Por medio de la cual se modifica la Resolución 2388 de 2016, "Por la cual se unifican las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales"

Resolución · 467 · 2025-03-25 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 181–200 de 212

Artículo 3 (44/71)

Encabezado para las administradoras de pensiones. 4 11 12 22 N ¡Mora en las | Liquidación del valor en cotizaciones mora_ del campo 4 del RESOLUCIÓN NÚMERO) 200467 DE 25 MAR 2025-HOJA No. 112 de 131 la cual se unifican las reglas para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales”. j 5 RENGLÓN 36. MORA POSICIÓN VALIDACIONES Y CAMPO | LONG Epmicjaj | Final] "PO| DESCRIPCIÓN | ORIGEN DELOS DATOS renglón 31- aportes del archivo de salida para las administradoras de pensiones. Mora en la cotización Liquidación del valor en voluntaria que realiza mora des campo 5 del 5 mol 23 | 33 | Mm lelafiliado al Fondo de gión 31- aportes del Pensiones nicas de ; h a Obligatorias. pensiones. Liquidación del valor en mora del campo 6 del Mora en total de la | renglón 31- aportes del 5 11 34 44 N cotización. archivo de salida para las administradoras de pensiones. Liquidación del valor en Mora aportes al Fondo | mora del campo 7 del 7 11 45 55 N de Solidaridad | renglón 31- aportes del Pensional Subcuenta | archivo de salida para las de Solidaridad. administradoras de pensiones. Liquidación del valor en Mora aportes al Fondo | mora del campo 8 del 8 11 56 66 N de Solidaridad | renglón 31- aportes del Pensional Subcuenta | archivo de salida para las de Subsistencia. administradoras de pensiones.

Artículo 3 (45/71)

Mora en las | Liquidación del valor en cotizaciones Pilar | mora del campo 12 del 9 11 67 77 N Contributivo renglón 31- aportes del Componente de Prima | archivo de salida para las Media. administradoras de pensiones. Mora en las | Liquidación del valor en cotizaciones Pilar | mora del campo 13 del , Contributivo renglón 31- aportes del 10 1 78 88 N Componente Ahorro | archivo de salida para las individual. administradoras de pensiones. Mora Seguro | Liquidación del valor en Previsional, mora del campo 14 del , renglón 31- aportes del 11 1 89 99 N archivo de salida para las administradoras de pensiones. TOTAL 99 RENGLÓN 39. TOTAL POSICIÓN A VALIDACIONES Y ORIGEN CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DELOS DATOS 1 5 1 5 N | Registro de Totales. Debe ser 00039 para este caso. 2 1 6 6 N Tipo de registro. Debe ser 3 para este caso. El registrado en el campo 3 3 13 7 19 |n por O del registro salida tipo 3 - * y Totales para las RESOLUCIÓN NÚMERGO000467 pe 25 MAR 2025=HOJA No. 113 de 131 Parafiscales”, RENGLÓN 39. TOTAL Ñ >]... POSICIÓN ..| VALIDACIONES Y ORIGEN CAMPO | LONG: Inicial | Final ¿TIPO DESCRIPCIÓN DE LOS DATOS administradoras de pensiones. Suma del campo 4 del renglón 31- aportes del archivo de salida para las 4 13 20 32 N Total cotización | administradoras de pensiones Obligatoria, más el campo 4 del renglón 36 mora del archivo de salida para las administradoras de pensiones.

Artículo 3 (46/71)

Suma del campo 8 del renglón 31- aportes del archivo de salida para las 5 13 33 45 N Total cotización | administradoras de Pensiones voluntaria afiliado. más el campo 5 del renglón 36 mora del archivo de salida para las administradoras de pensiones. Suma del campo 6 del renglón 31- aportes del archivo de salida para las anta administradoras de pensiones 6 13 46 58 N Total cotización. más el campo 6 del renglón 36 mora del archivo de salida para las administradoras de pensiones. Suma del campo 7 del renglón Total aportes a|31- aportes del archivo de Fondo de | salida para las 7 13 59 71 N Solidaridad administradoras de pensiones Pensional más el campo 7 del renglón 36 subcuenta de | mora del archivo de salida solidaridad, para las administradores de pensiones. Suma del campo 8 del renglón Total aportes a|31- Aportes del archivo de Fondo de | salida para las solidaridad administradoras de pensiones 8 13 72 84 N pensional más el campo 8 del renglón 36 subcuenta mora del archivo de salida subsistencia. para las administradoras de pensiones. Suma del campo 12 del ans renglón 31- aportes del poa str aro de, sai poa ls a administradoras de pensiones 9 13 85 97 N ona. de más el campo 9 del renglón 36 Prima Media mora del archivo de salida Ñ para las administradoras de pensiones.

Artículo 3 (47/71)

Suma del campo 13 del Total Cotización a |“englón 31- Aportes del pensiones Pilar archivo de salida para las 10 13 98 110 N Contributivo administradoras de pensiones Componente más el campo 10 del renglón Ahorro individual 36 mora del archivo de salida " para las administradoras de pensiones, RESOLUCIÓN NÚMERI)OOIO467 DE 25 MAR2025 -HOJA No. 114 de 131 Parafiscales"”. RENGLÓN 39, TOTAL POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN DE LOS DATOS Suma del campo 14 del renglón 31*- aportes del Total Seguro | archivo de salida para las 11 13 111 123 N Previsional. administradoras de pensiones más el campo 11 del renglón 36 mora del archivo de salida. TOTAL 123 13.En el numeral 1 “RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS TIPO DE PAGADOR DE PENSIONES” del capítulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar las tablas "4. Tipo de pensión” y “5. RO2 - Regla de validación — Tipo de pensión vs tipo de pagador de pensiones”, en el sentido de adicionar la “Prestación anticipada de vejez”; así: “Tabla 2. Tipo de pensión. Tipo de pensión 1 Vejez 2 Sobrevivencia vitalicia riesgo común 3 Sobrevivencia temporal riesgo común 4 Sobrevivencia temporal riesgo común.

Artículo 3 (48/71)

Cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos 5 Sobrevivencia vitalicia por riesgo laboral 6 Sobrevivencia temporal riesgo laboral 7 Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos 8 | Invalidez riesgo común 9 | invalidez riesgo laboral 10 | Jubilación 11 |VJubilación para compartir 12 |Sanción 13 | Convencional 14 | Convencional para compartir 15 | Gracia 16 | Por convenio internacional 20 | Sentencia judicial 21 | Conciliaciones 22 | Prestación anticipada de vejez Tabla 3. RO2 - Regla de validación - Tipo de pensión vs tipo de pagador de pensiones. TIPO DE PAGADOR DE TIPO DE PENSIÓN CÓDIGO o PENSIONES No. 1 2 3 4 Vejez 1 eS XxX Sobrevivencia vitalicia riesgo común 2 xX Xx os XxX Sohrevivencia temporal riesgo común 3 xX X Xx os RESOLUCIÓN NÚMERSO900467 De 29 MAR 2025 HOJA No. 115 de 131 TIPO DE PAGADOR DE TIPO DE PENSIÓN cóni 600 PENSIONES o. 1 2 3 4 Sobrevivencia temporal riesgo común.

Artículo 3 (49/71)

Cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin 4 eS XxX eS Xx hijos Sobrevivencia vitalicia por riesgo faboral 5 Ss Sobrevivencia temporal riesgo laboral 6 xX Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge 7 Xx o compañera (0) menor de 30 años sin hijos Invalidez riesgo común 8 XxX Xx xXx Ss invalidez riesgo laboral 9 xXx Jubilación 10 xX x XxX Jubilación para compartir 11 Xx XxX os Sanción 12 x Convencional 13 Xx Xx xXx Convencional para compartir 14 Xx XxX xXx xo Gracia 15 x Por convenio internacional 16 x x Sentencia judicial 20 o X XxX os Conciliaciones 21 XxX x x eS Prestación anticipada de vejez 22 xXx os Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un pagador de pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensión y tipo de pagador de pensiones No sea “X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado". 14.En el numeral 3 “RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS TIPO DE PENSIONADO” del capitulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar la Tabla “6. RO3 - Regla de validación — Tipo de pensión vs tipo de pensionado”, en el sentido de adicionar la “Prestación anticipada de vejez”; así: “Tabla 6. RO3 - Regla de validación — Tipo de pensión vs tipo de pensionado. o o Código Tipo de pensionado Tipo: de pensión o No. 112313 T3TsToeT7Telo Vejez 7 X|X Xx Sobrevivencia vitalicia riesgo común 2 XX |X X|X|X|X Sobrevivencia temporal riesgo común 3 X|xiX XI IX|1X|X Sobrevivencia temporal riesgo común.

Artículo 3 (50/71)

Cónyuge o compañera(o) menor de 30 4 Xx Xx Xx Xx años sin hijos Sobrevivencia vitalicia por riesgo laboral 5 X |Xx|X Sobrevivencia temporal riesgo faboral 6 XiX|X Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera(o) menor de 30 7 XIX X años sin hijos Invalidez riesgo común 8 X|X|X XIX|X|X invalidez riesgo laboral 9 xXx Jubilación 10 X IX|X|X Jubilación para compartir 11 XIX|XiX Sanción 12 x|Xx Convencional 13 Xx|x Convencional para compartir 14 XIX|X|X Gracia 15 Xx|x RESOLUCIÓN NÚMERO) 900467 -De 25 MAR 2025 HOJA No. 116 de 131 Parafiscales”. ' 2. Código Tipo de pensionado Tipo de pensión o No. 1iT2alalalstol7laio Por convenio internacional 16 XxX XxX Sentencia judicial 20 XIX IX|X|X|X|x|xX Conciliaciones 21 XX XIX |X|X|X Prestación anticipada de vejez 22 Xx Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un Pagador de Pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensión y tipo de pensionado No sea “X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado”. 15.En el numeral 5 “RELACIÓN TIPO DE PENSIONADO VS TIPO DE NOVEDAD QUE PUEDE PRESENTAR” del capítulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar la Tabla “8.

Artículo 3 (51/71)

Regla de validación — Tipo de pensionado Vs Tipo de novedad que puede presentar” en el sentido de adicionar la “Prestación anticipada de vejez”. así: “Tabla 8. Regla de validación — Tipo de pensionado Vs Tipo de novedad que puede presentar.

Artículo 3 (52/71)

Tipo de pensión Noveda des ING RET sus TAE TDE TAP TDP VSP 00 Ninguno 01 Vejez Xx x eS 02 Sobrevivencia vitalicia riesgo común x 03 Sobrevivencia temporal riesgo común 04 Sobrevivencia temporal riesgo común cónyuge O compañera(o) menor de 30 años sin hijos 05 Sobrevivencia vitalicia por riesgo profesional 06 Sobrevivencia temporal riesgo profesional 07 Sobrevivencia temporal riesgo profesional cónyuge o compañera(o) menor de 30 años sin hijos 08 Invalidez riesgo común 09 Invalidez riesgo profesional 10 Jubilación 11 Jubilación para compartir 12 Sanción 13 Convencional 14 Convencional para compartir 15 Gracia XX [Xxx [x|x]|x xx |x[ix|x |x| x |x x|x |xix|x |x| x|x x|x [xix] x |x| x |x XX xix] A] ]>o > x X|>R|X[X| XII] | RESOLUCIÓN NÚMEROO000467 ne 29 MAR 2025 "HOJA No. 147 de 131 Tipo dí 0 Novedades po ee pensión NG TORETOLOSUS [TAE | TDE | TAB | 710P | VSP 16 Convenio internacional Xx x Xx Xx Xx Xx 20 Sentencia Judicial Ss S Xx XxX eS Xx XxX Xx 21 Conciliaciones xXx Xx XxX x XxX XxX xXx xXx

Artículo 3 (53/71)

22. Prestación anticipada de vejez x x al x x x Xx x Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un Pagador de Pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensionado y la novedad que puede presentar No sea "X”, el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado”. 16. En el numeral 6 “RELACIÓN TIPO DE PENSIÓN VS SUBSISTEMA AL QUE APORTA” del capítulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar la Tabla “9, R6- Regla de validación - Tipo de pensión Vs Subsistema al que aporta”, en el sentido de adicionar la “Prestación anticipada de vejez”; así: “Tabla 9. R6- Regla de validación - Tipo de pensión Vs Subsistema al que aporta. . ., Código o Subsistema Tipo de pensión m4 SAL" PEN ECF Vejez 1 Xx [0) Sobrevivencia vitalicia riesgo común 2 Xx 2 Sobrevivencia temporal riesgo común 3 Xx (2) Sobrevivencia temporal riesgo común.

Artículo 3 (54/71)

Cónyuge o compañera (0) menor de 30 4 Xx x lo) años sin hijos nenrevivencia vitalicia por riesgo 5 Xx o Sobrevivencia temporal riesgo laboral 6 x e] Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera (0) menor de 30 7 x Xx Lo) años sin hijos Invalidez riesgo común 8 Xx 0) Invalidez riesgo laboral 9 x [e] Jubilación 10 XxX O Jubilación para compartir 11 x x [o) Sanción 12 XxX O 0] Convencional 13 Xx 0 Convencional para compartir 14 Xx XxX O Gracia 15 x Oo Por convenio internacional 16 pS [e) Sentencia Judicial 20 x [e) o) Conciliaciones 21 x [0) o) Prestación anticipada de vejez 22 x eS o Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un pagador de pensiones se presente que el cruce entre tipo de pensión y subsistema al que aporta No sea “X", u “O” el archivo no debe pasar la malla de validación y el operador de información le debe informar al pagador de pensiones el error presentado”. RESOLUCIÓN NÚMERO) 000467 DE 20 MÁR2025 "HOJA No. 118 de 131 17.En el numeral 7 “VALOR INGRESO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS PENSIONADOS” del capítulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar esta aclaración; asi: 7. VALOR INGRESO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS PENSIONADOS.

Artículo 3 (55/71)

En la tabla se establecen los topes mínimos del Ingreso Base de Cotización para cada tipo de pensión como se muestra a continuación: Código tipo de Tipo de pensión 1BC pensión 1 Vejez Mayor o igual 1 SMLMV 2 Sobrevivencia vitalicia riesgo común Puede ser inferior a 1 SMLMV 3 Sobrevivencia temporal riesgo común Puede ser inferior a 1 SMLMV 4 Sobrevivencia temporal riesgo común cónyuge o | Puede ser inferior a 1 SMLMV compañera (o) menor de 30 años sin hijos 5 Sobrevivencia vitalicia riesgo laboral Puede ser inferior a 1 SMLMV 6 Sobrevivencia temporal riesgo laboral Puede ser inferior a 1 SMLMV 7 Sobrevivencia temporal riesgo laboral cónyuge o | Puede ser inferior a 1 SMLMV compañera (0) menor de 30 años sin hijos 8 Invalidez riesgo común Mayor o igual 1 SMLMV 9 Invalidez riesgo laboral Mayor o igual 1 SMLMV 10 Jubilación Mayor o igual 1 SMLMV 11 Jubilación para compartir Puede ser inferior a 17 SMLMV 12 Sanción Mayor o igual 1 SMLMV 13 Convencional Mayor o igual 1 SMLMV 14 Convencional para compartir Puede ser inferior a 1 SMLMV 15 Gracia Mayor o igual 1 SMLMV 16 Convenio internacional Puede ser inferior a 1 SMLMV 20 Sentencia judicial Puede ser inferior a 1 SMLMV 21 Conciliaciones Puede ser inferior a 1 SMLMV 22 Prestación anticipada de vejez Mayor o igual 1 SMLMV 18.En el numeral 10 “INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS ÚNICA DE AFILIADOS —- BDUA CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN” del capítulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar la tabla; así: “10.

Artículo 3 (56/71)

INFORMACIÓN DE LA BASE DE DATOS ÚNICA DE AFILIADOS - BDUA CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, preparará y dispondrá periódicamente para consulta, descargue o acceso de los operadores, la información extraída de la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA, que a continuación se relaciona: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG TIPO | DESCRIPCIÓN inicio | Fin LOS DATOS . Serial asignado en BDUA a cada 1 16 1 16 N Serial. afiliado, RESOLUCIÓN NÚMERO 390467 De 20 MAR 2025 HOJA No. 119 de 131 Parafiscales”. POSICIÓN: [CAMPO | LONG Inicio | Fin TIPO DESCRIPCIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS DATOS 17 22 Código de la EPS, Corresponde al código a la EPS o EOC para el Régimen Contributivo. Es equivalente al definido en e! campo 33 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 23 24 Tipo documento del afiliado, De acuerdo con la Resolución 2153 de 2021, Anexo Técnico, numeral 2.22 Régimen Contributivo, TABLA 6. Estructura del archivo maestro de afiliados al Régimen Contributivo son: RC. Fl CC: CE: PA: Registro Civil. Tarjeta de Identidad. Cédula de Ciudadania. Cédula de extranjería. Pasaporte. CD: Carné diplomático. sc. Salvoconducto permanencia. PE. Permiso Especial Permanencia. PT. Permiso por Protección Temporal. de de 25 40 Número identificación afiliado, de del Número de identificación del afiliado, es equivalente al definido en el campo 4 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 41 60 Primer apellido.

Artículo 3 (57/71)

Corresponde al primer apellido del afiliado, es equivalente al definido en el campo 11 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 61 90 Segundo apellido, Corresponde al segundo apellido del afiliado, es equivalente al definido en el campo 12 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 91 7110 Primer nombre. Corresponde al primer nombre del afiliado, es equivalente al definido en el campo 13 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 111 | 140 Segundo nombre. Corresponde al segundo nombre del afiliado, es equivalente al definido en el campo 14 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. 141 |1748 Fecha de afiliación a la EPS, Fecha a partir de la cual está vigente la afiliación a la EPS por parte del afiliado. (Formato es AAAAMMDD). 10 1 149 1749 Tipo de Afiliado. Corresponde a: C. Cotizante A. Adicional B. Beneficiario E] 20 150 |169 Liquidación cotización adicional. UPC Valor UPC adicional, calculado por la ADRES para un periodo de 30 dias. 12 170 1170 Coincidencia. O. Sugerido 1. Direccionado 13 2 171 |172 Estado. AC. Activo. RESOLUCIÓN NÚMEROOVUD467. pe 25 MAR 2025 “HOJA No. 120 de 131 Parafiscales”. CAMPO POSICIÓN . “VALIDACIONES Y ORIGEN DE LONG! TIPO | ¿DESCRIPCIÓN. |. , Inicio | Fin LOS DATOS SM. Suspendido por mora. SD. Suspendido por documentos. RE. Retirado. RX._Residente en el exterior. S. Subsidiado. 1 173 |173 A Régimen. C. Contributivo. F. Femenino. 1 174 |174 A ¡Sexo, M. Masculino.

Artículo 3 (58/71)

TOTAL 174 Este Ministerio establecerá las condiciones técnicas mínimas para la disposición y entrega de esta información y comunicará a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES y a los operadores de información dichas condiciones”. 19.En el numeral 12 “INFORMACIÓN DE AFILIACIÓN DE LOS PENSIONADOS TIPO 4, 7, 11 y 14 AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES” del capitulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar este numeral, así: “12. INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES. Este Ministerio preparará y dispondrá periódicamente la información correspondiente a la afiliación del Sistema General de Pensiones o al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, extraída del Registro Único de Afiliados -RUAF y la entregará a los operadores de la planilla integrada de liquidación de aportes - PILA, información que aplica para el pago de aportes del Sistema General de Pensiones o al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común de los tipos de pensionados "4. Sobrevivencia temporal riesgo común. Cónyuge o compañera(o) menor de 30 años sin hijos”, “7. Sobrevivencia temporal riesgo laboral, cónyuge o compañera(o) menor de 30 años sin hijos”, “11, Jubilación para compartir”, “14. Convencional para compartir” y “Prestación anticipada de vejez”; así: | POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO (LONG rol Fm | 149 | DESCRIPCIÓN LOS DATOS CC. Cédula de ciudadanía. CE. Cédula de extranjería. TI. Tarjeta de identidad. Tipo PA. Pasaporte. 1 2 1 2 A |documento del| CD. Carné diplomático. afiliado. SC. Salvoconducto de permanencia. RC. Registro Civil. PT. Permiso por Protección Temporal.

Artículo 3 (59/71)

Número de . as Corresponde al reportado en el 2 16 3 || A [toentiicación | osstro Único de Afiliados - RUAF. del afiliado. RESOLUCIÓN NÚMEROO090467 DE 25 MAR2025 “HOJA No. 121 de 131 Código de la|Corresponde al código reportado en Administradora |la Base de Datos del Registro Único 3 6 19 24 A de Pensiones|de Afiliados —- RUAF cuando el a la cual | cotizante se encuentra en transición. pertenece el afiliado. Fecha efectiva! Este campo es reportado cuando el 4 8 25 32 A de afiliación a la cotizante se encuentra en transición Administradora | Formato: AAAAMMDD. de Pensiones. 5 1 33 33 A Transición. S. Si N. No, . Corresponde al código reportado en o. ce A la Base de Datos del Registro Único de Afiliados - RUAF cuando el cotizante no se encuentra en transición, Corresponde a la fecha de vinculación un |teportada en la Base de Datos del 7 6 so lala E ea Registro Único de Afiliados — RUAF ala ACCA! cuando el cotizante no se encuentra 7 en transición Formato: AAAAMMDD.

Artículo 3 (60/71)

Código último| Corresponde al código de la última administradora | Administradora de Pensiones 8 6 48 53 A reportada enj¡reportada en la Base de Datos del RUAF en Ley!Registro Único de Afiliados —- RUAF 100 de 1993. ¡Antes de julio de 2025, TOTAL 33 ] se encuentra vinculado. 20.En el numeral 13 “VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES” del Capitulo 4 “VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar este numeral, asi: “13, VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES O AL SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL INTEGRAL PARA LA VEJEZ, INVALIDEZ Y MUERTE DE ORIGEN COMÚN. El operador validará la información reportada sobre los pensionados cotizantes tipo 4, 7, 11, 14 y 22, cruzando la información de la siguiente forma: a. El tipo de documento del pensionado cotizante reportado en el campo 7 del registro tipo 2 “Descripción detallada de las variables de novedades generales”, se debe cruzar con el tipo de documento del afiliado definido en el campo 1 de la “Información de la afiliación a Pensiones, con destino a los operadores de información”. b. El número de identificación del pensionado cotizante reportado en el campo 8 del registro tipo 2 "Descripción detallada de las variables de novedades generales”, se debe cruzar con el número de documento del afiliado definido en el campo 2 de la “Información de la afiliación a Pensiones, con destino a los operadores de información”. Como resultado del cruce se deberá proceder de la siguiente forma: RESOLUCIÓN NÚMEROOOO0467 pe 25 MAR 2025 HOJA No. 122 de 131 Parafiscales”.

Artículo 3 (61/71)

Caso 1: El periodo de cotización a pensión es menor a julio de 2025 y el tipo y número de documento del pensionado cotizante no se encuentra reportado en el archivo “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES". En este caso, el operador deberá informar inmediatamente al pagador de pensiones que la afiliación del pensionado cotizante no se encuentra reportada en dicho archivo y que el pago se realizará a la administradora de pensiones que el pagador de pensiones reporte al momento de realizar el pago, a excepción de los códigos 25— 2, 25- 3, 25- 7 y RES004, los cuales corresponden a las Administradoras CAXDAC, FONPRECON, Antioquia y Magisterio, respectivamente. Caso 2: El periodo de cotización a pensión es menor a julio de 2025, el tipo y número de documento del pensionado cotizante se encuentra reportado en el archivo "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES”. En este caso el operador de información direccionará el pago al código de la administradora reportada en el campo “8 - Código última administradora reportada en RUAF en Ley 100 de 1993” del archivo en mención. Caso 3: El periodo cotización a pensión es igual o mayor a julio de 2025, el pensionado cotizante no se encuentra reportado en el archivo "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES” y el Ingreso Base de Cotización del pensionado cotizante es menor o igual a 2.3 SMMLV (incluyendo el IBC acumulado). Para este caso, el operador de información asumirá que el cotizante no se encuentra en transición y direccionará el aporte al Código de la Administradora del Componente de Prima Media. Caso 4: El periodo de cotización a pensión es igual o mayor a julio de 2025, el pensionado cotizante no se encuentra reportado en el archivo "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES" y el Ingreso Base de Cotización del pensionado cotizante es mayor a 2.3 SMMLV (incluyendo el 1BC acumulado).

Artículo 3 (62/71)

Para este caso, el operador de información asumirá que el cotizante no se encuentra en transición, y por tanto, dispersará la cotización a la Administradora del Componente de Prima Media en lo que corresponda al Ingreso Base de Cotización 2.3 SMMLV, y le informará inmediatamente al pagador de pensiones que la afiliación del pensionado cotizante no se encuentra reportada en dicho archivo y que el pago de la cotización que excede los 2.3 SMMLV se realizará a la Administradora del. Componente Complementario de Ahorro Individual — ACCA! que el pagador de pensiones reporte al momento de realizar el pago. Caso 5: El periodo cotización a pensión es igual o mayor a julio de 2025, el pensionado cotizante se encuentra reportado en “S” en el campo “5 — Transición” del archivo “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES” y el periodo de cotización es menor a la fecha efectiva de afiliación a la Administradora de Pensiones reportada en el campo 4 del archivo en mención. En este caso, el operador de información le permitirá al pagador de pensiones realizar el pago a la administradora de pensiones que el pagador de pensiones reporte al momento de realizar el pago, a excepción de los códigos 25-— 2, 25- 3, 25-— 7 y RES00A, los cuales corresponden a las Administradoras CAXDAC, FONPRECON, Antioquia y Magisterio, respectivamente. RESOLUCIÓN NÚMEROSDO0D467 be 25 MÁR 2025 -HOJA No. 123 de 131

Artículo 3 (63/71)

Caso 6: El periodo de cotización a pensión es igual o mayor a julio de 2025, el pensionado cotizante se encuentra reportado en “S” en el campo “5 — Transición” del archivo “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES”, el periodo de cotización es igual o mayor a la fecha efectiva de afiliación a la Administradora de Pensiones reportada en el campo 4 del archivo en mención. En este caso, el Operador de Información direccionará el aporte al Código de la Administradora de Pensiones a la cual pertenece el afiliado reportado en el campo 3 del archivo en mención. Caso 7: El periodo de cotización a pensión es igual o mayor a julio de 2025, el pensionado cotizante se encuentra reportado en "N” en el campo “5 — Transición” del archivo "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES” y el Ingreso Base de Cotización es menor o igual a 2.3 SMMLV (sumando el 18C acumulado). Para este caso el operador de información direccionará el aporte al Código de la Administradora del Componente de Prima Media. Caso 8: El periodo de cotización a pensión es igual o mayor a julio de 2025, el pensionado cotizante se encuentra reportado en “N” en el campo “5 — Transición” del archivo “INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN A PENSIONES” y el Ingreso Base de Cotización es mayor a 2.3 SMMLV (sumando el ¡BC acumulado), el periodo de cotización es igual o mayor a la fecha efectiva de vinculación a la ACCA! reportada en el campo 7 del archivo en mención.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2025.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 15), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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