Definiciones. Para los efectos de la presente resolución se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
1. Ayudas Técnicas: cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipo, instrumentos y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado para proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones/estructuras corporales y actividades, como también, prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la participación. No son del alcance de esta resolución los artículos utilizados para la instalación de ayudas técnicas; soluciones obtenidas por combinación de ayudas técnicas que están clasificadas individualmente; medicamentos; ayudas técnicas e instrumentos utilizados por profesionales de la salud; soluciones no técnicas, como asistencia persona, perros-guía o lectura labial; dispositivos implantados, y ayuda financiera.
2. Ciclo de rehabilitación en salud: secuencia de acciones médicas, diagnósticas y terapéuticas orientadas a promover, mantener o recuperar el mejor nivel posible de funcionamiento de las personas. Se realiza en el contexto de la prestación de servicios de rehabilitación en salud, mediante intervenciones individuales ejecutadas por uno o varios profesionales de rehabilitación en salud, quienes también pueden identificar necesidades de articulación y canalización hacia las intervenciones colectivas y oferta intersectorial disponible. Este ciclo consta de cuatro momentos: evaluación inicial, planeación de la intervención, implementación de la intervención y evaluación final, los cuales se encuentran descritos en el anexo técnico de la presente resolución. El ciclo está centrado en la persona y reconoce las particularidades desde el enfoque diferencial en razón a la edad, género, pertenencia étnica, salud física o mental, identidad y orientación sexual, condición de discapacidad y cualquier otra condición. Asimismo, tiene en cuenta la pluralidad de saberes y prácticas de las personas, familias y comunidades para adaptar sü implementación.
3. Funcionamiento humano: corresponde a la capacidad de las personas para realizar las actividades diarias que le permiten subsistir, realizar su autocuidado, mantener su independencia y participar socialmente en su hogar y en una comunidad; por tanto, puede entenderse como el resultado de la interacción entre la condición de salud de una persona y los otros factores contextúales. La condición de salud relacionada con el funcionamiento humano de una persona puede o no estar asociada a una enfermedad o trastorno (agudo, crónico, transitorio o permanente) y comprende diversas circunstancias como el envejecimiento, el embarazo, entre otras situaciones de vida que pueden modificar su interacción.
4. Grupo de profesiones base para la rehabilitación en salud: se reconoce a las profesiones de fisioterapia, fonoaudiologia, terapia ocupacional, terapia respiratoria, psicología, optometría, y las especialidades de medicina física y rehabilitación y psiquiatría.
5. Prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas en la prestación de servicios de salud: acciones claves que ocurren en el RESOLUCIÓN NÚMERO 30110178 8 DE 0 4 SEP 20?R PÁGINA 5
marco del ciclo de rehabilitación en salud, para favorecer el acceso y uso apropiado de las ayudas técnicas.
• Prescripción: se basa en la recomendación de la ayuda técnica más adecuada para la persona de acuerdo con la evaluación inicial. • Adaptación: conlleva ajustar y adecuar la ayuda técnica a la medida y los requerimientos de la persona,^ • Entrenamiento: implica ensenar a la persona a cuidar su ayuda técnica y a usarlo para favorecer el mejor nivel posible de funcionamiento. • Seguimiento: comprende la verificación y supervisión del uso en condiciones de seguridad, que incluyen comodidad y adecuación a las condiciones particulares de la persona, y los logros en relación con el funcionamiento humano.
6. Rehabilitación en salud: conjunto de intervenciones en salud diseñadas para optimizar el funcionamiento humano de personas que presentan condiciones de salud, buscando favorecer su máxima independencia y participación. Se desarrolla a través de la planeación e implementación de intervenciones individuales y su articulación con intervenciones colectivas y poblacionales que pueden incidir en el funcionamiento de la población. La rehabilitación en salud se fundamenta en el marco conceptual de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud -GIF.
7. Servicios de rehabilitación en salud: servicios donde confluyen las intervenciones. tecnologías y profesionales para promover, mejorar o conservar la salud, buscando alcanzar y mantener el mejor funcionamiento humano posible. Se reconocen como servicios de rehabilitación en salud los servicios de fisioterapia, fonoaudiologia, terapia ocupacional. terapia respiratoria, psicología, optometría, y las especialidades de medicina física y rehabilitación y psiquiatría. Otros servicios de salud que son complementarios y aportan a la integralidad de las intervenciones de rehabilitación en salud son medicina general, enfermería, odontología, nutrición, otras especialidades médicas, entre otros.
8. Talento Humano en Salud que aporta a los procesos de rehabilitación en salud: Corresponde a los profesionales que realizan intervenciones complementarias y aportan a la integralidad del proceso de rehabilitación en salud, tal como: medicina general, enfermería, odontología, nutrición, otras especialidades médicas u otros posgrados en salud, entre otros.
CAPÍTULO II Gobernanza y gobernabilldad en rehabilitación en salud