Por la cual se establecen las condiciones de habilitación de los centros de referencia de diagnóstico, tratamiento y farmacias para la atención integral de las enfermedades huérfanas así como la conformación de la red y subredes de centros de referencia para su atención.

Resolución · 651 · 2018-03-01 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 181–189 de 189

Artículo ANEXO (165/173)

Verificar la |“Evidencia aportada por el Prestador o Clínicos procesos implementación | verificada por la DTS, de la implementación y documentados y |y cumplimiento [cumplimiento de los procesos y estandarizados del |de los procesos |procedimientos para el Criterio, concordante registro de con lo documentado para su habilitación. seguimiento al | procedimientos tratamiento documentados *Para el caso de servicios farmacéuticos farmacológico, y dependientes de otros prestadores, que como anexo en [estandarizados [apoyen al Centro de Referencia, este proceso Historia Clínica de registro de [deberá implementarse de manera similar. seguimiento al tratamiento farmacológico, como anexo en Historia Clinica *Se tienen |3. Verificar la |“Evidencia aportada por el Prestador oO procesos implementación | verificada por la DTS, de la implementación y documentados y |y cumplimiento |cumplimiento de los procesos y estandarizados de |de los procesos |procedimientos pasa el Criterio, concordante acciones y con lo documentado para su habilitación. tendientes a |procedimientos promover la | documentados actualización, “Para el caso de servicios farmacéuticos capacitación y [estandarizados [dependientes de e otros prestadores, que divulgación del [de planes o |apoyen al Centro de Referencia este proceso conocimiento en |programas y [deberá implementarse de manera similar. dispensación de |acciones medicamentos y |tendientes a Capacitación seguimiento al |promover del Talento | tratamiento actualización, Humano farmacológico para |capacitación y pacientes con |divulgación del Enfermedades conocimiento Huérfanas. en dispensación de medicamentos y seguimiento al tratamiento farmacológico para pacientes con Enfermedades Huérfanas. *Se tienen |1.

Artículo ANEXO (166/173)

Verificar la |*Evidencia aportada por el Prestador o procesos implementación | verificada por ta DTS, de la implementación y documentados y |y cumplimiento | cumplimiento de los procesos y estandarizados de |de los procesos |procedimientos para el Criterio, concordante egreso de jy con lo documentado para su habilitación, pacientes. procedimientos documentados y *Para el caso de servicios farmacéuticos E estandarizados dependientes de otros prestadores, que greso - - Finalización de de egreso de |apoyen al Centro de Referencia este proceso pacientes. deberá implementarse de manera similar. seguimiento al tratamiento farmacológico RESOLUCIÓN Numb 665 log ” Y MAR” A HOJA No. 91 referencia de diagnóstico, tratamiento y farmacias para fa atención integra! de las enfermedades huérfanas así ESTÁNDAR: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA PRES TACIÓN DE SERVICIOS Y RESULTADOS EN SALUD MODO DE . CRITERIO DESCRIPCIÓN — | VERIFICACIÓN ALCANCE Y ESPECIFICIDAD HABILITACIÓN a. Se tiene |1. Verificar la |*Evidencia aportada por el Prestador o definido un [implementación — | verificada por la DTS, de la implementación y proceso para |y cumplimiento | cumplimiento de los procesos y seguimiento y [de los procesos |procedimientos para el Criterio, concordante | evaluación del |y con lo documentado para su habilitación. cumplimiento de |procedimientos los procesos, | documentados *Para el caso de servicios farmacéuticos procedimientos O |para: dependientes de otros prestadores, que Seguimiento a los procesos administrativos y asistenciales mecanismos para: Garantizar la oportunidad en el ingreso para la dispensación de medicamentos y tratamiento farmacológico requerido.

Artículo ANEXO (167/173)

Seguimiento y evaluación de la oportunidad en el ingreso para dispensación de medicamentos y Atención farmacéutica requerida. apoyen al Centro de Referencia este proceso deberá implementarse de manera similar. E J -, RESOLUCIÓN NÚMERO 665 1pgre le só R 2018 2018 HOJA No. 92 . b Se tiene definido un proceso para seguimiento y evaluación del cumplimiento de los procesos, procedimientos o mecanismos para: Articulación y coordinación de acciones con Centros de Referencia de Tratamiento de Enfermedades Huérfanas a cargo de los pacientes. 1. Verificar la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos documentados para: Seguimiento y evaluación de la Articulación y coordinación de acciones con Centros de Referencia de Tratamiento de Enfermedades Huérfanas a cargo de los pacientes, “Evidencia aportada por el Prestador o verificada por la DTS, de la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos para el Criterio, concordante con lo documentado para su habilitación. c. Se tiene definido un proceso para seguimiento y evaluación del cumplimiento de los procesos, procedimientos O mecanismos para: Articulación y coordinación de acciones con las Entidades a que refiere el numeral 2,1. del articulo 2 de da presente resolución para posibilitar el acceso a los servicios (dispensación de medicamentos, seguimiento al tratamiento farmacológico) que requiera el paciente. 1. Verificar la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos documentados para: Seguimiento y evaluación de la Articulación y coordinación de acciones con las Entidades a que refiere el numeral 2.1. del

Artículo ANEXO (168/173)

artículo 2 de la presente resolución para posibilitar el acceso a los servicios (dispensación de medicamentos, seguimiento al tratamiento farmacológico) que requiera el paciente. “Evidencia aportada por el Prestador o verificada por la DTS, de la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos para el Criterio, concordante con lo documentado para su habilitación. RESOLUCIÓN NUMERO 265 1 ne = 1:MAR 2018018 HOJA No. 93 d. Se tiene definido un proceso para seguimiento y evaluación del cumplimiento de los procesos, procedimientos o mecanismos para: *Registro de seguimiento al tratamiento farmacológico, como anexo en Historia Clínica. 1. Verificar la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos documentados para: Seguimiento y' evaluación del Registro de seguimiento al tratamiento farmacológico, como anexo en Historia Clínica *Evidencia aportada por el Prestador O verificada por la DTS, de la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos para el Criterio, concordante con lo documentado para su habilitación. *Para el caso de servicios farmacéuticos dependientes de otros prestadores, que apoyen al Centro de Referencia este proceso deberá implementarse de manera similar. e.Se tiene definido un proceso para seguimiento y evaluación del cumplimiento de los procesos, procedimientos O mecanismos para: Planes de contingencia frente a eventos 0 riesgos que afecten la calidad en la atención.

Artículo ANEXO (169/173)

1. Verificar la implementación y Cumplimiento de los procesos procedimientos documentados para: Seguimiento y evaluación de los Planes de contingencia frente a eventos o riesgos que afecten la calidad en ta atención. *Evidencia aportada por el Prestador U verificada por la DTS, de la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos para el Criterio, concordante con lo documentado para su habilitación. "Para el caso de servicios farmacéuticos dependientes de otros prestadores, que apoyen al Centro de Referencia este proceso deberá implementarse de manera similar. RESOLUCIÓN NÚMERO 065 1 DE : 2d MAR Ut HOJA No. 94 f Se tiene definido [%. Verificar la [“Evidencia aportada por el Prestador o un proceso para [implementación |verificada por la DTS, de la implementación y seguimiento y |y cumplimiento [cumplimiento de los procesos y evaluación del |de los procesos |procedimientos para el Criterio, concordante cumplimiento de |y con lo documentado para su habilitación. los procesos, |procedimientos procedimientos oO ¡documentados mecanismos para: jpara: *Para el caso de servicios farmacéuticos Promover la ¡Seguimiento y |dependientes, de otros prestadores, que actualización, evaluación a la | apoyen al Centro de Referencia este proceso capacitación y | actualización, deberá implementarse de manera simitar. divulgación del |capacitación y conocimiento en |divulgación del dispensación de |conocimiento medicamentos y ¡en seguimiento al | dispensación tratamiento de farmacológico de |medicamentos, pacientes con |y seguimiento Enfermedades al tratamiento Huérfanas. farmacológico de pacientes con Enfermedades Huértanas.

Artículo ANEXO (170/173)

9. Se tiene 1. Verificar la |”*Evidencia aportada por el Prestador o definido un |implementación | verificada por la DTS, de la implementación y proceso para |y cumplimiento | cumplimiento de los procesos y seguimiento y [del documento [procedimientos para el Criterio, concordante evaluación del [que describa | con lo documentado para su habilitación, cumplimiento de |los procesos y los procesos, |procedimientos procedimientos y |documentados *Para el caso de servicios farmacéuticos mecanismos para: |para: dependientes de otros prestadores, que Egreso de [Seguimiento y [apoyen al Centro de Referencia este proceso pacientes. evaluación al ¡deberá implementarse de manera similar. Egreso de pacientes. RESOLUCIÓN NÚMERO? 65 1 DE +1 MAR" 2018018 HOJA No. 95 Monitoreo a la atención de los pacientes o usuarios y Evaluación de resultados a. Se tiene definido un Proceso sistemático de recolección, análisis y utilización de información para hacer seguimiento a la atención de los pacientes O usuarios. 1. Verificar ta implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos documentados para: Seguimiento y evaluación al Proceso sistemático de recolección, análisis y utilización de información para hacer seguimiento a la atención de los pacientes o Usuarios. *Evidencia aportada por el Prestador O verificada por la DTS, de la implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos para el Criterio, concordante con lo documentado para su habilitación. b.Se contemplan los Planes de mejoramiento continuo, identificados en el proceso de evaluación del resultado de la atención, para el mejoramiento continuo de la calidad orientado hacia los resultados

Artículo ANEXO (171/173)

1. Verificar la implementación y cumplimiento de los procesos procedimientos documentados para: Seguimiento y evaluación a los Planes de mejoramiento continuo, identificados en el proceso de evaluación del resultado de la atención, para el mejoramiento continuo de la calidad orientado hacia los resultados *Evidencia aportada por el Prestador o verificada por la DTS, de ta implementación y cumplimiento de los procesos y procedimientos para el Criterio, concordante con lo documentado para su habilitación RESOLUCIÓN NUMERO? 255 log + ¿I MAR 201Bo18 HOJA NO. 96 TABLA No 7. REPORTE DE NOVEDADES DE CENTROS DE REFERENCIA DE DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y FARMACIAS PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS ENFERMEDADES NOVEDADES CENTRO DE REFERENCIA HUÉRFANAS REQUISITOS 9.1 Ingreso de un prestador que integra servicios al Centro de Referencia 1. Realizar y declarar la autoevaluación del Centro de Referencia. 2. Diligenciar el formulario de reporte de novedades, disponible en el Modulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud — REPS 3. Adjuntar el certificado de Existencia y Representación Legal de la IPS, responsable del Centro de Referencia, expedido en un término máximo de un mes contado a partir de la fecha de registro. 4. Adjuntar el certificado de Existencia y Representación Legal del prestador, expedido en un término máximo de un mes contado a partir de la fecha de radicación, cuando ap!ique 5. Adjuntar copia del documento de identificación del representante legal del nuevo prestador.

Artículo ANEXO (172/173)

6. Adjuntar documentos que demuestren el contrato o acuerdo de voluntades, entre la IPS responsable de la habilitación del Centro de Referencia y el o los Prestadores que aportan servicios 9.2 Egreso de un prestador que integraba servicios al Centro de Referencia 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas de! Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud — REPS. 2. Realizar y declarar la autoevaluación del Centro de Referencia, según corresponda. 9.3 Ingreso de servicios 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas, del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Satud — REPS. 2. Realizar y declarar la autoevaluación del Centro de Referencia, según corresponda. 9.4 Egreso de servicios. 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas — REPS. 2. Realizar y declarar la autoevaluación del Centro de Referencia, según corresponda. 9.5 Apertura de atención de un Tipo Enfermedad Huérfana 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas — REPS. 2. Realizar y declarar la autoevaluación del Centro de Referencia, según corresponda. ResoLución NUMEROS 653 DE- 1 MAR 20187018 hoya No. 97 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas, del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud — REPS.

Artículo ANEXO (173/173)

2. Realizar y declarar la autoevaluación del Centro de Referencia, 9.6 Reactivación de un Centro de | según corresponda. Referencia. 3. Adjuntar el certificado de Existencia y representación Legal de la IPS responsable del Centro de Referencia, expedido en un término máximo de un mes contado a partir de la fecha de registro, 4. Anexar copia del documento de identificación del representante legal de la IPS responsable del Centro de Referencia. 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas, del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud — REPS. 2. Anexar documento de comunicación a la Entidad Departamental o Distrital! de Salud y a las entidades responsables de pago con las cuales tengan contrato, con mínimo un (1) mes antes de realizar el registro de la novedad mencionada. 9.7 Cierre de atención de un tipo de Enfermedad Huérfana 1. Diligenciar el formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas. det Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud — REPS 2.Adjuntar documento de comunicación a la Entidad Departamental O Distrital de Salud y a las entidades responsables de pago con las cuales tengan contrato, con mínimo un (1) mes antes de realizar el registro de la novedad mencionada. 9.8 Cierre definitivo del Centro de Referencia. 1. Diligenciar ei formulario de reporte de novedades disponible en el Módulo de Centros de Referencia de Enfermedades Huérfanas del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud - REPS. 2/Adjuntar documento de comunicación a la-Entidad Departamental O Distrital de Salud y a las entidades responsables de pago con las cuales tengan contrato, minimo un (1) mes antes de realizar el registro de la novedad mencionada 9.9 Cierre temporal del Centro de Referencia.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-tematicas-2018-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 11), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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