Por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo de Incorporación de Singapur como estado asociado a la alianza del Pacífico integrado por la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República de Perú con la República de Singapur”; suscrito en Bahía Málaga, República de Colombia, el 26 de enero de 2022.

Ley Ordinaria · 2284 · 2023-01-05 · Jerarquía: nivel 5

Derogado
SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia) publica esta norma como «Declarado Inexequible» (consultado el 22/09/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 161–180 de 199

Artículo 20.8

:- Informe de ln,plementªoi.ón. da·este:capltulo dentro.d&l los:tres anos slgulentes:a la facha de. tmVada·en Vigot del·acuerdoi Este.Jnforme debe ser entregado lmplamentacfón y a.través· d·e1 punto de. coñtacto: ·El ·'.Informe ;debé contener las acciones . Revisión tomadas :.una. vez ·entró·en vlgorel:acuerdo.y las -que .se ·tomarán· de · ~cuerdo con· le; ;planeacipn que delernilne cada_ Estado parte. i--A-rt-íc-u-lo-·2-0-.9·:-.-R-e1-·ac-ló_n.......¡..-S.~st-e.;_·. a-_rt-Jc~u.l-o.·-d-et-e--rn~1Ja: que,. '·en-: .caso=, de· .lncompatlbllldad ..con ·otro . con otroa.:c~p(tutos . ·capltulo:qe.\-acuerdo; pr~valec:~rá.lo-.qeslgnado en·aquel.· . .· . . /• . Artfculo.20.1.0:·.No ~pil~aclón da Solución ....:. . ..de-ContróverslBB . ,.. Me~l~nt(e.~te ·artfcülo, ·las partes n.o pu_ede.ri recurrir.~ la solucl6n de conttoverpi?s de acuerqo. con ·~¡ capituló respectivo-del acuerdo por asun.t9s r~$pectlvqs a Buenas. Préctlcas Regulatorlas. ','· '.. . ··.< . .. ,• ·,· , . ,___---~~·'..:-'----L.-___.;.._,,,__-~--·~..: - · · - - - - - - - - - - - ' :11. Principales beneficios ·patiéCdl~mbía: : : '. . ~ . ~e lmpulsaAI ·est~blecimlento·de la in~titucion'alidad, requerida;, '.d~ -~~ .... •. Se lmp~lsa. ~¡·· uso 'del .A.nálls·;~ Impactó N'ormatlv6 (An~) el· proceso de .formulación de .1a regulación . . . . .. ·. :. . . .· · . . . · .. ···.· ·I'· . I· " ... • Se fómenta ·la política· de racionalizaci6r1 ,Y s.irnpUficacióh de :.1a .regul~ci~n para:aumenf~r la . c_ompetltividad del pals. · . · · · · · · ·· · · · · · .:. · ,. . . . . Transparencia ..y Antlcorrupcíón:> ' :: . . . . . l. ' Obj~tivo: .· '' ... ·. '• En este Capitulo las Partes Incluyen obligación~~ en,máteriáde Transparencia y.AnticorrupciM.·En esencia, en virtud de las disposiciones contenid.as en e·ste Capitulo las Partes se comprometen a que sus regulaciones: sean publicad.as ·con prontitud. y sus:· medidas (eh ·proyecto o -vigentes)' sean. informadas;· y afirman- su determinación· ·para.'.prevenir· 'i ·eliminar la corrupción.- en él· comercio internacional.· · · · 11. Contenido: . DESCRIPCION ·· ARTICULO Arti~ulo 21J Definiciones:' Se incluyen definiciones en materia detransparenciª... ,·

Artículo 2°

·1.2 Publicación: ·Las Partes ·se· comprometen a·. que . sus regula'Ciones .sean ·· • publicadas con prontitud. . '

Artículo 21°

:.3 Notificación y. .Las Partes se comprometen a,. en. la medida de lo positile, informar Suministro de Información: -~. la.otra' Parte de· cualquier· medida en ;proyecto o. Vigent~ que · · -considere pueda:afectarla.opera9ión del Tratado. · · .. : •,· . Articu102,._4_. . Procedimientos· .· Administrativos: .. Cada .Parte _se. corriprorne.te :a-_asegurar que sus ·procedimientos ~ministrativos estén de conformidad con.sus ley~s·:irégulaciones · y e,stable9ér, ptocedlrnie~tos,judlciales o admfnlsttativos, con el ,pl'9p6sito d~ revisara :corregir.los aé~os administrativos.. · •..

Artículo 21.5

Revisión y Apelación: Cada Parte se cómpromete ·a establece.r tribunale$ y procedimientos con, el fin de revisar. y corregir los .actos admini$trafivos definitivos. . ... . . .' , '' ' . <·. . . . .. a:

Artículo 21.6

Definiciones~ .. Se inclüyén:definiciones en-materia de anti.corrupción. .. .. . ..' ,• ·.

Artículo 21.8

Medidas P,ara Las Partes se comprometen a adoptar medidas. para·tiplficarcomo Con:ibat)r la Corrupción:. , de.Utas · ciertos ·asuntos. que. afecten el comercio o .la Inversión internap!onaL . . . · · · · ·· Artículo: 21 ;9 - Co~peraclón: la~•· Partes_ reconocen . la ·importancia de la . co~peración para . .. prever:iir y co,:nbatir.la corrupción y·el cohecho ..

Artículo 21.10

Promoción de· ~as Partes ,se. comprome,ten a promover la int~gridad de los la Integridad los ·. fun9ionarios pµbii_~os. . . · Funcionarios Públicos:. ~e

Artículo 21.11

Participación Las Partest~e·-.·oblig·aH.#ávradoptar.las medidas. ap~opiadas para . del ,Sector Prlvado·y la 'promover la· participación del sector privado y la soc.iedad. Sociedad: · 3 ... ·. 'º"•"""-· • •• •- 1~ • : ····--....-·-~··· • •: • • " ' f Artfcu·10 .21 ;1:2 ·Apl:lcaclón Y... Las Panes indlcan- que. no dejar~n de apllcar sus léyes u otras 9bservan·cla.d·e L~yes · padl~~~-ad~ptad~~--P~.ra ?º·1~pat·~ la corrupciq_rí. . . _. . . . · Atttlcorrupclón: ·· ,. . . .. . -~~-- · ........ ........ ,.- __ , ___ . ;__,,..;_...:__---'"'--'-"~·"'-•\-~~---,------...,....,..-; Artículo.2tt3 Rah.ic_lón con Se .adara que nad,'.:l da --10 dispuesto .en este Tratado_ afectará lo otro1.3 Acuerdos:· . ·._ se/'\álado·- án. ·!a. Convención·, de· "ias. Naciones Unidas. contra -la . . .·• ••..• , •. ·.• • • • .1 o·~·ljhcÚéÍ1~la Organizad~ Tr~nsn_acl?n~l_del 2QOO ArtlciJlo 2t,~4--- SrJiución do" ·se :dete.r1nina• q;n:('.eT"capltú_lo -sobre S0IL1clón" da.: Controversias.se .- · Controverii"las: f · ·. · apllcarára•esta:·s;ección:cbn'c\ertas.-modlflcaclonas·. · ' .. Prlnclpalo·,lbaneflcloa pnríl Colon_,bla; . . .... ~~ Parte:& .afirm_an· s~ detºrminaci"órí:-par~ preyenir -~ ~llr~inar .la.·co'rrupcló~• en el comercio lnter·nacional y,fa inversión y se co1rtp.i01netan 0-adoptar·me~[d:as para tipificar como delitos ciertos asuntos. que afecten el comercio o. lé irverslón "Internacional. 111.· .• Administración del Tratado: •· Qbjotlvo: ··_·: · ••• •• 1 En este.-Capltu!6 se ~,{cluyen las dispos1eiori~s dr:3· c::1~-ticter lñstltucional· del-Acuerdo a través 9e las cuales se crea la .Comisión d~ Libre CorDercio, IO!l Comitás TrariSVliSales del Acuerdo y se designan . p_u~tos· de cqnt~cto_, e.ntre otrq,s, ... : ..., : :_:. . : · .- . :.. _:. -: • · · Contenido: 11. .·••·. . ·.. ,--:.-----,,..;..----,--..,._, .......-'-----.--"--·-·__.:..-----.:...;··-~-- : - c - " - r ' - , - - - - - - - - - , ARTIC~LO ·· DESCRIPCION

Artículo 22.1

Comisión da Libre Las Parres estab!0cen una Comisión de Libre Comercio · Comer~lo: lnte!Jrada por funcionarios gubernamentales de cada parte. ... .. .. . . . . .. . . . . . . . ~~ ,. .

Artículo 22°

:n~eglas de.-· Se·getermlna la frecuencia de las·reunlones··ds la Comisión de Procedlmle·nto de ·1a Coml$lón.-- ·Libre.· Comorélo, la: forma. en· .la que ·ia misma _adoptará sus de: Libre Comercl~: ··. ·_ .,.,· depisione~ y la. pos.lbllload. ~~ que· esta: -tenga reuniones · --· ... : · bl!atorales 0·.p1urilat~ral~s con.las Partes 1 entre otros. 1------------+-----,--,---- Artft:ulo 22;3: F.tmcl_on~s. de la .S.Efsef\alanfanto las funciones como las facultades oficiosas de · ._Comisión de Libre· comercio: la"Comls!ón de libre Comercio. · . Artfculo 22.4 ~untos do Contácto: · .. ! ,, ..• .. ••••• Las Partes se comprometen a designar un punto de contacto. para facilitar las comur.iicaclones entre. Singapur y·lás Partes de :l.a A!ianz_a dol Pa.c.lfiGQ. so.b.re. cualqµler asu~to ~ubierto por este Tratado. .. ·. ·· · · · · ·· '. ·:• .:· .... : .. '•

Artículo 23.1

Definiciones: . Se incluyen definiciones para los efectos del Capitulo. ·..

Artículo 23°

;2 Disposiciones · se· aclara que las. partes procurarán llegar, mediante cooperación y Generales: . . consultas, a una solución mutuáménte satisfactoria; .así mismo; .se determina que el.· objetivo· del Capltulo es proporcionar un proceso . ef~ctivo, eficiente y transparente para. las consultás y-la soll.ición de .controversias. · .· .· · · ·

Artículo 23.3

_Amblto de Aplicación: Se sef\ala que las disposiciones del Capitulo aplican a prevención y solución de·. controversias, in~luyendo las. medidas ·vigentes·. o .en proyecto y "la_ élnulaclón o rryenóscabo de berjeflclos. . .·. · · · . Artículo-23.4·Casos de . .se,determina ·que en casos de urgencia los plazos señalados arreste· · Urgencia:· -ca·pítuio se redu(:irán a lamitad; . · .. . :.. · . : . . ; . . .

Artículo 23.51

:I,c_ción del . Se indica 'que en aquellos casos. en los qUe _surja una controversia Foro: . · .-bajo .este Acuerdo .y. bajo {)tro . tratéldO : intémáciqm!I, la Parte · · reclamante podrá elegir foro para solucionar la. controversia.· . . .. · ·el . .

Artículo 23.6

Consultas: Se señala .que. cualquier Parte podrir solicitlir.. a la otra Parte la" , . · ·realización de ~om;ultas mediante una :solicitud por escrito; · • ·

Artículo 23.7

Bu~mos Oficios, ··Se aclara que· las Partes contendjentes pueden. acord~r en .cualquier Conciliación Y· Mediación: . .:momento el usó ~e medios alternativos d~ solución de controversias.

Artículo 23.8

Establecimi"1to .La Parte reclamanté podrá soliqitar el· establecimiento de un Grupo . · de un Grupo Especial: Especial si las consultas no lograron resolver la controversia.

Artículo 23.9

Participación de Una Parte nó contendiente.con interés sustancial en el asunto podrá una ·Tercera Partes:· participar como tercera Parte. .. · ·

Artículo 23.10

Acumulación . En caso .de que existan múltipies Grupos Especiales constituidos· del Procedimiento: respecto del-mismo ásünto los procedimientos deb1:1rán acumularse paraqueunúnic? Grupo Especial emita decisiórt · ·/

Artículo 23.11

Términos de· · Se determina.un~ fórmula genérica para los términos de referencía, Referencia: la cual· podrá . en todo· caso ser modificada por las •. Partes .. ·contendientes. . • '

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Función legislativa del Congreso (art. 150 C.P.)

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