Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud

Resolución · 1788 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 101–120 de 121

Artículo ANEXO (83/103)

Financiamiento de los procesos de gestión de la salud pública e intervenciones colectivas que aportan a la rehabilitación en salud El proceso de asignación presupuestal para la financiación de las acciones de salud pública, contenidas en el SGSSS, y de acuerdo con las competencias asignadas a las entidades territoriales a través de la Ley 715 de 2001 se soportan para su gestión, principalmente, en los recursos transferidos por la nación a través del Sistema General de Participaciones -SGP para el subcomponente de salud pública, con los cuales las entidades territoriales deberán garantizar la ejecución de los ejes estratégicos señalados RESOLUCIÓN NÚMERO JJÜ01788 DE 0 4 SEP 2025; PÁGINA 35 en el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. El SGP es la principal fuente de financiación desde la cual se destinan los recursos para la financiación de los procesos de Gestión de la Salud Pública y el desarrollo del PSPIC en los territorios. Por tanto, es responsabilidad de las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales planear y ejecutar a través de estos recursos, las. acciones estratégicas destinadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud e intervenciones colectivas que aporten a la atención integral de aquellas condiciones de salud que pueden afectar el funcionamiento humano, de acuerdo con los dispuesto en el apartado 5.1 de este anexo técnico. Finalmente, en el marco de la Gestión de la Salud Pública se debe considerar la coordinación intersectorial como proceso fundamental para la gestión de la rehabilitación en salud de poblaciones específicas. Por tanto, en la medida en que las entidades territoriales definan en los planes territoriales y en los planes acción de salud, iniciativas asociadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud para la atención de poblaciones específicas, es viable planear y destinar recursos tanto del SGP del subcomponente de salud pública, como de otras fuentes, para el cumplimiento de este propósito.

Artículo ANEXO (84/103)

Es importante que, en la planeación de acciones para la garantía del acceso a la rehabilitación en salud de poblaciones diferenciales y vulnerables, las entidades territoriales y los demás actores con competencias, tengan acuerdos de coordinación para la concurrencia de recursos sin que se llegue a duplicar su financiación por diferentes fuentes. 5.4.3. Intervenciones poblacionales que aportan a las metas de la rehabilitación en salud y a la mejora del funcionamiento de la población Las intervenciones poblacionales son de carácter estructural y requieren de la acción intersectorial para su desarrollo. Se realizan bajo el liderazgo de la Nación y de las entidades territoriales y su alcance puede ser nacional, departamental, distrital o municipal (de acuerdo con sus competencias). Estas intervenciones afectan las condiciones, modos y los estilos de vida de una sociedad y dan cuenta de la acción sobre los determinantes sociales y ambientales de la salud. La principal fuente de recursos para las intervenciones poblacionales es el SGP de libre inversión. Las entidades territoriales tendrán en cuenta la salud y el funcionamiento humano para la formulación de las políticas públicas, pues garantizar condiciones de vida dignas implica asegurar que las personas puedan desempeñarse en entornos acordes con sus necesidades y expectativas. La transformación de los determinantes sociales y ambientales de la salud genera contextos y entornos saludables para toda la población y, a su vez, permite fortalecer el trabajo articulado entre los sectores para el abordaje de situaciones como, la accidentalidad vial, accidentalidad laboral, violencias, entre otras. Lo anterior es clave teniendo en cuenta que los determinantes sociales no solo pueden actuar como riesgos o potenciadores de la salud, sino que inciden en los procesos de atención y cuidado de la salud, condicionando los resultados esperados de las intervenciones. Asimismo, se deben diseñar e implementar estrategias para difundir información sobre los factores protectores y de riesgo que llevan a experimentar discapacidad, así como alternativas para controlarlos o prevenirlos. 5.4.4.

Artículo ANEXO (85/103)

Financiamiento de la rehabilitación en salud a través de otros mecanismos Son reconocidas como otras fuentes de financiación para la rehabilitación en salud, aquellas establecidas en los planes de beneficios de los regímenes especiales o de excepción en salud y los planes complementarios de medicina prepagada, por ser garantes del manejo del riesgo de la salud de la población afiliada. También se identifica como otra fuente de financiación los recursos del SOAT que están dispuestos para la atención de los riesgos de salud de las personas víctimas de accidentes de tránsito y eventos catastróficos y los cuales son dispuestos hasta que se haya agotado la cobertura máxima de gastos. En adelante, la EPS a cargo o quien haga sus veces, debe garantizar la continuidad de las intervenciones de salud y de rehabilitación en salud requeridas por la persona, según las indicaciones médicas. Otra fuente de financiación reconocida para la prestación de servicios de rehabilitación en salud son las tecnologías y servicios dispuestos para la atención de la población trabajadora formal con riesgos de salud asociados a accidentes de trabajo y enfermedad laboral, los cuales son cubiertos a través de las ARL, bajo el marco regulatorio expedido en la materia. RESOLUCIÓN NÚMERO J0Q01788 DE 04 SEP 2025^ PÁGINA 36 5.4.5. Otras fuentes de financiación para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud Las entidades territoriales cuentan con los recursos definidos a través de la Ley 2056 de 2020 reglamentada mediante Decreto 1821 de 2020 Único Reglamentario del Sistema General de Regalías con los cuales se pueden financiar proyectos de inversión y la estructuración de proyectos, en cualquiera de sus fases, bajo los términos y condiciones que para el efecto señale la normativa vigente.

Artículo ANEXO (86/103)

En este sentido, las entidades territoriales podrán formular proyectos de inversión en cualquiera de sus fases, con el fin de desarrollar iniciativas para el mejoramiento de infraestructura y dotación de equipos para la prestación de servicios de rehabilitación en salud en la red pública de prestadores de servicios de salud. Los proyectos susceptibles de ser financiados con los recursos del SGR deben guardar concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes de desarrollo de las entidades territoriales, así como cumplir con el principio de Buen Gobierno y con las siguientes características: pertinencia, viabilidad, sostenibilidad, impacto, articulación con planes y políticas nacionales de las entidades territoriales, de las comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras y del pueblo Rom o gitano de Colombia. Todos los proyectos que incluyan dentro de sus fuentes de financiación, recursos del SGR, deben estar formulados bajo la Metodología General Ajustada -MGA. Finalmente, las entidades territoriales también pueden acudir a otras fuentes de financiación para el desarrollo de acciones orientadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud en sus territorios, con proyectos de inversión que disponga el Ministerio de Salud y Protección Social y el uso de recursos de cooperación internacional o nacional o a través de los recursos de esfuerzo propio que destinen para tal fin. 5.5. Información, monitoreo y evaluación para la rehabilitación en salud La información de salud interactúa con los componentes de gobernanza, financiamiento, prestación de servicios, recursos humanos, medicamentos y tecnologías, para el fortalecimiento del sistema de salud (Savigny & Adam, 2009). En tal sentido, este apartado brinda orientaciones a los actores sobre el uso y análisis de la información de salud disponible para apoyar el proceso de planeación territorial en salud y aprovechar los recursos técnicos, humanos y financieros que permiten el fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

Artículo ANEXO (87/103)

Así mismo, presenta recomendaciones para el monitoreo y evaluación de la rehabilitación en salud mediante los indicadores, lo que resulta esencial en el seguimiento al cumplimiento de metas y objetivos establecidos para la toma de decisiones en los niveles nacional, territorial e institucional. 5.5.1. Recolección, uso y análisis de la información de salud para la rehabilitación en salud Para fortalecer la rehabilitación en salud es fundamental contar con datos fiables que permitan la planeación estratégica y operativa. Aunque en ios sistemas de información de salud hay algunas falencias en cuanto a disponibilidad y calidad de los datos, existen diversas fuentes y herramientas que pueden ser consultadas para proyectar la organización de los servicios de rehabilitación en salud conforme las necesidades de la población, y para la mejora y seguimiento de la prestación de los servicios (Tabla 16). Tabla 16. Fuentes de datos de los sistemas de información de salud y su uso para la rehabilitación en salud Basadas en la población Basadas en las instituciones Censos Registros individuales Censo Nacional de Población y Vivienda -CNPV - Registros Individuales de Prestación de Servicios -RIPS Uso. Información sobre funcionamiento humano - Base de Datos Única de Afiliados -BDUA que permite tomar decisiones relacionadas con políticas de planeación de servicios de Uso. Información sobre funcionamiento humano rehabilitación en salud, con base en la y sus determinantes (condiciones de salud, estimación aproximada de la distribución de los factores ambientales y personales), útil para la problemas de salud que impactan el toma de decisiones clínicas y definición y funcionamiento y en las tendencias evaluación de objetivos terapéuticos. demográficas de la población.

Artículo ANEXO (88/103)

RESOLUCIÓN NÚMERO JJ001788 DE 04 SEP 202^ PÁGINA 37 Basadas en la población Basadas en las instituciones Registros sociales Registros de servicios Análisis de Situación de Salud -ASIS - Sistema Integrado de Información de la Registro Único de Víctimas -RUV : Protección Social -SISPRO Registro para la Localización y Caracterización Plataforma de Integración del SISPRO -PISIS de Personas con Discapacidad -RLCPD - Observatorio Nacional de Calidad en Salud - Sistema de Vigilancia en Salud Pública - ONCAS SIVIGILA - Otras fuentes de información disponibles en el nivel Uso. Información útil para la definición de departamental, distrital o municipal. políticas de acceso a servicios de rehabilitación en salud de poblaciones específicas y Uso. Información sobre el desempeño de los planeación de insumos y servicios. prestadores en los diferentes niveles de atención; útil para las decisiones sobre gestión de la calidad y estimaciones de la utilización de los servicios de rehabilitación en salud y análisis comparados. Encuestas de población* Registros de recursos - Encuesta Nacional de Calidad de Vida -ECV SISPRO - Encuesta de Salud, Bienestar y Envejecimiento ASIS -SABE Registro Especial de Prestadores de Servicios - - Encuesta Nacional de la Situación Nutricional REPS en Colombia -ENSIN Observatorio Talento Humano en Salud -OTHS - Encuesta Nacional de Salud Mental -ENSM Otros recursos disponibles - Encuesta Nacional de Salud Escolar -ENSE - Encuesta Nacional de Demografía y Salud - Uso. Información sobre la capacidad nacional ENDS para la rehabilitación en salud (gobernanza, financiamiento, prestación de servicios, recursos Uso. Información útil para orientar la definición humanos, ayudas técnicas) y su desempeño.

Artículo ANEXO (89/103)

Útil de políticas y el desarrollo de servicios bajo la en la definición de políticas de sostenibilidad de estimación de necesidades de rehabilitación en los servicios de rehabilitación en salud y el salud, según distribución de riesgos y problemas desarrollo del talento humano para la de funcionamiento humano, tendencias de la rehabilitación en salud. población, acceso a servicios de rehabilitación en salud e identificación de barreras del entorno. Nota. Elaborada con base en: Rehabilitación en los sistemas de salud: guía de acción (QMS, 2020). * Se presentan algunos ejemplos de encuestas nacionales A nivel territorial, es necesario hacer uso de las fuentes descritas y proyectar un proceso de análisis de información que permita identificar: i) condiciones de salud relacionadas con las necesidades de rehabilitación en salud presentes en diversos grupos poblacionales y en diferentes momentos del curso de vida, ¡i) disponibilidad y distribución de los servicios de rehabilitación en salud en el territorio y, iii) datos sobre los resultados de las intervenciones en la población usuaria de los servicios de rehabilitación en salud del territorio. Lo anterior, en el marco del proceso de planeación territorial para la salud y el ejercicio de priorización de los problemas y necesidades sociales en salud, establecido en la Resolución 100 de 2024. El análisis de la información sobre la demanda (necesidades de rehabilitación en salud) y oferta de servicios de rehabilitación en salud a partir de fuentes disponibles debe apoyar la planeación estratégica y operativa de las acciones que se realicen en el marco del sistema de salud (MSPS, 2015c). Entre las acciones de planeación estratégica para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud se encuentran: a) estudio de viabilidad financiera, requerimientos de inversión e identificación de fuentes de financiación, b) implementación y fortalecimiento de los servicios de rehabilitación en salud en el territorio, c) contratación de profesionales para la atención en los servicios de rehabilitación en salud,

Artículo ANEXO (90/103)

d) mejoras en indicadores de cobertura y desempeño de los servicios de rehabilitación en salud existentes, e) identificación y priorización de intervenciones para poblaciones con riesgos, vulnerables o con necesidades especificas de rehabilitación en salud (MSPS, 2007b). En lo que respecta a la recolección y análisis de información relacionada con la prestación de servicios de rehabilitación en salud, los prestadores que cuenten con alguno de estos servicios deberán implementar acciones para garantizar: i) completitud y calidad de los registro clínicos que resultan de la implementación del ciclo de rehabilitación en salud, ¡i) recolección sistemática de datos relacionados RESOLUCIÓN NÚMERO ¿0301788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 38 para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”. con las condiciones de salud más prevalentes en la atención, iii) construcción y seguimiento de indicadores de calidad y efectividad en los servicios y, iv) recolección y análisis de datos relacionados con el nivel de funcionamiento de la personas atendidas en los servicios. Por otra parte, las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales pueden disponer de recursos técnicos y financieros para el desarrollo dé estudios o investigaciones sobre las necesidades de rehabilitación en salud en el territorio a cargo, que posibiliten la toma de decisiones informada para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud, según la presencia y distribución de condiciones de salud susceptibles de rehabilitación en salud, características del funcionamiento de la población, condiciones de acceso a los servicios de rehabilitación en salud e identificación de determinantes relacionados con los niveles de funcionamiento humano y del acceso a estos servicios (OMS, 2020a). Lo anterior, puede viabilizarse mediante la articulación con instituciones de educación superior con capacidades investigativas para la generación de conocimiento relacionado con la rehabilitación en salud. 5.5.2. Monitoreo y evaluación de la rehabilitación en salud La planeación estratégica para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud requiere consolidar el proceso de monitoreo y evaluación.

Artículo ANEXO (91/103)

El monitoreo implica la recopilación y el análisis de información para la medición y el seguimiento del progreso de las acciones propuestas en un periodo determinado. La evaluación se fundamenta en la valoración e interpretación periódica, retrospectiva, reflexiva y analítica de los resultados del monitoreo, con el fin de determinar el cumplimiento de metas relacionadas con la rehabilitación en salud. El monitoreo y la evaluación impulsan la integración de información de la rehabilitación en salud en los sistemas de información de salud, permiten el desarrollo de conocimientos técnicos relacionados con la rehabilitación en salud y proporcionan datos para la promoción y gestión de recursos para su fortalecimiento (OMS, 2020), Este proceso involucra a los actores responsables de la gestión territorial en salud y de la prestación de servicios de rehabilitación en salud. Lo anterior, teniendo en cuenta las responsabilidades establecidas para el reporte y flujo de información en salud en los diferentes niveles de gestión. A continuación, se presentan los indicadores para el establecimiento de metas y el reporte de avances, en función de la planeación estratégica para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud. Los indicadores propuestos se fundamentan en las recomendaciones del documento Rehabilitación en los sistemas de salud: guía de acción (OMS, 2020) y en la Resolución 256 de 2016 (MSPS, 2016e) y proyectan el monitoreo de: i) la disponibilidad de los servicios de rehabilitación en salud; y ¡i) la disponibilidad de talento humano en salud para la rehabilitación en salud (Tabla 17). El Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con los demás actores del sistema de salud evaluarán periódicamente y harán el ajuste de los indicadores definidos, además, de acuerdo con las especificidades de cada territorio se podrán formular otros indicadores que den cuenta de sus desarrollos en relación con el fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

Artículo ANEXO (92/103)

RESOLUCIÓN NÚMERO J0301788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 39 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos Tabla 17. Indicadores para el monitoreo y evaluación de la rehabilitación en salud "TCJ ,__________________________.; C? ____________________ ! fü I ■o ra <0 "O o c « í« L. O c A O E á 2 O O o; ci-oó o o 3£ o I w c - •o o v> .y 2 .2 I-- 2 3* 8 ü n o -¡¿ .E 0) s % :í -1 ii 3I oí '= U TO 3 £ tn Uh (/)O. | E u t c C LLI • na “ E t £_ e. 0_ u ■g z o t-U o "S ? 1 LU 0) o g Cü V “-o O TO "S < Z -o cc O ol r (X z cc (X O £ o < 0.

Artículo ANEXO (93/103)

O < Z tu Q o -S ■° 5 S’ !o i 1 i - > t1 i £ z | lito á 5 E H *5 2— -iEu= ü c oHit S Q_ -ü E ___ S ¿ | irt 0 o V) o; e J3 OI .§ E O o o ■0 T5 -o _ ' TO "ro tí 5 = 12 5 Q o E 3 % o o I- Q Vi I- o. .2 TO .2 5 o 3 o a> Is .s 8 i H a- lilií TO TO ~ n íi CT en HII • B O "S E aj -g o HH í fi | i i „ E H 7=1 ■81 o Oil s I 2 ? S '= II11 3 | s. <1 o w O O rp z %3 £í 3 2 2 3 - -2 8 | o £ S' a £ j g- £ í ilí 1 i z££$E3 8.S3g- H e s a o 8 h d:h U V> “O O -Q c (U 1i¿ 2 i S 2 x u O ?2 s hhnní £ -o 2 _ O o 2 2 2 _. 'íM E i 1:2 s 2 hHhiíi] 'i i ill 1 íi ■o TO Ü •B -2 s r otlL flip X] Is o E 5 o .2 S o ■D O jo E íHlihí u O . „ j, Tí . -TO .. c 0) Q) ai O "D v> U 2¡ 3 -5 .2 o TO s_ e di í ■ £ .2 i oj QJ E i ¿ S -U 'I OJ . 'aTO c ÍO I TO s fíH íd 'O u -S s % ■R - - .TO CO E S .2 Hliílí» Soto3‘¿^^0c v S Í2 05 ¿ -2 2 Í íH s ■o 2 g1 -8 L¡ Is e si £ a £

Artículo ANEXO (94/103)

liiíOiílíll III ■S -8 l i H i HHIHH Q. E .2 5 -2 s .2 s E •s i V) 3 oi- £ -§ "S2! i . S . ro ü .ye 4 O) O) -Q c o -s ía 2 ? .2 o u •o .y *0 nj i c .2 -O '□ 3 '£ - S í o 2 < « c ■§ -2 = '*= ’g 5 S fe S' 0 S a-5TOl-=ogS.S •s 5 £ c c IMísíídh :8 ’ -T I i £3 .2$ S£íg 'U g t! s 13 | 2 5 E " HI i I 3 | s<A M o s í s i£ a a £ o a £ 2 o % Q. £ WTOul O. o n tí O £ Q. O lz O lili <U ._ -n 0) o 5 2 O •§ I ■O TJ O w i! E? „ 2O S * 3 o re S5 E a s s n QJ O P ? £ ¿5 "O -0) -C 5 £ h 1 S J2 1 -5 U) 4) C '□ y> u. 'O 4) □. 1 2 8o u o RESOLUCIÓN NÚMERO J0001788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 40 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en saluden el marco del derecho fundamental a la salud". 6. Referencias Arango, L. E., Botero, J. A., Gallo, D. & Melo, L. A. (2023). Efectos fiscales y macroeconómicos de diferentes riesgos del sistema de salud. Borradores de Economía. No. 1258. Banco de la República.

Artículo ANEXO (95/103)

Artaza O., Santacruz J., Girard J.E., Álvarez D., Barría S., Tetelboin C., et al. Formación de recursos humanos para la salud universal: acciones estratégicas desde las instituciones académicas. Rev Panam Salud Publica. 2020;44:e83. https://doi.org/10.26633/RPSP.2020.83 Bernal, A.O. & Forero, C.J. (2011). Sistemas de información en el sector salud en Colombia. Revista Gerencia y Políticas deSalud, 10(21), 85-100. http://www.scielo.org.co/pdf/rgps/v10n21/v10n21a06.pdf Cieza, A., Causey, K., Kamenov, K., Hanson, S. W., Chatterji, S. & Vos, T. (2020). Global estimates of the need for rehabilitation based on the Global Burden of Disease study 2019: a systematic analysis for the Global Burden of Disease Study 2019. The Lancet, 396(10267), 2006-2017.doi: 10.1016/S0140- 6736(20)32340-0. Congreso de Colombia. (2011). Ley 1438 de 2011. Por medio de la cual se reforma el sistema general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D.C. Delgado, J.R., Orozco, N.F., Gómez, J.C., Castaño, L.F., Díaz, J.A., Muñoz, J.N. & Rodríguez, L.E. (2020). Rehabilitación intrahospitalaria en el paciente con Covid-19. Revista Colombiana de Medicina Física y Rehabilitación, 30(Supl), 41. https://doi.org/10.28957/rcmfr.v30spa5. Díaz, E.L., Talero, P., Faustino, M.Y., Guzmán, O.B. & Rodríguez, F.E. (2020). Lineamientos del Colegio Colombiano de Terapia Ocupacional para la rehabilitación hospitalaria de usuarios con COVID- 19.

Artículo ANEXO (96/103)

Revista Ocupación Humana, 20(1), 146-162. https://doi.org/10.25214/25907816.952 England, NHS (2016). Commissioning guidance for Rehabilitation (49), 04919. https://www.england.nhs.uk/wp-content/uploads/2016/04/rehabilitation-comms-guid-16-17.pdf Gómez, J., González, L., Amarante, R. & Torres, Y. (2009). Guía de práctica clínica para la rehabilitación del paciente en estado crítico. Medisur, 7(1), 82-91. http://www.medisur.sld.cu/index.php/medisur/article/view/722/5670 Institute for Health Metrics and Evaluation (2021). WHO Rehabilitation Need Estimator, Region of the Americas key findings. Seattle, WA: IHME. University of Washington. https://vizhub.healthdata.org/rehabilitation/ Jesus, T. S., Landry, M. D. & Hoenig, H. (2019). Global need for physical rehabilitation: systematic analysis from the Global Burden of Disease Study 2017. International journal of environmental research and public health, 16(6), 980. doi: 10.3390/ijerph16060980. Kamenov, K., Mills, J. A., Chatterji, S. & Cieza, A. (2019). Needs and unmet needs for rehabilitation services: a scoping review. Disability and rehabilitation, 41(10), 1227-1237 doi' 10.1080/09638288.2017.1422036. Langhammer, B., Becker, F., Sunnerhagen, K., Zhang, T., Du, X., Bushnik, T., . . . Kvalvik Stanghelle, J. (2015). Specialized stroke rehabilitation services in seven countries. Preliminary results from nine rehabilitation centers. International Journal of Stroke, 10(8), 1236-1246. doi: 10.1111/ijs.12599 Lucas, E., Alonso, B. & Lisakde, E. (2015). Evaluación e indicaciones de la rehabilitación domiciliaria. En F. Montagut, G. Flotáis & E. Lucas (Eds.).

Artículo ANEXO (97/103)

Rehabilitación domiciliaria. Principios, indicaciones y programas terapéuticos. Barcelona: Elsevier España. Millán, R. & Lasso, C. (2020). Telerehabilitación: estrategia para atender personas con discapacidad en zonas dispersas y alta ruralidad. En: P. Muñoz (Ed.). Discapacidad y TIC: estrategias de equidad, participación e inclusión (pp. 96-120). Cali: Editorial Universidad Santiago de Cali. Millán, R., Padilla, N., Lasso, C. & Domínguez, J. (2020). Telerehabilitación® y Centros Comunitarios de Rehabilitación-CCR. Modelo de atención para zonas dispersas y de alta ruralidad en Colombia; desde el enfoque de Atención Primaria en Salud-APS. Cali: Fundación IDEAL para la rehabilitación integral “Julio H. Calonje”. Ministerio de la Protección Social. (2007b). Decreto 3039 de 2007. Por el cual se adopta el Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010. Bogotá, D.C. Ministerio de Salud y Protección Social. (2015a). Orientaciones para el desarrollo de Jornadas de Salud en el marco del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas -PIC. Bogotá, D.C. https://www.minsalud.gov.co/sites/hd/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/ENT/orientaciones-jornadas- salud-pic.pdf RESOLUCIÓN NÚMERO J 00017 8 8 DE 0 4 SEP 2025^ PÁGINA 41 para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el mateo del derecho fundamental a la salud". Ministerio de Salud y Protección Social. (2015b). Resolución 518 de 2015. Por la cual se dictan disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y se establecen directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas-PIC. Bogotá, D.C.

Artículo ANEXO (98/103)

Ministerio de Salud y Protección Social. (2016a). Resolución 429 Política de Atención Integral en Salud. Obtenido de https://www.minsalud.gov.co/NormatMdad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%200429%20de%202016.pdf Ministerio de Salud y Protección Social (2016b). Resolución 1441 de 2016. Por la cual se establecen los estándares, criterios y procedimientos para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud y se dictan otras disposiciones. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-1441-2016.pdf Ministerio de Salud y Protección Social. (2016c). Directrices para la caracterización y ejecución de los procesos para la Gestión de la Salud Pública en el contexto de la Política de Atención Integral en Salud. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/ENT/directrices-gsp-v.pdf Ministerio de Salud y Protección Social (2016d). Perfiles y competencias profesionales en salud. Perspectiva de las profesiones, un aporte al cuidado de la salud, las personas, familias y comunidades. Bogotá, D.C. Ministerio de la Protección Social. (2016e). Resolución 256 de 2016. Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Sistema de Información para la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud. Bogotá, D.C. Ministerio de Salud y Protección Social (2018). Gestión integral del riesgo. Perspectiva desde el Aseguramiento en el contexto de la Política de Atención Integral en Salud. Disponible en: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/girs-prespectiva-desde- aseguramiento.pdf Ministerio de Salud y Protección Social (2019). Resolución 3100 de 2019.

Artículo ANEXO (99/103)

Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud. Bogotá, D.C. Ministerio de Salud y Protección Social. (2020). Plan de Acción para la Prestación de Servicios de Salud durante las Etapas de Contención y Mitigación de la Pandemia por SARS-CoV-2 (COVID-19). https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/lnstitucional/Procesos%20y%20procedimientos/PSSS01.pdf Ministerio de Salud y Protección Social. (2023). Indicadores de Talento Humano en Salud. Observatorio de Talento Humano en Salud. https://www.sispro.gov.co/observatorios/ontalentohumano/Paginas/Observatorio-de-Talento-Humano- en-Salud.aspx Ministerio de Salud y Protección Social. (2023a). Análisis de Situación de Salud (ASIS) Colombia, 2022. Dirección de Epidemiología y Demografía. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RlDE/VS/ED/PSP/asis-colombia-2022.pdf Ministerio de Salud y Protección Social. (2023b). Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS. https://prestadores.minsalud.gov.co/habilitacion/consultas/habilitados_reps.aspx?pageTitle=Registro %20Actual&pageHlp= [12 de marzo de 2024] Ministerio de Salud y Protección Social. (2023c). Resolución 2367 de 2023 de 2023. Por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. Bogotá, D.C.

Artículo ANEXO (100/103)

Ministerio de Salud y Protección Social (2023d). Resolución 2366 del 29 de diciembre de 2023. Por la cual se actualizan integralmente los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Bogotá, D.C. Ministerio de Salud y Protección Social. (2023e). Indicadores de riesgos laborales. https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/RiesgosLaborales/Paginas/indicadores.aspx Ministerio de Salud y Protección Social. (2024a). Necesidades de rehabilitación. Documento de trabajo. Ministerio de Salud y Protección Social. (2024b). Resolución 100 de 2024. Por la cual se dictan disposiciones sobre la Planeación Integral para la Salud y se deroga la Resolución 1536 de 2015 Bogotá, D.C. RESOLUCIÓN NÚMERO JÚ001788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 42 National Specialised Commissioning Group. (2010). Specialised Rehabilitation Services for Brain Injury and Complex Disability (all ages)-Definition No. 7 (Issue 7). Obtenido de: https://www.kcl.ac.uk/cicelysaunders/attachments/ssnds-no-7.pdf Organización Mundial de la Salud. (2001). Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud. https://www.imserso.es/lnterPresent2/groups/imserso/documents/binario/435cif.pdf Organización Mundial de la Salud. (2017). Rehabilitación 2030: Un llamado a la acción. https://www.who.int/disabilities/care/rehab_2030_cn_sp.pdf Organización Mundial de la Salud. (2019). Hipertensión, https://www.who.int/es/news-room/fact- sheets/detail/hypertension Organización Mundial de la Salud. (2020).

Artículo ANEXO (101/103)

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Artículo ANEXO (102/103)

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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