Por la cual se adopta e implementa la Política Nacional de Humanización en Salud (PNHS) 2026-2035: "Un camino para alcanzar, con calidad, una salud humanizada".

Resolución · 1315 · 2026-07-07 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–40 de 146

Artículo ANEXO (12/137)

Cabe mencionar que la PNHS, pretende la consolidación de una cultura de humanización, que invite a directivos, gerentes, líderes y funcionarios de las entidades de salud, para ser actores de primera línea en la realización y puesta en práctica de dinámicas de transversalización de los contenidos de esta política a nivel institucional, teniendo en cuenta el cumplimiento de la normatividad vigente y que reglamenta la Responsabilidad Social Empresarial. Igualmente es importante el fomento de la creatividad, la innovación y la investigación, vinculados a los procesos de aprendizaje transformacional, que deriva de la experiencia acumulada que surge de la puesta en práctica de las dinámicas de atención en salud humanizadas. En resumen, la PNHS está dirigida a los actores en salud en el ámbito público, privado, mixto e invita a otros actores del sector salud y los diferentes sectores relacionados con el cuidado integral de la salud, así como a la ciudadanía en general, a participar en la construcción y ejecución de acciones conjuntas que contribuyan a satisfacer las necesidades en salud de la población y fortalecer el ejercicio del derecho a la salud en el país. 1. MARCO DE REFERENCIA 1.1. Antecedentes La normatividad y jurisprudencia actuales consideran el derecho a la salud como un elemento estructural de la dignidad humana. En el año 1991, en Colombia se llevó a cabo una “constituyente”, mediante la cual se reformó la constitución de 1886 y se aprobó como principio fundamental que "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés generar. Además, el

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artículo 49 de la Constitución Política de Colombia señaló que "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado", y que corresponde a este “(...) organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad" (Constitución Política de Colombia, 1991) En el año de 1993, Colombia realizó la reforma en salud a través de la Ley 100 de 1993, creando el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), con él, se crea un modelo de competencia regulada por el Estado con un enfoque empresarial de mercado. Su orientación frente a la atención en salud pretende alcanzar, para todos los ciudadanos, la seguridad social en salud. El sistema se enfoca, además, en la eficiencia y la calidad a través de una atención en salud humanizada y en desarrollar mecanismos y estrategias para atender a la población en general. RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 DE 07 JUL 2026 HOJA 13 DE 62 Salud (PNHS) 2026-2035: “Un camino para alcanzar, con calidad, una salud humanizada". Por su parte, la Ley 1438 de 2011 que reformó el SGSSS, en el artículo 1. tiene como objeto “(...) el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que, en el marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud, permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brínde servicios de mayor calidad, incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los residentes en el país” (Congreso de Colombia, 2011). Así mismo, como principios del SGSSS, en el

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artículo 3 de la Ley en cita, definió la igualdad como “El acceso a la Seguridad Social en Salud [que] se garantiza sin discriminación a las personas residentes en el territorio colombiano, por razones de cultura, sexo, raza, origen nacional, orientación sexual, religión, edad o capacidad económica, sin perjuicio de la prevalencia constitucional de los derechos de los niños", y la corresponsabilidad en el sentido en que "Toda persona debe propender por su autocuidado, por el cuidado de la salud de su familia y de la comunidad, un ambiente sano, el uso racional y adecuado de los recursos el SGSSS y cumplir con los deberes de solidaridad, participación y colaboración. Las instituciones públicas y privadas promoverán la apropiación y el cumplimiento de este principio". Esto significa, ni más ni menos, que rescatar esta dimensión de la atención en salud — la humanización— como un elemento central para mejorar los resultados en salud no solo es necesario sino urgente. En el 2016, el MSPS mediante documento técnico estableció el Plan Nacional de Mejoramiento de la Calidad en Salud (PNMCS), bajo el lema “Por un Sistema de Salud con un propósito humano hacia la innovación y la excelencia”. Aunque este terminó su vigencia en 2022, planteaba fortalecer la calidad de los servicios de salud en el país, garantizando acceso equitativo, atención centrada en el usuario y mejores resultados en salud. Este plan se consideró como "una apuesta de política pública en materia de calidad, para fortalecer la cultura del mejoramiento continuo y facilitar la articulación de los demás direccionamientos estratégicos del sector1’, y es el único antecedente existente sobre una PNHS para Colombia (Ministerio de Salud y Protección Social, 2016b). De otro lado, la Ley Estatutaria en Salud en el

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artículo 2. establece que el Derecho a la Salud implica “(.. ■) el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud” y que, "(...) su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado” (Congreso de Colombia, 2015). Dicha ley estableció como principio del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la calidad, definiendo que “Los servicios de salud deberán atenderlas condiciones del paciente de acuerdo con la evidencia científica, provistos de forma integral, segura y oportuna, mediante una atención humanizada”. 1.1.1. La cobertura sanitaria universal La resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de octubre de 2019 subraya la importancia de fortalecer la Atención Primaria en Salud (APS) como base para avanzar hacia la cobertura sanitaria universal y cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). En dicha resolución, la ONU insta a los Estados a invertir en sistemas de salud sólidos, priorizando la prevención, la promoción, la participación comunitaria y el acceso equitativo a servicios seguros y de calidad. Asimismo, resalta que la implementación efectiva de la APS exige una acción articulada entre gobiernos, organismos internacionales y actores locales (Naciones Unidas: Asamblea General, 2019). No obstante, la cobertura sanitaria universal no es sinónimo de acceso efectivo al derecho a la salud.

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Conforme a la jurisprudencia constitucional colombiana —especialmente la Sentencia T-760 de 2008, que ordena superar las barreras de acceso y garantizar la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad (DAAC) de los servicios; y la Sentencia C-313 de 2014, que reafirma el carácter fundamental y autónomo del derecho a la salud—, la cobertura debe traducirse en garantías reales de acceso, oportunas y sin discriminación. Este enfoque fue consolidado por la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que establece que el derecho a la salud comprende no solo la prestación de servicios, sino también las acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, sin barreras de tipo administrativo, geográfico, económico o cultural. En coherencia con este marco normativo y constitucional, la resolución de la ONU reafirma el compromiso global con sistemas de salud sostenibles, integrados y centrados en las personas. Avanzar hacia la cobertura sanitaria universal implica que todas las personas accedan efectivamente a los servicios que necesitan sin enfrentar barreras financieras o administrativas, y que estos servicios se presten de manera integral y con resultados positivos en salud. RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 DE de 07 JUL 2026 HOJA 14 DE 62 Salud (PNHS) 2026-2035: "Un camino para alcanzar, con calidad, una salud humanizada”. La calidad y humanización de la atención constituyen pilares esenciales para materializar el derecho a la salud. Estas se expresan en la seguridad del paciente, la adherencia a guías basadas en evidencia, la capacidad de respuesta a necesidades individuales, el trato digno, y el uso eficiente y transparente de los recursos.

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Alcanzar sistemas de salud que combinen cobertura universal, calidad y humanización requiere enfoques integrados que fortalezcan la infraestructura, desarrollen competencias del personal de salud y promuevan la participación social y comunitaria en la toma de decisiones y en el cuidado de la salud, tal como lo reconocen la Ley 1751 de 2015 y la jurisprudencia constitucional. 1.1.2. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son una iniciativa global para erradicar la pobreza, proteger el planeta y garantizar la prosperidad para todos, a partir de 17 metas que abordan los principales desafíos que enfrenta la humanidad. Entre estos objetivos, el ODS 3 tiene un enfoque centrado en la salud: "Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades". Sin embargo, la salud también está directamente vinculada a otros objetivos, ya que el bienestar social y económico de las personas depende de condiciones saludables y un entorno adecuado para su desarrollo. La consecución de este propósito está directamente relacionada con la calidad en la prestación de servicios de salud, entendida como la provisión de servicios sanitarios que sean efectivos, seguros, centrados en el paciente, oportunos, equitativos y eficientes (Naciones Unidas, 2019). El ODS 3 plantea metas específicas, como: i) asegurar la cobertura sanitaria universal, incluyendo acceso a servicios esenciales de salud y medicamentos seguros y asequibles, ¡i) reducir la mortalidad materna e infantil, iii) combatir enfermedades transmisibles y no transmisibles y iv) garantizar la equidad en el acceso a servicios de salud, especialmente para poblaciones vulnerables. Para lograr estas metas, es necesario tener en cuenta los siguientes enfoques relacionados con la calidad en salud: • Acceso a atención sanitaria de calidad.

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La calidad en la atención médica es un componente esencial para lograr el ODS 3 "Asegurar que las personas tengan acceso a servicios de salud efectivos, oportunos, adecuados y seguros es fundamental para la prevención de enfermedades y el tratamiento de las mismas”. Esto implica la formación continua de los profesionales de la salud, la inversión en infraestructura sanitaria y la mejora en la tecnología médica. • Cobertura Universal de Salud. Un principio clave en el ODS 3 es la cobertura sanitaria universal, que implica que todas las personas tengan acceso a los servicios de salud necesarios sin enfrentar dificultades financieras. Esto aboga por un sistema de salud equitativo donde la calidad no dependa del nivel socioeconómico de las personas. • Promoción de la salud y Prevención de la Enfermedad. La promoción de estilos de vida saludables y la prevención de enfermedades son aspectos clave para alcanzar una buena calidad en salud. Esto incluye programas para la promoción de una alimentación equilibrada, hábitos de vida saludable, así como, programas de prevención para combatir el tabaquismo, la obesidad, la contaminación ambiental, entre otros. Además, la salud mental, que muchas veces ha sido desatendida, está ganando visibilidad y atención institucional para fortalecer la calidad de vida y bienestar de las personas. • Innovación tecnológica y gestión de datos. Las innovaciones tecnológicas en la salud, como la telemedicina, los registros electrónicos de salud y las aplicaciones móviles de salud, pueden mejorar la calidad de los servicios al hacerlos más accesibles y eficientes. Estas herramientas pueden ayudar a monitorizar la salud, facilitar diagnósticos más rápidos y mejorar la gestión de los sistemas de salud. 1.1.3. Evaluación y monitoreo de la calidad en salud La evaluación de las tendencias globales en la calidad de la atención en salud requiere consenso sobre la definición y medición de indicadores que sean comparables entre países.

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No obstante, actualmente no existe un conjunto uniforme de indicadores de calidad definidos y recopilados a nivel mundial, lo que dificulta el análisis sistemático y la comparación internacional (World Health Organization et al., 2018, p. 32). Tampoco hay un acuerdo universal sobre un conjunto mínimo de indicadores estandarizados para monitorear el progresó hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con la salud. Sin embargo, se han desarrollado iniciativas significativas para abordar esta necesidad, como el Proyecto de Indicadores de Calidad de la Atención de Salud de la OCDE, los Indicadores de Prestación de Servicios del Banco Mundial, el Observatorio Mundial de Salud de la OMS y las Encuestas RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 DE 07 JUL 2026 HOJA 15 DE 62 Salud (PNHS) 2026-2035: “Un camino para alcanzar, con calidad, una salud humanizada’’. Demográficas y de Salud. Estas iniciativas buscan identificar indicadores que apoyen los esfuerzos de mejora de la calidad en los niveles nacional, regional e internacional. En Colombia, el sistema de monitoreo de la calidad en salud se viene realizando a través de la Resolución 256 de 2016, la cual hace seguimiento a 4 dominios: i) Efectividad, ii) Experiencia de la atención, iii) Gestión del riesgo y iv) Seguridad. En cada uno de estos dominios, se establecieron indicadores para el monitoreo de la calidad en salud de acuerdo con cada actor del sistema. Estos indicadores permiten evaluar el desempeño y los resultados con el fin de fortalecer el Sistema de Información de Calidad en Salud, brindar información objetiva a los ciudadanos para que puedan elegir libremente a sus prestadores de salud y aseguradores y promover acciones de mejoramiento (Ministerio de Salud y Protección Social, 2016c). 1.2.

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MARCO NORMATIVO La PNHS se fundamenta en un conjunto articulado de disposiciones de carácter internacional, constitucional, legal, jurisprudencial y reglamentario, que reconocen la dignidad humana como eje estructural del derecho fundamental a la salud. La humanización en salud no constituye un desarrollo aislado ni discrecional de la política pública, sino una implementación normativa derivada de obligaciones superiores que imponen al Estado el deber de garantizar servicios de salud accesibles, aceptables, de calidad, continuos, oportunos y culturalmente pertinentes. En este sentido, la PNHS se inscribe dentro del marco del SGSSS, y como política orienta al sistema para poner en el centro a las personas, sus familias y sus comunidades en cada proceso de atención. Desde el ámbito internacional, Colombia ha adoptado instrumentos que consagran la dignidad humana, la equidad, la bioética y el bienestar como principios rectores de los sistemas sanitarios. En el orden nacional, se reconoce la salud como un servicio público esencial y derecho fundamental orientado a la eliminación de barreras, la garantía de calidad y el trato digno. El desarrollo legal y jurisprudencial ha consolidado la obligación estatal de formular políticas públicas que aseguren la efectividad del derecho fundamental a la salud y la permanente mejora continua de la atención humanizada. A su vez, la normativa sectorial ha incorporado la humanización como un componente del talento humano en salud y eje transversal de la gestión en salud territorial. El presente capítulo expone de manera sistemática el normograma que sustenta la PNHS, evidenciando la coherencia jerárquica y funcional de las disposiciones aplicables y facilitando su implementación armónica por parte de los actores del sistema de salud. 1.2.1. Marco normativo internacional Dentro de los convenios y normas internacionales más importantes se encuentran los siguientes: Tabla 1.

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Contexto normativo internacional para la PNHS EXPEDIDA NORMATIVIDAD AÑO POR ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PNHS Declara: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con Declaración Universal 1948 ONU los otros’’, además, “promete a todas las personas unos de Derechos Humanos derechos jurídicos, económicos, sociales, políticos, religiosos, culturales y cívicos que sustenten una vida sin miseria y sin temor’’._______________________________ Asume la cultura como conjunto de rasgos distintivos Declaración Universal espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que sobre la Diversidad 2001 UNESCO caracterizan a una sociedad o a un grupo social, la cual Cultural adquiere formas diversas, se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades.______________________ Declara las cuestiones éticas de los profesionales de la Declaración Universal salud, de las ciencias de la vida y de las tecnologías sobre Bioética y 2005 UNESCO conexas de aplicación humana y que inciden en la dignidad, Derechos Humanos la protección de los derechos y la vida de los seres humanos.______ Se relaciona, especialmente, con el Objetivo 3. “Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas Objetivos de Desarrollo las edades: promulga el bienestar superando las brechas Sostenible (ODS) 2015 ONU en la calidad y cobertura en salud, fortaleciendo el primer nivel de atención para el acceso efectivo y la articulación entre agentes’’; y con el Objetivo 16. “Promover sociedades RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 DE 07 JU' 2026 HOJA 16 DE 62 EXPEDIDA NORMATIVIDAD AÑO ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PNHS POR justas, pacíficas e inclusivas, fortalecer la democracia, reconciliación social y la confianza en las instituciones en la lucha contra la corrupción como núcleos en la

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reconstrucción del tejido social”._____________________ Carta de identidad y La carta incluye el “Principio de humanización de la principios de la asistencia”, lo que implica un servicio incondicional por, profesión Médica 2016 para y con la persona y se traduce en atender integralmente CONFEMEL Latino-lberoamericana el ser humano con motivación, altruismo compasivo, y del Caribe dedicación y respeto, así como a través de una relación empática y de calidez en el trato._____________________ Los mandatarios de estado se comprometen a priorizar la Declaración de Astaná: salud y el bienestar de las personas, la atención primaria Desde Alma-Ata hacia de salud y los servicios de salud seguros, integrales, la cobertura sanitaria integrados, accesibles, disponibles y asequibles para todos OMS y y en todas partes, con una prestación basada en la 2018 universal y los UNICEF Objetivos de Desarrollo compasión, respeto y dignidad por parte del talento humano Sostenible en salud, el cual ha de contar con una adecuada formación, competencia, motivación y compromiso, quienes desempeñan su labor en entornos favorables para la salud. Fuente: Elaboración propia. Oficina de Calidad. MSPS 2025 1.2.2. Marco normativo nacional En el campo nacional las normas más relevantes para la política son las siguientes: Tabla 2. Contexto normativo nacional para la PNHS NORMATIVIDAD AÑO EXPEDIDA POR ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PNHS En el artículo 48 dispone que la Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio, bajo la responsabilidad del Estado, el cual le ha de garantizar este Constitución derecho irrenunciable a todos sus habitantes. Asamblea Política de la Además, el

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Articulo 49, determina “La atención de la salud y 1991 Nacional República de el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Constituyente Colombia Estado" y que “Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad".______ Resolución 13437, En el artículo 1, el cual, adopta como postulados básicos por la cual se para propender por la humanización en la atención a los constituyen los Ministerio de pacientes y garantizar el mejoramiento de la calidad en la comités de Ética Salud y prestación del servicio público de salud en las Instituciones 1991 Hospitalaria y se Protección Social Hospitalarias Públicas y Privadas, así mismo, establece el adopta el Decálogo de Colombia decálogo de los derechos de los pacientes de la atención en de los Derechos de salud. los Pacientes Establece la garantía de los derechos para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, para lo cual, Ley 100, por la cual se han de constituir mecanismos facilitadores de una se crea el Sistema atención oportuna, personalizada, humanizada, integra, Congreso de la de seguridad Social continua, digna al ser humano, confidencial e íntima como 1993 República de Integral yy se se observa en el artículo 153. Colombia adoptan otras En cuanto al artículo 186 el Gobierno propicia la disposiciones conformación de un sistema de acreditación de las IPS, para promover el mejoramiento de la calidad y sus estándares incluyendo el de humanización de la atención en salud. La relevancia del componente de humanización en el talento humano en salud se regirá, en el artículo 2, por los principios éticos de equidad, solidaridad, calidad, integralidad, concertación, unidad, efectividad. A ello se suma lo estipulado en los siguientes artículos: Ley 1164, por la cual se dictan

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Artículo 34: referido al contexto ético de la prestación de los Congreso de la servicios, que se guía por el cuidado respetuoso de la vida disposiciones en 2007 República de y de la dignidad de cada ser humano. materia del Talento Colombia Artículo 35: consagra los principios de quien ejerce una Humano en Salud profesión u ocupación en salud, tales como la veracidad, la igualdad, la autonomía, la beneficencia, el mal menor, la no maleficencia, la totalidad y la causa de doble efecto. Artículo 36; contempla como valor, la humanidad, dignidad, responsabilidad. RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 de 07 JUL 2026 HOJA 17 DE 62 NORMATIVIDAD AÑO EXPEDIDA POR ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PNHS Artículo 37: contempla los derechos de la objeción de conciencia, la protección laboral, el compromiso ético. Artículo 38: define como deberes la protección de los lazos afectivos de la persona, la promoción de una cultura ética, la formación de los aprendices y la responsabilidad de aplicar la ética y la bioética en salud.__________________ Reconoce la salud como derecho fundamental, eliminando la interpretación restringida que obligaba a demostrar conexidad. Ordena superar barreras de acceso que vulneran la dignidad humana (administrativas, económicas, geográficas, de información). Exige que los servicios de salud cumplan criterios de Corte disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad (DAAC) Sentencia T-760 2008 Constitucional de - dimensiones centrales de la atención humanizada. Colombia Resalta la importancia de la información clara al usuario, la transparencia y el respeto por la autonomía. Obliga a garantizar continuidad en la atención, evitando interrupciones que comprometen el bienestar del paciente. Promueve la participación ciudadana en la actualización de los planes de beneficios. Cuestiona prácticas que implican trato indigno o deshumanizado hacia los usuarios. El

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Articulo 3 - Principios del SGSSS incluye en el numeral 3.8. la Calidad indicando que “Los servicios de salud Ley 1438, por medio deberán atender las condiciones del paciente de acuerdo de la cual se con la evidencia científica, provistos de forma integral, reforma el Sistema segura y oportuna, mediante una atención humanizada." Congreso de la General de 2011 De otra parte, en el Artículo 107 - Garantía de calidad y República de Seguridad Social en resultados en la atención en el SGSSS, establece que, en Colombia Salud y se dictan desarrollo del principio de calidad del SGSSS y en el marco otras disposiciones del SOGC de la Atención de Salud, se definirá e implementará un plan nacional de mejoramiento de calidad, con clara orientación hacia la obtención de resultados que puedan ser evaluados.______________________________ Declara la exequibilidad del proyecto de Ley Estatutaria que consolidó la salud como derecho fundamental autónomo. Fortalece el principio de dignidad humana como eje de la prestación de servicios. Reitera que el derecho a la salud debe ejercerse sin barreras y con enfoque de igualdad y no discriminación. Corte Respaldó los principios de la Ley Estatutaria: acceso Sentencia C-313 2014 Constitucional de efectivo, calidad, oportunidad, continuidad, información, Colombia autonomía y trato digno. Refuerza el mandato de que las decisiones en salud se basen en evidencia científica, ética y enfoque centrado en las personas. Reconoce la importancia de procesos humanizados, seguros y respetuosos de la voluntad del paciente._______ El

Artículo ANEXO (26/137)

artículo 2 establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el Ley 1751. Ley mejoramiento y la promoción de la salud. El Estado adoptará estatutaria en políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades Salud, por medio de en el acceso a las actividades de promoción, prevención, Congreso de la la cual se regula el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para derecho 2015 República de todas las personas. Colombia fundamental a la El artículo 5 señala que el Estado es responsable de salud y se dictan respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho otras disposiciones. fundamental a la salud; para ello deberá: “b) Formular y adoptar políticas de salud dirigidas a garantizar el goce efectivo del derecho en igualdad de trato y oportunidades para toda la población, asegurando para ello la coordinación armónica de las acciones de todos los agentes del Sistema” Plan Nacional de El Plan fue desarrollado por MSPS con una vigencia 2016 - Mejoramiento de la Ministerio de Salud y 2021, en el cual se incorporó la humanización como principio Calidad en Salud 2016 orientador, entendido como mandato que direcciona el 2016-2021 Protección Social de Colombia comportamiento de las personas y de las organizaciones, (PNMCS) del centrando su accionar en el sujeto; recuperando principios RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 DE 07 M 2026 HOJA 18 DE 62 Salud (PNHS) 2026-2035: "Un camino para alcanzar, con calidad, una salud humanizada". NORMATIVIDAD AÑO EXPEDIDA POR ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PNHS Articulo 107 de la éticos que encausan la gestión de los actores del sector Ley 1438 de 2011 salud._______________________________ ___________ En la parte 5, capítulo 2

Artículo ANEXO (27/137)

artículo 2.5.1.2.1. define: “las acciones que desarrolle el SOGCS se orientaran a la mejora Decreto 780, por de los resultados de la atención en salud, centrados en la medio del cual se persona, que van más allá de la verificación de la existencia expide el Decreto de estructura o de la documentación de procesos, los cuales Único solo constituyen prerrequisito para alcanzar los Reglamentario del mencionados resultados”. Sector Salud y Ministerio de Así mismo, la parte 5, capitulo 2, artículo 2.5.1.2.2. define Protección Social. Salud y los cuatro componentes del SOGCS, uno de ellos es el Compila el Decreto 2016 Protección Social Sistema Único de Acreditación -SUA-, que mediante la 1011 de 2006, el de Colombia Resolución 5095 de 2018 adopta el Manual de Acreditación sector regula el en Salud Ambulatorio y Hospitalario de Colombia, a través Sistema Obligatorio de este, se desarrolla un enfoque de humanización en el Garantía de la proceso de atención a la persona y familia, sustentado en Calidad -SOGC- del estándares que favorezcan la dignidad humana, el SGSSS fortalecimiento de las buenas prácticas y la participación en el cuidado con el suministro de información a las personas y sus familias.______________________________________ El

Artículo ANEXO (28/137)

artículo 1 busca adoptar medidas a fin de mejorar la Ley 1966, por medio transparencia, vigilancia, control y aplicación del uso de los del cual se adoptan recursos financieros del SGSSS, elementos estrechamente medidas para la vinculados con la humanización en salud, en la medida en gestión y que favorecen condiciones de confianza hacia el Congreso de la transparencia en el 2019 mejoramiento de la salud y de la experiencia de la población República de Sistema de colombiana en los servicios de salud. Colombia Seguridad Social en Aunque la ley es de naturaleza administrativa y financiera, Salud y se dictan su finalidad es mejorar la fluidez del sistema para evitar otras disposiciones afectaciones en la atención, protegiendo el acceso efectivo y la continuidad, dimensiones fundamentales de la humanización.____________________________________ Resolución 229, por El objetivo es expedir los lineamientos que deben tener en la cual se definen cuenta las EPS para la elaboración y entrega de la carta de los lineamientos de derechos y deberes a las personas afiliadas en el SGSSS y la carta de derechos de la carta de desempeño, que les permita a las personas y deberes de la afiliadas contar con información adecuada y suficiente para persona afiliada y el ejercicio de sus derechos en salud. del paciente en el Sistema General de Ministerio de Seguridad Social en Salud y 2020 Salud -SGSSS- y de Protección Social la carta de de Colombia desempeño en las Entidades Promotoras de Salud -EPS- de los regímenes contributivo y subsidiado Resolución 755, por El Articulo 4.

Artículo ANEXO (29/137)

Enfoques de la política, dispone entre los la cual se adoptan la elementos fundamentales y orientadores para el desarrollo "Política Nacional de la Política Nacional de Talento Humano en Enfermería a de Talento Humano Ministerio de través de los planes, programas, proyectos y acciones para de Enfermería y el Salud y el progreso de la misma, el enfoque de humanización de la 2022 Plan Estratégico Protección Social atención de enfermería. 2022-2031" para el de Colombia fortalecimiento del talento humano en salud.___________ Resolución 1035, El Plan prioriza la atención integral de las problemáticas de por la cual se salud con un enfoque de derechos y de determinantes adopta el Plan sociales, este último reconoce que los determinantes Decenal de Salud sociales varían según las características específicas de Ministerio de Pública 2022-2031 y cada país, como sus sistemas sociales y político y sus la Resolución 2367 2022 Salud y culturas. 2023 Protección Social de 2023 que Así mismo, el Plan reconoce que las condiciones de salud y de Colombia modifica el anexo enfermedad tienen relación con la interculturalidad y el técnico del Plan territorio, promoviendo un abordaje de salud colectiva con la Decenal de Salud participación de los diferentes actores del sector salud. Cada Pública 2022-2031 uno de los ejes estratégicos del Plan Decenal de Salud RESOLUCIÓN NÚMERO 001315 DE 07 JUL 2026 HOJA 19 DE 62 NORMATIVIDAD AÑO EXPEDIDA POR ASPECTOS RELACIONADOS CON LA PNHS Pública 2022-2031 contribuye a fortalecer el acceso, la segundad, la calidad, la equidad y la salud humanizada a través de la implementación en los territorios y los actores de dicho Plan.____________________________________ Introduce ajustes al Plan Decenal de Salud Pública (PDSP) 2022-2031, fortaleciendo la perspectiva de derechos, equidad y atención centrada en las personas, elementos profundamente alineados con la PNHS.

Artículo ANEXO (30/137)

Sus aportes más relevantes para la PNHS incluyen: Reafirmación del enfoque de derechos y de la dignidad humana: Los capítulos modificados refuerzan la obligación del Estado de garantizar condiciones que permitan el disfrute del derecho fundamental a la salud, en coherencia con la Ley 1751 de 2015, promoviendo servicios respetuosos, inclusivos y culturalmente pertinentes. Resolución 2367, por la cual se Enfoque de atención centrada en las personas y las modifican los comunidades: El PDSP revisado enfatiza la participación artículos 1, 2 y 3 de social, el reconocimiento de los territorios y la intervención la Resolución 1035 Ministerio de integral sobre determinantes sociales, aspectos clave para Salud y la humanización del cuidado. de 2022 y los 2023 Protección Social capítulos 3, 4, 5, 6, de Colombia Fortalecimiento de la Atención Primaria en Salud (APS) con 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico "Plan enfoque comunitario: La humanización se expresa en la Decenal de Salud promoción de relaciones cercanas, respetuosas, Pública 2022-2031". interculturales y orientadas a la construcción colectiva del bienestar y del autocuidado. Inclusión de lineamientos para trato digno, accesibilidad y eliminación de barreras: Los capítulos modificados promueven estrategias intersectoriales y acciones diferenciales que buscan reducir inequidades y garantizar acceso oportuno, respetuoso y de calidad. Perspectiva diferencial y enfoque territorial: Se refuerzan lineamientos para atender a grupos poblacionales con necesidades específicas (mujeres, niños, jóvenes, pueblos étnicos, personas mayores, personas con discapacidad), lo cual es central en la humanización de la atención.________ El

Artículo ANEXO (31/137)

artículo 3 establece el Eje “Seguridad humana y justicia social”, en el documento técnico de la ley citada, se relaciona el catalizador B. correspondiente a la “Superación de privaciones como fundamento de la dignidad humana y condiciones básicas para el bienestar”. También en alcanzar Ley 2294, por la una mayor gobernanza en salud bajo un esquema de cual se expide el participación nacional y territorial, con la implementación de Plan Nacional de Congreso de la políticas para asegurar la disponibilidad, acceso, Desarrollo 2022 - 2023 República de continuidad, calidad, y uso seguro y adecuado de 2026 “Colombia, Colombia tecnologías en salud, e incentivar el desarrollo tecnológico e potencia mundial de investigación en salud. la vida” El Plan de Desarrollo señala que el modelo de salud preventivo y predictivo incluye un componente de promoción orientado a generar condiciones para el goce efectivo de la salud y el desarrollo integral de la población. Esta apuesta fortalece la articulación interinstitucional situando a las personas en el centro del sistema de salud._____________ Resolución 100, por La Resolución 100 de 2024 actualiza y redefine el marco de la cual se dictan la Planeación Integral para la Salud (PIS) desde una disposiciones sobre Ministerio de perspectiva de derechos, participación, territorialidad y la Planeación Salud y enfoque en determinantes sociales.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2026.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 40), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

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