Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Ministerio de Salud y Protección Social

Resolución · 3222 · 2014-01-17 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 41–60 de 251

Artículo ANEXO (36/246)

artículo 17 del Decreto 111 de 1996, la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, deba satisfacer necesidades de funcionamiento con cargo a los recursos de inversión que administra, y estas necesidades sean comunes al Ministerio, los trámites contractuales podrán ser llevados a cabo en forma conjunta con la Secretaría General del Ministerio, para lo cual, la Dirección presentará a la dependencia con la iniciativa de gasto correspondiente, la justificación de su necesidad, la inclusión de la misma en el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente y los certificados de disponibilidad presupuestal que respalden la ejecución del contrato. En el anterior caso la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, actuará como ordenador de gasto en forma conjunta con la Secretaría General del Ministerio, y para ello suscribirá con esta última los documentos precontractuales, contractuales y postcontractuales a los que haya lugar, y designará de ser el caso, personal vinculado a su dependencia para que en forma conjunta con el dispuesto por la Secretaría General, realice la evaluación de las propuestas que se presenten en los respectivos procesos de selección y la supervisor correspondiente. 3.5. Seguimiento contractual El artículo 4 de la Ley 80 de 1993, establece los derechos y deberes de las entidades estatales, los cuales tienen por objeto la consecución de los fines de la contratación pública; en lo que corresponde a los deberes, los mismos se resumen en las obligaciones de seguimiento, control y evaluación a la actividad contractual, en todas sus etapas, por parte de los servidores públicos con responsabilidades en la materia. La Ley 1150 de 2007 en su artículo 17, señala el debido proceso como principio rector en materia sancionatoria, y por ende, orientador de todo el ejercicio de las acciones que se desarrollen en materia de contro! y vigilancia contractual. El

Artículo ANEXO (37/246)

artículo 21 de la misma norma, estableció que en ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación, de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual, disposición que fue declarada exequible por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-693 de 2008, en el entendido de que el delegante sólo responderá del recto SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) MinSalud Miristeno de Salud y Prosocción Social =* 00003222 23 JUL <utá “ MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: ejercicio de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual, cuando haya incurrido en dolo o culpa grave en el ejercicio de dichas funciones. En el Ministerio, se ejercen dichas funciones de seguimiento y control a través de Supervisores designados por los Ordenadores del Gasto o de interventores contratados para el efecto, de conformidad con el análisis presentado por el área con iniciativa de gasto, y que se contiene en el documento de estudios previos, donde se hace el análisis que exige el parágrafo 1 del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. A su turno, las pautas, atribuciones, funciones y obligaciones de la supervisión y la interventoría, se encuentran reguladas mediante acto administrativo. 3.5.1. Flujograma de la supervisión contractual SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 201 2) t =* (00003222 20 JUL 2014 ' MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSclud a PROTECCIÓN SOCIAL y Protección Social CÓDIGO: | GcO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: SUPERVISIÓN DE CONTRATOS A .

Artículo ANEXO (38/246)

Director y/o Subdirector y/o Servidor Público y/o Contratista Coordinador Grupo Jefe o Coordina dor d G Con tual del Grupo Gestión Contractual jestión Contrac Dependencia INICIO h 4 Proyectar memorando para designación como Supervisor ó Interventor del contrato, informando sobre la facultad de designar otro supervisor, indicándole la reglamentación de supervisión ó interventoría y entregando la información correspondiente al contrato que va a supervisar. y Revisar mernorando para designación [yo como Supervisor ó Interventor del contrato. Y si Realizar observaciones y devuelve para ajuste 5 Recibir comunicación de designación como supervisor o interventor de 4 contrato. En el evento que el Director »| Firmar y remitir a y!o Subdirector y/o Jefe y/o destinatario Coordinador, decida delegar la supervisión a otro servidor público o contratista, elabora el respactivo memorando. lega la supervisi Oy no rventoria del con si y Elaborar comunicación de delegación de supervisión o interventoría del contrato y remite a servidor público asignado con copia al Coordinador del Grupo de Gestión Contractual SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) — "60003222 29 JUL 2014 ! MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud' | PROTECCIÓN SOCIAL y Protección Social CÓDIGO: ¡, | GCO:M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: SUPERVISIÓN DE CONTRATOS Servidor público designado como Supervisor ó Interventor y Realizar seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico continuo durante la ejecución del contrato y verificar el cumplimiento de las obligaciones y productos contractuales pactados a través de los informes presentados por el contratista y el supervisor. O y Informar por escrito al Ordenador del Gasto y al Coordinador del Grupo de Gestión Contractual los eventos de retraso, mora, incumplimiento o cumplimiento parcial o defectuoso de! contratista, en ejercicio del control y vigilancia del contrato.

Artículo ANEXO (39/246)

NO e-presenta incumpli contractual? El y Iniciar procedimiento de Imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento GCO- POS. Elaborar al finalizar la ejecución del contrato Certificación Pago Final, informe final de actividades, Formato Matriz »| concepto y porcentaje de cumplimiento de obligaciones y productos contractuales GCO-F0*, Formato Evaluación de Proveedores GCO-F02, acompañados de los soportes corraspondientes y remitirio al Grupo de Gestión Contractual con el fin de realizar la liquidación o el cierre del expediente del contrato. Contrato está sujto liquidación? El Y NO] 11 Solicitar al Grupo de Gestión Contractual adelantar la liquidación a través de 2 memorando con los documentos soporte. Ver procedimiento Liquidación de Contratos G6Cco-Pt1. Archivar expediente. O) FIN SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 00003220 23 JUL 2014 MinSalud Ministerio de Salud y Psorección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y | PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: | Gco-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 3.6. Planeación contractual La planeación contractual incluye toda la etapa previa a la suscripción del contrato, partiendo desde la identificación y priorización de una necesidad pública, hasta la adjudicación o selección del contratista que la satisfacerá. 3.6.1. Plan Anual de Adquisiciones De conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 1510 de 2013, es obligación de todas las Entidades Públicas elaborar un Plan Anual de Adquisiciones, que corresponde al listado de bienes y servicios que se pretende adquirir durante el año.

Artículo ANEXO (40/246)

Tiene dos subdivisiones: los bienes, obras y servicios que ha identificado plenamente y, las necesidades que ha identificado pero que desconoce el producto preciso que las satisface, caso en el cual debe incluir la descripción de la necesidad y los posibles códigos de los bienes y servicios que podrían supliria. Es, en consecuencia, una herramienta de planeación de la actividad contractual que tiene por objeto: (i) Facilitar a las entidades estatales identificar, registrar, programar y divulgar sus necesidades de bienes, obras y servicios y; (ii) Diseñar estrategias de contratación basadas en agregación de la demanda que permitan incrementar la eficiencia del proceso de contratación. Su propósito es comunicar información útil y temprana a los proveedores potenciales del Ministerio para que éstos participen de las adquisiciones que se realicen en el transcurso de la vigencia, por lo que, entre otras, permite a las entidades públicas: - Identificar y justificar el valor total de recursos requeridos por la entidad para compras y contratación. - Tener un referente inicial para evaluar el nivel de ejecución del presupuesto. - — Pronosticar la demanda de bienes y servicios de la entidad durante el año referido en el Plan. Se precisa que todo proceso contractual, previo a su inicio y con independencia de su modalidad contractual, requiere la verificación de su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones, por lo que el mismo debe contener la lista completa de bienes, obras y servicios que se pretende adquirir durante el año, a través del mecanismo de la contratación.

Artículo ANEXO (41/246)

No se deben incluir en el Plan: - Gastos o ejecuciones de presupuesto que no se realicen a través de la SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) ' _»* 00€03222 29 JUL 2014 i MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud * PROTECCIÓN SOCIAL bnisteno de Sa E y Prorección Social CE CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: herramienta de la contratación pública (transferencias, impuestos, tasas, contribuciones, retenciones, viáticos, entre otros) - — Contrataciones realizadas en años anteriores que se sigan ejecutando en el año para el cual se elabora el Plan, entre ellas, los contratos suscritos con vigencias futuras. - — Adiciones o modificaciones a contratos en ejecución. La responsabilidad de consolidar y publicar de forma oportuna el Plan Anual de Adquisiciones en el Ministerio es de la Subdirección Administrativa, y en la DAFPS, la Subdirección de Gestión, por lo que, a ellas deben dirigirse las solicitudes en dicho sentido, así como las peticiones para publicar las actualizaciones cuando a ellas haya lugar. La inclusión de necesidades identificadas y programadas, así como la estimación de sus costos, la determinación de la modalidad contractual, su plazo y demás aspectos concernientes a su satisfacción, es responsabilidad del servidor público con iniciativa de gasto. La aprobación del contenido del Plan Anual de Adquisiciones corresponde a cada Viceministro en relación con sus áreas, al Director de Administración de Fondos en relación con los fondos que administra dicha dependencia y al Secretario General respecto de las áreas estratégicas, de apoyo y, de seguimiento y evaluación. El Plan Anual de Adquisiciones se adoptará anualmente mediante Resolución suscrita por el Ministro, en lo de su competencia y, del Director de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social en lo pertinente.

Artículo ANEXO (42/246)

Sus modificaciones no requieren acto administrativo y se entenderán adoptadas con su publicación en el SECOP y en la Página Web del Ministerio. Sin perjuicio de la salvaguarda del principio de planeación, el Ministerio realizará actualizaciones al Plan Anual de Adquisiciones en los siguientes eventos de carácter imprevisto: a. Cuando las apropiaciones que respaldan el Plan Anual de Adquisiciones sean aplazadas o modificadas; b. Halla ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; c. Se requiera incluir nuevas obras, bienes y/o servicios; d. Se requiera excluir obras, bienes y/o servicios; e. Sea requiera modificar el presupuesto anual de adquisiciones. Excepcionalmente los Ordenadores del Gasto, previa justificación del área requirente, podrán autorizar la publicación de actualizaciones al Plan Anual de Adquisiciones en oportunidades diferentes a las aquí previstas. SIG-F04 VERSIÓN:1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 00003222 29 JUL 2018 inSalud MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSale d PROTECCIÓN SOCIAL y Prosección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Cada línea del Plan Anual de Adquisiciones corresponde a una contratación, con independencia de que la misma se financie con recursos asignados a diferentes dependencias, por lo que, sólo debe crear la línea respectiva, el área que efectivamente gestionará el proceso contractual, incluyendo en su valor, la totalidad de recursos planeados por las diferentes áreas de la Entidad en su conjunto.

Artículo ANEXO (43/246)

Tratándose de procesos contractuales que se financien conjuntamente con recursos a cargo de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social y del Ministerio, la dependencia responsable de la contratación deberá solicitar su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio por el total del valor de la contratación sumados los dos recursos, caso en el cual, deberá incluir en la solicitud respectiva el aval o aprobación del Director de Administración de Fondos de la Protección Social. Anualmente, durante el período de socialización, ajuste y articulación del Plan Anual de Adquisiciones, se determinará la dependencia que debe adelantar los procesos contractuales con objetos transversales a diferentes áreas. De acuerdo con las anteriores generalidades, las diferentes áreas interactúan en la realización de las siguientes actividades para la elaboración del Plan, como se muestra en el Flujograma, que se incluye en el presente manual. Periódicamente los ordenadores del gasto, en ejercicio de su delegación, con la Oficina Asesora de Planeación, la Oficina de Control Interno, la Subdirección Financiera, la Subdirección de Gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, la Subdirección Administrativa, los Grupos de Gestión Contractual de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas y de la Subdirección Administrativa y las diferentes áreas con iniciativa de gasto, realizan, en lo de su competencia, reuniones de seguimiento para hacer control y evaluación a la ejecución del Plan, de lo cual se deja constancia mediante actas suscritas por los asistentes. 3.6.1.1.

Artículo ANEXO (44/246)

Flujograma de Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) + 00003222 29 JUL 2014 MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y del Ministerio Ministerio de Salud y Promeción Social cóDIS0o:* | cco:mo1 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Servidores públicos Secretario General Auadirector o de las Dependencias Subdirector INICIO Definir Cronograma para elaboración y actualización |.- del Plan Anual de Adquisiciones * Elaborar la Declaración Estratégica del Plan Anual de Adquisiciones Identificar y describir la necesidad de obras, bienes sel y servicios para cumplir las metas y objetivos det Ministerio y especificar los res esperados. Y Solicitar viabilidad presupuestal para financiar *| las obras, bienes y servicios que se prevé programar en el Plan Anuat de Adquisiciones. Dar viabilidad presupuestal para financiar las obras, bienes y servicios que se prevé programar en el Plan Anual de Adquisiciones. O Solicitar viabilidad programática sobre finalidad de las obras, — bienes y servicios que se prevé programar an el Plan Anual de Adquisiciones. Y

Artículo ANEXO (45/246)

o) peNO- si SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) =" 06003229 23 JUL 2014 insalud MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Min PROTECCIÓN SOCIAL Ministerio de Salud y Protección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Subdirector Administrativo y/o Viceministros servidor público o Secretario General ¡| contratista asignado por el Subdirector Administrativo Jefe Oficina Asesora | Servidores públicos de Planeación y de las Dependencias Estudios Sectoriales del Ministerio Dar viabilidad programática sobre finalidad de las obras, bisnes y servicios que sa prevé programar en el Plan Anuai de Adquisiciones. Cuenta col viabilidad programática y O) 8 9 ¿Solicitar autorización para Autorizar inclusión o inclusión o actualización de moras inclui obras, bienes y servicios en *]| actualización de bienes y . servicios en el Plan Anual el Plan Anual de de Adquisiciones. Adquisiciones ¿Cuenta con autorización? si si NO) Y 10 AS) Registrar información en el »| e ón en aplicativo que contiane el Plan Anual de plan anual de adquisiciones Adquisiciones Y 13 12 Publicar Plan Anual de Adquisiciones en SECOP y Página Web del Ministerio Determinar la necesidad de actualizar el plan anual de adquisiciones. Y ¿Requiero a, si NO " O Em) SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) "00003222 29 JUL 2014 - 7 /. MÁNUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Mirusteno e Salud y Protección Socio CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 4. RESPONSABILIDADES Y TÉRMINOS DEL PROCESO DE CONTRATACION 4.1.

Artículo ANEXO (46/246)

Solicitud de contratación La solicitud de contratación (esto es, el documento mediante el cual los servidores públicos con iniciativa de gasto requieren que se adelante un proceso contractual) junto con los estudios previos y demás documentos requeridos, según la modalidad de contratación, se presentará ante la Subdirección Administrativa de la Secretaría General y/o la Subdirección de Gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, según corresponda, dependencias encargadas de verificar su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones; corroborado lo cual, asignarán ta solicitud al Grupo de Gestión Contractual que corresponda, para que adelante el trámite respectivo. La solicitud de contratación, como se indicó en el numeral 3.2. Iniciativa del Gasto, debe contar con la expresa autorización del Viceministerio del área, de la Secretaria General o de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, según corresponda, requisito sin el cual no se adelantará trámite alguno. 4.2. Verificación de legalidad de las solicitudes El Grupo de Gestión Contractual de la Secretaría General o de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas, según sea el caso, procederá a verificar que los documentos estén completos y se ajusten a las disposiciones legales. Si es así, adelanta el trámite del proceso de selección respectivo o las verificaciones a que haya lugar, tratándose de contratación directa, y se elabora la minuta contractual (Contratación Directa) o el Proyecto de Pliego de Condiciones y/o Invitación Pública (Convocatoria Pública), según corresponda. Es posible que en situaciones excepcionales, y por razones de contingencia los Ordenadores del Gasto soliciten al Grupo de Gestión Contractual competente, realizar revisiones previas, en eventos en que la documentación no se halla completa, sin que ello implique en ninguna circunstancia, que el proceso no deba allegarse completo para efectos de adelantar el trámite legal correspondiente.

Artículo ANEXO (47/246)

En caso que la documentación y estudios previos no estén completos, en debida forma o existan dudas sobre su alcance y contenido, dentro del término señalado para la revisión, se formularán por escrito y/o vía correo electrónico las observaciones al Jefe del área solicitante, para que éste aclare, corrija o complemente los documentos y los remita para su nueva verificación. El jefe del área solicitante, con independencia de la desconcentración de funciones, es el responsable de efectuar las correcciones, aclaraciones, ajustes y complementar la documentación en los términos señalados, contados a partir del recibo de las observaciones. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) Lo "" 6003222 2 JUL 2014 _ MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Social CÓDIGO: | GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Si vencido este término, no se recibe la documentación corregida y completa, el Grupo de Gestión Contractual devolverá los documentos recibidos al área solicitante, quien, de persistir en la necesidad de contratación, debe efectuar todos los ajustes para solicitar nuevamente el trámite y remitir la documentación completa y ajustada según lo indicado en las observaciones que le fueron formuladas inicialmente. La devolución de una solicitud implica que se interrumpen todos los términos, y que la solicitud, en caso de persistir la necesidad, debe ser radicada nuevamente ante la dependencia competente (Subdirección Administrativa y/o Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas), en los términos señalados.

Artículo ANEXO (48/246)

Los términos que aplican dentro del proceso de revisión de documentos son como siguen: Trámites de contratación directa Actividad Término Máximo cuatro (4) días hábiles contados a partir de la Revisión, formulación de fecha de recibo de los documentos. observaciones y solicitud de ajuste de los estudios previos y demás documentos Responsable: Grupo de Gestión Contractual de la Secretaría General o de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas, según corresponda. Realizar los ajustes y correcciones a los documentos y remitirios al Grupo de Gestión Contractual que corresponda. Máximo tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las observaciones. Responsable: Área Técnica solicitante de la contratación. Nota: En el evento de que las áreas técnicas solicitantes no alleguen dentro de los términos señalados anteriormente, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados, el Grupo de Gestión Contractual competente, podrá (en consideración a la complejidad del asunto) ampliar el término establecido, hasta por la mitad del inicialmente previsto, al cabo del cual, si no se ha obtenido respuesta, procederá a la devolución de los mismos. Trámites de selección por convocatoria pública No. Actividad Término Revisión, formulación de observaciones y solicitud de ajuste de los estudios previos y del contenido técnico que hará parte del Proyecto de Pliego de Condiciones, y demás documentos para procesos de selección por convocatoria pública. Máximo diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de los documentos. Responsable: Grupo de Gestión Contractual de la Secretaría General o de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas.

Artículo ANEXO (49/246)

SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) “* 60003222 29 JUL 2014 - -* MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Máximo diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de las alizar aj r ion s : Realizar los ajustes y correcciones a lo: observaciones. 2 [documentos y remitirlos al Grupo de Gestión Contractual que corresponda. Responsable: Área Técnica solicitante de la contratación. Nota: En el evento de que las áreas técnicas solicitantes no alleguen dentro de los términos señalados anteriormente, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados, el Grupo de Gestión Contractual, podrá (en consideración a la complejidad del asunto) ampliar el término establecido, hasta por la mitad del inicialmente previsto, al cabo del cual, si no se ha obtenido respuesta, procederá a la devolución de los mismos, 4.3. Solicitudes de modificaciones contractuales En el caso de las modificaciones contractuales (adiciones, prórrogas, modificaciones, aclaraciones, terminaciones, suspensiones, etc.) las mismas únicamente proceden cuando sea estrictamente necesario para el cumplimiento del contrato, convenio o negocio jurídico de naturaleza contractual, en función del desarrollo de los programas, planes y proyectos de competencia del Ministerio, y siempre que con las mismas no se alteren las bases objetivas del proceso de selección (cuando el contrato estuviese precedido del mismo) ni se causen perjuicios al Ministerio.

Artículo ANEXO (50/246)

Para el efecto, el (los) supervisor(es) y/o interventor(es) del contrato, previo aval de! Director, Jefe o Coordinador del área que presentó la solicitud de contratación, y visto bueno del Ordenador del Gasto competente, radicará la solicitud en la Subdirección Administrativa o la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas, según sea el caso, para efectos de registro, dependencia que dará traslado al Grupo de Gestión Contractual correspondiente. Tratándose de contratos cuyo trámite haya estado precedido de la recomendación del Comité Asesor de Contratación, adicional a los requisitos señalados en el inciso anterior, previo a la presentación de la solicitud ante el Comité, se deberá contar con el aval del Viceministro respectivo o del Secretario General según corresponda. Modificaciones contractuales con independencia de la modalidad de contratación que antecedió al contrato No. Actividad Término Máximo tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de los documentos. Revisión de la solicitud de 1 | modificación con los respectivos soportes Responsable: Grupo de Gestión Contractual de la Secretaría General o de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) _ —— e 000NG222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Saciob CÓDIGO: | Gco-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Máximo dos (2) días hábiles contados a partir de la li lo ju Ñ : Realizar s ajustes y fecha de recibo de las observaciones. correcciones a los documentos y remitirlos al Grupo de Gestión Contractual que corresponda Responsable: Área Técnica solicitante de la contratación.

Artículo ANEXO (51/246)

Nota: En el evento de que las áreas técnicas solicitantes no alleguen dentro de los términos señalados anteriormente, los documentos corregidos, completos y debidamente ajustados, el Grupo de Gestión Contractual, podrá (en consideración a la complejidad del asunto) ampliar el término establecido, hasta por la mitad del inicialmente previsto, al cabo del cual, si no se ha obtenido respuesta, procederá a la devolución de los mismos. Tratándose de solicitudes de cesión de derechos patrimoniales o económicos, el Grupo de Gestión Contractual realizará las modificaciones pertinentes, previo concepto escrito de la Subdirección Financiera y/o de la Subdirección de Gestión según y aprobación por parte del Ordenador del Gasto correspondiente. En todo caso, cuando se requiera, se solicitará concepto a la Dirección Jurídica. 4.4. Contenido de los análisis y estudios previos Los análisis, estudios y documentos previos, hacen referencia a requisitos de orden legal que deben preceder todo proceso contractual con independencia de su modalidad de selección, pero con Jas particularidades de la naturaleza de cada contrato (estudios previos, estudio de costos, estudios de factibilidad, técnicos, planos, diseños, condiciones técnicas con la respectiva viabilidad técnica, los capítulos de contenido técnico del Pliego de Condiciones (para los casos de convocatoria pública) y los formatos de indole técnico y económico. En consecuencia, su contenido es responsabilidad del Viceministro, Secretario General, Director, Subdirector, Jefe o Coordinador que haga uso de la iniciativa de gasto, sin perjuicio de las responsabilidades propias de la distribución de tareas al interior de las dependencias.

Artículo ANEXO (52/246)

Los servidores públicos para elaborar los estudios y documentos previos, deberán obrar con la debida diligencia y cuidado, observando estrictamente los principios de responsabilidad, transparencia, moralidad, planeación, eficiencia, austeridad y el deber de selección objetiva, para el logro y cumplimiento de la misión y función institucional que se persigue con la contratación de bienes y servicios. Se precisa que los servidores públicos y contratistas que participen, responderán por sus actuaciones y omisiones antijurídicas, debiendo indemnizar los daños que se causen por razón de ellas. Estos documentos son de alto valor para el proceso contractual, en tanto son el soporte del proceso de planeación que realizó el área técnica respectiva para identificar una SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 00003222 29 JUL 2014 _ + «+ «MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud AS PROTECCIÓN SOCIAL Minusterio de Salud y Prorección Social CÓDIGO: GCO-MO01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: necesidad, priorizarla y recomendar al ordenador del gasto, que sea suplida mediante el mecanismo de la contratación. 4.4.1. Análisis del sector económico y de los oferentes El artículo 15 del Decreto 1510 de 2013 establece la obligatoriedad de adelantar un análisis de sector económico y de los oferentes, con independencia de la naturaleza del contrato o de la modalidad de selección. De toda la actuación debe dejarse constancia en los Estudios Previos.

Artículo ANEXO (53/246)

Éste análisis consiste en aplicar criterios de mercado a la contratación, tomando en cuenta la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional y aspectos técnicos del sector, esto es, qué se necesita, quién lo vende, cuáles son las condiciones comerciales que las empresas ofrecen para su adquisición, cuál ha sido el comportamiento de la oferta y la demanda, cómo se adquiere, en qué montos, entre otras condiciones que delimitan el respectivo sector; requiere entonces la participación de equipos multidisciplinarios en su elaboración, que además de los conocimientos propios o técnicos del bien o servicio a contratar, posean conocimientos o experiencia en la identificación de sectores económicos, aspectos organizacionales de empresas, finanzas corporativas y aspectos comerciales empresariales. El análisis del sector debe cumplir con la siguiente estructura: - Aspectos Generales. Hace referencia a la revisión y análisis de los aspectos generales del mercado del bien o servicio, así como aspectos económicos, comerciales (incluido comercio internacional si aplica), técnicos y legales. - — Análisis de la Demanda. Hace referencia a las adquisiciones previas y al histórico de compras del Ministerio y de otras entidades. - Análisis de la Oferta. Hace referencia a determinar quién vende así como cuál es la dinámica de producción, distribución y entrega de bienes o servicios. De este análisis se derivan los aspectos financieros que harán parte del proceso de selección como requisitos habilitantes. Para su elaboración, se deben seguir los parámetros contenidos en la guía para la elaboración de Estudios del Sector, elaborado por la Agencia Colombia Compra Eficiente, la cual se encuentra disponible en el link: http://www .colombiacompra.gov.co/es/manuales. Del análisis de sector se debe dejar expresa constancia en el documento de estudios previos, en tanto determina varios de los factores de la contratación. 4.4.2. Autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución.

Artículo ANEXO (54/246)

SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) $ «* 60003222 29 JUL 2014 MinSalud Mirssterio de Salud y Prorección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: VERSIÓN: GCO-M01 FECHA: Previo a solicitar la contratación, cuando a ello hubiera lugar, el área técnica solicitante debe gestionar la expedición de las siguientes autorizaciones y permisos: Para contratos de prestación de servicios -

Artículo ANEXO (55/246)

artículo 1 del Decreto 2209 de 1998 Aplica para la contratación de toda clase de servicios, sean estos prestados por personas naturales o jurídicas, cuando: No existe personal o no es suficiente o requiere especialización: La certificación hará constar que: a) de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio; b) el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio o; c) aun existiendo personal en la planta, éste ho sea suficiente. El competente para expedirla es el señor Ministro o quien este delegue. En la actualidad están delegados el Secretario General y el Director de Administración de Fondos de la Protección Social, previa certificación de la Subdirección de Gestión del Talento Humano, o de la Subdirección de Gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, según sea el caso. La certificación se emite por solicitud de la dependencia que requiere la contratación, para lo cual debe anexar los estudios previos. Se pretenda contratar varias personas con el mismo objeto o cuando ya exista un contrato celebrado y se decida adelantar otro u otros con un objeto análogo: La certificación hará constar que se autoriza expresamente la contratación, de conformidad con la sustentación sobre las especiales caracteristicas y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar. El competente para expedirla es el señor Ministro o quien este delegue. En la actualidad están delegados el Secretario General y el Director de Administración de Fondos de la Protección Social, quienes la emiten, previa solicitud de la dependencia que requiere la contratación. Para seminarios, talleres o actividades de capacitación -

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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