Artículo 1
Objeto. La presente resolución tiene por objeto unificar y actualizar las reglas de aplicación para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales y adoptar los anexos técnicos de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA; contentivos de las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por Aportantes, Pagadores de Pensiones y Operadores de Información, así: 4. Anexo técnico 1. Glosario de términos PILA. Contiene las expresiones a tener en cuenta en la liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social integral y Parafiscales a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes — PILA. 2. Anexo técnico 2. Aportes a Seguridad Social de Activos: Contiene la información que deben reportar los cotizantes activos al Sistema de Seguridad Social integral y Parafiscales. 3. Anexo técnico 3. Aportes a Seguridad Social de Pensionados. En este anexo se reporta la información de los pensionados al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. 4. Anexo Técnico 4. Estructura de los archivos de salida con destino al Administrador Fiduciario de los Recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA: Contiene la información de recaudo de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud que es reportada al Administrador Fiduciario de los Recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA. 5. Anexo Técnico No. 5 Archivos de salida con destino al Ministerio de Salud y Protección Social: Contiene la definición de los archivos del Sistema de Seguridad Social integral y Parafiscales que los operadores de información deben reportar diariamente al Ministerio de Salud y Protección Social.