Artículo ANEXO (171/230)
de lote y la cantidad de producto a granel a ser acondicionado, así como el número de lote y la cantidad prevista de producto final que se obtiene, la cantidad efectivamente obtenida y la conciliación; (b) la (s) fecha (s) y hora (s) de las operaciones de acondicionamiento; (c) el nombre de la persona responsable de la realización de la operación de acondicionamiento; (d) las iniciales de los operadores de los diferentes pasos significativos; (e) los controles efectuados para la identidad y conformidad con las instrucciones de acondicionamiento, incluidos los resultados de los controles durante el proceso; (0 los detalles de las operaciones de acondicionamiento efectuadas, incluyendo las referencias de los equipos y las líneas de acondicionamiento utilizados, y, cuando sea necesario, las instrucciones para mantener el producto sin acondicionar o un registro del producto devuelto que no ha sido acondicionado para el área de almacenamiento; (g) cuando sea posible, las muestras de los RESOLUCIÓN NÚMERO; oil de DE 2016 HOJA No 95 de 127 Inspección de Laboratorios o Establecimientos de Producción de medicamentos; para la obtención del Certificado de materiales de acondicionamiento impresos utilizados, incluyendo muestras que llevan la aprobación para la impresión y el control regular (en su caso) del número de lote, fecha de caducidad, y % cualquier otro dato sobreimpreso; (h) notas sobre cualquier problema especial, incluyendo detalles de cualquier desviación de las instrucciones de acondicionamiento, con autorización escrita por la persona responsable; (i) la cantidad y el número de referencia o identificación de todos los materiales de envase impresos y productos a granel expedidos, utilizados, destruidos o devueltos al inventario y las cantidades de productos obtenidos que permita una adecuada conciliación.