Por la cual se establecen los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19.

Resolución · 986 · 2023-06-21 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente Vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–20 de 135

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los lineamientos para la vacunación contra la COVID-19 contenidos en los siguientes anexos técnicos, los cuales hacen parte integral de la presente resolución: Anexo 1: Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19. Anexo 2: Consentimiento informado para la aplicación de la vacuna contra el SARS- CoV-2/ COVID-19. Anexo 3: Anexo técnico para la aplicación de la vacuna BNT162b2 Pfizer-BioNTech contra la COVID-19. Anexo 4: Anexo técnico para la aplicación de la vacuna Sinovac Life Scienses Co Ltd denominada CoronaVac contra la COVID-19. Anexo 5: Anexo técnico para la aplicación de la vacuna AD26.COV2.S JANSSEN contra la COVID-19. Anexo 6: Anexo técnico para la aplicación de la vacuna Moderna ARNm-1273, Switzerland GmbH contra la COVID-19.

Artículo 2

Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo aplican a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, a las entidades promotoras de salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, entidades adaptadas en salud, prestadores de servicios de salud, administradores de los regímenes Especial y de Excepción en salud y sus operadores y al Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad y su operador.

Artículo 3

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 1140 de 2022 modificada por la Resolución 1703 de 2022.

Artículo ANEXO (1/132)

Dada en Bogotá, D.0 , 21 JUN 20 GUILLERMO ALFctNSffRRAMILLO MARTÍNEZ Ministro de S4ilud y Protección Social Aprobó. Jaime Hernán Urrego R.- Viceministro de Salud Púb .ca y restación de Servicios Gina Rojas - Directora de Promoción y Prevención 2 7 Rodolfo Salas F. Director Jurídico . t./ , 21 JUN 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO '980 2023 HOJA No 6 ANEXO 1 LINEAMIENTOS TÉCNICOS Y OPERATIVOS PARA LA VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19 INTRODUCCIÓN La COVID-19 es la enfermedad causada por el nuevo..coronavirus conocido como SARS-CoV-2, la cual es altamente contagiosa, dadas las mutacionei del agente causal como un evento natural y esperado dentro del proceso de evolución de los virus. La pandemia de la COVID-19 continúa causando daños a nivel mundial, por lo que contar con una vacuna segura y eficaz ha contribuido a la reducción del número de casos de hospitalizaciones y fallecimientos relacionados con la infección, así mismo ha permitido restaurar gradualmente las actividades sociales y económicas del país, la región y el mundo. Para la implementación de la vacunación contra la COVID-19 en Colombia, el Gobierno Nacional promulgó el Decreto 109 de 2021 que estableció el Plan Nacional de Vacunación -PNV, modificado por los Decretos 404, 466, 630, 744, 1671 todos de 2021 y 416 de 2022, estableciendo como objetivos reducir la mortalidad y la incidencia de casos graves por la COVID-19. Las condiciones establecidas para la vacunación contra la COVID-19 se han modificado a medida que ha avanzado el desarrollo del PNV.

Artículo ANEXO (2/132)

En ese sentido, se logró la integración de fases y etapas, vacunando actualmente a la población mayor de 3 años, contribuyendo a la disminución de la incidencia de la enfermedad y la mortalidad, concomitante con el aumento de la protección a través de la vacunación y la inmunidad colectiva. 1. OBJETIVOS Establecer lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19. Orientar técnicamente a los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud para garantizar la logística, distribución, almacenamiento, conservación de la cadena de frío y aplicación de las vacunas contra la COVID-19, así como para el ingreso de datos, seguimiento y manejo del sistema de información nominal PAIWEB. Establecer los elementos para la implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación de los procesos para la vacunación contra la COVID-19 y los indicadores del Plan Nacional de Vacunación por parte de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 2. POBLACIÓN OBJETO La población objeto de vacunación contra la COVID-19 es toda persona colombiana o extranjera de 6 meses y más, que resida o transite en el territorio nacional.

Artículo ANEXO (3/132)

3. VACUNAS CONTRA LA COVID-19 Las vacunas contra la COVID-19 de diferentes plataformas que actualmente se encuentran disponibles en el país, son: l FábtiCiiite - . Plataforma BNT1062B2 Pfizer Inc y BioNTech ARN mensajero Sinovac Life Scienses Co Ltd denominada CoronaVac Virus inactivado Janssen Pharmaceutica NV Vector de Adenovirus humano Moderna ARNm-1273, Switzerland GmbH ARN mensajero Estas vacunas cuentan con especificaciones técnicas e indicaciones particulares, las cuales deben ser revisadas en el Anexo técnico 3. "Anexo técnico para la aplicación de la vacuna BNTI 6262 Pfizer- BioNTech contra la COVID-19", en el Anexo 4. "Anexo técnico para la aplicación de la vacuna Sinovac Life Scienses Co Ltd denominada Corona yac contra la COVID-19", en el Anexo 5. "Anexo técnico para la aplicación de la vacuna Janssen contra la COVID-19" y en el Anexo 6. "Anexo técnico para la aplicación de la vacuna de Moderna contra la COVID-19". 4.

Artículo ANEXO (4/132)

ESQUEMA DE VACUNACIÓN 4.1 Esquema de Vacunación Primario El esquema primario de vacunación consta de la aplicación de dos dosis a la población en general según el siguiente esquema: RESOLUCIÓN NÚMERO - C 9 86 2023 2 1 JUN 2023HOJA No 7 Esquema y vacunas recomendadas contra la COVID-19 Edad de Primera dosis Segunda dosis aplicación Plataforma Vacuna recomendada Vacuna recomendada 6 meses a 2 Moderna Pediátrica ARNm- Moderna Pediatrica ARNm- años 1273, Switzerland GmbH- 1273, Switzerland GmbH* Sinovac Life Scienses Co Ltd Sinovac Life Scienses Co Ltd 3 a 5 años Homóloga denominada Corona yac denominada Corona yac Sinovac Life Scienses Co Ltd Sinovac Life Scienses Co Ltd 6 a 11 años Homóloga denominada Corona yac denominada Corona Vac Vacuna plataforma ARNm Vacuna plataforma ARNm Homóloga 12 a 17 años Sinovac Life Scienses Co Ltd Sinovac Life Scienses Co Ltd denominada Corona Vac - denominada Corona yac 1-lomóloga Sinovac Life Scienses Co Ltd denominada ConDnaVac Homóloga Sinovac Life Scienses Co Ltd denominada Corona Vac Vacuna plataforma ARNm Heteróloga Janssen Pharmaceutica NV Vacuna plataforma ARNm Homóloga - Pfizer Inc y BioNTech Heteróloga 18 años y más Janssen Pharmaceutica NV Heteróloga Homóloga - Moderna ARNm-1273, Vacuna plataforma ARNm Heteróloga Switzerland GmbH Janssen Phannaceutica NV Heteróloga Janssen Phannaceutica NV*** Homóloga Janssen Pharmaceutica NV Homóloga - Vacuna plataforma ARNm Heteróloga ' La administración de vacuna Moderna Pediátrica ARNm-1273, Switzerland GmbH, en niños de 6 meses a 2 años se realizará en una serie de dos (2) dosis de 25 microgramos (0,25 ml cada una) con un interval

Artículo ANEXO (5/132)

o de 28 días entre las dos dosis. Esta vacuna podrá ser aplicada con influenza dado que frente a este biológico existe evidencia de aplicación simultánea; sin embargo, no deberá ser aplicada simultáneamente con otros biológicos del programa permanente debido a que se requiere más información y evidencia para la coadministración. , I" Vacunación con Janssen: Si una persona mayor de 18 años fue vacunada con Janssen debe recibir una segunda dosis de Janssen o vacuna de ARNm de 2 a 4 meses después de la inicial. En personas inmunosuprimidas mayores de 18 años, que recibieron una dosis de vacuna de Janssen, deben recibir una segunda dosis de Janssen o vacuna de ARNm a las 4 semanas después de la inicial, recibir un refuerzo al menos 2 meses después de esta segunda dosis de Janssen o vacuna de ARNm y un segundo refuerzo con vacuna de ARNm al menos 4 meses después de esta última dosis. (Debe recibir al menos 4 dosis de vacuna COVID-19).

Artículo ANEXO (6/132)

Frente a las segundas dosis heterólogo de la vacuna Sinovac se aplica cuando hay reacción a la primera dosis con vacunas de plataforma ARNm (Pfizer y Moderna). 4.2 Aplicación de refuerzos para personas mayores de 12 años Las personas de 12 a 17 años a partir de los cuatro (4) meses de haber completado el esquema primario solamente podrán acceder a una dosis de refuerzo con la vacuna de ARNm Pfizer y la población de 18 años y más accederá a los refuerzos de acuerdo con la siguiente tabla: , 21 JUN 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO 98D 2023 HOJA No 8 Esquema y vacunas recomendadas para la vacunación de refuerzo contra la COVID-1 Esquema primario Dosis de Primer Dosis de mayores de 18 Plataforma Segundo Plataforma refuerzo años refuerzo Plataforma ARNm Homóloga - Heteróloga ARNm (Pfizer) Vector viral (Janssen) Heteróloga Plataforma ARNm Homóloga - Heteróloga ARNm (Moderna) Vector vira! (Janssen) Heteróloga Vector Viral Vector Vira! (Janssen) Homóloga (Janssen') Plataforma ARNm Homóloga - Heteróloga Plataforma Homóloga - ARNm Heteróloga Plataforma ARNm Homóloga - Heteróloga Virus lnactivado Vector Viral (Janssen) Heteróloga (Sino yac) Virus Inactivado (Sino yac) Homóloga * Vacunación con Janssen: Si una persona mayor de 18 años fue vacunada con Janssen debe recibir una segunda dosis de Janssen o vacuna de ARNm de 2 a 4 meses después de la inicial y un refuerzo 4 meses después de esta última dosis con vacuna de ARNm, (debe recibir al menos 3 dosis de vacuna COVID-19).

Artículo ANEXO (7/132)

En personas inmunosuprimidas mayores de 18 años, que recibieron una dosis de vacuna de Janssen, deben recibir una segunda dosis de Janssen o vacuna de ARNm a las 4 semanas después de la inicial, recibir un refuerzo al menos 2 meses después de esta segunda dosis de Janssen o vacuna de ARNm y un segundo refuerzo con vacuna de ARNm al menos 4 meses después de esta última dosis. (Debe recibir al menos 4 dosis de vacuna COVID-19). En los refuerzos de plataforma ARNm (Moderna), se deberá usar la dosis equivalente a 50 microgramos (0.25 m1). La vacuna de Sinovac para primer refuerzo heterólogo se aplica únicamente cuando hay reacción a la segunda dosis con vacunas de plataforma ARNm. 4.3 Grupos priorizados para dosis adicional Teniendo en cuenta que la pandemia por la COVID-19 continua y según recomendación de la OMS es necesario priorizar los grupos de riesgo que requieren una dosis adicional, así: Gestantes: La dosis adicional se debe administrar cuando hayan pasado 6 meses de su esquema de vacunación (Esquema primario y/o refuerzos). Se debe garantizar una dosis por cada embarazo. Mayores de 60 años: La dosis adicional se debe administrar después que hayan pasado al menos 12 meses de su esquema de vacunación (Esquema primario y/o refuerzos). Población con comorbilidades: La población con comorbilidades debe recibir una dosis adicional al menos 6 meses luego de su última dosis. Talento Humano de Salud: La dosis adicional se debe administrar después que hayan pasado al menos 12 meses de su esquema de vacunación (Esquema primario y/o refuerzos). Para estos 4 grupos priorizados la dosis adicional debe ser de la plataforma ARNm.

Artículo ANEXO (8/132)

Para la dosis adicional de la vacuna del laboratorio Moderna, se deberá usar la dosis equivalente a 50 microgramos (0.25 m1). 4.4 Reinicio de esquemas en pacientes trasplantados Los pacientes sometidos a trasplante de medula ósea deben reiniciar el esquema; una vez realizado el trasplante, debe reiniciar el esquema primario de vacunación y refuerzos contra la COVID-19 (se recomienda con vacuna de plataforma RNA mensajero (Pfizer o Moderna). Los pacientes trasplantados de órgano sólido al igual que los inmunosuprimidos se benefician de dosis adicionales una vez completado el esquema primario, 2 refuerzos con intervalo de 4 meses cada uno y una dosis adicional con un intervalo de 8 semanas posterior al segundo refuerzo. RESOLUCIÓN NÚMERO 21 JUN 202110 JA No 9 e 986 2023 4.5 Vacunación de gestantes El único requisito que se debe exigir para la aplicación de la vacuna de Pfizer-BioNTech en mujeres embarazadas, es la suscripción del consentimiento informado en donde manifieste que realizó previamente la evaluación riesgo — beneficio junto con su médico tratante. A la fecha, el uso en mujeres gestantes de los demás biológicos que tienen Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia ASUE, no reporta evidencia suficiente para establecer el balance riesgo — beneficio, por lo tanto, solo se podrá aplicar la vacuna de Pfizer-BioNTech COVID-19 a esta población. Dado que el embarazo se considera factor independiente de riesgo para enfermedad grave o muerte por COVID-19, la adolescencia no debe ser una limitante para acceder a la vacunación de gestantes, siempre y cuando las indicaciones del biológico lo permitan. No debe restringirse el acceso a la vacunación en las pacientes con fetos malformados o aquellas que soliciten acceder a la interrupción voluntaria del embarazo, En el caso de anafilaxia, no deberá recibir segunda dosis de este.

Artículo ANEXO (9/132)

Las mujeres gestantes desde la semana doce (12) y las que se encuentren dentro de los 40 días postparto, pueden acceder a la vacunación con el biológico de PFIZER-BioNTech. Se realizará la vacunación en la población gestante de acuerdo con el antecedente vacunal así: Gestantes Antecedente vacuna! COVID-19 Vacunación durante la gestación a partir de la semana 12 y hasta 40 días post parto A partir de la semana 12 se aplicarán dos dosis de Gestante sin antecedente vacunal vacuna Pfizer con intervalo de 21 días, y hasta una dosis adicional a los 6 meses de la segunda dosis, si alcanza el periodo de gestación y postparto. Usuaria vacunada antes del embarazo actual, Una vez cumplidos los 6 meses de la aplicación de la con esquema primario (2 dosis) de vacuna segunda dosis antes del embarazo actual, se aplicaría Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen o una dosis adicional con vacuna Rizar a partir de la Sinovac semana 12. Usuaria vacunada antes del embarazo actual, Una vez cumplidos los 6 meses de la aplicación del con esquema primado (2 dosis y un primero primer o segundo refuerzo antes del embarazo actual, segundo refuerzo). se aplicaría una dosis adicional con vacuna Pfizer a partir de la semana 12. 4.6 Administración en personas con comorbilidades Las personas con las siguientes comorbilidades pueden recibir una dosis adicional: obesidad, diabetes mellitus, enfermedad renal crónica, EPOC, falla cardiaca, hipertensión arterial, hipotiroidismo, enfermedades reumáticas o hematológicas. Cáncer activo en tratamiento. Enfermedad oncológica avanzada y patologias hematológicas neoplásicas y benignas asociadas a inmunosupresión, incluyendo, pero no limitado a leucemias agudas, crónicas linfoma, mieloma y aplasia medular. Enfermedad oncológica en quienes se planea iniciar tratamiento o quienes acaban de terminarlo (<6 meses).

Artículo ANEXO (10/132)

Trasplante de progenitores hematopoyéticos u órganos sólidos o en lista de espera para trasplante. Infección por VIH independiente del número de CD4. Tuberculosis latente, activa o fibrotórax. Tratamiento con dosis altas de esteroides (0.5 mg/kg/día por más de 10 días), uso de DMARD o inmunomoduladores. . Inmunodeficiencias primarias u otro tipo de inmunosupresión incluyendo esplenectomizados o con asplenia funcional. Esclerosis múltiple y neuromielitis óptica. Antecedentes de síndrome de Guillain Barré o parálisis facial (parálisis de Bell). I. Trastornos de coagulación o anticoagulados. RESOLUCIÓN NÚMERO 21 JUN 2023 . C'986 2023 HOJA No 10 4.6.1 Consideraciones antes de administrar la vacuna en pacientes con cáncer o inmunosupresión: Para los pacientes con neoplasias en tratamiento activo se recomienda aplicar la vacuna entre ciclos de terapia y después de períodos de espera, idealmente se debería programar la fecha de vacunación según el concepto del médico tratante. La imposibilidad de obtener dicho concepto no debe contraindicar la vacunación en ninguna circunstancia. En pacientes inmunosuprimidos la protección que provee la vacuna contra SARS-CoV-2, al igual que otras vacunas puede estar comprometida. Por lo tanto, frente a los que han recibido tratamientos que producen depleción de células B (uso de globulina antitimocito, rituximab, obinutuzumab) se debe posponer de 3 a 6 meses la vacunación, en analogía con otras vacunas. 4.6.2 Consideraciones respecto a la vacunación de pacientes con antecedentes de transfusiones de sangre, desórdenes de la coagulación o anticoagulados.

Artículo ANEXO (11/132)

Los pacientes con trastorno de la coagulación o que están anticoagulados no tienen contraindicación alguna para la vacunación; sin embargo, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones: Se debe usar la aguja más pequeña disponible (23-25G de 5/8"). Se debe aplicar presión sobre la zona al menos por 10 minutos posterior a la vacunación y se debe instruir al paciente a vigilar la aparición tardía de hematomas (2-4 horas después). Para pacientes con niveles de factor VIII o IX mayores a 10% no se requieren medidas hemostáticas particulares. Para pacientes con hemofilia severa o moderada, sería ideal la aplicación de factor VIII o IX antes de la vacunación para disminuir el riesgo de hematomas, en especial si el paciente está en profilaxis primaria o secundaria; esto debe ser ajustado dependiendo del tipo de factor y el esquema de tratamiento que el paciente recibe. En los casos en que no haya disponibilidad de factor se deben intensificar las medidas hemostáticas locales, pero no posponer la vacunación. Los pacientes en tratamiento con Emicizumab (tengan o no inhibidores) pueden ser vacunados en cualquier momento sin precauciones hemostáticas ni dosis de factor VIII adicional. En los pacientes con Enfermedad de Von Willebrand, ya que el espectro de presentación es muy variable, la decisión sobre medidas hemostáticas previas a la vacuna, deben ser decididas en conjunto con el médico tratante en forma individualizada, no obstante, ante la imposibilidad de contactarlo no debe posponerse la vacunación, maximizando las medidas hemostáticas locales. Los pacientes que están recibiendo warfarina deberán tomarse un INR 72 horas antes de la vacunación. Si este está en rango terapéutico estable podrán ser vacunados intramuscularmente. No es necesario suspender la anticoagulación ni esquemas "puente" con heparinas de bajo peso molecular.

Artículo ANEXO (12/132)

Los pacientes que hayan recibido transfusión de sangre o derivados deben recibir la vacuna minimo 4 semanas después del procedimiento. 4.6.3 Vacunación en personas con antecedentes de la COVID-19 confirmado. Las personas que han presentado COVID-19 deben completar el esquema primario y colocar la dosis adicional si se encuentra dentro de los grupos priorizados, ninguna dosis debe ser retrasada. Adicionalmente, tener en cuenta que su aplicación se debe realizar una vez recuperada la persona. Tener síntomas prolongados de COVID-19 no es una contraindicación para recibir la vacuna COVID- En todo caso, la aplicación del Esquema de Vacunación se realizará, teniendo en cuenta la llegada de vacuna contra la covid-19 al país, y su disponibilidad para la asignación y distribución a las entidades territoriales. 5. PROCESO DE VACUNACIÓN Las entidades promotoras de salud, las entidades administradoras de los regímenes Especial y de Excepción y el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, deben realizar el seguimiento a todos sus usuarios implementando las estrategias de demanda inducida, con el fin de captar la población susceptible de iniciar, continuar o completar sus esquemas de vacunación. 21 JUN 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO C 9 8 6 2023 HOJA No 11 Continuación de/a resolución "Por la cual se establecen los lineamientos para la aplicación de 5.1. Actividades previas del proceso de vacunación Los prestadores de servicios de salud deberán realizar las siguientes actividades de información al usuario: Cómo acceder a los servicios de vacunación para iniciar, continuar o completar su esquema de vacunación.

Artículo ANEXO (13/132)

La vacunación es voluntaria y, por tanto, deberá manifestar si desea vacunarse. - Indicar a la persona que, si no desea vacunarse en ese momento, no pierde su derecho a vacunarse hasta cuando manifieste libre y autónomamente su voluntad de acceder al procedimiento. - Informar sobre las contraindicaciones particulares para su aplicación contenidas en el anexo técnico de cada una de las vacunas. Facilitar el formato de consentimiento informado, el cual se le entregará en el momento previo a la vacunación. 5.2. Consentimiento informado para la vacunación contra la COVID-19 El consentimiento informado es un procedimiento que hace parte del proceso de vacunación contra la COVID-19, mediante el cual el usuario del servicio manifiesta de manera autónoma su voluntad de recibir o no la vacunación, previa entrega de la información respecto a la vacuna, la relación riesgo - beneficio, las indicaciones, contraindicaciones y los posibles eventos adversos esperados de la vacuna que se le va a aplicar, así como la atención ante cualquier inquietud que tenga al respecto. Se debe diligenciar el formato de consentimiento informado, adoptado en el Anexo 2 "Consentimiento informado para la aplicación de la vacuna contra el SARS-CoV-2/COVID-19" de la presente resolución. Si la persona se presenta con el formato del consentimiento informado diligenciado, se le deberá suministrar la información sobre beneficios y riesgos, confirmar si comprendió y en caso afirmativo, aplicar la vacuna. Si no lo lleva impreso, el prestador de servicios de salud deberá entregar el formato, suministrar la información sobre beneficios y riesgos, indicar que la vacunación es voluntaria y preguntar si acepta vacunarse. Si la respuesta es negativa se dejará el registro en el mismo formato y en el PAIWEB, indicándole a la persona que no pierde su derecho a vacunarse cuando manifieste libre y autónomamente su voluntad en ese sentido y se le señalará que para estos efectos podrá solicitar al prestador de servicios de salud la aplicación de la vacuna.

Artículo ANEXO (14/132)

Las entidades responsables del aseguramiento en salud y el prestador de servicios de salud deberán garantizar el enfoque diferencial de acuerdo con los contextos interculturales para facilitar el diálogo y la comunicación con mensajes claros y sencillos, la adecuación necesaria, así como la disponibilidad de intérprete para disminuir el temor, aclarar inquietudes y generar confianza hacia la vacunación. Este documento se debe salvaguardar en la historia clínica del paciente. 5.3. Aplicación y registro de la vacuna Las personas podrán acercarse a las instituciones prestadoras de servicios de salud que tengan habilitados servicios de vacunación de acuerdo con lo establecido la Resolución 3100 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya. Los menores de edad y quienes hayan sido declarados incapaces por sentencia judicial acudirán en los términos de la Ley 1996 de 2019. La aplicación de la vacuna contra la covid-19 se realizará de acuerdo a lo indicado en el Manual Técnico Administrativo del PAI y teniendo en cuenta el numeral 4 del anexo técnico 1 de la presente resolución. En caso de presentarse una reacción adversa se iniciará el protocolo de atención y se activará el sistema de referencia y contrarreferencia en caso de requerirlo. El registro de la vacunación contra la covid-19, se realizada en el registro diario y en el sistema de información nominal PAIWEB. 5.4. Carné de vacunación El prestador de servicios de salud registrará en el carné de vacunación establecido para tal fin la aplicación de la vacuna. En él se deben diligenciar todas las variables de manera completa, clara y RESOLUCIÓN NÚMERO 21 JUN 2023 r 986 2023 riOJA No 12 Continuación de/a resolución "Por la cual se establecen los lineamientos para la aplicación de legible. De igual manera, se debe reiterar al usuario la importancia de la conservación de este documento, dado que este es el único que certifica la vacunación contra la COVID-19. 5.5.

Artículo ANEXO (15/132)

Solicitud de vacunas, jeringas e insumos De acuerdo con la evaluación de necesidades y las capacidades de almacenamiento, las entidades territoriales deberán realizar solicitudes especiales de vacunas e insumos las cuales deben atender a la necesidad y garantizar una reserva de al mends 30 días o más según su capacidad de almacenamiento, de acuerdo con lo previsto en la resolución 1627 de 2021 y sus modificatorias. 5.6. Asignación de vacunas Para la asignación de vacunas, este Ministerio realizará la evaluación de necesidades de las entidades territoriales del orden departamental y distrital y podrá asignar cantidades superiores a las solicitadas en atención a la evaluación de saldos y la población susceptible, así como de la velocidad y el ritmo de vacunación reportado. En este sentido, se podrán asignar vacunas de manera general para todas las entidades territoriales, cuando se programen jornadas nacionales de vacunación contra la COVID-19 o cuando se requiera una determinada vacuna para un grupo de edad especifico. 6. VACUNACIÓN SEGURA La vacunación segura, incluye diferentes elementos, desde la producción y el control de la calidad de la vacuna, la evaluación y garantía de la eficacia y seguridad, el transporte y distribución, la implementación de prácticas adecuadas de aplicación y el uso de la vacuna, hasta la disposición de los residuos generados en el proceso. Se deben tener todas las precauciones y acciones tendientes a conservar la seguridad del vacunado, el vacunador y el ambiente, por ejemplo, aplicar las normas de bioseguridad en vacunación, manejo de residuos en la vacunación intra y extramural, entre otros, descritas en el capítulo de vacunación segura del Manual Técnico Administrativo del PAI, Tomo 6 Capítulo 17: 6.1.

Artículo ANEXO (16/132)

Instrucciones para la administración, uso y manejo de la vacuna La vacunación contra la COVID-19, implica que las autoridades sanitarias garanticen la capacidad requerida para recolectar con seguridad los biológicos, las jeringas y agujas y demás insumos, transportarlos a los sitios designados y dar la disposición final adecuadamente. En ese orden, las principales actividades a desarrollar y monitorear para garantizar una inyección segura son: Dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 3100 de 2019, ola norma que la modifique o sustituya, frente a los estándares para el servicio de vacunación. Disponer en el punto de vacunación de los elementos, equipos, insumos y personal requerido, para la preparación y aplicación del biológico con el fin de fortalecer la confianza y aceptación de esta. Verificar las características del vial y en caso de identificar decoloración, partículas, ausencia, deterioro o falta de visibilidad de la etiqueta, no abrir el vial, dejar en cuarentena y realizar la notificación conforme lo dispuesto en los anexos técnicos de las vacunas, que hacen parte de esta resolución. Verificar antes de la administración de inmunobiológicos los correctos entre ellos: usuario, vacuna, dosis, edad, vía, jeringa y aguja, fecha de vencimiento, intervalo, sitio anatómico, esquema, indicaciones, entre otras. Explicar en forma clara y sencilla el procedimiento a realizar. Verificar el antecedente vacunal. Explicar los posibles eventos secundarios seguidos a la vacunación. Realizar el lavado de manos con agua y jabón o higiene de manos con alcohol glicerinado o gel antibacterial. Preparar el equipo necesario para la administración de la vacuna. Aplicar las normas de bioseguridad y técnica aséptica durante la preparación y administración de la vacuna. Dar cumplimiento al Plan de Gestión Integral de Residuos Generados en la Atención en Salud- PGIRASA. 1.

Artículo ANEXO (17/132)

Limpiar el sitio anatómico a inyectar: solo lo visiblemente sucio, para ello se debe utilizar una torunda de algodón previamente seca, humedecida en agua limpia, con movimientos centrífugos, del centro a la periferia, en una sola pasada. m. No realizar masajes, ni hacer presión en el sitio de la aplicación. 2 1 JUN 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO e986 2023 riOJA No 13 Limpiar suavemente el sitio de la vacunación si hay sangrado. Explicar a los usuarios o cuidadores, que en el sitio de aplicación de la vacuna no se le debe realizar masajes, ni colocar compresas, curas o administrar medicamentos. Realizar monitoreo de los eventos adversos posteriores a la vacunación. Control y rotación del inventario de las vacunas contra la COVID-19 según la fecha de vencimiento. Asegurar la capacitación permanente del tálénto humano que genere capacidades y habilidades para interactuar en contexto con población étnica y el enfoque diferencial, haciendo énfasis en la humanización en la atención, el buen trato y la no discriminación. 6.2. Manejo de residuos generados en el procedimiento de vacunación Se debe tener en cuenta lo establecido en el Titulo 10 de la Parte 8 Libro 2 del Decreto 780 de 2016 para la gestión integral de los residuos generados en la atención de salud y otras actividades y el Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de los Residuos Hospitalarios y Similares adoptado mediante la Resolución 1164 de 2002, para el manejo de residuos generados durante la vacunación teniendo en cuenta los siguientes aspectos: Evaluar la capacidad instalada y realizar el alistamiento de todas las actividades asociadas a la gestión de los residuos, que con motivo de la logística y las jornadas de vacunación de COVID-19 se puedan generar.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente Vigente»; normograma-msps-2023.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 35), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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