Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinatal y se establecen las directrices para su operación.

Resolución · 3280 · 2018-08-02 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 201–220 de 838

Artículo ANEXO (194/831)

Indicadores de proceso A continuación se relacionan los indicadores de proceso que aportan al logro de los resultados en las personas, familias y comunidades y que permiten monitorear la gestión adelantada por cada uno de los agentes del sistema en lo relacionado con la entrega efectiva de las intervenciones individuales y colectivas dispuestas en la RPMS. Fo RESULTADO ESPERADO NOMBRE DEL INDICADOR ENTIDAD — apa es! TERRITORIAL ¡ | Proporción de personas con atención integral de acuerdo al esquema definido + Cobertura de personas con atención pos enfermería, medicina general o especializada de acuerdo al esquema Personas que se desarrollan definido A gesde e Proporción de niñas y niños en primera : 1 punto de dol A. its infancia clasificados con riesgo o sospecha ' socio-emociona! y cognitivo ¿a problemas en el desarrollo con ñ | seguimiento Proporción de personas que asisten a sesiones educativas grupales según | finalidad

Artículo ANEXO (195/831)

RESULTADO ESPERADO exclusivamente con tactancia materna hasta los 6 meses Personas adultas mayores que conservan las habilidades cognitivas Personas adultas mayores que conservan la independencia funcional Personas con adecuado estado nutricional de [acuerdo a su edad Personas sin morbilidad evitable Niñas y "niños alimentados NOMBRE DEL INDICADOR Proporción de personas cuidadoras que asisten a sesiones educativas grupales según finalidad ¿ Proporción de personas que cumplen con dos ciclos educativos por momento de curso de vida Proporción de personas que asisten a sesiones educativas individuales según finalidad Número de personas abordadas en el PIC por intervención Cobertura de consulta para la promoción y apoyo de la lactancia materna en niños menores de dos meses de edad Proporción de adultos mayores que acceden al ciclo de educación de entrenamiento , cognitivo y emocional Cobertura de personas con atención integra! de acuerdo al esquema definido Cobertura de personas con atención por enfermería, medicina general o especializada de acuerdo al esquema definido Proporción de adultos mayores identificados _Son fragilidad Proporción de personas con valoración antropométrica Proporción de niños entre los 6 : y 24 meses de edad con suministro de micronutrientes en polvo Proporción de niños entre 30 y 60 meses con suministro de vitamina A Proporción de niños entre 301 y 60 meses con suplementación con sulfato ferroso Cobertura de desparasitación antihelmintica en niños de 1 a 5 años Cobertura de desparasitación antihelmintica en niños de 5 a 14 años “Proporción de mujeres de 10 a 17 años a quienes se realizó tamizaje de hemoglobina y se detectó anemia ON * Cobertura de vacunación con BCG Cobertura de vacunación contra neumococo ¡(dos dosis) de pentavalente en niños y niñas menores de un año Y rr ore cemina C

Artículo ANEXO (196/831)

obertura de vacunación de la tercera dosis Cobertura de vacunación contra triple viral en niños y niñas de 1 año amame - 260 2018 ' Personas con adecuado l estado de salud visual .

Artículo ANEXO (197/831)

Personas con adecuado , estado de salud auditiva y . comunicativa ll Personas con adecuado estado de salud bucal Personas que ejercen sus derechos sexuales y “¡reproductivos Personas, familias y comunidades con prácticas para el cuidado de su salud Personas, familias y ¡comunidades que habitan, laboran y estudian en entornos saludables E Personas, familias y comunidades empoderadas para la exigibilidad y llejercicio del derecho a la ¡ vida y la satud Cobertura de vacunación contra hepatitis A en niños y niñas de 1 año Cobertura de vacunación para varicela en niños y niñas de 1 año Cobertura de vacunación para refuerzo de triple viral Proporción de niños y niñas con esquema completo de vacunación Proporción de personas con tamizaje de agudeza visual Proporción de personas con tamizaje auditivo con instrumento VALE Proporción de niños con riesgo otológico o auditivo identificado, a quienes se les realiza manejo según lo establecido en la RÍAS de grupo de riesgo para las enfermedades del oído, alteraciones de la audición y la comunicación Cobertura de personas con valoración de la salud bucal de acuerdo al esquema definido , Cobertura de aplicación semestral de fiúor (barniz) Cobertura de control de placa bacteriana Proporción de personas a quienes se realiza detartraje supragingiva! Proporción de personas a quienes se aplica sellantes de fotocurado Proporción de personas con asesoría en anticoncepción Proporción de personas atendidas en los servicios de salud con suministro de anticonceptivos por tipo de método Proporción de mujeres entre 25 y 65 años que se realizan las pruebas de tamización para el cáncer de cuello uterino y reclaman el resultado Cobertura de vacunación antirrábica en perros y gatos Proporción de trabajadores informales abordados en el PIC a quienes se les realiza gestión para la modificación del sitio de trabajo Personas inform

Artículo ANEXO (198/831)

adas sobre los derechos para la atención integral en salud, mecanismos de participación y existencia de redes o servicios sociales K

Artículo ANEXO (199/831)

Proporción de personas que conocen sus derechos y las formas de exigirlos Proporción de padres y cuidadores que conocen los derechos de los niños y niñas y las formas de exigirlos Ñ Proporción de mujeres entre 25 y 65 años tamizadas para cáncer de cuello uterino con cualquier prueba de tamización Proporción de mujeres con tamizaje de cáncer de cuello uterino (pruebas ADN- MPH), SOgÚn esquema o Proporción de mujeres de 30 a 65 años con ' ! resultados de la prueba ADN-VPH positiva a 1 quienes se les realizó citología de triage _ Proporción de mujeres de 30 a 50 años ¡ residentes en áreas dispersas, tamizadas ! con técnicas de inspección visual en los ¡ últimos tres años y Proporción de mujeres con técnicas de inspección visual positiva a quienes se realiza colposcopia y/o biopsia Proporción de mujeres con citologia anormal o citología de triage anormal a quienes se realizó colposcopia y biopsia Proporción de mujeres con citología cervicouterina anormal, citología de triage Personas con detección anormal o técnicas de inspección visual temprana de alteraciones y positiva remitidas que cumplen el estándar riesgos en salud de 30 dias para la toma de colposcopia y/o biopsia Oportunidad en la confirmación diagnóstica de las lesiones precancerosas o cáncer 1 infiltrante del cuello uterino ! Proporción de mujeres entre 30 y 50 años, positivas a la inspección visual con ácido acético y lugol que recibieron tratamiento inmediato con método ablativo o de escisión Proporción de citologias con muestras insatisfactorias o rechazadas 1 Proporción de mujeres entre 40 y 69 años tamizadas con examen clínico de la mama en el último año Proporción de mujeres entre 50 y 69 años | tamizadas para cáncer de mama con mamografía en los últimos dos años ¡ Proporción de mujeres con mamografía reportada como Bir

Artículo ANEXO (200/831)

ards 4 o más que! cumplen con el estándar de 30 dias para la ' El : - . ERRETORIAL.

Artículo ANEXO (201/831)

FAPB (PS , Oportunidad en la confirmación diagnóstica | del cáncer de mama Proporción de hombres mayores de 50 años ; con tamizaje de oportunidad para cáncer de | próstata (Antígenos Sanguíneos Prostáticos (PSA) y tacto rectal combinado) Proporción de hombres con pruebas de tamizaje anormal a quienes se les realizó biopsia de próstata Oportunidad para la confirmación diagnóstica de cáncer de próstata ! Proporción de hombres menores de 50 años, ñ con factores de riesgo que fueron tamizados ' N con tacto rectal y PSA Proporción de personas entre 50 y 75 años tamizadas para cáncer de colon y recto (sangre oculta en materia fecal con inmunoquímica, según lo definido en el esquema) Proporción de personas mayores de 50 años con test de sangre ocuita en materia fecal ¿ positivos a los que se les realizó ' l colonoscopia Proporción de personas entre 50 y 75 años a h quienes se realiza colonoscopia de tamización para cáncer de colon y recto en los últimos diez años i Oportunidad para la confirmación diagnóstica de cáncer de colon y recto Proporción de personas con tamizaje para riesgo cardiovascular y metabólico ; Proporción de personas clasificadas según : ¡ riesgo cardiovascular y metabólico ! Proporción de personas con resultado ; positivo en prueba de tamización para sífilis ñ Proporción de personas con resultado reactivo en prueba de tamización para _Hepatitis B Proporción de personas con resultado reactivo en prueba de tamización para ! Hepatitis € . ! Proporción de personas con resultado ! reactivo en prueba de tamización para VIH ! Proporción de personas cuidadoras con ; sobrecarga Proporción de personas de 40 o más años con factores de riesgo para EPOC que fueron tamizados ya R Ñ - -2AG0 2018 A al 6 53 28 0 Á RESOLUCIÓN NÚMERO _Y Y “Y.

Artículo ANEXO (202/831)

ENTIDAD ¡ || RESULTADO ESPERADO NOMBRE DEL INDICADOR serriroriaL EAPB 1Ps| L + " Proporción de personas de 40 o más años con factores de riesgo para EPOC, tamizados con resultado positivo para ñ sospecha de EPOC Proporción de trabajadores informales abordados desde el PIC con detección de riesgos para la salud relacionados con la actividad ocupacional Proporción de personas identificadas con sospecha de violencia fisica, psicológica o sexual L Proporción de personas abordadas desde el PIC con detección de riesgos para la salud ] bu .. ara . Personas con identificación de riesgos canalizadas a servicios sociales o sanitarios desde el PIC , En el marco de este proceso el Ministerio de Salud y Protección Social y las Entidades Territoriales realizarán monitoreo y evaluación de los resultados de las acciones de Gestión de la Salud Pública a cargo de los integrantes del Sistema de Salud de acuerdo a las Directrices para la caracterización y ejecución de los procesos para la Gestión de la Salud Pública en el contexto de la Política de Atención Integral en Salud. * Asi mismo, el monitoreo y evaluación de las intervenciones colectivas a cargo de las Entidades Territoriales se realizará con base en los anteriores indicadores, teniendo en cuenta lo contenido en el respectivo Plan Territorial de Salud y en el sistema de monitoreo y evaluación de dicho plan. 6.2.

Artículo ANEXO (203/831)

Fuentes de información Para el desarrollo e implementación del proceso de monitoreo y evaluación, se hace indispensable utilizar y complementar la información cuantitativa y cualitativa disponible en las fuentes de información dispuestas en el Sistema Información de la Protección Social (SISPRO), la historia clinica o en otras fuentes oficiales sectoriales o intersectoriales. El Ministerio ajustará los procedimientos de captura, consolidación, análisis y divulgación de la información que den cuenta de los resultados en salud establecidos en las RIAS. Para lo cual, la información se obtendrá a través de: a. Fuentes cualitativas: encuestas, instrumentos de auditoria o de evaluación, sistema de monitoreo y evaluación de los planes territoriales en salud, entre otros. b. Fuentes cuantitativas: Por ejemplo, RIPS, EEVV, RUAF, BDUA, Resoluciones 4505 de 2012 y 2175 de 2015; registro de intervenciones colectivas; portal web de gestión del, PDSP y los servicios de información predefinido en SISPRO o las que las modifiquen, adicionen o sustituyan. c. La historia clinica, la cual debe documentar la totalidad de intervenciones individuales de las Rutas Integrales de Atención en Salud, conforme a los procedimientos definidos para cada una. 42 Colombia. Ministerio de Salud y Protección Social. Dirección de Promoción y Prevención. Grupo de Gestión para la Promoción y la Prevención. (2016). Directrices para la caracterización y ejecución de los procesos para la Gestión de la Salud Pública en el contexto de la Política de Atención Integral en Salud: Documento técnico elaborado en cumplimiento de lo dispuesto en la Res. 518 de 2015.

Artículo ANEXO (204/831)

Recuperado de : hitps:/Awww.minsalud.gov.co/sitestrid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/ENT/directrices-gsp-v.pdf CA - 2 AG0 2018 Los agentes del sistema tienen la obligación de suministrar la información relacionada con las acciones e intervenciones a su cargo requeridas para el monitoreo y evaluación de la atención integral en el marco de lo establecido en la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de ta Salud, de conformidad con el proceso y las fuentes de información definidos para tal fin por parte del Ministerio de Salud y Protección Social. Auditoría Para alcanzar los resultados y la calidad de la atención en salud conforme a lo definido en las Rutas Integrales de Atención en Salud, se hace necesario desarrollar procesos de auditoría a las Direcciones Territoriales de Salud (Departamentales, Distritales y Municipales), a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio en el marco del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad*, a fin de monitorear y evaluar los siguientes aspectos: 1. La calidad del registro de información (veracidad y coherencia entre los registros administrativos y el reporte de información), 2. La calidad de la atención a las personas y a las familias en el marco de to establecido en las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS); La gestión y el desempeño de los actores para la atención integral en salud. La efectividad del proceso de demanda inducida para la garantía de. las intervenciones individuales por momento de curso de vida.

Artículo ANEXO (205/831)

5. Verificar que los usuarios identificados y canalizados a través de las intervenciones colectivas, accedan a las atenciones individuales dispuestas en RPMS y viceversa. 6. Atenciones que por su naturaleza no son de reporte en las fuentes oficiales, pero que la evidencia demuestra que son clave para alcanzar los resultados en salud y el desarrollo, por ejemplo: el pinzamiento del cordón umbilical, los contenidos de las sesiones educativas. 7. Otros que definan como prioritarios los agentes del sistema de salud »3O Dicha auditoría se realizará con ei fin de generar planes de mejoramiento e implementación de medidas de corrección de desviaciones detectadas por parte de cada uno de los actores del sistema, según su competencia. 6.3. Plan de análisis Monitoreo: para realizar el monitoreo se debe utilizar la última información disponible en cada una de las fuentes de información identificadas**. Entre los análisis propuestos se encuentran: a) Seguimiento nominal a cohortes: se realizará a través del seguimiento tongitudinal de las atenciones en salud que recibe cada persona durante el curso de vida, evaluando los cambios en salud y la integralidad de la atención. Este seguimiento permite la generación de alertas que oriente la acción oportuna de los agentes del sistema de salud, en el marco de sus competencias. b) Análisis de tipo descriptivo (proporciones, prevalencias, medidas de tendencia central y de dispersión), para medir la cantidad, disponibilidad y capacidad técnica del recurso y talento humano, cantidad de recursos, insumos, la cobertura, la accesibilidad, la oportunidad y la experiencia y calidad de la atención en salud, centrada en la persona. % Decreto 1011 de 2006. Sistema Obligatorio de Garantia de Calidad de la Atención de Salud del Sistema Genera! de Seguridad Social en Salud " 4 Se debe tener en cuenta que algunas de estas fuentes secundarias de datos tienen niveles de coberturas no óptimos, sin embargo son las fuentes oficiales de las cuales se debe tomar la información.

Artículo ANEXO (206/831)

Qe ca Ma. 293280: - Vaca 2018 Cc) Medición de brechas sociales en salud a través de los indicadores que sean identificados como trazadores, analizados de manera estratificada, como minimo por: Necesidades Básicas Insatistechas (NBI), índice de pobreza multidimensional (IPM), educación, área de residencia (urbana/rural/rural disperso), sexo, etnia, empleo, ingreso económico, régimen de afiliación (contributivo/subsidiado/especial o excepción). Evaluación. Al igual que para el monitoreo, entre los análisis propuestos se encuentran el seguimiento a cohortes y los de tipo descriptivo (proporciones, prevalencias, razones, tasas, indices y medidas de tendencia central y de dispersión). Para medir y monitorear las brechas sociales en salud, se aplican métodos de estimación de medidas simples y relativas de desigualdad, tales como las diferencias absolutas y relativas de desigualdad, riesgos atribuibles poblacionales, indices de concentración e Índice de desigualdad de la pendiente, teniendo en cuenta las variables de desagregación de los indicadores (área de residencia (urbanafruralfrural disperso), sexo, etnia, régimen de afiliación al SGSSS (contributivo/subsidiado/excepción). CAPITULO 7. ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA IMPLEMENTACIÓN La Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de la Salud) tiene por objetivo garantizar el derecho a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección.

Artículo ANEXO (207/831)

Reitera, recogiendo los elementos contenidos en los pactos internacionales suscritos por Colombia e incorporados a nuestro marco constitucional, que se trata de un derecho fundamental, de carácter autónomo e irrenunciable, el cual comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad, para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. Incluye los siguientes elementos esenciales e interrelacionados: disponibilidad, aceptabilidad, accesibilidad y calidad e idoneidad profesional, en cumplimiento de los cuales los establecimientos, servicios y tecnologías de salud deberán estar centrados en el usuario, ser apropiados desde el punto de vista médico y técnico y responder a estándares de calidad aceptados por las comunidades cientificas, de acuerdo con el convenio 169 de 1989, adoptado a nivel interno mediante la Ley 21 de 1991 Además la ley especifica cómo el derecho fundamental a la salud comporta una serie de principios, entre los que pueden destacarse los de universalidad, prevalencia de derechos de niños, niñas y adolescentes, progresividad del derecho, interculturalidad y protección a pueblos y comunidades indígenas, ROM, atfrocolombianas, raizales y palenqueras. Estos elementos y principios son innegociables básicos, por lo que la forma como se organicen los servicios de salud debe velar por su cumplimiento y aplicación en todo momento. Se reconoce la necesidad de contemplar las caracteristicas propias de cada territorio y sus condiciones de desarrollo como factores moduladores de la organización de servicios en torno al disfrute del derecho en las condiciones planteadas. 7.1. Adaptabilidad de las Rutas Integrales de Atención en Salud Este capítulo contiene orientaciones técnicas y operativas para la adaptabilidad de la Ruta Integral de Atención de Promoción y Mantenimiento de la salud, que servirán también para el proceso de implementación de las RIAS de grupos de riesgo y de eventos especificos.

Artículo ANEXO (208/831)

La adaptabilidad de las RIAS se refiere a las modificaciones o ajustes a realizar en relación con la prestación de atencionesfintervenciones y con los mecanismos de abordaje de las poblaciones, de acuerdo con sus particularidades y las de los territorios que habitan, con el fin de garantizar los objetivos y resultados esperados definidos en éstas, en el marco de los atributos de calidad de la atención en salud y del respeto. cog280._.7 2460 2018 La intencionalidad es brindar las oportunidades para que todas las poblaciones según momento de curso de vida, pertenencia étnica, condición de discapacidad*, identidad de género o sexual o victima del conflicto armado- y de acuerdo con sus condiciones geográficas (ámbitos territoriales donde habitan: urbano, rural o rural disperso), culturales, históricas y sociales, dispongan de los servicios, procedimientos, acciones e intervenciones definidas en las RIAS, en condiciones de aceptabilidad, accesibilidad, calidad y equidad, garantizando el derecho a la salud en concomitancia con los demás derechos establecidos por la Constitución Política (Ley 1751 de 2015). El proceso de adaptabilidad implica visibilizar las situaciones de fragilidad o exclusión que han vivido y viven las poblaciones, reconocer la forma en que comprenden la vida (y la salud), y, en consecuencia, realizar acciones, concertadas participativamente con ellas, para transformar positivamente las inequidades en la prestación de servicios e intervenciones de salud que existen.

Artículo ANEXO (209/831)

La adaptación de las RIAS se expresará en forma de: a) disminución o erradicación de barreras de acceso para la efectiva prestación de las mismas; b) diseño e implementación de estrategias innovadoras de entrega de servicios de salud e intervenciones previstas en las mismas. Por lo anterior, es necesario que las Direcciones Territoriales de Salud, en el marco de los equipos territoriales constituidos para la gestión territorial de las RIAS, coordinen el proceso de adaptabilidad, a partir del reconocimiento de los contextos (municipales, micro territoriales, etc.), de las particularidades de los sujetos y del alcance actual de la prestación real de las atenciones e intervenciones establecidas en las Rutas. Este análisis tendrá incidencia sobre el proceso de progresividad de la implementación de las RIAS. Este proceso es la concreción de la aplicación de los enfoques definidos en la Politica de Atención Integral en Salud, PAIS, así como en la Resolución 3202 de 2016 para la implementación de las RIAS, especialmente: ¡. Enfoque de derecho: Este enfoque se sustenta en tres puntos fundamentales: (a) Reconocimiento de los grupos de población como titulares (sujetos) de derechos y deberes individuales y colectivos; (b) Diseño de mecanismos que aseguren el ejercicio de los derechos; (c) Generación de condiciones que propendan por el desarrollo integral y armónico, reconociendo la igualdad y dignidad humana, fortaleciendo lo social y lo comunitario La aplicación de este enfoque se orienta a la garantía del ejercicio del derecho a la salud de los grupos poblacionales, generando estrategias concretas y efectivas de acceso a las diversas intervenciones de las RIAS, que partan del reconocimiento de las brechas que existen en la garantía del mismo. ii Enfoque diferencial: Este enfoque implica analizar, actuar, valorar y garantizar el desarrollo de una población, basada en sus características y en las condiciones de vida, desde una perspectiva de equidad y diversidad.

Artículo ANEXO (210/831)

Implica reconocer la probabilidad de ser afectado diferencialmente por un riesgo de cualquier naturaleza y desarrollar las atenciones sectoriales, así como las acciones de gestión de respuestas intersectoriales que respondan a sus necesidades particulares y sus derechos. Como se mencionó al principio de este capítulo, las diferencias poblacionales pueden ser: por momento vital, etnia, discapacidad, identidad de género y víctima del conflicto armado. No obstante, estas condiciones pueden coincidir en un mismo grupo de población, razón por la cual, a la hora de planear y desarroltar las 45 La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno, que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. Convención ONU, 2006 NS -- 9 AG0 2018 Salud para la población Matemo Perinatal y se establecen las directrices para su operación”. intervenciones se debe considerar previamente la totalidad de condiciones, riesgos y afectaciones que están viviendo, puesto que esto implica necesidades de atención en salud específicas. Para operacionalizar el enfoque diferencial, especialmente en relación con las poblaciones étnicas, se deberá tener en cuenta el desarrollo de un proceso de Interculturalidad, orientado a construir mecanismos que integren las diferencias culturales en salud existentes en el país, en las condiciones de vida y en los servicios de atención integral en salud, a partir del reconocimiento de los saberes, prácticas y medios tradicionales, alternativos y complementarios para la recuperación de la salud y que, de acuerdo con el numeral 8 del

Artículo ANEXO (211/831)

artículo 4” de la Ley 1516 de 2012. Se define como la presencia e interacción equitativa de diversas culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, adquiridas por medio del diálogo y de una actitud de respeto mutuo. 7.1.1. Adaptabilidad de las Intervenciones La adaptabilidad de las intervenciones de las RIAS se realizará mediante dos tipos de adecuaciones: Socio-culturales: se refiere al proceso participativo, sistemático de armonización entre la oferta institucional de servicios e intervenciones de salud y las expectativas, saberes, tradiciones, lenguas y formas organizativas de las diversas poblaciones, que se desarrolla a partir del encuentro entre culturas y el reconocimiento mutuo de los sistemas de representaciones y manifestaciones. Se expresa, entre otros aspectos en: a) la definición de estándares de atención aceptados culturalmente, que se podrán mejorar paulatinamente en conjunto con las organizaciones de cada población (sus autoridades, líderes y lideresas); b) cambios en las formas de prestación de los servicios para hacerlos accesibles y aceptables para la(s) población(es), c) desarrollo de capacidades del talento humano en salud para establecer relaciones interculturales horizontales y respetuosas.

Artículo ANEXO (212/831)

Técnicas: Las adecuaciones técnicas se refieren a ajustes en los procesos, procedimientos, guías, protocolos, instrumentos, herramientas y estrategias institucionales, de manera que desde la institucionalidad, se permita dar respuesta a las necesidades de salud de forma respetuosa con la cultura y los sistemas médicos tradicionales o ancestrales, en coherencia con los contextos geográficos, demográficos, sociales en que habitan los grupos poblacionales, teniendo en cuenta la diversidad al interior de cada uno de ellos.* La adaptación se debe realizar teniendo en cuenta los siguientes aspectos”: El ámbito territorial: Las Direcciones Territoriales de Salud, las EAPB y los prestadores de servicios de salud, definirán conjuntamente las adaptaciones a realizar en los territorios de su área de influencia, para lo cual analizarán las barreras y facilitadores relacionados con la prestación de servicios- atenciones/intervenciones, de acuerdo con las condiciones particulares que tengan en sus municipios. Ello implica, entre otras:

Artículo ANEXO (213/831)

a. La definición de las modalidades de prestación de servicios-atenciones, de acuerdo con las características territoriales, tales como la distancia a recorrer para % Trujillo, Julián. La adecuación sociocultural y técnica de los programas de salud pública ofertados a los grupos étnicos. Bogotá, MSPS, 2012. 47 El listado que encontrarán los lectores no pretende ser exhaustivo, sino que responde a unas orientaciones minimas a tener en cuenta para la adaptación de las RÍAS. 48 Es importante para poder establecer las adaptaciones a realizar a las RIAS, realizar un proceso de identificación tipo: administrativas, sociales, culturales, geográficas, entre otras. acceder a la zona donde habita la comunidad, las condiciones climatológicas, la calidad o existencia de vías de acceso (incluso puede suceder que no se pueda entrar a ciertos territorios sino a pie), las dificultades logísticas y de acomodación para la prestación de determinados servicios, la existencia de formas de transporte, entre otras. Para este caso se podrán desarrollar actividades en modalidad extra mural o la implementación de tecnologias como la telemedicina que facilitan el acceso de la población a las intervenciones de la RIAS. b. La conformación de equipos —interculturales- móviles de salud con capacidad resolutiva (que incluyan sabedores ancestrales o gestores comunitarios).

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-tematicas-2018-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 42), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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