Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Ministerio de Salud y Protección Social

Resolución · 3222 · 2014-01-17 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 181–200 de 251

Artículo ANEXO (176/246)

so de reposición SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 1203222 29 JUL 2014 E MinSalud Miristerio de Salud y Protección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: rr SIG-F04 CONCURSO DE MÉRITOS - SISTEMA DE CONCURSO CON PRECALIFICACIÓN Abogado responsable Grupo de Gestión Coordinador Grupo de Contractual Gestión Contractual Ordenador del Gasto ylo Abogado filtro del Asesor Ordenador Auxiliar Administrativo Grupo de Gestión Grupo de Gestión Contractual Contractual NO y 1 72 ALO) requerir ajuste 173 Archh 1 tas del Te ivar las carpetas "| simiirato ir y 175 176 (57) e Elaborar minuta del contrato que »| Revisar proyecto de minuta |« (1) resulte del proceso de selección del contrato.

Artículo ANEXO (177/246)

NO Y 178 179 > Dar visto bueno y remitir > Revisar minuta de pal (+2) al Ordenador del Gasto contrato Y VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) »* 60003222 29 Ju 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Solud y Protección Social CÓDIGO: | Gco-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: CONCURSO DE MÉRITOS - SISTEMA DE CONCURSO CON PRECALIFICACIÓN Asesor Ordenador del Gasto Ordenador del Gasto NY Y ¿La minuta está conforme? NO LA Realizar observaciones y si requerir ajuste Dar visto bueno Y Pl Revisar y suscribir el contrato La minuta está conforme? NO Y El 183 Realizar observaciones y Tequerir ajuste Firmar el contrato y remitir al Coordinador del Grupo de Gestión Contractual y O FIN SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) c*cocog222 ¿3 JUL 2014 . MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Mirusteno de Salud y Protección Social CÓDIGO: GCO-MO01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 6.3.4. Contratacion directa CAUSALES Y PROCEDIMIENTO El numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 presenta los casos específicos y excepcionales en los que, según el objeto puede efectuarse la selección de los contratistas de manera directa.

Artículo ANEXO (178/246)

De acuerdo con la Circular Conjunta No. 014 de 2011 de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, y la Auditoría General de la República, los estudios deben profundizar en el estudio de los siguientes aspectos: - Verificar ta imposibilidad o inconveniencia técnica, jurídica o económica de acudir a la convocatoria pública, en los términos previstos en la ley y los decretos reglamentarios, para contratar. - Analizar las ventajas o beneficios institucionales o colectivos derivados de la aplicación de esta modalidad, frente a los que se obtendrían con una convocatoria pública. - Corroborar y dejar evidencia de la idoneidad del contratista, bien sea un particular u otra entidad pública, para dar cumplimiento satisfactorio al objeto del contrato. Esta idoneidad se concreta en la capacidad jurídica, técnica, de experiencia y financiera, verificada por la entidad contratante frente al alcance jurídico, técnico y económico de las obligaciones que se pactarán. - Los riesgos derivados de la ejecución del contrato, su estimación y distribución, así como las medidas para mitigar su impacto o prevenir su ocurrencia. - La necesidad de contar con una garantía Única, los amparos, vigencia y cuantía de éstos, fijados en los términos de la normatividad vigente. - Determinación del estudio de mercado o de precios, para establecer razonable y objetivamente el valor del futuro contrato, exhibiendo todas las variables que lo afecta y que permiten verificar que dicho valor se encuentra dentro de los rangos del mercado, es decir, resulta apropiado en el mercado existente para el bien, obra o servicio Los estudios previos también deberán ocuparse de puntualizar las condiciones del contrato, tales como plazo, obligaciones principales y accesorias, mecanismos de solución de conflictos, perfil del supervisor o interventor del contrato o de la instancia que ejercerá el control y seguimiento, entre otras.

Artículo ANEXO (179/246)

En la contratación directa no será obligatoria la exigencia de garantías, las mismas serán exigidas según lo determine el estudio previo correspondiente atendiendo a la naturaleza y cuantía del contrato respectivo; de igual manera no se exigirá Registro Unico de Proponentes. En los eventos de contratación directa, salvo las excepciones expresas, se debe expedir un Acto administrativo en los términos del artículo 73 del Decreto 1510 de 2013. El acto administrativo es proyectado por el Grupo de Gestión Contractual, teniendo como base la solicitud efectuada y la información aportada por el área técnica respectiva y suscrito por el Ordenador del Gasto. No es necesario este requisito en los contratos con organismos internacionales, en el caso que el Ministerio opte por someterse al reglamento de tales entidades, en los contratos de prestación de SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 60003222 29 JUL 20% MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Sociol CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: servicios profesionales y de apoyo a la gestión, ni en los convenios cooperación ni de asociación, considerando que no se consideran estrictamente modalidades contractuales directas sino negocios jurídicos de naturaleza diferente. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN DIRECTA a.) Urgencia | Se deberá utilizar el Procedimiento previsto en el Artículo 74 del Decreto Manifiesta 1510 de 2013. . b.) Contratos | Literal c) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Artículo 76 Interadministrativos celebrados por las entidades del artículo 2 de la Ley 80 de 1993. del Decreto 1510 de 2013 y artículos 92 y 95 Ley 1474 de 2011. La modalidad de selección para la contratación entre Entidades Estatales es la Contratación Directa.

Artículo ANEXO (180/246)

Se debe hacer referencia en los estudios y documentos previos a las condiciones y calidades de la entidad pública con la que se pretende contratar. Para el efecto es importante tener en cuenta las normas de creación de las entidades, las funciones, capacidad técnica y misional para desarrollar la labor. Igualmente es necesario demostrar que las obligaciones del contrato a celebrar tienen relación directa con el objeto, misión y funciones de la entidad ejecutora. Se exceptúan los contratos de obra, suministro, prestación de servicios de evaluación de conformidad respecto de las normas o reglamentos técnicos, encargos fiduciarios y fiducia pública cuando las instituciones de educación superior públicas o las sociedades de economía mixta con participación mayoritaria del Estado, o las personas jurídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades públicas, o las federaciones de entidades territoriales sean las ejecutoras. Estos contratos podrán ser ejecutados por las mismas, siempre que participen en procesos de convocatoria pública. En el marco de un contrato interadministrativo, cuando la entidad ejecutora subcontrata, no puede ella ni el subcontratista contratar a personas naturales o jurídicas que hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos relacionados con el objeto del contrato principal, por la posición de privilegio que ello implica frente al trámite de selección. En el mismo sentido, la entidad ejecutora del contrato interadministrativo, pese a que no se encuentre sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, en la ejecución del respectivo negocio jurídico interadministrativo, debe respetar los principios constitucionales de la función administrativa y la gestión fiscal, el deber de selección objetiva y el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de la Ley 80 de 1993.

Artículo ANEXO (181/246)

SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) >=" 65003222 29 JUL 2014 MinSalud Ministeto de Salud y Protección Sociol MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL FECHA: VERSIÓN: | 01 GCO-MO01 CÓDIGO: c.) Contratación de bienes y servicios en el sector defensa En los casos expresamente permitidos en la Ley. d.) Contratación para el desarrollo de actividades cientificas y tecnológicas. El procedimiento será de contratación directa para el desarrollo de estas actividades debe tener en cuenta la definición contenida en el Decreto Ley 591 de 1991 y las demás normas que lo modifiquen, aclaran adicionen o sustituyan y lo señalado por el Literal e del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 79 del Decreto 1510 de 2013. De igual manera se deberá tener en cuenta lo establecido por Colombia Compra Eficiente en Circular Externa No, 6 del 27 de septiembre de 2013. e.) Adquisición de bienes inmuebles. El procedimiento será de contratación directa. Para su contratación deberá tenerse en cuenta las definiciones contenidas en el

Artículo ANEXO (182/246)

artículo 81 del Decreto 1510 de 2013. En relación con la adquisición de bienes inmuebles, deberá tener en cuenta: 1. Avaluar con una institución especializada el bien o los bienes inmuebles identificados que satisfagan las necesidades que tiene el Ministerio. 2. Analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las necesidades identificadas y las opciones de adquisición, análisis que deberá tener en cuenta los principios y objetivos del sistema de compra y contratación pública. El Ministerio podrá hacer parte de un proyecto inmobiliario para adquirir el bien inmueble que satisfaga la necesidad que ha identificado, caso en el cual no se requería del avalúo señalado en el literal a. f.) Arrendamiento de bienes inmuebles El procedimiento será de contratación directa. Para su contratación deberá tenerse en cuenta las definiciones contenidas en el artículo 81 del Decreto 1510 de 2013. Para la celebración de contratos de arrendamiento de inmuebles, el Ministerio debe seguir las siguientes reglas: 1. Verificar las condiciones del mercado inmobiliario en la ciudad en la que el Ministerio requiere el Inmueble. 2. Analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las necesidades identificadas y las opciones de arrendamiento, análisis que deberá tener en cuenta los principios y objetivos del sistema de compra y contratación pública. 9.) Contratación Literal g del numeral 4 del artículo 2 de ta Ley 1150 de 2007.

Artículo ANEXO (183/246)

Artículo 80 SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) =* 60003222 23 JUL ¿014 MinSalud Ministeno de Salud y Protección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: VERSIÓN: | 01 GCO-MO01 FECHA: directa cuando no exista pluralidad de oferentes. del Decreto 1510 de 2013. Procede cuando solo exista una persona que pueda proveer el bien o el servicio por ser titular de los derechos de propiedad industrial o de los derechos de autor, o por ser, de acuerdo con la Ley, su proveedor exclusivo en el territorio nacional. Es preciso que la dependencia solicitante de la contratación manifieste de manera clara y precisa dicha circunstancia en el estudio y documentación previa y que anexe como soporte del mismo la prueba documental que acredite al contratista como proveedor único y exclusivo (registros de propiedad o de autoría intelectual). Si el proveedor es extranjero, deberá cumplir con el procedimiento descrito para los documentos otorgados en el extranjero señalado por el Código de Procedimiento Civil de Colombia. ( Artículo 259). h.) Contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Literal h del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Artículo 81 del Decreto 1510 de 2013. Para su contratación deberá tenerse en cuenta las definiciones contenidas en el

Artículo ANEXO (184/246)

artículo 81 del Decreto 1510 de 2013. La dependencia solicitante debe aportar la constancia escrita suscrita por el Ordenador del Gasto de las condiciones de idoneidad del contratista, previa certificación del jefe de la dependencia solicitante. La responsabilidad de establecer la idoneidad y experiencia de cada contratista, por el conocimiento técnico de cada contratación, es de la dependencia solicitante. Adicionalmente, toda persona natural que pretenda suscribir un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión deberá haber diligenciado su hoja de vida en el aplicativo SIGEP, con las condiciones establecidas por el sistema, y el Ministerio deberá haber validado dicha información. Para tal efecto, el área interesada podrá solicitar al Grupo de Gestión Contractual el registro en el SIGEP previo a la radicación de los documentos contractuales. La tarjeta profesional, matrícula o licencia correspondiente, según el caso, no excluye la presentación de los certificados, diplomas, grados o títulos otorgados por las instituciones correspondientes. 4. Experiencia profesional. De conformidad con lo establecido por parte del artículo 229 del Decreto-Ley 0019 de 2012, la experiencia profesional de las diferentes profesiones acreditadas por el Ministerio de Educación SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) > 0703222 29 JYL-2044 MinSalud y Protección Sociol Minsteno de Salud, MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: Nacional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, para lo cual deberá acreditar dicho aspecto. Se exceptúan de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud en las cuales la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción o registro profesional.

Artículo ANEXO (185/246)

2. Experiencia relacionada. Es la adquirida en el ejercicio de empleos, contratos o actividades que tengan funciones u obligaciones similares a las requeridas en el objeto u obligaciones a contratar. Para acreditar la experiencia que sirve de soporte a la certificación que debe expedir el Ordenador del Gasto se deben tener en cuenta las siguientes situaciones: a) Cuando la persona que se pretende contratar ha tenido vinculaciones laborales, debe anexar certificación expedida por el empleador en la que se indique entre otros, nombre o razón social de la entidad o empresa, NIT, cargo desempeñado, tiempo de servicio, funciones desempeñadas o en su defecto anexar copia del manual de funciones o documento equivalente. b) Cuando la persona que se pretende contratar ha suscrito contratos de prestación de servicios, debe anexar certificación expedida. por el contratante en la que se indique entre otros el nombre o razón social de la entidad o empresa, NIT, No. de contrato, objeto, duración y las obligaciones y productos cuando del objeto del contrato no se pueda determinar las condiciones específicas de experiencia en concordancia con el objeto a contratar. c) Cuando no es posible anexar la certificación señalada en el literal anterior, es viable presentar copia de los contratos de prestación de servicios con su respectiva acta de liquidación. d) En caso que el futuro contratista haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, puede presentar una declaración firmada, clara, concreta y precisa en la que indique el tipo de actividades ejercidas y el tiempo durante el cual las realizó. En todo caso los profesionales deben acreditar los requisitos para el ejercicio de su profesión de acuerdo con las normas que regulen la SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) * (0003222 29 JUL 2014 MinSalud Ministeso de Salud y Promoción Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: respectiva disciplina. 3.

Artículo ANEXO (186/246)

Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con extranjeros. En aquellos casos en que se pretenda suscribir contratos de cualquier naturaleza con personas con nacionalidad diferente a la colombiana, el área técnica interesada será responsable de acreditar ante el Grupo de Gestión Contractual que corresponda, el cumplimiento de los requisitos legales que faculten al futuro contratista para suscribir contratos y prestar servicios en Colombia: visado, requisitos para acreditar estudios y experiencia y demás requeridos conformidad la normatividad vigente. Para tales efectos, adjuntará a la solicitud de contratación, una comunicación dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, en la cual se informe sobre la intención del Ministerio de Salud y Protección Social, de vincular, a través de contrato de prestación de servicios a un extranjero, señalando sus datos de identificación, y las especificidades del contrato a suscribir, tales como objeto, valor, plazo y obligaciones. En todo caso se señalará que el futuro contrato está supeditado al cumplimiento de los requisitos legales para contratar en Colombia por parte del extranjero, así como de las demás disposiciones vigentes sobre la materia. La comunicación deberá estar suscrita por el jefe del área técnica requirente. La comunicación deberá contar con el Visto Bueno del Viceministro respectivo, del Secretario General o del Director de Administración de Fondos de la Protección Social, de acuerdo con sus competencias. SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) * 00063222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y MinSalud -* PROTEGCIÓN SOCIAL Nirute y Frorncción Social CÓDIGO: GCO-Mo1 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 6.3.4.1.

Artículo ANEXO (187/246)

Flujograma de la contratación directa CONTRATACIÓN DIRECTA Servidor público y/o Contratista Jefe de la dependencia solicitante Subdirección Administrativa Elaborar estudios previos en Formato GCO-F05 Solicitar la inclusión de la adquisición (mes, valor y objeto proyectado) en el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio Solicitar la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) ¿Requiere trámite de vigencias futuras? si Y Solicitar a la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales (recurso NO de inversión) y/o Ordenador del gasto (recurso de funcionamiento) autorización de vigencias futuras Autoriza vigencia: futuras? 10) Radicar en la Subdirección Administrativa durante los primeros (15) días 6 +| calendario de cada mes la solicitud de contratación directa con los documentos Verificar que la solicitud de contratación esté soporte (ver generalidades). Esta solicitud debe contar con el visto bueno del incluida en el Plan Anual de Adquisiciones. Viceministro del ramo o Secretario General. Plan Anual se Informa al solicitante si inconsistencia, devuelve carpeta para que incluya el proceso en el Pian Anual de Adquisiciones SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) od 0003222 29 JUL 2014 MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Mirustero de Salud y Prorección Social CÓDIGO: Gco-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: CONTRATACIÓN DIRECTA Servidor público y/o Contratista Subdirección Administrativa Coordinador Grupo de Gestión Contractual Servidor público y/o Contratista y/o Abogado responsable y/o Abogados filtro del Grupo de Gestión Contractual Y) Y Recibe carpeta, se incluye el proceso en la herramienta respectiva Y Remitir solicitud de contratación y carpeta con documentos soporte al Coordinador del Grupo de Gestión Contractual.

Artículo ANEXO (188/246)

Recibir la solicitud de contratación y previo a la radicación y asignación, verifica la necesidad o no de creación del usuario en el SIGEP NO-— ¿Requiere crear usuañio en el SIGE? si y Asignar la solicitud de contratación y carpeta con documentos soporte a profesional del Gnipo de Gestión y Contractual FA Registrar y remitir al correo del contratista la información (usuario y contraseña) para el diligenciamiento de la información en SIGEP 'OR Revisar integralmente la solicitud de contratación y carpeta con documentos soporte y realizar las observaciones o solicitudes a que haya lugar A NO si Realizer requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas br] consultar a órganos de control y antecedentes judiciales. Organizar la carpeta de acuerdo a Proyectar la minuta, validar en el SIGEP, las Tablas de retención Documental y Remitir al abogado filtro el expediente Contractual.

Artículo ANEXO (189/246)

VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) SIG-FD4 23 JUL_2014 MinSalud Ministerio de Salud y Protección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: GCO-M01 VERSIÓN: | 01 | FECHA: CONTRATACIÓN DIRECTA Abogado filtro del Grupo de Gestión Contractual Coordinador del Grupo de Gestión Contractual! y Verificar y estimar la necesidad de presentar La observaciones, correcciones o recomendaciones NO si y Realizar observaciones, correcciones o recomendaciones | Dar visto bueno y rermite al Coordinador del Grupo de Gestión Contractual O »| Revisar y remitir el expediente del proceso con visto bueno al Ordenador del Gasto Si Y NO 21 Realizar observaciones, correcciones 0 recomendaciones »¡ Dar visto bueno y remite al Ordenador del Gasto y SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) e 5020322 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Protección Social CÓDIGO: | Gco-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: CONTRATACIÓN DIRECTA Ordenador del Gasto y Coordinador Grupo Gestión Contractual Comité Asesor de Contratación Y Y Recibir expediente del proceso contractual ¿La cuantía del contrato supera 24 los 1.000 si » Revisar y aprobar el proceso contractual SMMLV? ¿El proceso está conforme? NO NO y 25 si OS Devolver expediente para corrección * 27 Le 26 Firmar minuta del contrato Dar visto bueno OE SIG-FO4 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) eo 0003222 29 JUL2014 MinSalud Minasterio de Salud y Prorección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL FECHA: VERSIÓN:

Artículo ANEXO (190/246)

| 01 CÓDIGO: GCO-MO1 6.4. Procedimiento de Mínima cuantía CAUSALES PROCEDIMIENTO a. Para la adquisición de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la Entidad, independientemente de su objeto. Se deberá utilizar el procedimiento previsto en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y en los artículos 84, 85 y 87 del Decreto 1510 de 2013. El proceso tiene una duración aproximada de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del Estudio Previo y la Invitación Pública para cumplir los términos de Ley. El estudio previo para este proceso debe contener como mínimo los requisitos exigidos en el Capítulo V Disposiciones Especiales del Decreto 1510 de 2013. Este proceso no requiere de pliego de condiciones sino de invitación pública. Cuando el estudio previo lo justifique, de acuerdo a la naturaleza o características del contrato a celebrar, así como su forma de pago, la Entidad podrá exigir para la habilitación de la propuesta, la verificación de la capacidad financiera de los proponentes. Cuando la forma de pago es contra entrega a satisfacción de los bienes, servicios u obras, no se solicitará requisitos financieros, dejando dicha indicación en el estudio previo. Las Garantías no son obligatorias y se solicitan si el área técnica lo estima necesario, atendiendo la naturaleza del objeto del contrato y la forma de pago, todo lo cual debe justificarse en el estudio previo. En este proceso no se exigirá el Registro Único de Proponentes - RUP. Tampoco aplica la Ley 816 de 2003 - Industria Nacional, ni el

Artículo ANEXO (191/246)

artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 — Mipymes. La oferta y la comunicación de la Aceptación de Oferta, que debe ser expresa e incondicional, son el contrato junto con el Registro Presupuestal. Para adelantar esta modalidad debe tenerse en cuenta el Manual de la Modalidad de Mínima Cuantía expedido por Colombia Compra Eficiente, el cual se encuentra disponible en el link http:/Awww cotombiacompra.gov.co/es/manuales. b. Contratación de Mínima Cuantía en Grandes Superficies: De conformidad a lo establecido en el artículo 86 del Decreto 1510 de 2013, el Ministerio podrá adquirir bienes hasta por el monto de la mínima cuantía en Grandes Superficies, para lo cual deberá enviar invitación SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 60003222 29 JUL 2014 insalud MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Min PROTECCIÓN SOCIAL Ministerio de Solucl y Protección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: como mínimo a dos (2) Grandes Superficies de acuerdo al contenido que Para la adquisición de | señala dicha norma. bienes cuyo valor no exceda el diez por|Una vez recibidas las propuestas procederá a evaluar las mismas, ciento (10%) de la | seleccionado para ello la de menor valor. menor cuantía de la entidad a través de | El proceso tiene una duración aproximada de quince (15) días hábiles, Grandes Superficies. | contados a partir de la Invitación para cumplir los términos de Ley.

Artículo ANEXO (192/246)

Para adelantar esta modalidad debe tenerse en cuenta el Manual de la Modalidad de Minima Cuantía expedido por Colombia Compra Eficiente, el cual se encuentra disponible en el link http://www colombiacompra,gov.co/es/manuales, SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) cs ennpaooa 239 JUL 2014 MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y finisteno de Sal y Proweción Social CÓDIGO: | GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: 6.4.1. Flujograma del procedimiento de mínima cuantía SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA ; Servidor público y/o Contratista Jefe de la dependencia sol: , ; sm : Pp Subdirección Administrativa y Solicitar la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) si y 2 NO Solicitar a la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales (recurso de inversión) y/o Ordenador del gasto (recurso de funcionamiento) autorización de vigencias futuras Y O) si Y Solicitar ta expedición de certificaciones y autorizaciones, de acuerdo a los « bienes y/o servicios y/u obras a adquirir. Elaborar Formato Estudios Previos Selección de Minima Cuantía GCO-F13, realizar el análisis económico del sector y de los oferentes, establecer indicadores financieros (si aplica). capítulos de contenido técnico de la O) Iavitación Pública, junto con los formatos de indole técnico, entre otros. Elaborar el estudio de mercado que dará lugar a la información económica de los estudios y demás anexos. A 4 Radicar en la Subdirección Administrativa la solicitud de contratación con jos 6 . documentos soporte (contenidos en al Formato Lista de Chequeo Selección de »| Verificar que ta solicitud de contratación esté Minima Cuantía GCO-F 12). Esta solicitud debe contar con ei visto bueno del incluida en el Plan Anual de Adquisiciones.

Artículo ANEXO (193/246)

Viceministro del ramo o Secretario General, según corresponda. g Incluida en el Plan Añita NO Adquisiciones? Y 7 si informa al solicitante inconsistencia, 'O% devuelve carpeta para que incluya el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) -" 50003222 29 JUL 2014 MinSalud MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y in PROTECCIÓN SOCIAL Mirustesio de Salud y Prorección Social CÓDIGO: GCO-MO1 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA Servidor público y/o Abogado responsable Grupo de Coordinador Grupo de Gestión Contractual y/o Contratista Subdirección Gestión Contractual Abogados filtro del Grupo de Administrativa Gestión Contractual A Recibe carpeta, se incluye el proceso en la herramienta respectiva y El ot , 10 Remitir solicitud de contratación y Asignar abogado responsable para que | Carpeta con documentos soporte al revise la documentación y determine el Coorainador del Supo de Gestión cumplimiento de los requisitos jurídicos 'Ol -»| Revisar los Estudios Previos y demás documentos soporte recibidos con [a-.--—--—=— la Solicitud de Contratación y determinar si cumple con los requisitos. ten observacl frente a la solicitud de contratación y documentos si soporte? Y Realiza requerimiento al área solicitante para que sean subsanadas o aclaradas NO Elaborar la Invitación Pública a partir del Estudio Previo y los capítulos de contenido técnico recibidos. étudio Previo contempla la Cno financieros? E y Designar de manera aleatoria el Grupo de la Subdiracción Financiera que apoyará el proceso de selección y remitir los Estudios Previos y la Invitación Pública para la revisión y aval de aspectos financieros - indicadores financieros, si aplica SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) “*

Artículo ANEXO (194/246)

60003222 29 JUL 2014 . MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministeno de Salud y Protección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: DS SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA Coordinador Grupo de la Coordinador Grupo de Subdirección Financiera Abogado responsable | Gestión Contractual Servidor Público y/o Contratista Grupo de Gestión Abogado filtro del del Grupo de la Subdirección Contractual Grupo de Gestión Financiera Contractual Y Revisar y avalar requisitos financieros incorporados en el Estudio Previo y Proyecto de Pliego de Condiciones - indicadores financieros ) Y Proyectar la Resolución por ¿Están conformes lo: cequisitos financieros2 si medio de la cual se designa el Comité Asesor Evaluador. NO Y y 16 18 Remite observaciones Revisar la Resolución por Os medio de la cual se designa el Comité Asesor Evaluador y la Invitación Pública. Y SIG-F04 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) «* (0003222 29 JUL 2014 - MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y Ministerio de Salud y Prorección Social CÓDIGO: GCO-M01 | VERSIÓN: | 01 | FECHA: SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA Coordinador Grupo de Gestión Contractual Abogado filtro del Grupo de Gestión Contractual

Artículo ANEXO (195/246)

o) : ¿Está conforme? NO y 'O Realiza si observaciones Asesor Ordenador del Gasto Ordenador del Gasto Y Da visto bueno y remite al Ordenador dei Gasto, > Revisar la Resolución por medio de la || (6) cual se designa el Comité Asesor Evaluador y la Invitación Pública A cont Revisar y suscribir la Resolución por ¿Está e? Sl medio de la cual se designa el Comité NO Asesor Evaluador y la Invitación Pública y Realiza ¿Está conforme? observaciones NO ó ; 'OS Realiza EN observaciones Y Firmar Resolución de conformación del Comité Asesor Evaluador y la Invitación Pública. S) SIG-FO4 VERSIÓN 1 (6 DE NOVIEMBRE DE 2012) 1009222 29 JUL 2014 MinSalud Múnisteao de Solud y Prorección Social MANUAL DE CONTRATACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CÓDIGO: GCO-MO01 VERSIÓN: | 01 | FECHA: SELECCIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA Abogado responsable Grupo de Gestión Contractual Comité Asesor Evaluador Jefe de la dependencia solicitante Ny Y Realizar publicaciones en el SECOP de Estudio Previo, la invitación Pública y Anexos Recibir observaciones jurídicas de los interesados. Recibir y remitir las observaciones técnicas - económicas al Estudio Previo y la Invitación Pública a la dependencia solicitante o financieras al Grupo de la Subdirección Financiera que le corresponde acompañar el proceso de selección, según sea el caso. Publicar Documento Respuesta ya Observaciones en el SECOP.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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