Por la cual se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, hacia un Estado comunitario.

Ley Ordinaria · 812 · 2003-06-26 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 200

Artículo 1

OBJETIVOS NACIONALES Y SECTORIALES DE LA ACCIÓN ESTATAL. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> 1. Brindar seguridad democrática, que asegure la viabilidad de la democracia y afiance la legitimidad del Estado. Se brindará seguridad y protección a todos los colombianos sin distingo de color político, credo religioso, convicción ideológica o nivel socioeconómico. 2. Impulsar el crecimiento económico sostenible y la generación de empleo bajo un ambiente de estabilidad macroeconómica y de precios, garantizando la sostenibilidad de la deuda pública y un adecuado acceso de la economía colombiana en los mercados financieros y de bienes y servicios internacionales. 3. Construir equidad social, mejorando la distribución del ingreso y el crecimiento económico. Se buscará la consolidación de un país de propietarios, que al mismo tiempo vincule al Estado en el gasto social eficiente y en la protección a los sectores más vulnerables de la sociedad. 4. Incrementar la transparencia y eficiencia del Estado, a través de un rediseño de las entidades, unas reformas transversales de fondo y un avance en la descentralización que conlleve mayores y efectivos niveles de autonomía territorial.

Artículo 2

INDICADORES DE GESTIÓN PRESUPUESTAL. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> El Gobierno diseñará y pondrá en funcionamiento un conjunto de indicadores de gestión presupuestal, mediante los cuales sea posible evaluar y controlar la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, en sus diferentes objetivos, programas y mecanismos. Esta evaluación estará a cargo del Congreso Nacional, que para el efecto designará a tres (3) miembros de las Comisiones Económicas de cada Cámara.

Artículo 3

DIAGNÓSTICO GENERAL DE LA ECONOMÍA Y DE SUS PRINCIPALES SECTORES Y GRUPOS SOCIALES. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> Los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo enunciados en el artículo anterior se diseñarán, estructurarán e implementarán a partir de las siguientes proyecciones generales de la economía durante los próximos años: Principales indicadores macroeconómicos 2002-2006 Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, DNP y Banco de la República.

Artículo 4

INCORPORACIÓN DEL DOCUMENTO "HACIA UN ESTADO COMUNITARIO" AL PLAN DE DESARROLLO 2002-2006. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> Téngase como parte i ntegral de la parte general del presente Plan de Desarrollo el documento anexo denominado "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006. Hacia un Estado comunitario", elaborado por la Presidencia de la República y el Departamento Nacional de Planeación, con las modificaciones aprobadas en la presente ley. El documento contiene los objetivos nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo, el diagnóstico general de la economía y de sus principales sectores y grupos sociales, las metas nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo, los procedimientos y mecanismos generales para lograrlos, las estrategias y políticas en materia económica, social y ambiental que guiarán la acción del Gobierno para alcanzar los mencionados objetivos y metas, y el señalamiento de las formas, medios e instrumentos de vinculación y armonización de la planeación nacional con la planeación sectorial, regional, departamental, municipal, distrital y de las entidades territoriales indígenas. En caso de presentarse diferencias de interpretación entre el articulado y las bases del Plan, primará el articulado. Igualmente el Plan Sectorial de la Rama Judicial se incorporará a la presente ley.

Artículo 5

VINCULACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LA PLANEACIÓN NACIONAL CON LA TERRITORIAL. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> La vinculación y armonización del Plan Nacional de Desarrollo con la Inversión Territorial presentará la distribución, tanto plurianual por programas y regiones, como de recursos por programas específicos y región de trabajo. En consecuencia, se materializa de la siguiente forma: Regionalizacion indicativa total general Cifras en millones de pesos constantes 2002 Plan de Inversiones 2003-2006 Regionalización preliminar e indicativa Total general Cifras en millones de pesos constantes 2002 Fuente: DNP - DIFP. Las anteriores cifras corresponden a las erogaciones que realizará la Nación directa o indirectamente en las diferentes regiones del país.

Artículo 6

PROYECTOS DE INVERSIÓN REGIONAL. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> Los recursos establecidos en el rubro "Inversiones Regionales por Sectorizar" del cuadro que se presenta en el anterior artículo, se distribuirán por departamentos de la siguiente manera: Distribucion con criterios de equidad Miles de millones de pesos 2002 Teniendo en cuenta la anterior distribución de recursos por departamentos, la Nación, directa o indirectamente, adelantará proyectos de inversión conforme a los siguientes criterios: 1. Mínimo setenta y cinco por ciento (75%) de los recursos en vías, aguas potables-saneamientos básicos y distritos de riego. Los dos (2) primeros serán de obligatoria inclusión. 2. Hasta veinticinco por ciento (25%) de los recursos podrán ser invertidos en otros sectores de acuerdo con las prioridades regionales. 3. En ningún caso los sectores priorizados para un departamento podrán ser superiores a cuatro (4). 4. <Aparte tachado INEXEQUIBLE> La definición de los proyectos específicos será el resultado de un proceso de concurrencia de los Gobiernos nacional, departamental y de Bogotá y del Congreso Nacional, con la participación de delegados de los Alcaldes, previa la realización de audiencias públicas consultivas. Dicha definición se hará en conformidad con la presente Ley y deberá concretarse con anterioridad a la presentación de la Ley General de Presupuesto para la vigencia 2004. PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. PROYECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS.

Artículo 7

PROYECCIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA EL PLAN DE INVERSIONES PÚBLICAS 2002-2006. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> El Plan Nacional de Inversiones Públicas y Gasto Social tendrá un valor de ciento doce billones seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos once millones de pesos ($112.674.811 millones), a pesos constantes de 2002, financiados de la siguiente manera: FUENTES Y USOS INVERSION PLAN DE DESARROLLO Millones de pesos constantes de 2002 DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES PROGRAMAS DE INVERSIÓN.

Artículo 8 (1/68)

DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES PROGRAMAS DE INVERSIÓN. <La vigencia de este artículo no fue prorrogada por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007> La descripción de los principales programas de inversión que el Gobierno Nacional espera ejecutar durante la vigencia del Plan Nacional de Desarrollo 2002-2006, es la siguiente: A. SEGURIDAD DEMOCRATICA Para alcanzar la Seguridad Democrática, el Gobierno plantea una estrategia que comprende el control del territorio y defensa de la soberanía nacional, el fortalecimiento de la fuerza pública, la desarticulación de la producción de drogas ilícitas, el fortalecimiento de la justicia y la atención a las zonas deprimidas y de conflicto. La puesta en práctica de esta estrategia demandará ingentes recursos fiscales y una activa participación de la comunidad internacional. 1. Control del territorio y defensa de la soberanía nacional - La estrategia de control al territorio y defensa de la soberanía nacional comienza con la desarticulación de las redes de apoyo logístico de los grupos violentos y de su capacidad armada. Paralelamente se intensificarán los controles al sistema financiero y de valores para desintegrar las finanzas de grupos terroristas y de narcotráfico. - Se dará prioridad al fortalecimiento y la profesionalización de la Fuerza Pública (Fuerzas Militares, Policía Nacional y Organismos de Inteligencia). Se incorporarán nuevos contingentes de soldados profesionales y de soldados de apoyo a las Fuerzas Militares, y escuadrones móviles de carabineros a la Policía de Carreteras y a los cuerpos Gaula de todo el país. Se espera contar con un total de 160.000 soldados, entre regulares, campesinos y profesionales, y 100.000 policías al finalizar el cuatrienio. También se procurará la reactivación de 163 estaciones de policía en municipios donde han sido destruidas.

Artículo 8 (2/68)

Igualmente, se consolidará la capacidad disuasiva de la Nación frente a posibles amenazas externas mediante el mantenimiento y la modernización del material estratégico existente. - La cooperación ciudadana será un elemento crucial de la estrategia. Se preparará cerca de 1 millón de ciudadanos que conformarán las redes de cooperantes en las ciudades y en el campo. Se continuarán implementando los incentivos para fomentar la participación ciudadana en la estrategia de seguridad democrática. - Se dará un énfasis especial a la protección de la infraestructura económica. Para tal fin, se ha diseñado una estrategia que contempla la conformación de un sistema de información confiable, la realización de operaciones ofensivas y el apoyo de la Policía Judicial y de entes externos. - El Gobierno Nacional implementará el Programa de seguridad vial con el objeto de garantizar el derecho a la libre circulación de personas por el territorio nacional, incentivar el intercambio comercial entre las regiones, reactivar el turismo y permitir el transporte de carga y mercancías desde y hacia los principales puertos del país. La parte operativa del programa la adelantarán las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, con el apoyo de las redes de cooperantes e informantes. - Cuando las circunstancias económicas, sociales, y del número del pie de fuerza de los estamentos militares, lo ameriten, se eliminará el servicio militar obligatorio, sin desmedro de la implantación del servicio social y civil obligatorio. 2. Combate al problema de las drogas ilícitas y al crimen organizado - La política de lucha contra el problema de las drogas ilícitas y el crimen organizado estará orientada hacia la desarticulación del proceso de producción, comercialización y consumo de drogas. Se promoverá la erradicación "forzosa y voluntaria" de los cultivos ilícitos y la interdicción (aérea, marítima, fluvial y terrestre) del narcotráfico al tiempo que se fortalecerá a la Dirección Nacional de Estupefacientes para atender y resolver las quejas a que dé lugar la erradicación forzosa.

Artículo 8 (3/68)

Así mismo, se fortalecerá el control al lavado de activos, y se implementarán mejoras en el sistema de información de acuerdo con los principios del Grupo de Acción Financiera sobre Lavado de Activos (GAFI/FATF). Se continuará con el fortalecimiento de la figura de la acción de extinción de dominio para transferir al Estado cerca de 39.000 bienes actualmente incautados. - El Consejo Nacional de Estupefacientes orientará la política de prevención y tratamiento al consumo de drogas. - Se adelantarán acciones para reducir el comercio ilegal de armas, insumos químicos y drogas, a través del fortalecimiento de la capacidad operativa de la Armada Nacional y de la Fuerza Aérea Colombiana, con el fin de reforzar las misiones de vigilancia permanente, inteligencia y reconocimiento. - Se continuará con los mecanismos de detección de cultivos, con el fin de identificar, caracterizar y especializar las áreas afectadas por cultivos, con base en imágenes satelitales y aerofotografía. - Se implementará un sistema de información que permita identificar y caracterizar los bienes y activos que sean incautados y puestos a disposición del Estado, para convertirlos de manera rápida en una fuente de recursos para la ejecución de distintos programas o proyectos relacionados tanto con el combate al problema y sus efectos, como con otros programas de desarrollo nacional. Los bienes incautados al narcotráfico serán empleados también para atender drogadictos, en sus necesidades clínicas y terapéuticas, con asistencia social correlativa: alojamiento y manutención hasta su recuperación total. - El Programa contra la extorsión y el secuestro busca incrementar los costos de comisión de estos delitos, desarticular las organizaciones responsables y recuperar la confianza de la ciudadanía y de la comunidad internacional en la lucha del Estado colombiano en este frente.

Artículo 8 (4/68)

Para ello, se mejorará la información para los procesos de toma de decisiones, se pondrá en funcionamiento un Grupo de Análisis de Inteligencia Estratégica, se implementará un sistema integral de recepción de casos y familias de secuestrados y extorsionados, se hará análisis y rediseño del marco legal sobre secuestro y extorsión, se implementará una estrategia centralizada para el seguimiento al pago de rescates y extorsiones, se analizarán las doctrinas operacionales en conjunto con la Fuerza Pública, entre otras actividades. - Se adelantarán programas dirigidos a enfrentar todas las modalidades de criminalidad organizada existentes en el país, en la búsqueda de fortalecer la seguridad democrática. - El Gobierno Nacional se obliga a adelantar acciones contundentes en el plano internacional, con otros países y con los diversos organismos multilaterales, con el fin de que se discutan y acuerden soluciones conjuntas de fondo al problema del narcotráfico. - Además adelantará programas de resocialización dentro de la población carcelaria a mulas, raspachines, adictos y campesinos pequeños productores de cultivos ilícitos. - El Gobierno Nacional definirá programas especiales de desarrollo con una vigencia mínima de diez (10) años para el fortalecimiento de las economías lícitas locales de las regiones deprimidas por los cultivos ilícitos del orden público. 3. Fortalecimiento del servicio de justicia - El servicio de justicia se agilizará para facilitar el acceso de los ciudadanos al mismo. Para ello se promoverán mecanismos alternativos y extrajudiciales de solución de conflictos. Así mismo, se fortalecerá la investigación criminal con nuevas herramientas como el impulso a la oralidad y la defensa pública. - Se racionalizará el servicio administrativo de justicia a través de una mejor articulación de los operadores, mejores sistemas de información, y la simplificación y armonización de la normatividad.

Artículo 8 (5/68)

Para ello se fortalecerá el Programa Casas de Justicia, los Centros de Recepción de Información y se revisará la regulación en materia de conciliación en derecho y conciliación en equidad. - La política criminal, penitenciaria y carcelaria se revisará y reorientará de acuerdo con las prioridades en la lucha contra el crimen. Con este propósito, se adelantará un censo de la población reclusa para realizar una mejor planeación; así mismo, se fortalecerán las penas a los delitos de mayor impacto social, se reorganizará la oferta de cupos en centros de reclusión y se buscará la ampliación de los mismos a través de la utilización de esquemas contractuales que permitan la participación de los particulares en el diseño, la construcción y la adecuación de los centros de reclusión, así como la prestación de los servicios necesarios para el funcionamiento y la seguridad de los mismos, y los asociados con tratamientos dirigidos a la resocialización de los internos; se procurarán nuevos programas para los reclusos y se compartirá un sistema unificado de información con las entidades que hacen parte del Sistema de justicia criminal. - Los programas de resocialización de los presos serán una política de Estado dirigida a que las cárceles sean verdaderos centros de formación integral del recluso en aspectos psicológicos como familiares, educativos y laborales. Se crearán programas especiales de rehabilitación con la participación del Sena, las universidades, establecimientos públicos y la empresa privada. - En desarrollo del Programa de Renovación de la Administración Pública se adelantará una política única de defensa judicial de la Nación. Con este fin, se llevarán a cabo estudios para evaluar el origen de los procesos judiciales en contra de la Nación, las fallas comunes en los diferentes procesos y en su atención, así como en los procedimientos para adelantar procesos de repetición.

Artículo 8 (6/68)

Igualmente, se tomarán las medidas necesarias para evitar llevar a la jurisdicción los conflictos que se generen entre órganos públicos, los cuales deberán ser conciliados en forma preferente. - Se formulará y pondrá en marcha una política orientada a brindar seguridad jurídica y coherencia y simplificación del ordenamiento normativo. - Se propenderá a la reorganización administrativa del Sistema de Justicia. 4. Desarrollo en zonas deprimidas y de conflicto - Para las zonas marginadas se busca restablecer una base económica local a partir de proyectos productivos y de generación de ingresos particularmente agropecuarios, forestales, agroforestales y silvopastoriles. Estos proyectos serán concertados con las comunidades y tendrán en cuenta todas las fases de la cadena, desde la producción, hasta la comercialización y la agroindustria, procurando fortalecer los pequeños productores dentro de la cadena. - Se adelantará especialmente el Programa Desarrollo Alternativo, PDA, para la sustitución de cultivos ilícitos en zonas ambientalmente estratégicas, garantizando los recursos para todas las etapas del proceso y que estos fluyan de manera efectiva y ágil, y generando simultáneamente otras alternativas para la subsistencia y la generación de ingresos en el corto plazo como son los incentivos por manejo y conservación y los programas de seguridad alimentaria. - También se adelantarán acciones que busquen desarrollar la infraestructura física y social en estas zonas. En particular se fortalecerá el programa Colombia Profunda y se concluirán proyectos viales, aeroportuarios y fluviales cuya ejecución se haya iniciado o estén en curso. Igualmente, se desarrollarán programas de expansión eléctrica en las zonas no interconectadas, especialmente con proyectos de pequeñas centrales hidroeléctricas, y/o construcción de nuevas redes, normalización del servicio en las zonas no interconectadas e interconectadas, telefonía comunitaria y de tecnologías de información.

Artículo 8 (7/68)

Se espera contar con 3.000 puntos de telefonía rural y 500 telecentros al finalizar el cuatrienio. - En las zonas deprimidas y de conflicto se apoyará a los Programas Regionales de Desarrollo y Paz -PDP-, estimulando, entre otros, el proceso iniciado en el laboratorio de paz del Oriente antioqueño, el del Cauca y el del Catatumbo. Esta labor buscará promover procesos de amplia participación social y fortalecimiento institucional, bajo un enfoque integral que articule las políticas sectoriales nacionales en regiones focalizadas en el marco de la Red de Programas de Desarrollo y Paz, a través de alianzas entre el Estado y la sociedad civil. Las acciones a impulsarse incluirán proyectos económicamente rentables y ambientalmente sostenibles a través de esquemas asociativos y de economía solidaria. Se dará prioridad en estos programas a los municipios que hicieron parte de la zona de distensión y a los departamentos más afectados por las acciones negativas derivadas de la misma y el rompimiento del proceso de paz. - Se adelantarán las acciones que propugnen por la reconstrucción social del municipio de Bojayá y Vigía del Fuerte (Antioquia) y su área de influencia. 5. Protección y promoción de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario - La prevención de violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario (DIH) se fundamentará en el sistema de alertas tempranas, el cual consolidará la información para la valoración oportuna del riesgo y la anticipación de eventos contra la comunidad. Paralelamente, se impulsará una estrategia pedagógica dirigida a las autoridades civiles y militares, así como a la ciudadanía. - Las víctimas del desplazamiento forzado recibirán asistencia integral en nutrición, refugio y salud (física y psicosocial).

Artículo 8 (8/68)

Los menores de edad contarán con asistencia educativa formal en instituciones del Estado y de haberse quedado huérfanos por causa del conflicto será obligación del ICBF brindar toda la asistencia social, integral y digna. Se activará de manera regular el Consejo Nacional de Atención a la Población Desplazada y se consolidará el Sistema Unico de Registro y el Sistema de Estimación de la Magnitud del Desplazamiento, con el apoyo de la Red de Solidaridad Social. - El restablecimiento de la población desplazada se promoverá a través de la titularización de tierras, subsidios de vivienda y el desarrollo de proyectos productivos asociativos financiados con microcréditos.

Artículo 8 (9/68)

Se implementará un programa piloto con el objeto de que cerca de 30 mil familias campesinas retornen a sus hogares. - El Gobierno fortalecerá el Fondo Nacional para la Atención del Desplazamiento creado por la Ley 387 de 1997. - El Estado propenderá al fortalecimiento de programas de protección a los defensores de derechos humanos, sindicalistas, promotores de causas indígenas y activistas sociales y/o políticos que vienen siendo objeto de persecución y amenaza, al igual que los testigos, jueces e intervinientes del proceso penal. - Se adoptarán medidas de carácter integral social, económico, educativo, entre otras, que disuadan el ingreso de menores a los grupos armados ilegales e incentivará su desvinculación de dichos grupos, y su reinserción plena a la sociedad. - El Gobierno fortalecerá el Comité Especial de Impulso a Investigaciones de Violación de Derechos Humanos, garantizando así la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, la Ley y los Tratados Internacionales. - Se fortalecerá la Unidad de Derechos Humanos y DIH de la Fiscalía General de la Nación, adscrita a la Dirección Nacional de Fiscalías. - El Gobierno Nacional elaborará y pondrá en ejecución un Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. - Se diseñará e implementará un modelo de seguimiento, evaluación y monitoreo de las políticas públicas que inciden en los derechos humanos, tanto las relacionadas con los derechos civiles y políticos, como aquellas que vinculan los derechos económicos, sociales y culturales, colectivos y del ambiente. - El Gobierno aprobará e iniciará la ejecución del Plan Nacional de Acción contra las Minas Antipersonales, el cual contendrá las estrategias, metas y acciones para su destrucción y para la atención integral a las víctimas. - Con el propósito de ayudar a la obtención de la paz en el país, se utilizarán las buenas experiencias de resistencia civil de algunas capitales, tales como Bogotá con su programa Territorio de Paz.

Artículo 8 (10/68)

En este sentido, se promoverá el Día Nacional de la Vida y la Dignidad Humana. - Elaborar y poner en ejecución por parte del Gobierno Nacional medidas para la prevención y erradicación de las violaciones a los DDHH de las mujeres. Respeto a la integridad, libertad y dignidad humana de las mujeres tanto de parte del Estado como de los actores del conflicto armado. - Se fortalecerá el observatorio de minas antipersonales creado por la Ley 759 de 2002 para el desminado humanitario. 6. Fortalecimiento de la convivencia y los valores - Se adoptará el Sistema Nacional de Convivencia para el fortalecimiento institucional y la consolidación de una cultura nacional de convivencia. El sistema funcionará a través de escenarios de concertación abiertos a la participación directa de la ciudadanía, del sector público y privado y de la comunidad internacional. En este marco, se dará impulso a las cátedras de convivencia y transparencia mediante la participación de los medios de comunicación ciudadanos y comunitarios en proyectos encaminados a la resolución pacífica de conflictos y el reconocimiento y formación en valores fundamentales como la solidaridad, la honestidad, la transparencia, la justicia, la tolerancia y el respeto por la diversidad cultural. - En el propósito de construir una nueva ciudadanía democrática cultural se implementarán cuatro grandes lineamientos de política que apuntan a mejorar la convivencia y a propiciar el desarrollo pleno de la creatividad entre los colombianos: en primer lugar, se adelantarán iniciativas con miras a la apropiación social del patrimonio cultural como la revitalización de los centros históricos y la promoción y difusión del patrimonio oral e inmaterial colombiano. En segundo lugar, se pondrá en marcha el Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas cuya meta es hacer de Colombia un país de lectores y mejorar sustancialmente el acceso equitativo de los colombianos a la información y al conocimiento.

Artículo 8 (11/68)

Con este fin, se fortalecerán aproximadamente 500 bibliotecas públicas y privadas, se ampliará su dotación en materia de bienes y servicios, y se adelantarán campañas de promoción del libro y la lectura. En tercer lugar, el Plan Nacional de Música para la Convivencia se enfocará especialmente a niños y jóvenes pertenecientes a orquestas, coros, bandas y otras agrupaciones en todos los rincones del país. Igualmente, buscará la dotación de 200 bandas musicales y la investigación, promoción y difusión del patrimonio musical colombiano. - Establecimiento de Políticas Públicas efectivas sobre DDHH de las mujeres, que promuevan una cultura de la no violencia y el respeto a su diversidad multiétnica y pluricultural. 7. Política de relaciones exteriores y cooperación internacional El Gobierno Nacional trabajará en una inserción positiva de Colombia en el entorno internacional. En este sentido, la política exterior se armonizará con las prioridades de la política doméstica procurando su adecuada comprensión por parte de la comunidad internacional. La promoción internacional y el incremento de las exportaciones será el principal objetivo de la política exterior colombiana, igualmente, se impulsarán aquellos asuntos en los cuales la comunidad internacional tiene un papel preponderante para su solución, tales como el problema mundial de las drogas y sus delitos relacionados, el terrorismo y la corrupción, la problemática ambiental y los derechos humanos. - En las Relaciones bilaterales se fortalecerá el diálogo político a todos los niveles y se promoverán los intereses económicos y comerciales, buscando incentivar la inversión y atraer cooperación hacia los programas prioritarios del Gobierno Nacional y entidades territoriales. En particular, con los países de América Latina y el Caribe se fortalecerá el desarrollo integral de las zonas de frontera y se impulsará el fortalecimiento y consolidación de la Comunidad Andina.

Artículo 8 (12/68)

Con Estados Unidos se avanzará en el aprovechamiento del ATPDEA; el proceso de negociación de Colombia para el ALCA dentro de un marco pluralista y participativo que integre las necesidades regionales con los intereses nacionales; la negociación bilateral de libre comercio; y el impulso al Estatus de Protección Temporal (TPS) a la comunidad colombiana. Y con Europa se trabajará por un Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina y la Unión Europea, que incorpore las preferencias del Sistema Generalizado de Preferencias Andino, y el desmonte de las barreras comerciales para nuestras exportaciones. - En las Relaciones multilaterales se participará en foros y mecanismos de diálogo y concertación política y comercial, entre ellos NOAL, G-77 y China, G-15, Grupo de Río, G-3, para concretar acciones en los temas prioritarios del Gobierno. En el marco de la OEA, se dirigirán los esfuerzos a adecuar el papel de la Unidad para la Promoción de la Democracia a los propósitos contemplados en la Carta Democrática Interamericana y se continuará fortaleciendo el sistema interamericano de derechos humanos y el Mecanismo de Evaluación Multilateral en la lucha contra las drogas. - Las comunidades colombianas en el exterior serán objeto de una política integral por parte del Gobierno Nacional, que busca fortalecer las asociaciones de colombianos y sus vínculos con el Gobierno, mejorar los programas de asistencia jurídica y social, y concretar acuerdos económicos de migración laboral y seguridad social, entre otros. - Se creará un sistema nacional de cooperación internacional (técnica, descentralizada y de doble vía) para asegurar una interlocución amplia entre el Gobierno Nacional y las entidades territoriales, las fuentes cooperantes y las entidades ejecutoras, articulando la oferta y la demanda con las prioridades del desarrollo en los diferentes niveles de Gobierno, y el control de gestión con sistemas de información pública o presentación de informes de gestión al Congreso y veedurías ciudadanas.

Artículo 8 (13/68)

Igualmente, se desarrollará la Mesa de Coordinación para la Cooperación Internacional a Colombia para impulsar iniciativas en desarrollo alternativo (incluyendo la sustitución de cultivos ilícitos por proyectos forestales y productivos ligados a las cadenas productivas y un subsidio a la inversión) ayuda humanitaria de emergencia, gestión hospitalaria, desarrollo ambiental, microempresarial, rural y cultural. - Se fortalecerá la gestión diplomática a través de ajustes institucionales con miras a la profundización del proceso de profesionalización y modernización del servicio exterior y se impulsará la Academia Diplomática. Igualmente, nuestras embajadas y consulados se convertirán en agentes gestores de cooperación internacional y promotores de las exportaciones colombianas. El Congreso de la República ejercerá control político en cuanto al cumplimiento de la promoción y gestión comercial que hagan los funcionarios diplomáticos y consulares. Así mismo, se asegurará la adopción de una comisión interinstitucional para asuntos comerciales en el servicio exterior. Dada la necesidad de coordinar esta política con las necesidades intersectoriales del país para hacer seguimiento periódico de la gestión comercial de las Misiones Diplomáticas y Consulares. - El Gobierno Nacional adelantará programas especiales con aquellos países donde residan colombianos indocumentados, con el propósito de mejorar su situación laboral, económica y social. Las representaciones diplomáticas brindarán a los indocumentados la asesoría y ayuda necesaria para que puedan legalizar su permanencia o regresar al país. Para tal fin les facilitará la entrega de los documentos pertinentes tales como cédula de ciudadanía, certificado judicial, y pasaportes. B. CRECIMIENTO ECONOMICO SOSTENIBLE Y GENERACION DE EMPLEO 1. Impulso a la vivienda y la construcción El impulso a la vivienda se centrará en tres estrategias principales por grupos de población: - Para los grupos de menores ingresos, se ampliará la cobertura de los Subsidios Familiares de Vivienda (SFV).

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Título II — Sin título
Capítulo V — Sin título
Capítulo I — Sin título
Capítulo II — Sin título
Capítulo III — Sin título
Capítulo IV — Sin título

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma