la novedad 3 pensiones” Si 9 Valor 1 Dependiendo del código de la novedad se 10 Valor 2 deben registrar los valores en el mismo 441 ¡Valor 3 | prden en que aparecen en la tabla de 42 Valor 4 "Códigos de novedades de afiliados a 13 Valor 5 pensiones * y los que no se modifiquen no 14 Valor 6 llevarán ningún valor, es decir deben ir vacío 15 Valor 7 reportarse en el archivo como ,, 16 Valor 8 Ñ NO 17 Valor 9 Se deben completar los nuevos 15 valores 18 Valor 10 teniendo en cuenta lo explicado 19 Valor 11 prteriomente | 20 __ ¡Valor 12 a | | 21 Valor 13 | 22 Valor 14 | | 23 [Valor 15 | PO01 Modificar persona 3, 4,5,6,7,8,9, 10,11, 12 1.2.2.1 CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A PENSIONES Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afili

Artículo ANEXO (11/145)

aciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Único de Afiliados a la Protección Social - RUAF. Modificar la información de una persona que se encuentra en la base de datos RUAF. Los datos modificados deben coincidir con los registrados en el documento de identidad. Estos serán validados contra la información oficial de identificación de las personas, si no coinciden serán glosados. Po2 Modificación identificación de persona Modificar el tipo y/o el número de identificación de una persona registrada en la base de datos RUAF. Los datos básicos de la persona, asociados al documento que se corrige, deben coincidir con los registrados en el documento de identidad. Estos serán validados contra la información oficial de identificación de las personas, si no coinciden serán glosados. Po3 Modificar afiliación a pensiones 15, 16 Modificar la información de la afiliación a pensiones en la base de datos RUAF. P04 Retirar o trasladar afiliación a pensiones 30, 31, 32, 33, 34 Retirar afiliación a pensiones en la base de datos RUAF en los siguientes casos: Si el caso es por fallecimiento se deben | diligenciar los campos 30, 31 y 33. Si el caso es por reconocimiento de pensión, devolución de saldos oO indemnización — sustitutiva, se deben diligenciar los campos 30, 31 y 32. Si el caso es por traslado de administradora se deben diligenciar los campos 30, 31, y 34. Si el caso es por anulación o retracto se deben diligenciar los campos 30, 31 Si el caso es por “Anulación por multiafiliación” se deben diligenciar los campos 30 y 31, donde el “campo 30” corresponde a la fecha de la aplicación del | proceso de marcación.

Artículo ANEXO (12/145)

SÍ RESOLUCIÓN NÚMERO n1056 DE 9 Ao HOJA No. 10 de 73 Si el caso es por “cedido por multiafiliación” se deben diligenciar los campos 30 y 31, donde la fecha “campo 30” corresponde a la fecha de fin de la Ñ vigencia. Si el caso es por “sustitución” se deben diligenciar los campos 30 y 31, donde la fecha "campo 30" corresponde a la fecha de la sustitución de administradora Si el caso es por “fusión” se deben diligenciar los campos 30 y 31 donde la fecha “Campo 30” debe corresponder a la fecha de la fusión de las administradoras. Si el caso es por "liquidación" se deben diligenciar los campos 30 y 31 donde la fecha "Campo 30" debe corresponder a la fecha de la liquidación de la administradora. 1] Asociar otro aportante a una afiliación a | Po7 Asociar otro aportante a una afiliación a 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, pensiones en la base de datos RUAF. | pensiones 125, 26 Los campos 18, 19, 20 y 22 son obligatorios | Modificar información de un aportante de l Pos Modificar aportante de una afiliación a 18,19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, | una afiliación a pensiones en la base de pensiones 26 | datos RUAF l Los campos 19, 20, 22 son obligatorios.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2015.zip · hoja Resoluciones · fila 24), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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