Artículo ANEXO (12/137)
Cabe mencionar que la PNHS, pretende la consolidación de una cultura de humanización, que invite a directivos, gerentes, líderes y funcionarios de las entidades de salud, para ser actores de primera línea en la realización y puesta en práctica de dinámicas de transversalización de los contenidos de esta política a nivel institucional, teniendo en cuenta el cumplimiento de la normatividad vigente y que reglamenta la Responsabilidad Social Empresarial. Igualmente es importante el fomento de la creatividad, la innovación y la investigación, vinculados a los procesos de aprendizaje transformacional, que deriva de la experiencia acumulada que surge de la puesta en práctica de las dinámicas de atención en salud humanizadas. En resumen, la PNHS está dirigida a los actores en salud en el ámbito público, privado, mixto e invita a otros actores del sector salud y los diferentes sectores relacionados con el cuidado integral de la salud, así como a la ciudadanía en general, a participar en la construcción y ejecución de acciones conjuntas que contribuyan a satisfacer las necesidades en salud de la población y fortalecer el ejercicio del derecho a la salud en el país. 1. MARCO DE REFERENCIA 1.1. Antecedentes La normatividad y jurisprudencia actuales consideran el derecho a la salud como un elemento estructural de la dignidad humana. En el año 1991, en Colombia se llevó a cabo una “constituyente”, mediante la cual se reformó la constitución de 1886 y se aprobó como principio fundamental que "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés generar. Además, el