Por las circunstancias de orden socio-económico, que hace más gravosa la prestación de los servicios de salud en los departamentos de Amazonas, Arauca, Casanare, Caquetá, Chocó, Guajira, Guainía, Guaviare, Putumayo, San Andrés y Providencia, Sucre, Vaupés, Vichada, y la región de Urabá, las tarifas establecidas en esta Resolución para los conceptos que se relacionan a continuación, se incrementarn en los siguientes porcentajes, según el tipo de contrato que se celebre y la naturaleza del proveedor del servicio.
a. El veinticinco por ciento (25%) para la consulta general, especializada e interconsulta ambulatoria e intrahospitalaria, valoraciones intrahospitalarias, consulta de urgencias, cuidado médico intrahospitalario, reconocimiento del recién nacido, servicios profesionales de cirujano, ginecobstetra, anestesiólogo y ayudanía quirúrgica en las intervenciones y procedimientos enumerados en el capítulo I, derechos de sala de parto y
de cirugía.
b. El quince por ciento (15%) para los exámenes y procedimientos de diagnóstico y tratamiento, contenidos en el capítulo II.