fijar la tarifa para el reconocimiento y pago por parte de las Compañías de Seguros y el Fondo de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito "FONSAT", a las instituciones, por los servicios de salud que prestan a los usuarios amparados por el seguro de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito.
La diferencia entre la tarifa establecida en la presente resolución y las que llegasen a cobrar las instituciones hospitalarias por la prestación de servicios de que trata el
Capítulo II, serán cubiertas por las compañías aseguradoras, y en ningún caso por el paciente o sus familiares.
Las tarifas establecidas para los Procedimientos de Radiología son:
1. HUESOS
EXTREMIDADES Y PELVIS
21101 Mano, dedos, puño (muñeca), codo, pie, clavícula, antebrazo, cuello
de pie, (tobillo), edad ósea (carpograma), calcáneo. 6.000. 21102 Brazo, pierna, rodilla, femur, hombro, omoplato. 7.800 21103 Test de Farill (osteometría o medición de miembros inferiores),
estudio de pie plano (pies con apoyo). 7.750 21104 Test de anteversión femoral 9.500 21105 Pelvis, cadera, articulaciones sacro-ilíacas y coxo-femorales. 6.600 21106 Comparativas de las regiones anteriores; al valor de la región
agregar. 3.500 21107 Tomografía osteoarticular; al valor de la región agregar: 11.200 21108 Proyección adicional (Stress, tunel, tangenciales, oblicuas), cada una
al valor de la región agregar: 3.150 21109 Tangencial rótula. 9.000 21110 Panorámica en miembros inferiores (geniometría u ortograma). 12.550 21111 Estudio de huesos largos PA 27.050 21112 Fotopodografía. 18.450 21113 Osteodensitometria por absorción dual de RX 30.750
CRANEO, CARA Y CUELLO
21120 Cara, malar, arco cigomático, huesos nasales, maxilar superior, silla
turca, base del cráneo. 7.800 21121 Senos paranasales, maxilar infeiror, orbitas, articulaciones
temporomandibulares, agujeros ópticos. 7.800 21122 Cráneo simple. 8.750 21123 Cráneo simple más base de cráneo (Panorámica de mandíbula),
Perfilograma. 12.250 21124 Mastoides comparativas, penascos, conductos auditivos internos. 10.050 21125 Tomografía lineal de las regiones anteirores; agregar. 11.200 21126 Proyecciones adicionales. 3.150 21127 Politomografía de conductos auditivos internos. 33.800. 21128 Politomografía unilateral de mastoides (oído medio). 32.700 21129 Politomografía bilateral de mastoides. 42.650 21230 Politomografía de silla turca. 34.800 21231 Politomografía de senos paranasales. Articulaciones
temporomandibulares. 29.000 21232 Politomografía de rinofaringe. 25.100 21233 Politomografía semi-axial de nariz. 25.100 21234 Tomografía funcional de laringe. 22.300 21235 Xero-radiografía de cuello. 10.600 21236 Cavum faríngeo, cuello y tejidos blancos. 9.000
COLUMNA VERTEBRAL
21140 Columna cervical. 9.850 21141 Columna dorsal o toráxica. 9.600 21142 Columna lumbosacra. 12.000 21143 Sacrococcix. 9.350 21144 Test de escoliosis. 16.200 21145 Proyecciones dinámicas o adicionales, al valor del examen
agregar: 4.400 21146 Tomografía lineal de columna, por segmento, agregar. 17.800 21147 Panorámica columna vertebral. 12.550
2. TORAX
21201 Torax (PA o P A y lateral), reja costal. 8.500 21202 Fluoroscopia pulmonar, movilidad- diafragmática. 5.650 21203 Esternón, articulaciones esterno-claviculares. 7.700 21204 Serie cardiovascular (corazón y grandes vasos, silueta cardiaca).
12.200 21205 Proyecciones adicionales de torax; apicograma de cubito lateral,
oblicuas, lateral con bario, etc. cada una; agregar. 9.000 21206 Tomografía de torax AP 28.600 21207 Tomografía de torax en dos proyecciones. 34.600 21208 Tomografía de mediastino, traquea, 30.250 21210 Xeromamografía o mamografía (bilateral) 24.950 21211 Galactografía. 29.600 21212 Mamografía unilateral o de pieza quirúrgica. 20.500 21213 Fluoroscopia para implantación de marcapaso, al valor del torax:
agregar. 27.050
3. ABDOMEN
ABDOMEN Y GENITO-URINARIO
21301 Abdomen simple. 9.950 21302 Abdomen simple con proyecciones adicionales, serie de abdomen
agudo. 13.200 21303 Pielografía retrógrada o anterograda. 13.700 21304 Urografía intravenosa. 21.400 21306 Urografía con nefrotomografía (estudio de hipertensión). 24.950
VIAS BILIARES
21320 Colecistografía 15.000 21322 Colangiografía operatoria. 15.000 21323 Colangiografía post-operatoria. 10.600 21324 Colangiografía endoscópica retrógrado (transduodenal). 19.250 21325 Colangiografía - tomografía. 20.900 21326 Colecisto-tomografía. 18.450 21327 Procedimiento especial con fluoroscopia (TV); al valor de la región:
agregar. 18.450
VIAS DIGESTIVAS
21330 Esófago. 11.000 21331 Estómago, duodeno y tránsito intestinal. 37.450 21332 Esófago, estómago y duodeno (vías digestivas altas). 23.300 21333 Tránsito intestinal convencional. 18.100 21334 Tránsito intestinal doble contraste. 22.200 21335 Colon por enema convencional o colon por ingesta. 19.900 21337 Colon por enema con doble contraste. 22.450 21338 Esófago, estómago y duodeno con doble contraste. 22.450
4. EXAMENES ESPECIALES
ABDOMEN:
21400 Cistografía o cistouretrografía. 15.000 21401 Histerosalpingografía. 15.000 21403 Uretrografía retrógrada. 15.000 21404 Genitografía o vaginografía. 15.000
ARTICULACIONES
21410 Artrografía o neumoartrografía. 17.000
NEURO-RADIOLOGIA
21420 Mielografía (cada segmento). 18.600 21421 Arteriografía carotidea o vertebral (cada vaso). 58.500 21422 Arteriografía selectiva de ambas carótidas y vertebral (Panangiografía). 117.000
CARDIOVASCULAR
21430 Linfangiografía. 31.300 21431 Cavografía. 20.600 21432 Flebografía de miembro superior o inferior (por extremidad). 20.650 21433 Arteriografía periférica por punción. 22.200 21434 Aortograma torácico o abdominal. 45.650 21435 Aortograma y estudio de miembros inferiores. 78.000 21436 Portografía arterial. 48.000 21437 Esplenoportografía. 40.000 21438 Estudio de hipertensión portal con hemodinamia. 76.700 21439 Portografía transhepática. 54.950 21440 Venografía selectiva (toma de muestras para química sanguínea). 24.500
Arteriografías Diagnósticas de Cabeza y Cuello
21441 Estudio de un vaso. 54.950 21442 Cada vaso adicional. 19.900 21443 Estudio de un vaso. 54.950 21444 Cada vaso adicional. 19.900 21445 Angioplastia. 70.000
RESPIRATORIO - O.R.L. Y OFTALMOLOGIA
21450 Faringolaringografía. 10.600 21451 Broncografía unilateral. 14.050 21452 Cuerpo extraño endo-ocular (Swwt) 10.600 21453 Sialografía (por glándula). 12.600
21454 Dacriocistografía unilateral. 13.200
5. OTROS PROCEDIMIENTOS INTERVENCIONISTAS Y/O TERAPEUTICOS
21501 Embolización; excluye cabeza y cuello. 72.000 21502 Farmacoangiografía. 58.500 21503 Pielografía o colangiografía percutánea. 30.000 21504 Nefrostomía percutánea. 36.000 21505 Instrumentación percutánea, colecistostomía percutánea (drenaje,
dilatación y derivación). 53.300 21507 Extracción percutánea de cuerpo extraño intra-vascular, arterial o
venoso. 58.400 21508 Tratamiento percutáneo de tromboembolismo venoso. 50.400 21509 Gastrostomia percutánea. 50.400 21510 Drenaje percutáneo de abscesos o colecciones. 36.000 21511 Revisión de procedimientos anteriores (cambio de tubo, limpieza del
mismo o reubicación). 18.000. 21512 Extracción cálculos renales por vía percutánea. 61.700 21513 Trombolisis arterial selectiva. 65.500 21514 Extracción percutánea de cálculos biliares, litotripcia disolución de
cálculos biliares. 58.500 21515 Dilatación transuretral de la próstata. 15.600 21516 Fistulografía; al valor de la región, agregar: 13.300 21517 Localización de lesión no palpable en seno. 13.200 21518 Biopsia por estereotaxia. 37.200 21520 Cavernografía y cavernometría. 52.800
6. PORTATILES
21601 Portátiles sin fluoroscopia e intensificador de imagen (practicado en habitción, UCI, RN o quiróganos), al valor del estudio, agregar: 6.250 21602 Portátiles con fluoroscopia y/o intensificador de imagen (practicado en quirófanos), al valor del estudio agregar: 18.000.
7. TOMOGRAFIA COMPUTARIZADA
21701 Cráneo simple. 59.450 21702 Cráneo con contraste. 65.200 21703 Cráneo simple y con contraste 74.650 21704 Cisternografía. 74.650 21705 Silla turca u oido (incluye cortes axiales y coronales). 65.200 21706 Senos paranasales o rinofaringe (incluye cortes axiales y coronales).
65.200 21707 Orbitas (incluye cortes axiales y coronales). 50.700 21708 Columna cervical, dorsal o lumbar (hasta tres espacios). 55.300 21709 Columna cervical, dorsal o lumbar (espacio adicional). 13.250 21710 Laringe o cuello. 55.300 21711 Largine y cuello. 65.200 21712 Torax 61.850 21713 Abdomen superior. 70.050 21714 Pelvis. 55.300 21715 Abdomen total. 81.400 21716 Extremidades y articulaciones. 50.700
21717 Articulación temporo-mandibular (bilateral). 65.200 21718 Osteodensitometría. 65.200 21719 Complemento a mielografía (cada segmento). 32.550 21720 Anteversión femoral o tibial, axiales de rótula, medida de longitud
de miembros inferiores. 19.550 21721 Guía escanográfica para procedimientos intervencionists; a la zona
agregar: 53.700 21722 Reconstrucción tridimensional, agregar al costo del examen. 86.250 21723 Penasco, conductos auditivos internos. 65.200
PARAGRAFO 1o. Las tarifas contempladas en este artículo son los valores que se reconocen por la práctica de los estudios con sus proyecciones convencionales y cuando el procedimiento lleve el respectivo informe escrito del médico especialista radiólogo. En caso de que el radiólogo no realice la correspondiente lectura, al valor estipulado para cada examen, se le descontará el veinticino por ciento (15%).
PARAGRAFO 2o. cuando la institución que preste el servicio no cuente dentro de su planta de personal con el recurso de médico radiólogo y determinados estudios radiológicos no puedan ser interpretados por el médico solicitante, se podrá contratar con especialistas radiólogos la lectura de los mismos y se pagará en el equivalente de un veinticino (15%) por ciento del valor establecido para cada estudio en este artículo.
PARAGRAFO 3o. Queda entendido que los estudios para los cuales se contratará su interpretación, con especialista radiólogo, son aquellos que por su complejidad no interpreta el médico solicitante. Será del control de la autoridad médica de la institución la determinación y elección de estos procedimientos.
PARAGRAFO 4o. Los medios de contraste y los catéteres o similares, que se empleen en los estudios y procedimientos, se reconocerán hasta por el precio comercial del catálogo para venta al público fijado por la autorida competente.
PARAGRAFO 5o. En la práctica de los exámenes especiales e intervencionistas y/o terapéuticos, determinados en los items 4 y 5 de este artículo, se reconocerá adicionalmente al especialista (sea el mismo radiólogo u otro, profesional), que practique el procedimiento, una suma igual a la fijada para el estudio. Se exceptúan de esta disposición los exámenes que aparecen identificados con los códigos 21433 - 21434 - 21436 - 21441 - 21442 - 21443 - 21444 - 21445 - 21452 - 21504 - 21512, que para efectos de su reconocimiento al especialista que los practique están definidos en esta Resolución bajo los siguientes códigos:
02501 Extracción cuerpo extraño endocular. 09104 Nefrostomía percutánea. 09105 Nefrostomía percutánea y extracción de cálculo. 25120 Arteriografía selectiva no coronaria. 25125 Arteriografía renal. 25122 Arteriografía abdominal. 25123 Arteriografía periférica. 25127 Angioplastia coronaria. 25128 Angioplastia periférica. 25139 Extracción cuerpo extraño intravascular.