Contradicción del dictamen. Recibido el dictamen, el funcionario pompetente examinará que se haya cumplido a cabalidad con lo ordenado; si no fuere así, lo devolverá al perito para que proceda a su corrección (') complementación . De satisfacer todos los requisitos mediante decisión qu 3 se . notificará por estado, se correrá su traslado a los sujetos procesales por el término común de tres (3) días para que puedan solicitar su aclaración, (omplementación o adición. Cuando se decrete la aclaración, complementación o adición del dictamen, se concedetá al perito un término no superior a cinco (5) días, prorrogable por una sola ve. , para que aclare, amplíe o adicione su dictamen. De denegarse la solicitud, prc cederá el recurso de reposición. El dictam :m aclarado, ampliado o adicionado dará por terminado el trámite. Los dicté menes podrán ser objetados por error grave. En caso de concurrencic de s·olicitudes provenientes de distintos sujetos procesales, en las que se obj~te el dictamen o se pida su aclaración, ampliación o adición, se resolverá prJmero la objeción . El escrito de objeción podrá ser allegado hasta antes de correr traslado para alegatos de Iconclusión previos al fallo y en él se precisará el error y se podrán pedir o alleg!a r las pruebas para demostrarlo. Si es actptada la objeción, se designará un nuevo perito que emitirá su dictamen d · acuerdo con el procedimiento aquí previsto. De denegarse la objeción, pr cederá el recurso de reposición. El dictam n emitido por el nuevo perito será inobjetable, pero susceptible de l aclaración ~ cOnlplementación . La decisión correspondiente se adoptará de plano. Parágraf\) f<>. Los traslados 'previstos en este articulo en la etapa de investigació, se;comunicarán y notificarán por estado. . Parágrah 2°. Cuando sea procedente la prueba pericial en el trámite de la audiencia SE dará aplicación al trámite previsto en este artículo, pero el traslado y la sustentación de las aclaraciones, complementaciones u objeciones se sustentarán ve·rbal y motivadamente y las notificaciones se harán en estrado. 52