Fórmula Maestra 15.22 Debe existir para cada producto y tamaño de lote a fabricar, una fórmula maestra autorizada formalmente 15.23 La fórmula maestra debe incluir: (a) el nombre del producto, con un código de referencia del producto en relación con su especificación; (b) una descripción de la forma de dosificación farmacéutica, la concentración del producto y el tamaño del lote; (c) una lista de todas las materias primas a utilizar (en su caso, con las DCI), con la cantidad de cada uno, el uso designado y una referencia que es única para ese material (hay que mencionar cualquier sustancia que puede desaparecer en el curso del proceso); (d) una declaración sobre el rendimiento final esperado con los límites aceptables, y de los rendimientos intermedios pertinentes, en su caso; (e) una declaración del lugar de procesamiento y los equipos principales que se utilizará; (f) los métodos, o referencia a los métodos, que se utilizarán para la preparación y operación de los equipos críticos, por ejemplo, limpieza (sobre todo después de un cambio en el producto), el montaje, la calibración, la esterilización, el uso; (g) las instrucciones detalladas paso a paso del procesamiento (por ejemplo, chequeos de materiales, tratamientos previos, secuencia de adición de materiales, tiempos de mezclado, temperaturas); (h) las instrucciones para cualquier control en proceso con sus límites; (i) los requisitos para el almacenamiento de los productos, incluyendo el envase, el etiquetado, y condiciones especiales de almacenamiento; (j) las precauciones especiales que se deben mantener.
Instrucciones de acondicionamiento (envase y empaque) 15.24 Deben existir instrucciones de envasado autorizadas oficialmente para cada producto, tamaño del envase y tipo producto.