Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de la Protección Social

Resolución · 3133 · 2005-09-14 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 121–140 de 949

Artículo 4 (118/940)

6. Participar en el establecimiento los criterios jurídicos, para la defensa en las acciones públicas de inconstitucionalidad en la que la entidad sea parte, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio. 7. Estudiar, proponer y proyectar la definición de criterios para la defensa de los intereses del Ministerio en lo Relacionado con el trámite de las acciones constitucionales. 8. Asesorar y apoyar al Ministro, Viceministro y a las diferentes dependencias del Ministerio, en los asuntos relativos a las acciones constitucionales. 9. Suministrar a los diferentes organismos de control, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior y de Justicia, la información y documentación relativas a las acciones constitucionales atendidas por el Ministerio. 10. Participar en el establecimiento de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 11. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia. 12. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Público Ciencias y Sociología Política, Derecho Administrativo. • EXPERIENCIA: Veinticinco (25) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Materia Legislativa, Derecho Constitucional, Derecho Laboral, Derecho Administrativo. • EQUIVALENCIAS: 1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o

Artículo 4 (119/940)

c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los intereses del Ministerio en las Acciones Populares, de Tutela y de Cumplimiento en las que sea parte, responden a una defensa oportuna y con el aporte de las pruebas que sean pertinentes. El registro clasificado de las acciones constitucionales se mantiene actualizado y en vigilancia permanente. La defensa en las acciones públicas de inconstitucionalidad cuenta con la coordinación de las dependencias del Ministerio para establecer criterios jurídicos. La información y documentación relativas a las acciones constitucionales atendidas por el Ministerio es suministrada oportunamente a los diferentes organismos de control, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior y de Justicia Normas Internacionales, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Contratación, Leyes del Sector. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: Hoja 89 • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 19 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Acciones Constitucionales Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 1. Responder por la defensa de los intereses del Ministerio en las acciones de tutela, populares, de grupo y de cumplimiento en las que sea parte el Ministerio de la Protección Social.

Artículo 4 (120/940)

2. Responder oportunamente las acciones constitucionales que sean notificadas e impugnarlas dentro del término legal y comunicarle a la dependencia o entidad correspondiente para que tramite y ejecute el cumplimiento de los respectivos fallos. 3. Coordinar con quienes disponen de la información necesaria para adelantar el trámite oportuno de la defensa de los intereses del Ministerio en materia de acciones constitucionales, en la consecución de la misma y adoptar las pruebas que sean pertinentes. 4. Vigilar y mantener actualizado el estado de las acciones constitucionales y llevar un registro clasificado de acuerdo a su naturaleza. 5. Asistir y Asesorar a las dependencias del Ministerio en los asuntos relacionados con el trámite de acciones constitucionales. 6. Participar en el establecimiento los criterios jurídicos, para la defensa en las acciones públicas de inconstitucionalidad en la que la entidad sea parte, en coordinación con las demás dependencias del Ministerio. 7. Estudiar, proponer y proyectar la definición de criterios para la defensa de los intereses del Ministerio en lo Relacionado con el trámite de las acciones constitucionales. 8. Asesorar y apoyar al Ministro, Viceministro y a las diferentes dependencias del Ministerio, en los asuntos relativos a las acciones constitucionales. 9. Suministrar a los diferentes organismos de control, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior y de Justicia, la información y documentación relativas a las acciones constitucionales atendidas por el Ministerio. 10. Participar en el establecimiento de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 11. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia.

Artículo 4 (121/940)

12. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo. Hoja 90 • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Administrativo y Constitucional. • EXPERIENCIA: Diecinueve (19) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Derecho Administrativo y Constitucional. • EQUIVALENCIAS: 1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o

Artículo 4 (122/940)

c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los intereses del Ministerio en las Acciones Populares, de Tutela y de Cumplimiento en las que sea parte, responden a una defensa oportuna y con el aporte de las pruebas que sean pertinentes. El registro clasificado de las acciones constitucionales se mantiene actualizado y en vigilancia permanente. La defensa en las acciones públicas de inconstitucionalidad cuenta con la coordinación de las dependencias del Ministerio para establecer criterios jurídicos. La información y documentación relativas a las acciones constitucionales atendidas por el Ministerio es suministrada oportunamente a los diferentes organismos de control, al Ministerio Público y al Ministerio del Interior y de Justicia Derecho Administrativo y Constitucional. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Apoyo Legislativo Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 20 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Jefe de Oficina Asesora Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Apoyo Legislativo Hoja 91 Asesorar a las dependencias competentes del Ministerio de la Protección Social, en la elaboración de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental, que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, incluida la exposición de motivos.

Artículo 4 (123/940)

1. Participar en la Conceptualización en el contenido de los proyectos de Ley de iniciativa del Ministerio de la Protección Social y su correspondiente exposición de motivos y en general de aquellos presentados a consideración del Despacho del Ministro. 2. Participar en la elaboración del Proyecto de Concepto Institucional (técnico – jurídico) sobre el contenido de los proyectos de Ley de intereses del Sector de la Protección Social que se encuentren e trámite en el Congreso de la República con base en la información suministrada por las Dependencias del Ministerio y demás sectores interesados. 3. Asesorar a las dependencias competentes del Ministerio de la Protección Social en la elaboración de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás actos administrativos relacionados con el sector, que garanticen el funcionamiento del Sistema de Protección Social. 4. Participar en el Estudio, revisión y sugerencias de ajustes al contenido, de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás actos administrativos elaborados por las dependencias del Ministerio, organismos y entidades adscritas y vinculadas que integran el Sector de la Protección Social. 5. Colaborar cuando sea necesario en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial para la elaboración de proyectos de Ley, decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, relacionados con los asuntos de interés del sector de la Protección Social. 6. Coordinar la compilación y actualización de la legislación y jurisprudencia relativa a las actividades y funciones del Ministerio y del Sector de la Protección Social. 7. Colaborar en la actualización del archivo histórico, con los antecedentes de los proyectos de Ley, decretos, resoluciones, circulares y acuerdos de los consejos adscritos al Ministerio, y demás actos administrativos sometidos a su consideración.

Artículo 4 (124/940)

8. Revisar las respuestas a los oficios en los cuales se consulte sobre el trámite de los proyectos de Ley, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás asuntos de competencia relacionados con el sector de la Protección Social. 9. Participar en el desarrollo e implementación de los programas de control interno de gestión en los asuntos de su competencia. 10. Revisar el contenido del concepto institucional sobre los proyectos de Ley, decretos, resoluciones, circulares y en general los actos administrativos como trámite previo a la aprobación por parte de la Jefatura. 11. Coordinar la gestión de los Profesionales que integran el Grupo y velar por la consecución, administración y manejo de los recursos humanos, técnicos y físicos para el adecuado desempeño de las fusiones asignadas. 12. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo. • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Ambiental, Seguridad Social, Derecho Constitucional. • EXPERIENCIA: Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada en áreas Laboral, Administrativa, Constitucional, Seguridad Social. • EQUIVALENCIAS: 1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o Hoja 92 b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o

Artículo 4 (125/940)

c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los proyectos de ley que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, cuentan con la asesoría en la elaboración. Los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, reglamentos y demás actos elaborados por las dependencias del Ministerio y que deban ser firmados por el Ministro cuentan con la revisión y ajuste del contenido jurídico. La jurisdicción y jurisprudencia relacionada con el sistema de protección social es compilada y actualizada para su adecuada aplicación La información técnica para fijar una posición institucional en relación con los proyectos de ley es consolidada en coordinación con las diferentes dependencias. Áreas Laboral, Administrativa, Constitucional, Seguridad Social. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 15 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 2 Nivel: Profesional Área: Apoyo Legislativo Asesorar a las dependencias competentes del Ministerio de la Protección Social, en la elaboración de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental, que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, incluida la exposición de motivos. 1. Participar en la elaboración de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental, que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, incluida la exposición de motivos.

Artículo 4 (126/940)

2. Conceptuar sobre el contenido de los proyectos de Ley de iniciativa del Ministerio de la Protección Social y su correspondiente exposición de motivos y en general de aquellos presentados a consideración del Despacho del Ministro. 3. Elaborar y analizar el proyecto de concepto institucional (técnico – jurídico) sobre el contenido de los proyectos de Ley de interés del Sector de la Protección Social que se encuentre en trámite en el Congreso de la República con base en la información suministrada por las dependencias del Ministerio y demás sectores interesados. 4. Participar en la elaboración de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás Hoja 93 actos administrativos relacionados con el sector, que garanticen el funcionamiento del Sistema de Protección Social. 5. Revisar y sugerir ajustes al contenido de los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás actos administrativos elaborados por las dependencias del Ministerio, organismos y entidades adscritas y vinculadas que integran el Sector de la Protección Social. 6. Participar en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial para la elaboración de proyectos de Ley, decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, relacionados con los asuntos de interés del Sector de la Protección Social. 7. Coordinar la compilación y actualización de la legislación relativa a las actividades y funciones del Ministerio y del Sector de la Protección Social. 8. Mantener actualizado el archivo histórico con los antecedentes de los proyectos de Ley, decretos, resoluciones, circulares y acuerdos de los consejos adscritos al Ministerio y demás actos administrativos sometidos a su consideración. 9. Analizar los oficios en los cuales se consulte sobre el trámite de los proyectos de Ley, acuerdos, resoluciones, circulares, y demás asuntos de competencia relacionados con el sector de la Protección Social. 10. Desarrollar y ejecutar los programas de control interno de gestión en los asuntos de su competencia.

Artículo 4 (127/940)

11. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Procesal, Derecho Administrativo, Derecho Laboral. • EXPERIENCIA: Siete (7) meses de experiencia profesional relacionada en áreas Administrativas, Laborales y Procesales. • EQUIVALENCIAS: 1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o

Artículo 4 (128/940)

c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los proyectos de ley que vayan ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, cuentan con la asesoría en la elaboración. Los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, reglamentos y demás actos elaborados por las dependencias del Ministerio y que deban ser firmados por el Ministro cuentan con la revisión y ajuste del contenido jurídico. La jurisdicción y jurisprudencia relacionada con el sistema de protección social es compilada y actualizada para su adecuada aplicación La información técnica para fijar una posición institucional en relación con los proyectos de ley es consolidada en coordinación con las diferentes dependencias. En Derecho Administrativo, Laboral, Procesal. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: Hoja 94 • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 13 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Grupo de Consulta en Materia de Relaciones de Trabajo Asesorar a las dependencias competentes del Ministerio de la Protección Social, en la elaboración de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental, que vayan a ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, incluida la exposición de motivos. 1. Asesorar y asistir a las dependencias del Ministerio en la interpretación y aplicación de las normas del Sistema General de Seguridad Social.

Artículo 4 (129/940)

2. Absolver las consultas dentro del marco legal que se le formulan a la entidad en relación con el Sistema de Seguridad Social Integral. 3. Estudiar y proyectar la definición de los criterios en materia de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social, y propiciar la unificación de los criterios jurídicos sobre estos temas. 4. Contribuir en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 5. Participar en los eventos que organice el Ministerio para la definición, difusión e implementación de la política en materia normativa de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social. 6. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las consultas que se tramitan en grupo de trabajo. 7. Desarrollar e implementar los programas de control interno en los asuntos de su competencia.

Artículo 4 (130/940)

8. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo. • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. • EXPERIENCIA: Veintisiete (27) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Seguridad Social, Protección Social, Laboral. Los proyectos de ley que vayan ser presentados por el Ministro de la Protección Social a consideración del Congreso de la República, cuentan con la asesoría en la elaboración. Los proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, circulares, reglamentos y demás actos elaborados por las dependencias del Ministerio y que deban ser firmados por el Ministro cuentan con la revisión y ajuste del contenido jurídico. Hoja 95 La jurisdicción y jurisprudencia relacionada con el sistema de protección social es compilada y actualizada para su adecuada aplicación. La información técnica para fijar una posición institucional en relación con los proyectos de ley es consolidada en coordinación con las diferentes dependencias. Sistema de Protección Social. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Grupo de Consulta en Materia de Seguridad Social Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 23 Dependencia: Oficina Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Grupo de Consulta en Materia de Seguridad Social Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos, privados y por las dependencias del Ministerio relacionadas con el tema de seguridad social, de conformidad con las normas que rigen la materia. 1. Absolver las consultas dentro del marco legal que se le formulan a la entidad en relación con el Sistema de Seguridad Social Integral.

Artículo 4 (131/940)

2. Participar en la definición de los criterios en materia de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social, y propiciar la unificación de los criterios jurídicos sobre estos temas. 3. Participar en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 4. Colaborar y participar en los eventos que organice el Ministerio para la definición, difusión e implementación de la política en materia normativa de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social. 5. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las consultas que se tramitan en grupo de trabajo. 6. Participar en la adopción, desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia. 7. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área IV. REQUISISTOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho Hoja 96 Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Laboral, Derecho Administrativo, Seguridad Social, Administración Hospitalaria, Gerencia en Salud. • EXPERIENCIA: Treinta y un (31) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Seguridad Social Integral, Laboral, Administrativo. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (132/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los criterios jurídicos en materia de los sistemas de Seguridad Social Integral y de protección social se unifican para las consultas pertinentes. El registro de las consultas tramitadas en el área se mantiene sistematizado y actualizado. Sistema Integral de Seguridad Social, Sistema de Protección Social. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 20 Dependencia: Oficina Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 2 Nivel: Profesional Área: Grupo de Consulta en Materia de Seguridad Social Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos, privados y por las dependencias del Ministerio relacionadas con el tema de seguridad social, de conformidad con las normas que rigen la materia. 1. Absolver las consultas dentro del marco legal que se le formulan a la entidad en relación con el Sistema de Seguridad Social Integral. 2. Participar en la definición de los criterios en materia de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social, y propiciar la unificación de los criterios jurídicos sobre estos temas.

Artículo 4 (133/940)

3. Participar en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 4. Colaborar y participar en los eventos que organice el Ministerio para la definición, difusión e Hoja 97 implementación de la política en materia normativa de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social. 5. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las consultas que se tramitan en grupo de trabajo. 6. Participar en la adopción, desarrollo e implementación de los programas de control interno en los asuntos de su competencia. 7. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área IV. REQUISISTOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Derecho Laboral, Derecho Administrativo, Seguridad Social, Administración Hospitalaria, Gerencia en Salud. • EXPERIENCIA: Veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Seguridad Social Integral, Laboral, Administrativo. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (134/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los criterios jurídicos en materia de los sistemas de Seguridad Social Integral y de protección social se unifican para las consultas pertinentes. El registro de las consultas tramitadas en el área se mantiene sistematizado y actualizado. Sistema Integral de Seguridad Social, Sistema de Protección Social. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Especializado Código: 3010 Grado: 15 Dependencia: Oficina asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Hoja 98 Nivel: Profesional Área: Grupo de Consulta en Materia de Seguridad Social II. PROPOSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos, privados y por las dependencias del Ministerio relacionadas con el tema de seguridad social, de conformidad con las normas que rigen la materia. 1. Estudiar y proyectar la definición de los criterios en materia de Seguridad Social y propiciar la unificación de los criterios jurídicos sobre estos temas. 2. Proyectar para la firma del Ministro de la Protección Social las consultas ante el Consejo de Estado referidas a las normas que regulan las relaciones de trabajo de carácter individual y colectivo.

Artículo 4 (135/940)

3. Participar en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 4. Colaborar y participar en los eventos que organice el Ministerio para la definición, difusión e implementación de la política en materia normativa relacionados con las normas que regulan la Seguridad Social. 5. Participar en el desarrollo de programas de control interno en los asuntos de su competencia. 6. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área • EDUCACIÓN: Título Profesional en Derecho. Título de Posgrado en la modalidad de Especialización en Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Laboral, Derecho Procesal, Derecho Penal. • EXPERIENCIA: Siete (7) meses de experiencia profesional relacionada en áreas de Derecho Administrativo, Derecho Laboral. • EQUIVALENCIAS:

Artículo 4 (136/940)

1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional. Los criterios jurídicos en materia de los sistemas de Seguridad Social Integral y de protección social se unifican para las consultas pertinentes. El registro de las consultas tramitadas en el área se mantiene sistematizado y actualizado. Derecho Procesal, Derecho Administrativo, Derecho Laboral. • COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: • COMPORTAMENTALES: Aprendizaje Continuo Trabajo en Equipo y Colaboración Creatividad e Innovación Hoja 99 Se agregan cuando tengan personal a cargo: Liderazgo de Grupos de Trabajo Toma de Decisiones Denominación: Profesional Universitario Código: 3020 Grado: 13 Dependencia: Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo Empleo Jefe Inmediato: Coordinador de Grupo Número de Empleos: 1 Nivel: Profesional Área: Grupo de Consulta en Materia de Seguridad Social Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos, privados y por las dependencias del Ministerio relacionadas con el tema de seguridad social, de conformidad con las normas que rigen la materia. 1. Asesorar y asistir a las dependencias del Ministerio en la interpretación y aplicación de las normas del Sistema General de Seguridad Social. 2. Absolver las consultas dentro del marco legal que se le formulan a la entidad en relación con el Sistema de Seguridad Social Integral.

Artículo 4 (137/940)

3. Estudiar y proyectar la definición de los criterios en materia de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social, y propiciar la unificación de los criterios jurídicos sobre estos temas. 4. Contribuir en la implementación de mecanismos de coordinación institucional, intrasectorial e intersectorial en lo relacionado con los asuntos de su competencia. 5. Participar en los eventos que organice el Ministerio para la definición, difusión e implementación de la política en materia normativa de los Sistemas de Seguridad Social y de Protección Social. 6. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las consultas que se tramitan en grupo de trabajo. 7. Desarrollar e implementar los programas de control interno en los asuntos de su competencia.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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