Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio animal de las especies bovina, bufalina y porcina, plantas de desposte y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles.

Resolución · 240 · 2013-01-31 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 181–185 de 185

Artículo 137

Divulgación de los procedimientos. Las autoridades sanitarias deben en cualquier tiempo, informar a las personas naturales y jurídicas dedicadas a las actividades relacionadas con el campo de aplicación de este reglamento, la existencia de las disposiciones y los efectos que conlleva su incumplimiento. Así mismo, deben adelantar estrategias de información, educación y comunicación a la comunidad en general sobre las disposiciones sanitarias que rigen la materia objeto del presente reglamento. CAPÍTULO Il DISPOSICIONES FINALES

Artículo 138

Notificación. El reglamento técnico que se establece mediante la presente resolución, será notificado a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el ámbito de los convenios comerciales en que sea parte Colombia.

Artículo 139

Las plantas que durante el periodo de transición de que trata el artículo 25 del Decreto 2270 de 2012, cumplan los requisitos señalados en el Decreto 1500 de 2007, modificado por los Decretos 2965 de 2008, 2380, 4131, 4974 de 2009, 3981 de 201 1,917 y 2270 de 2012 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, podrán obtener la autorización sanitaria correspondiente.

Artículo 140

Vigencia y derogatorias. De conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Decreto 2270 de 2012, el reglamento técnico que se establece mediante la presente resolución, entrará en vigencia después de tres años y medio (3.5), contados a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial, las Resoluciones 2905 y 4282 de 2007. pe RESOLUCIÓN NÚMERO. ¿0000240 DE 2013 HOJANo. — 110 de 114 Continuación "Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio animal Parágrafo. Durante este mismo plazo, las plantas podrán dar cumplimiento a los requisitos sanitarios contemplados en el reglamento técnico de que trata esta resolución.

Artículo ANEXO

dee URIBE lud y Protección Social IN EJAND Ministro de o 3 1 ENE. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO ¡N000240DE 2013 HOJANo. 111 de 114 Continuación “Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio anima! importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles" ANEXOS TÉCNICOS ANEXO | FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO Y/O ALMACENAMIENTO DE CARNE (Esta sección debe ser diligenciada por el representante degal del establecimiento ó interesado; E ol | | Asics Escundari del establecimiento Si se llevan a cabo, marque las opciones que apliquen) | [5 ]pesposTE [OP ]DESPRESE aves) Deperidencia Marque la opción correspondiente sí el establecimiento funciona Independiente ó dentro de alguna de las altemativas a continuación [INDEPENDIENTE [EJSUPERMERCADO:MINMERCADO qa DE MERSADO [OlOTROS [ORIGENCIAR AL PIE) Otros Establecimientos Nomire y Apellido del Propietario Razón Social Teléfono Fax Correo electrónico Dirección Municipio Departamento Representante legal £cNT inspecciones preliminares >] ¿El establecimiento ha sido nspeccionado por ta Entidad Territorial de s: — Fechaúliima E Salud y dispone de copie de la úitima acta de Inspección? NO inspección [Concepto Anterior — [FY]FAVORABLE [peer E 7 JoeSFAVORABLE ] (Esta sección debe ser diligenciada por la Entidad Terrttorial de Salud Entidad Territorial de Salud Inscripción No. Funcionario que realiza la Inscripción Fecha SAA Observaciones Entregado por ee Erma RESOLUCIÓN NÚMERO ¡0000240DE 2013 HOJANo. 112 de 114 INSTRUCTIVO ANEXO | FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO Y/O ALMACENAMIENTO DE CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS COMESTIBLES Ingrese toda la información correspondiente en forma clara y legible. Diligencie sólo la primera parte del formulario. Identificación del Establecimiento . Actividad Principal del establecimiento. Expendio: Establecimiento en el que se llevan a cabo las actividades de comercialización de la carne y productos cárnicos comestibles para consumo humano Almacenamiento: El establecimiento dispone de equipos de congelación/refrigeración suficientes para mantener los productos en condiciones óptimas en instalaciones separadas y seguras. Actividad Secundaria del establecimiento. El desposte o desprese aceptado en el expendio es aquel que se efectué para la venta directa y abierta a! público de la carne y productos cárnicos comestibles. NOTA No incluye a los establecimientos en los que se desposte o desprese con el propósito de obtener, cortes, piezas, presas entre otras, destinadas para el consumo humano y que distribuyen a otros establecimientos como sucursales del mismo, expendios de su propiedad o de terceros. Dependencia: Determine si el establecimiento hace uso de las instalaciones físicas y sanitarias de otro establecimiento, como un supermercado, minimercado, plaza de mercado, o si por el contrario, el establecimiento cuenta con instalaciones físicas y sanitarias independientes. En caso de no encontrar la opción que represente la situación actual del establecimiento, use el campo “Otros establecimientos” para describiria. Diligencie los nombres y apellidos dei propietario, razón social (de acuerdo al registro comercial), número telefónico, número de fax (si tiene), correo electrónico (si tiene), los nombres, apellidos y cédula de ciudadanía o NIT del representante legal del establecimiento Inspecciones preliminares: Si el establecimiento ha sido inspeccionado previamente por la entidad territorial de salud, y usted dispone de la última acta de autorización, diligencie este apartado, ingresando la fecha de la última inspección y marcando con una X el concepto consignado en dicha acta Ingrese su nombre, cédula de ciudadanía y firma en el lugar correspondiente 2, 3 1 ENE. 208 RESOLUCIÓN NÚMERO j0000240DE2013 HOJANo. 113 de 114 Continuación "Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio animal ANEXO !l FORMULARIO DE SOLICITUD DE AUTORIZACION SANITARIA PARA VEHICULOS TRANSPORTADORES DE CARNE Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS COMESTIBLES A al fEsta sección debe ser diligenciada por el propietario del vehículo 6 interesado) Propietario del vehiculo oc Teléfono Fex Correo electrónico SEMPREMOLQUE TRACTOCAMIÓN El [E oONTENEDOR Marca Modelo Placa Solicita autorización para el transporte de productos [E_JREFRIGERADOS — [E_JOONGELADOS: Tipo de vehículo — [FT]FuRGÓN JFK] THERMO KG [HT]REMOLQUE Nombra del Conductor ze (Esta sección debe ser diligenciada por el propietario del venículo 6 interesado) Diigencie la información a continuación de forma clara y legible. Este Jugar preferiblemente será la planta de beneficio, desposte, desprese ó almacenamiento, expendio en el cuel el vehiculo opere principalmente, o donde la ETS asilo determine. Munidpio Departamento (Esta sección debe ser diligenciada por el propietario del veniculo $ interesado) ¿El vehiculo ha sido revisado por la Entidad Territorial de Salud y dispone E Fecha última PITITTIT] NO. (6 Po 1 A de copia de ta última acta de autorización? inspección [Concepto Anterior [FTFAVORABLE — [DB JDESFAVORABLE ] Entregado por [tes Firma ANA SERPA (Esta sección debe ser diligenciada por la Entidad Territorial de Salud) Entidad Territorial de Satud Solicitud No, Funcionario que ingresa la información Fecha O Observaciones ASA E TT E, [Esta sección debe ser diligenciada por la Entidad Territorial de Selva) Funcionario designado Fecha HH Hora Lugar de inspección RESOLUCIÓN NÚMERO /0000240DE 2013 HOJANo. 114 de 114 INSTRUCTIVO ANEXO Il SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA VEHÍCULOS TRANSPORTADORES DE DE CARNE Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS COMESTIBLES ingrese toda la información correspondiente en forma clara y legible. Diligencie sólo la primera parte del formulario. Sección 1. Identificación del Vehículo « Colocar el nombre y apellidos del propietario del vehículo, su número de cédula de ciudadanía, número de teléfono, número de fax (si tiene) y correo electrónico (si tiene) + Marcar con una X el tipo de vehículo para el cual solicita Autorización Sanitaria Los datos de Marca, Modelo, y Placa, deben corresponder con la tarjeta de propiedad del vehículo + Marcar con una X las condiciones de temperatura de los productos que solicita transportar. En el caso de los productos congelados, el vehículo debe garantizar mantener la cadena de frío a una temperatura inferior a -18%C, en el caso de los productos refrigerados, el vehículo debe garantizar mantener la cadena de frío, es decir la temperatura con la que salieron los productos de la planta de beneficio. + Colocar el nombre y apellidos del conductor del vehículo y su número de cédula de ciudadanía Sección 2. Lugar en el cual se puede realizar la revisión En algunos casos, la entidad territorial de salud podrá concertar un lugar para llevar a cabo la revisión, la información ingresada en esta sección podrá ser utilizada para concertar dicha revisión. + Colocar la dirección, municipio y departamento del sitio en el cual se llevará a cabo la revisión Sección 3. Revisiones preliminares Si el vehículo ha sido revisado previamente por alguna entidad territorial de salud, y usted dispone de la última acta de autorización, diligencie esta sección. . Ingrese fecha de la última revisión y marque con una X el concepto consignado en dicha acta Ingrese su nombre, cédula de ciudadanía y firma en el lugar correspondiente

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 8), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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