Artículo ANEXO (25/173)
En el caso de una misma IPS que habilita los tres Tipos de Centros de Referencia, estando condicionada su oferta al tipo de enfermedades huérfanas que atenderá el Centro de Referencia de Tratamiento. - Los servicios que hacen parte del Centro de Referencia correspondiente, según la Tipología que postula y desea habilitar y el Tipo de patologías huérfanas a atender, deben contar con certificado de habilitación dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud. . IN"> RESOLUCIÓN NÚMERO G 65 10€ ae DM e HOJA No. 20 ni Grabar la información registrada en el módulo de Centros de Referencia para Enfermedades Huérfanas del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud — REPS. 6.1.3 Registro de tos siguientes documentos para habilitación de Centros de Referencia de Diagnóstico, Tratamiento o Farmacia para atención de Enfermedades Huérfanas, ante la Entidad Departamental o Distrital de Salud: Una vez diligenciado el formulario de solicitud de habilitación de un Centro de Referencia de Diagnóstico, Tratamiento o Farmacia para la atención de Enfermedades Huérfanas, se deberá registrar en el módulo correspondiente los siguientes documentos: .