Artículo ANEXO (379/396)
Artículo 5”. Ordenar el bloqueo del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N- 519539. Dar cuenta de la iniciación del Trámite al Grupo de Operativa de la Oficina y al señor Registrador Delegado. Se trata de obtener, de una parte, la remisión al Grupo de Jurídica de los documentos que ingresen para inscripción en el folio de matrícula involucrado; de otra, de obtener se deje constancia del trámite de la Actuación Administrativa en las certificaciones que lleguen a expedirse. Artículo 6%. Formar el expediente respectivo, debidamente foliado, al cual se le asigna el número 2 de 2008. Artículo 7”. Contra esta providencia no procede ningún recurso en sede gubernativa. ón. Artículo 8?. La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedi Comuníquese, notifíquese y cúmplase. La Registradora Principal, Carmenza Jaramillo Roncancio. Revisó, Gustavo Alberto Aguirre Cruz. Proyectó: Jorge E. Escobar Fierro. (CF) AUTO NUMERO 000002 DE 2008 (febrero 12) por el cual se inicia una Actuación Administrativa. (Expediente J-373-07/ AA-04-2008) La Registradora de Instrumentos Públicos, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los artículos 7? del Decreto-ley 2156 de 1970, y 23 del Decreto 302 de 2004, y CONSIDERANDO QUE DISPONE: