Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Ministerio de Salud y Protección Social

Resolución · 3222 · 2014-01-17 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 21–40 de 251

Artículo ANEXO (16/246)

No obstahte, lo anterior cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, técnido, financiero, contable, jurídico del objeto o contrato dentro de la interventoría. Multas. Sanción pecuniaria que tiene como finalidad el constreñimiento, coerción, coacdión, presión o apremio al contratista para que cumpla con sus obligaciones, cuando en los términos y desarrollo del contrato se observa que aquél no está al día en el cumplimiento de las mismas, que se encuentra en mora o retardado para satisfacer oportunamente, conforme al plazo pactado, los compromisos contractuales asumidos. Las lleyes 1150 de 2007 y 1474 de 2011 facultan a las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del contratista, para imponer las multa$ que hayan sido pactadas en el contrato, hacerlas efectivas directamente, pudiehdo acudir para el efecto entre otros a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para bbtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. Esta decisión deberá estar precedida de audiencia del afectado que se llevará a cabo bajo el procedimiento establecido en el

Artículo ANEXO (17/246)

artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Proceso de Selección. Hace referencia al proceso de selección objetiva conducente a la escogencia de una persona natural o juridica, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, con el fin de celebrar un contrato. VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 35 00803222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministeño de Salud y Prowección Sociol CÓDIGO: GCO-MO01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Conforme con la legislación vigente, existen cinco (5) modalidades de selección de los contratistas reguladas por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1450 de 2011, Ley 1474 de 2011 y clasificadas de la siguiente manera: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa y Contratación de Mínima Cuantía. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 201 2) 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de a] y Prorección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 1. NATURALEZA JURÍDICA Y UBICACIÓN DEL MINISTERIO EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO El Ministerio de Salud y Protección Social es un organismo público que hace parte del Sector Central de la Rama Ejecutiva del Poder Público. Tiene como objetivos, dentro del marco de sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, y participar en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos profesionales, lo cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el sector administrativo.

Artículo ANEXO (18/246)

Igualmente, dirige, orienta, coordina y evalúa el Sistema General de Seguridad Social en Salud y el Sistema General de Riesgos Profesionales, en lo de su competencia, adicionalmente formula, establece y define los lineamientos relacionados con los sistemas de información de la Protección Social. Su misión institucional, es dirigir el sistema de salud y protección social en salud, a través de políticas de promoción de la salud, la prevención, el tratamiento y la rehabilitación de la enfermedad y el aseguramiento, así como la coordinación intersectorial para el desarrollo de políticas sobre los determinantes en salud; bajo los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, equidad, sostenibilidad y calidad, con el fin de contribuir al mejoramiento de la salud de los habitantes de Colombia. Como visión para el año 2021, se ha propuesto ser ampliamente reconocido como la entidad rectora en el establecimiento de políticas que respondan adecuadamente a las necesidades y expectativas de los ciudadanos en materia de salud y protección social en salud, mediante procesos transparentes, armónicos y participativos. Ahora bien, el Ministerio hace parte y lidera el Sector Salud y Protección Social, cuya integración se muestra a continuación: SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) eo + ooocaoza 29 JUL 201 . MAY , DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud | ÚA:D! ** PROTECCIÓN SOCIAL Mirasterio de Solud y Prorección Social CÓDIGO: GCO-MO01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: rata de Seguros Sociales Lp SS coi Caja Nacioral e Previsión [qu Sci CAJANAL En Caja ds Previsión Social Ly de Comuncacines CAFRECOM Ú VINCULADAS COMERCIALES 28 IPRESAS INDUSTRIALES Y ESPEGALES CON PJ Carstro Dertratelgico.

Artículo ANEXO (19/246)

Cocisin de Regulación Federco Lleras — pe Sanatora) Se Agua de Sanatono deCortaración ostia Nacional de Cancerclogía DA ESTADO A) hato de Vigianca de Medicamentos y Alrmecños VIA Fonco de Precisión Socin det Corera Fons de Paso Sor de Ferrocarriles Nasal de Irastiuto Nacional de Salud ESTABLECMIENTOS ABLICOS. CONFORMACIÓN SECTOR SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL SUPERINTENDENCAS: : Racional de Salud SECTOR CENTRALIZADO Fuente: DAFP -2012 internamente el Ministerio está organizado como sigue, aclarando que la conformación de Grupos Internos de Trabajo es dinámica, y que, en consecuencia la misma puede variar de conformidad con las necesidades del servicio: SIG-FO4 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 20t2) CE iS » :VH934 10 ¿NQISYUJA LON-099 “091099 ¡Qlacg sono Á POlDS 20 OLASILiy 1WIDOS NOI99310Yd A UNTVS 30 OIYALSINIMN 130 NOIDVIVHLNO9 30 IVNNVW. pojosuy [SS y1oz MF 6Z 2ez£ 000 e 5 € 00003222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Mirasteso de Salud y Prorocción Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 2. ASPECTOS GENERALES 2.1. Referencias normativas del nivel nacional CLASE NÚMERO TÍTULO AÑO DE EXPEDICIÓN Carta Constitución Política de Colombia 1991 Magna l Decreto 591 Por el cual se regulan las modalidades 1991 específicas de contratos de actividades científicas y tecnológicas Decreto 777 Por el cual se reglamenta la celebración de los 1992 contratos a los que se refiere el

Artículo ANEXO (20/246)

artículo 355 de la Constitución Política : Decreto 1403 Por el cual se modifica el Decreto 777 de 1992 1992 -.; Decreto 2459 Por el cual se adoptan disposiciones en 1993 - relación con los contratos a los que se refiere el artículo 355 de la C.P. Ley 80 Estatuto General de Contratación Pública 1993 Decreto 2326 Reglamenta la Ley 80 de 1993, en cuanto a los 1995 concursos para la selección de consultores de diseño, planos, anteproyectos y proyectos arquitectónicos Decreto 111 Estatuto Orgánico de Presupuesto, compila las 1996 leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1996 Decreto 26 Por el cual se dictan normas de austeridad en 1998 el gasto público Decreto 1737 Por el cual se expiden medidas de austeridad y 1998 eficiencia y se someten a condiciones especiales la asunción de compromisos por parte de las entidades públicas que manejan recursos del Tesoro público Ley 489 Por la cual se dictan normas sobre la 1998 organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del

Artículo ANEXO (21/246)

artículo 189 de la Constitución Política Ley 610 Por el cual se establece el trámite de los 2000 procesos de responsabilidad fiscal de competencias de las contralorías. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 00003222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Proweción Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Ley 734 Código Unico Disciplinario 2002 Documento 3186 Una política de estado para la eficiencia y la 2002 CONPES transparencia en la contratación pública Documento 3248 Renovación de la Administración Pública 2003 CONPES Documento 3249 Política de Contratación Pública para un estado 2003 CONPES Gerencial Ley 816 Por medio de la cual se apoya a la Industria 2003 Nacional a través de la contratación pública Decreto 3629 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 2004 80 de 1993 Ley 1121 Por el cual se dictan normas para la 2006 prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras disposiciones j Ley 1150 Por medio de la cual se introducen medidas 2007 para la eficiencia y la transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos. Decreto 3297 Por el cual se asignan funciones a Central de 2009 Inversiones S.A. CISA y se dictan otras disposiciones Ley 1450 Por el cual se expide el Plan Nacional de 2011 Desarrollo, 2010-2014 Ley 1474 Por el cual se dictan normas orientadas a 2011 fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Decreto 4326 Por el cual se reglamenta parcialmente el 2011

Artículo ANEXO (22/246)

artículo 10 de la ley 1474 Ley 1438 Por medio de la cual se reforma el Sistema 2011 General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. Documento 3714 Del riesgo previsible en el Marco de la Política 2011 COMPES de Contratación Pública. Por el cual se dan lineamientos básicos para el entendimiento del concepto de “riesgo previsible” en el marco de las adquisiciones sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Artículo ANEXO (23/246)

Ley 1437 Por el cual se expide el Código de 2011 SIG-FO04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) ¿te 00063222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministeño de Salud y Prowección Social UPA bl y E En CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Decreto 4107 Por el cual se determinan los objetivos y la 2011 estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integral el Sector Administrativo de Salud y Protección Social Decreto Ley 4170 Por el cual se crea la Agencia Nacional de 2011 Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente -, se determinan sus objetivos y estructura Decreto Ley 019 Por el cual se dictan normas para suprimir o 2012 reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública Decreto 053 Por el que se corrigen unos yerros en el 2012 Decreto Legislativo 19 de 2012 Ley 1562 Por el cual se modifica el Sistema de Riesgos 2012 Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional Ley 1508 Por el cual se establece el régimen jurídico de 2012 las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones Decreto 723 Por el cual se reglamenta la afiliación al 2013 Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades O instituciones públicas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones Decreto 1510 Por el cual se reglamenta el sistema de 2013 compras y contratación pública Ley 1682 Por el cual se adoptan medidas y disposiciones 2013 para los proyectos de infraestructura de transporte y se

Artículo ANEXO (24/246)

conceden facultades extraordinarias 2.2. Referencias normativas internas CLASE NUMERO TÍTULO ANO DE EXPEDICIÓN Resolución 054* Por la cual se asignan y 2011 reglamentan las funciones de los SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) — epoceg229 2% JUL 2014 MinSalud Ministeno de Salud y Proreción Social PROTECCIÓN SOCIAL MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y CÓDIGO: VERSIÓN: | 01 GCO-MO01 FECHA: responsables de los proyectos de inversión y funcionamiento en el Ministerio de Salud y Protección Social. Circular 005* Criterio Institucional sobre los periodos mensuales 2013 Resolución 1948* Parámetros para determinar los honorarios de los contratos de prestación de servicios 2013 Resolución 014* Delegan funciones ordenación de _ gasto 2013 Resolución 2120 Por la cual se crea y reglamenta el Comité Asesor de Contratación del Ministerio de Salud y Protección Social 2014 Resolución 2133* Por la cual se imparten directrices y se establecen responsabilidades para el desarrollo de las funciones relacionadas con el ejercicio de la Supervisión e Interventoría de los contratos, convenios y demás negocios jurídicos de naturaleza contractual que celebre el Ministerio de Salud y Protección Social 2014 Circular 0021* Préstamo y Consulta de Expedientes Contractuales 2014 (*) O la circular, resolución o norma que la modifique, sustituya o adicione. 2.3. Manuales y/o guías expedidos por la Agencia Colombia Compra Eficiente CLASE NUMERO TÍTULO AÑO DE EXPEDICIÓN Guía G-CBS-01* Guía para la codificación de bienes 2013 y servicios de acuerdo con el código estándar de productos y servicios de Naciones Unidas, V.14.080.

Artículo ANEXO (25/246)

Guía G-EAMP -01* Guía para entender los Acuerdos 2013 Marco de Precios. Guía G-EPAA-01* Guía para elaborar el Plan Anual de 2013 Adquisiciones. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) ceba p0a0n3901 29 JUL 2U14 ÓN A _ MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud | PROTECCIÓN SOCIAL Núvisteno de Salud y Prorección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Manual Versión 1* Manual para la identificación y 2013 cobertura del Riesgo en los procesos de contratación. Guía Versión 1* Guía para determinar y verificar la 2013 Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública. Manual M-MSMC-01* Manual de la Modalidad de 2013 Selección de Mínima Cuantía. Manual M-MACPC-01* | Manual para el manejo de los 2013 Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación. Manual Versión Final* Manual para la identificación y 2013 cobertura del Riesgo en los procesos de contratación. Guía LGWEMC-01* Lineamientos Generales para la 2014 Expedición de Manuales de Contratación.

Artículo ANEXO (26/246)

Guía G-EES-01* Guía para la Elaboración de 2014 Estudios del Sector Manual M-DVRHPC-01* | Manual para determinar y verificar 2014 los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación Manual M-OSAMP-01* |Manual para la Operación 2014 Secundaria de los Acuerdos Marco de Precios Guía G-EES-02* Guía para la Elaboración de 2014 Estudios de Sector Manual M-DVRHPC-02* | Manual para determinar y verificar 2014 los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación Manual M-MACPC-03* | Manual para el manejo de los 2014 Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación. (*) O la guía, manual o norma que la modifique, sustituya o adicione. 2.4. Principios de la contratación pública Dentro de toda la actividad contractual, el Ministerio deberá tener en cuenta los principios que rigen la contratación estatal. Para el efecto, se presenta una definición de cada uno SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 00063222 29 JUL 2014 MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Sociol CÓDIGO: GCO-MO1 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: de ellos, de carácter orientador, por lo que, en cada caso particular se analizará la forma como opera y se garantiza su vigencia. SIG-F04 Principio de transparencia: Este principio garantiza la publicidad y contradicción de los informes y actuaciones surgidos dentro del proceso, así como la libre concurrencia e igualdad de oportunidades para quienes intervengan en él. Principio de Planeación: Este principio tiene como finalidad lograr los objetivos institucionales de la contratación, esto es, armonizar y articular los requerimientos técnicos del proyecto a desarrollar, con miras a satisfacer las necesidades de la Entidad.

Artículo ANEXO (27/246)

Principio de Economía: Se tendrá en cuenta que las normas de procedimiento sean utilizadas para agilizar las decisiones, y las etapas sean las estrictamente necesarias para asegurar la selección objetiva; que los procedimientos se adelanten en el menor tiempo y con la menor cantidad de gastos y que no se exija sino los documentos necesarios. Principio de responsabilidad: Los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación y a vigilar la correcta ejecución de los contratos. Así mismo, el numeral 3 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993 consagra que las entidades y los servidores públicos responderán cuando hubieren abierto procesos de selección sin haber elaborado previamente los pliegos de condiciones, o cuando los elaboren en forma incompleta, ambigua o confusa, que conduzca a interpretaciones de carácter subjetivo. En virtud de este principio todos los servidores públicos, miembros de comités evaluadores, contratistas, consultores y asesores externos responderán por las acciones y/u omisiones que se presenten durante la actividad contractual de acuerdo con los parámetros señalados en la normatividad legal vigente. Principio de Selección Objetiva: Es una obligación de las Entidades Públicas, respecto de todos los procesos y procedimientos contractuales, la escogencia de los contratistas de forma objetiva, esto es que en ningún caso la selección del contratista pueda ser subjetiva u obedecer a criterios diferentes a los estrictamente reglados. Principio de Publicidad: Conforme al cual los participantes y en general la sociedad tiene la posibilidad de conocer todos los documentos de los procesos que se están adelantando en la Entidad, por encontrarse publicados en el SECOP, así como por estar disponibles para su consulta física cuando ello sea requerido. VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) : $, 00003222 29 JUL 2014 .

Artículo ANEXO (28/246)

MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Miristeno de Salud y Protección Sacial CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: e Principio del debido proceso: Las Entidades garantizarán que toda actuación administrativa vinculada con la actividad contractual dé cumplimiento al debido proceso, que incluye la posibilidad de conocer y controvertir las decisiones de la administración, así como las demás prerrogativas derivadas del alcance constitucional de esta garantía. e Supremacía de lo sustancial sobre lo formal: En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la Entidad en el pliego de condiciones. Es importante anotar que para efectos de determinar el alcance o la forma de materializar un principio, debe considerarse adicionalmente, la jurisprudencia en la materia, y especialmente los precedentes judiciales aplicables, así como las orientaciones y directrices de la Agencia Colombia Compra Eficiente. 3. FUNCIONES EN MATERIA CONTRACTUAL 3.1. Ordenación del gasto De conformidad con el Artículo 11 de la Ley 80 de 1993, la competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y para escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso; de acuerdo con el numeral 3 del mismo artículo, los Ministros de Despacho tienen competencia para celebrar contratos a nombre de la Entidad Respectiva. A su turno, el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 establece como una función a cargo de los Ministros suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto General de Contratación y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Ministerio previa delegación del Presidente de la República. Esta función se incluye igualmente en el

Artículo ANEXO (29/246)

artículo 6 literal g) del Decreto 4107 de 2011, por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social. Ahora bien, en atención a la facultad establecida en los artículos 12 de la Ley 80 de 1993, 9 de la Ley 489 de 1998 y 21 de la Ley 1150 de 2007, la ordenación del gasto, se encuentra, en la actualidad, delegada en cabeza del Secretario General y en el Director de Administración de Fondos de la Protección Social, quienes en consecuencia tienen las siguientes funciones: SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) P- 7-1 ol MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Solud y Protección Sociol CÓDIGO: | Gco-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 1. La ordenación del gasto de los recursos apropiados en la Unidad Ejecutora 1901- 01- Gestión General, esto es, para todos aquellos asuntos contractuales y mo contractuales sin límite de cuantía y sin consideración a la naturaleza u objeto del bien o servicio a contratar, en cabeza del Secretario General, y de la Unidad Ejecutora -1901-14 — Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social- en cabeza del Director de Administración de Fondos de la Protección Social, sin límite de cuantía y sin consideración de la modalidad de selección y tipo de contrato.

Artículo ANEXO (30/246)

2. Dirigir y adelantar los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades, sin límite de cuantía e independientemente de su objeto y todos los trámites y actos inherentes a los mismos, certificaciones y contratos que de ellos se deriven, incluyendo su modificación, adición, prórroga, terminación, liquidación, etc; así como el ejercicio de los poderes excepcionales, imposición de multas, sanciones, exigibilidad de garantías y de resolución de los recursos a que haya lugar. 3. Constituir cajas menores 4. Expedir actos administrativos en aquellos asuntos de carácter no contractual que estén relacionados con la adecuada administración y funcionamiento del Ministerio y la Administración de los Fondos a cargo. Respecto del proceso sancionatorio contractual, en cabeza de la Ordenación del Gasto, su trámite está a cargo del Grupo de Gestión Contractual de la Secretaría General y de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, según sea el caso, previo requerimiento del supervisor del contrato. 3.2. Iniciativa del gasto La iniciativa del gasto en el Ministerio se encuentra radicada en cada uno de los jefes de dependencia, quienes tienen la potestad para presentar proyectos de contratación que comporten el uso de los recursos asignados al Ministerio y a los Fondos administrados por este último.

Artículo ANEXO (31/246)

Tratándose de las áreas misionales, los Viceministros del ramo son los encargados de autorizar o avalar tales iniciativas; respecto de las áreas estratégicas, de apoyo y de seguimiento y evaluación está función está en cabeza del Secretario General, y en lo que se refiere a los gastos relacionados con la administración de recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA, del Fondo de Salvamento y Garantias del Sector Salud - FONSAET, y demás cuentas y recursos de administración especial de protección social a cargo del Ministerio, además de los avales previstos, se requerirá el aval del Director de Administración de Fondos de la Protección Social. Para efectos de contribuir a la adecuada consecución de los fines de la función administrativa, salvaguardar los recursos públicos y garantizar el principio de responsabilidad, el Ministerio regló mediante Resolución No. 0000054 del 17 de SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Social cóDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: noviembre de 2011, las funciones de los responsables de los proyectos de inversión y funcionamiento en el Ministerio. 3.3. Comité Asesor de Contratación El Ministerio cuenta con un Comité Asesor de Contratación, órgano asesor y consultivo que apoya de manera específica los asuntos relacionados con la contratación (durante las etapas precontractual, contractual y pos contractual), cuya cuantía sea igual o superior a mil (1.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes SMLMV. Su creación, organización y funciones se encuentran reglamentadas mediante acto administrativo expedido por el Ministro. : El Comité igualmente asesora respecto de las modificaciones, adiciones, prórrogas, cesiones, terminaciones y aclaraciones de contratos respecto de los cuales haya emitido su recomendación.

Artículo ANEXO (32/246)

En el marco del Modelo Integrado de Gestión, las áreas técnicas que solicitan la contratación, deben ser especialmente diligentes en exponer al Comité, además de todas las condiciones propias del negocio jurídico solicitado, las implicaciones o impactos que en materia de política pública conlleva la contratación en cuestión, señalando los resultados que se espera obtener, y la incidencia de los mismos en el logro de los cometidos institucionales, así como de las metas del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes sectoriales e institucionales. 3.4. Elaboración de contratos De conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 44 del Decreto 4107 de 2011, es función de la Secretaría General dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionadas, entre otras, con ta contratación del Ministerio de Salud y Protección Social, y según lo establecido en el numeral 5 del artículo 36 y el numeral 9" del artículo 37 del referido Decreto, el Director de Administración de Fondos de la Protección Social debe administrar los recursos asignados a la Dirección y celebrar los contratos de administración de los recursos de los fondos. A su turno, el artículo 46 numeral 2”. del Decreto 4107 de 2011, establece como función de la Subdirección Administrativa ejecutar y controlar los planes, programas, proyectos, procesos, servicios y actividades en materia de contratación, y el artículo 38 numeral 4 del referido decreto, establece como función de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social la de adelantar los procesos precontractuales y contractuales a cargo de la Dirección.

Artículo ANEXO (33/246)

SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) -* 00003222 29 JUL 2014 - : MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud | PROTECCIÓN SOCIAL Minusteno de Solyd y Proiección Social CÓDIGO: | GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Mediante Resolución 571 de 2013, adicionada mediante Resolución No. 3158 de 2013 el Secretario General, en su condición de Delegado del Señor Ministro, creó, organizó y conformó en la Subdirección Administrativa el Grupo de Gestión Contractual. A su turno, con Resolución No. 6630 del 8 de julio de 2013, el Director de Administración de Fondos de la Protección Social, creó, organizó y conformó el Grupo Interno de Trabajo en dicha Dirección denominado Grupo de Gestión Contractual. Cada uno de estos Grupos estableció sus respectivos procedimientos internos para adelantar la actividad contractual de acuerdo con sus competencias, los cuales hacen parte del Sistema Integrado de Gestión Institucional, en su componente de calidad. Tratándose de contratos financiados integramente con recursos a cargo de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, pero que no correspondan a las funciones y necesidades de dicha dependencia el trámite que deberá adelantarse es el siguiente: Actividad Responsable Recepción de la solicitud del proceso de contratación y verificación de su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones Remisión al Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaria General del Ministerio Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas. Grupo de Gestión Contractual de la Tramite contractual Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio. Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas, previa solicitud del Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio.

Artículo ANEXO (34/246)

Grupo de Gestión Contractual de la Elaboración de la minuta Subdirección Administrativa de la Secretaria General del Ministerio. Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas, previo aval y remisión del Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio. Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Numeración del Contrato Fondos y Cuentas (de acuerdo con su numeración). Convocatoria a Comité de Contratación (en caso de requerirse) Aprobación de la minuta y remisión para suscripción del Ordenador del Gasto en la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 0003222 23 JUL 2014 Ministerio de Solud y Promeción Sociol MinSalud | MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL “Bco-M01. 01 | FECHA: VERSIÓN: Registro del Contrato Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social. Aprobación de Pólizas y comunicación de designación de supervisión. de de la la Grupo de Gestión Contractual Subdirección Administrativa Secretaría General del Ministerio. Archivo del contrato, custodia y conservación documental. Subdirección Jurídica de Fondos y Cuentas En el caso de contratos que por su objeto o naturaleza deban ser respaldados con recursos aportados tanto por el Ministerio de Salud y Protección Social como por las diferentes subcuentas de los Fondos que administra la referida Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, el trámite que deberá realizarse es el siguiente: Actividad Responsable Recepción de la solicitud del proceso de contratación y verificación de su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones. Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio, previo aval de los servidores públicos correspondientes y en todo caso del Director de Administración de Fondos de la Protección Social.

Artículo ANEXO (35/246)

Tramite contractual Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio, con la revisión de documentos precontractuales por parte de la Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas. Convocatoria a Comité de Contratación (en caso de requerirse) Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio. Elaboración de la minuta Grupo de Gestión Contractual de ta Subdirección Administrativa de la Secretaria General del Ministerio. Aprobación de la minuta y remisión para suscripción de los Ordenadores del Gasto Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio y Subdirección de Asuntos Jurídicos de los Fondos y Cuentas. Numeración del Contrato Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaría General del Ministerio. Registro del Contrato Subdirección Financiera y Subdirección de Gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) i e* 10003222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Mirusterio de Salud y Protección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaria General del Ministerio. Aprobación de Pólizas y comunicación de designación del supervisor. Grupo de Gestión Contractual de la Subdirección Administrativa de la Secretaria General del Ministerio. Archivo del contrato, custodia y conservación documental. En virtud del principio de planeación en materia contractual, cuando de conformidad con el

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma