Por la cual se definen los procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar los servicios y se dictan otras disposiciones

Resolución · 1441 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 241–260 de 348

Artículo ANEXO (222/329)

11. Un medidor de glicemia ó dextrometer. Pon= Dotación OPADARLNIZUA Medicamentos, Aplica lo de todos los servicios RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N? LEA Atención prehospitalaria Dispositivos Médicos e insumos Además de lo definido para todos los servicios, cuenta con manuales para definir la referencia de pacientes cuando la situación del paciente lo amerite. 1. Manejo de urgencias prehospitalarias 2. Definir la referencia de pacientes cuando la situación del paciente lo amerite. 3. El traslado asistencial en la modalidad ofertada. (Solo en caso de prestar el servicio de traslado) Procesos 4. Rutinas permanentes de mantenimiento preventivo y correctivo del Prioritarios vehículo. 5. Rutinas de aseo y desinfección de los equípos y el vehículo. 6. Garantizar las buenas prácticas de esterilización en los dispositivos, instrumental y dotación que así lo requieran.

Artículo ANEXO (223/329)

7. Procedimiento de traslado que incluya traslado de niños y personas en abandono o sin acompañante. (Solo en caso de prestar el servicio de traslado) Historia Clínica y Registros Adicional a todos los servicios, deberá contar con tarjetas de clasificación de multitud de lesionados, deberán contar con un registro con el nombre de los pacientes atendidos o trasladados, fecha, hora, origen y destino del servicio, tipo de servicio, nombre del personal que atiende el servicio, evolución y procedimientos durante el traslado o atención de los pacientes en el programa o servicio. Interdependencia Esterilización Otros Servicios Servicio: Atención consumidor sustancias psicoactivas Descripción del Servicio: Es el servicio que presta atención a pacientes consumidores de substancias psicoactivas, en sus fases de tratamiento y rehabilitación, bajo la modalidad ambulatoria ú hospitalaria, mediante la aplicación de un determinado Modelo o Enfoque de Atención, basado en evidencia. Atención consumidor de sustancias psicoactivas Estándar Criterio Talento Humano Atención ambulatoria, cuenta con: 1. Médico especialista en psiquiatría, quien lidera la atención integral de los pacientes y garantiza una valoración y atención integral a cada uno de los pacientes independiente del modelo utilizado. Psicólogo presencial conforme horario de atención Trabajador social. Terapeuta ocupacional Todo el personal a cargo de los usuarios del servicio, cuentan con certificado de formación en la competencia para el soporte vital básico y con certificación del manejo del paciente Consumidor de Substancias Psicoactivas. La valoración de los usuarios al ingreso debe ser realizada por el Psiquiatra basado en criterios de ingreso según estadío de su adicción y OS RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LEO tc Atención consumidor de sustancias psicoactivas Estándar Criterio modelo de atención Hospitalización parcial, cuenta con:

Artículo ANEXO (224/329)

1. Médico especialista en psiquiatría, como líder de la atención integral de los pacientes, que garantice una valoración y atención integral a cada uno de los pacientes independiente del modelo utilizado. 2. Médico General disponible 3. El psicólogo cuenta con especialización en psicología clínica, presencial conforme horario de atención. 4. Psicopedagogo o pedagogos (profesional, técnico o tecnólogo), presencial conforme horario de atención. 5. Terapeuta ocupacional 6. Trabajador social 7. El equipo asistencial debe tener entrenamiento en soporte vital básico 8. El equipo médico debe tener entrenamiento en soporte vital avanzado 9. Auxiliar de enfermería presencial 10. Enfermero profesional 11. Operadores Certificados: deben contar con entrenamiento específico y certificado en el manejo de personas con adicción a sustancias psicoactivas. Este personal en ningún caso pueden asumir funciones del personal clínico — asistencial (psicólogos, psiquiatras oO terapeutas), son personal de apoyo en las actividades cotidianas, diferentes a las terapéuticas y clínico — asistenciales. 12. Los operadores certificados, deberán estar con supervisión del personal médico - asistencial. 13. Los operadores certificados, deberán estar con supervisión del personal médico - asistencial. 14. Todo el personal a cargo de los usuarios del centro debe contar con capacitación en soporte vital básico y manejo del paciente psiquiátrico. Atención institucional — internación: 1. Médico especialista en psiquiatría, como líder de la atención integral de los pacientes, que garantice una valoración y atención integral a cada uno de los pacientes independiente del modelo utilizado. 2. Médico general disponible 3. El psicólogo cuenta con especialización en psicología clínica, presencial conforme horario de atención. 4. Psicopedagogo o pedagogos (profesionales ó tecnólogos), presencial conforme horario de atención. 5. Terapeuta ocupacional 6. Trabajador social 7. El equipo asistencial debe tener entrenamiento en soporte vital básico

Artículo ANEXO (225/329)

8. El equipo médico debe tener entrenamiento en soporte vital avanzado 9. Auxiliar de enfermería presencial 10. Enfermero profesional RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LEO YY Atención consumidor de sustancias psicoactivas 11. Los operadores certificados, deberán estar con supervisión del personal médico - asistencial. Todo el personal a cargo de los usuarios del centro debe contar con capacitación en primeros auxilios. Atención ambulatoria Para las consultas ambulatorias cumplir con lo exigido para consultorios especializados de consulta externa Hospitalización parcial, cuenta con: 1. Áreas para ocupación del tiempo libre, de acuerdo con el tipo de terapia o plan de estructuración del tiempo de los usuarios. 2. Área para la realización de terapia individual que garantice condiciones de privacidad, la cual podrá ser la misma área de consultorio. 3. Sala para Uso Múltiple (SUM) con un área mínima que permita albergar a todos los usuarios participantes, el desarrollo de las terapias grupales o familiares, o los talleres de arte, o cualquier otra actividad que requiera de un espacio amplio 4. Disponibilidad de áreas para recreación, que podrán estar dentro o fuera de la institución. 5. Cuenta con batería de baños diferenciales para hombres y Infraestructura mujeres Atención Institucional, además de los criterios de ambulatoria deberá contar con: 1. Habitaciones de hospitalización 2. Disponibilidad de baño 3. La relación camas versus espacio deberá permitir la fácil circulación de los usuarios, su evacuación en casos de emergencia y las labores de aseo. 4. Las duchas y las unidades sanitarias deberán contar con divisiones físicas que garanticen la privacidad de los usuarios del centro. 5. Si la Institución es mixta se garantizará la separación física de dormitorios y baños para hombres y mujeres

Artículo ANEXO (226/329)

6. Cuenta con dispositivos de vigilancia y control de los usuarios y visualización fácil de los mismos Las habitaciones son de fácil acceso, las puertas abren hacia fuera y no presentan seguros los baños Hospitalización parcial, cuenta con: 1. Los elementos necesarios para la utilización del tiempo libre, así como para actividades vocacionales y/o ocupacionales, de acuerdo con el tipo de terapia o plan de estructuración del tiempo de los usuarios 2. Botiquín de primeros auxilios que contenga los elementos mínimos Dotación para atender una emergencia. La institución definirá su contenido. Extintores, con fecha de vencimiento vigente Atención institucional, adicional a lo exigido en hospitalización parcial, cuenta con: 1. Cama por cada uno de los usuarios de la Institución. 2. Áreas con seguridad para el almacenamiento de las pertenencias de los usuarios. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 45% Atención consumidor de sustancias psicoactivas 3. Equipo de reanimación. 4. Las áreas de atención a pacientes hospitalizados cuentan con electrocardiógrafo, glucómetro y elementos para inmovilización y sujeción física. 5. Dotación de equipos acorde con las modalidades de terapia ocupacional ofertadas. 6. Baterías para la realización de pruebas psicométricas, acorde a los servicios prestados. Silla de ruedas. Medicamentos, Dispositivos Para hospitalización parcial y atención institucional, aplican los criterios de Médicos e todos los servicios insumos El prestador debe garantizar a todos los usuarios, que no serán vulnerados sus derechos, su dignidad, su privacidad, la confidencialidad de su estadio o enfermedad y no debe ser objeto de agresión psicológica o física en ningún momento Atención en todas las complejidades y modalidades, cuenta con: 1. Un modelo o enfoque de atención documentado y basado en evidencia científica, aceptada por las guías de manejo del Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo ANEXO (227/329)

2. Mecanismos de divulgación del Modelo o Enfoque de Atención y su implementación, así como de procedimientos, manuales de convivencia, protocolos y guías de atención para que estos sean conocidos por el personal encargado y responsable de su aplicación, incluyendo el personal en entrenamiento si lo hubiere. 3. Un programa de capacitación y entrenamiento del personal en el tema de seguridad del usuario y de los principales riesgos de la atención en el servicio. 4. Lista de chequeo de los diferentes procedimientos para verificar su cumplimiento. 5. Consentimiento informado que promueva y aplique el principio de autonomía en los usuarios al autorizar a los profesionales de la modalidad de prestación de servicios para realizar los procedimientos de evaluación y tratamiento integral. En casos de menores de 18 años, personas declaradas inimputables o con trastornos del desarrollo intelectual serán sus familiares, tutores o representantes legales quienes el firmen el consentimiento informado. 6. Guías, manuales, procedimientos, protocolos y normas para: evaluación inicial e integral, admisión y egreso, referencia y contrarreferencia en casos de urgencia, interconsulta y a través de la red de prestadores de servicios, control de ingreso de sustancias psicoactivas y otras situaciones al margen de la ley vigente, realización y desarrollo de todo proceso pedagógico y terapéutico individual y/o grupal, estructuración del tiempo libre y actividades extramurales, teniendo en cuenta la modalidad y el nivel de complejidad del servicio.

Artículo ANEXO (228/329)

7. El equipo terapéutico interdisciplinario de la institución (conforme su complejidad y modalidad de atención), luego de la evaluación y diagnóstico integral, genera de forma escrita y documentada el esquema de intervención especifico, el plan de tratamiento para cada caso, contempla las diferentes intervenciones psiquiátricas, Procesos Prioritarios RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LO YD Atención consumidor de sustancias psicoactivas psicológicas y terapéuticas, determina las etapas a cubrir en el tratamiento y debe evidenciar la manera en que evalúa y promueve un paciente de un nivel a otro dentro ese plan de tratamiento. 8. Seguimiento y evolución del paciente: en cada etapa del tratamiento se debe realizar y registrar en el historial clínico la evolución del paciente. 9. Incluir indicadores de seguimiento, índice de: pacientes rehabilitados; reingresos; deserciones o retiros voluntarios antes de culminar el tratamiento; reincidencias en el consumo una vez terminado el tratamiento y egresado de la Institución. 10. Guías y protocolos de manejo y atención de patología dual en general, incluye guías para manejo de paciente agitado, intento de suicidio, trastorno depresivo, trastorno de ansiedad, trastornos de personalidad. 11. Establecer e implementar mecanismos de valoración del riesgo de suicidio, agresión, evasión, consumo de sustancias psicoactivas o alcohol de pacientes al interior de la institución. 12. Procedimientos para: manejo de deserciones, desórdenes internos, agresiones físicas y psicológicas y/o abusos de cualquier índole entre usuarios y hacia y desde el personal administrativo- asistencial. 13. Una declaración expresa y publicada de su política de protección y respeto a los derechos humanos y fundamentales considerados en la Constitución Política de Colombia (Titulo ll, Capitulo 1,

Artículo ANEXO (229/329)

Articulo 12), donde se prohíben las torturas, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. El prestador tiene establecido y documentado guías o procedimientos o manuales o normas para: 1. Admisión (teniendo en cuenta capacidad y nivel de atención) y egreso de usuarios a la Institución. Control de ingreso de sustancias psicoactivas a la Institución. Realización de terapias grupales e individuales. Estructuración del tiempo libre de los usuarios. Manejo de deserciones Manejo de desórdenes internos; Manejo de disparadores de una crisis; manejo de abusos, de cualquier índole, (tanto entre usuarios de la Institución, como de un miembro del equipo de tratamiento de la Institución hacía un usuario o viceversa); 8. Guía de suicidio e intento de suicidio 9. Síndrome de Abstinencia por Sustancias Psicoactivas 10. Reanimación Cardiocerebropulmonar 11. Supervisión de relaciones entre usuarios; manejo y atención de usuarios con VIH/SIDA dentro de la Institución; 12. Manejo de usuarios con doble diagnóstico, 13. Manejo de disparadores de una crisis e intervenciones en Crisis 14. Manejo de primeros auxilios 15. Y remisión urgente hacía otros prestadores cuando las condiciones de salud del usuario así lo exijan. 16. Entrega de información a los potenciales usuarios y/o sus familias sobre los servicios que ofrece; el tipo de tratamiento, duración, SS RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LEO tYU Atención consumidor de sustancias psicoactivas costo, eficacia, porcentajes de éxito y de fracaso; y el reglamento interno de la institución.

Artículo ANEXO (230/329)

17. Aplicación de mecanismos de evaluación o auditoria para determinar el impacto de las intervenciones realizadas, y el progreso de los usuarios en tratamiento y por fuera de tratamiento, durante un período de tiempo de mínimo de un año; y calcular como mínimo los siguientes indicadores: - Proporción de tratamientos eficaces; - — Proporción de deserción; - Proporción de recaída, evasiones, intentos de suicidio, - — Proporción de eventos adversos - Proporción de readmisión. - — Proporción de satisfacción Global. Adicional lo exigido en todas las complejidades: 1. El prestador debe diligenciar y enviar al Ente Territorial, con carácter obligatorio, el Formato del Sistema Unico de Información en la atención al consumo de Sustancias Psicoactivas. 2. Contar con consentimiento informado que incluya la información al Usuario sobre : - El tipo de tratamiento ofrecido por la institución, incluyendo los riesgos y beneficios de este tipo de atención, - — Las alternativas de otros tratamientos, - — Laeficacia del tratamiento ofrecido, - — La duración del tratamiento, Historia Clínica y - — Lasrestricciones establecidas durante el proceso de atención, Registros - — Los derechos del paciente y - Toda aquella información relevante para la persona, su familia o red de apoyo social o institucional. 3. La persona podrá revocar en cualquier momento su consentimiento. 4. Si se trata de un menor de edad, el consentimiento lo debe autorizar la entidad bajo la cual se encuentra institucionalizado o el representante legal o el defensor de familia, según sea el caso 5. En los casos en los cuales la condición mental del paciente no le permita expresar su consentimiento o que se trate de un menor de edad, el consentimiento podrá ser dado por los padres legítimos o adoptivos, el cónyuge o compañero (a) permanente, los parientes consanguíneos en línea directa o colateral hasta el tercer grado o su representante legal, según el caso Atención ambulatoria, disponibilidad de laboratorio clínico Hospitalización parcial: 1. Laboratorio clínico

Artículo ANEXO (231/329)

2. Nutricionista Interdependencia | Atención hospitalaria - Institucional: 1. Laboratorio clínico 2. Nutricionista 3. Toxicología

Artículo ANEXO (232/329)

4. Neuropsicología RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LEZ IT 2.3.2.10 Esterilización Proceso: Esterilización Descripción del proceso: Esterilización es el proceso mediante el cual se provee material estéril a los servicios que dependen de éste para realizar sus procedimientos con productos que garanticen la seguridad en la atención. El proceso de esterilización incluye los siguientes pasos: Recibo y lavado, armado y empacado, esterilizado y almacenaje y entrega de materiales estériles. La esterilización podrá ser realizada en una central de esterilización dentro de una IPS, fuera de ella como un proceso que se vende a la Institución Prestadora de Servicios de Salud, o como parte de un proceso dentro de una actividad que desarrolla un prestador independiente. En todos los casos deberá contar con habilitación el proceso. En todas éstas circunstancias, se deberá contar con prácticas que aseguren el producto esterilizado y el proceso finalizará solo cuando el producto se utilice en la atención de un paciente. La luz ultravioleta, las pastillas de formalina y el uso de oxido de etileno sin equipo automatizado, no son aceptados como métodos de esterilización. Ningún líquido utilizado fuera de una máquina podrá ser aceptado como método de esterilización, una vez que no permite una presentación aséptica final, ni método de control. Esterilización En centrales de esterilización dentro o fuera de las IPS, cuenta con: Enfermera ó instrumentadora, para el apoyo a alta y media complejidad Para baja complejidad: auxiliar de enfermería, responsables del servicio Cuando la esterilización sea realizada por un profesional independiente, por requerimiento de seguridad en la atención de sus pacientes, dicho profesional será responsable de garantizar el producto final. Talento Humano En centrales de esterilización dentro o fuera de las IPS cuenta con los siguientes ambientes y áreas de características exclusivas, delimitadas, señalizadas, unidireccionales y de circulación restringida

Artículo ANEXO (233/329)

1. Ambiente contaminado: donde se reciben y lavan los equipos. Contará con pocetas, mesones y suministro de agua, aire comprimido y desagúes. 2. Ambiente limpio con las siguientes áreas: - — Área de empaque donde se arman y empacan los equipos. - Área de esterilizadores acondicionada para el método de esterilización que se emplee. Área de almacenamiento de insumos. 3. Ambiente de almacenamiento de equipos : donde se almacena el material estéril 4. Ambiente de vestier para el personal asistencial que funciona como filtro, con lavamanos 5. Si se utiliza esterilización con óxido de etileno: ambiente independiente y con una instalación que siga las recomendaciones del fabricante del esterilizador Baño para el personal asistencial con lavamanos Cuenta con tomas eléctricas en todas las áreas 8. Todo el servicio debe estar: limpio, bien iluminado, ventanas cerradas, no uso de ventiladores. 9. Los pisos, paredes y techos, deberán estar recubiertos en materiales sólidos, lisos, lavables, impermeables y resistentes a los Infraestructura No RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LEO TYUO Esterilización procesos de uso, lavado y desinfección. 10. Todos los muebles serán lavables y no serán de material poroso. La madera no está indicada en éstas áreas Cuando el proceso sea desarrollado por un profesional independiente, cuenta con área independiente del área de procedimientos para realizar el proceso de esterilización, con mesón de trabajo que incluye poceta para el lavado de instrumental, diferente al lavado de manos. No se exigirá cuando la institución cuente con central de esterilización que garantice el servicio Para centrales de esterilización dentro o fuera de la Institución y para profesionales independientes, cuentan con:

Artículo ANEXO (234/329)

1. Los esterilizadores que garanticen el proceso a los elementos que se utilizan en los servicios de la Institución o el profesional independiente ó según la oferta de servicios cuando se trate de centrales independientes. 2. Los esterilizador/es cuentan con programa de mantenimiento preventivo, validación a la instalación y recalificación anual Si se utiliza esterilización con Óxido de Etileno, éste cuenta con aireador o Cubetas plásticas profundas de acuerdo a la cantidad de instrumental a Dotación lavar y cepillos para lavado Selladoras, si el empaque lo requiere Estanterías para almacenaje de superficies lavables y con estantes arriba del piso al menos 25 cms y 6 cms de la pared Para Centrales de esterilización 1. Mesa de transporte de equipos dentro de la central de esterilización Carros de transporte de equipos estériles y contaminados, debidamente marcados para el traslado seguro de los equipos fuera de la central de esterilización. Para centrales de esterilización dentro o fuera de la Institución y para profesionales independientes, cuentan con Medicamentos, Detergentes diseñados específicamente para ser utilizados en el lavado de Dispositivos instrumental quirúrgico y equipos médicos Médicos e Empaque grado medico permeable al agente esterilizante a utilizar insumos Agentes esterilizantes almacenados de acuerdo a las instrucciones del fabricante Indicadores químicos, biológicos con sus respectivas incubadoras Para centrales de esterilización dentro o fuera de la Institución y para profesionales independientes, cuentan con: Protocolos que contienen cada una de las etapas del proceso de esterilización: - Transporte de material antes del ingreso al servicio de esterilización. Procesos - Recibo de material Prioritarios a - — Lavado, secado y lubricación - Empaque - — Esterilizado - — Almacenaje y entrega

Artículo ANEXO (235/329)

1. Tiene un sistema de verificación de integridad del dispositivo estéril, identificando cualquier deterioro que comprometa la RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 LO. LAA Esterilización Estándar Criterio permanencia de la esterilidad. 2. Cuando se realicen procesos de esterilización con óxido de etileno, cuenta con manual de procedimientos seguros por parte de los operarios y de los dispositivos médicos. 3. Socialización, asesoría y verificación de cumplimiento de normas de almacenamiento del producto esterilizado que garantice el mantenimiento de las condiciones de esterilización del producto esterilizado dentro y fuera de la central en servicios como urgencias, salas de parto, salas de cirugía, hospitalización, etc. 4. En tanto se defina la relación y condiciones de reúso de dispositivos médicos diseñados para un solo uso, los prestadores de servicios de salud podrán reusar, siempre y cuando definan y ejecuten procedimientos basados en evidencia científica que demuestren que el reprocesamiento del dispositivo no implica reducción de la eficacia y desempeño para el cual se utiliza el dispositivo médico, ni riesgo de infecciones o complicaciones por los procedimientos para el usuario, con seguimiento a través del comité de infecciones. 5. Por lo anterior, el prestador debe tener documentado el procedimiento Institucional para el reúso limitado de cada uno de los dispositivos médicos que incluya la limpieza, desinfección, empaque, reesterilización con el método indicado y número límite de reúsos, cumpliendo con los requisitos de seguridad y funcionamiento de los dispositivos médicos, nuevo etiquetado, así como los correspondientes registros de estas actividades y su correspondiente validación. 6. Para aquellos dispositivos médicos que el fabricante recomienda un número limitado de reúsos, cuenta con la documentación necesaria que soporte el proceso de acuerdo a lo que el fabricante recomienda.

Artículo ANEXO (236/329)

7. Participación en el comité de infecciones. Para centrales de esterilización independientes de las Instituciones Prestadoras de servicios de salud que vendan la actividad de esterilización, deberán garantizar el transporte seguro que permita mantener las condiciones de esterilización del producto esterilizado Historia Clínica y Para centrales de esterilización dentro o fuera de la Institución y para profesionales independientes, cuentan con: 1. Registro de reúsos por cada uno de los dispositivos médicos esterilizados. Contar con los registros correspondientes a los procesos prioritarios asistenciales definidos en ése estándar Registros 2. Registro de las cargas. 3. Registro de los reportes de todos los controles. 4. Registro de las validaciones y mantenimientos de los equipos. 5. Listas del contenido de los paquetes que se esterilizan en la institución. Etiquetado de cada paquete que permita la trazabilidad de la esterilización Interdependencia | No aplica 2.3.2.11 Modalidades de prestación Modalidad | Tipo RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 CWaTa! TUU Modalidad Tipo Ambulatorios Intramural - : Hospitalarios Brigadas o jornadas de salud Modalidad intramural Brigadas o jornadas de salud Modalidad Extramural extramural Atención en unidad móvil acuática Atención domiciliaria Telemedicina para prestador remisor. Telemedicina para prestador remisor - Con TELEUCI.

Artículo ANEXO (237/329)

Telemedicina para centros de referencia Terrestre Transporte Aéreo asistencial de = pacientes Marítimo Fluvial Telemedicina Modalidad: Brigadas o jornadas Descripción de la modalidad: Conjunto de actividades en salud que se desarrollan de manera puntual y esporádicamente en infraestructuras físicas no destinadas a la atención en salud, o infraestructuras físicas de salud en áreas de difícil acceso que no cuentan con servicios quirúrgicos habilitados, o actividades en salud que se prestan en unidades móviles aéreas, fluviales, marítimas o terrestres que requieren para su funcionamiento recurso humano, equipos, materiales y medicamentos necesarios, para beneficio de la población del área de influencia Si la brigada o jornada se desarrolla de manera esporádica, no requerirá habilitarse, pero deberá notificarse de manera obligatoria con quince (15) días de antelación a la Entidad Departamental ó Distrital de salud correspondiente con nombre e identificación del líder de la brigada o jornada, domicilio, lugar donde se llevará a cabo la misma, tipo de actividades que se van a realizar y la población objeto a atender. La Entidad Departamental o Distrital de Salud correspondiente, efectuará visitas en fecha y lugar acordados, con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas para dichos servicios, ordenando la suspensión si los mismos no cumplen con los estándares establecidos en la presente resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 576 de la Ley 09 de 1979 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Si la brigada se desarrolla de manera periódica, requerirá habilitación por parte del prestador que oferte el servicio.

Artículo ANEXO (238/329)

LAS BRIGADAS O JORNADAS DE SALUD EN LA MODALIDAD INTRAMURAL Es la prestación de servicios de salud en infraestructura física de salud en áreas de difícil acceso que no cuentan con servicios quirúrgicos habilitados y que hacen parte de una institución prestadora de servicios de salud, que acondicionan temporalmente áreas para la realización de procedimientos quirúrgicos. Podrán prestar, además de los servicios definidos para las brigadas de salud en la modalidad extramural, los definidos en el "Formulario de Inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud" (REPS) como servicios de baja y mediana complejidad de tipo ambulatorio. Cuando la Institución Prestadora de Servicios de Salud - IPS donde se esté realizando la brigada o jornada de salud en la modalidad intramural tenga habilitado el servicio de hospitalización, se podrán realizar procedimientos quirúrgicos que requieran hospitalización posterior. Brigadas o jornadas intramurales RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 4604 TU T Los profesionales de salud cumplen con los requisitos legales de formación y entrenamiento en las profesiones ó especialidades Talento H formalmente reconocidas por el Estado, en el ámbito de los servicios a alento Humano ofertar en las brigadas o jornadas de salud, cumplen con lo definido en el ámbito intramural que se esté ofertando La institución donde se realicen los procedimientos en la modalidad Inf truct intramural, deberá contar con habilitación y mantener las condiciones niraestructura informadas en la autoevaluación del servicio Adicional a lo exigido en todos los servicios de atención en salud Garantizar el adecuado mantenimiento de los equipos biomédicos eléctricos o mecánicos que se utilizarán durante las respectivas jornadas o brigadas de salud.

Artículo ANEXO (239/329)

Deberá contar con equipo de reanimación cuyo contenido será definido por cada prestador de servicios de salud Si realiza procedimientos quirúrgicos deberá contar con: Mesa para cirugía, acorde al tipo de cirugías que realiza, Máquina de anestesia, la cual debe contar con: alarmas de desconexión, seguro de mezcla hipóxica, analizador de gases anestésicos, monitor de oxígeno administrado, monitor de presiones en la vía aérea y ventilador. Fuente de luz garantizada, Mesa para instrumental quirúrgico, Aspirador portátil, Laringoscopio con hojas para adultos y si se requiere hojas pediátricas, Dotación Tensiómetro y fonendoscopio, Camillas rodantes con barandas, Equipo básico de reanimación, Disponibilidad de desfibrilador y Elementos de monitoreo mínimo para administrar anestesia: Presión arterial no invasiva, Electrocardiograma continuo y pulsooximetría. Instrumental necesario de acuerdo con el tipo de procedimientos que se realizan en el servicio. Bala o cilindro de oxígeno con carro de transporte o sistemas de oxígeno central, en estos últimos casos deben tener planes y equipos para manejo de la contingencia de daños en la red. En el área de recuperación: Aspirador de succión, camillas y equipo básico de reanimación.

Artículo ANEXO (240/329)

Equipo para monitorear tensión arterial, trazado electrocardiográfico, pulsooximetría, desfibrilador Equipo de esterilización según el método establecido en el manual de esterilización del oferente del servicio extramural en modalidad intramural Medicamentos, Di itiv : o o % sposit os Cumplir a lo exigido en todos los servicios de atención en salud Médicos e insumos Adicional a lo exigido en todos los servicios de atención en salud y servicios quirúrgicos Procesos - 9 - 9 - - - - Prioritarios Quienes realicen brigadas o jornadas de salud en la modalidad intramural, deberán incluir dentro de sus procesos prioritarios, los protocolos para el seguimiento a pacientes, asegurando proceso de referencia en caso de RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 Walla? TUZ Brigadas o jornadas intramurales Estándar Criterio ser necesario y mecanismos que garanticen comunicación adecuada para el seguimiento postoperatorio de los mismos Se tiene definido un proceso para el seguimiento de pacientes, cuando se prestan servicios de brigadas o jornadas de salud en la modalidad institucional En caso de realizarse procedimientos ambulatorios, se deben tener definidos los procedimientos para la información al paciente sobre preparación, consentimiento informado y recomendaciones postoperatorias, controles, complicaciones y disponibilidad de consulta permanente y en general, las previsiones que se requieran para proteger al paciente de los riesgos de procedimientos quirúrgicos sin hospitalización.

Artículo ANEXO (241/329)

En el caso del servicio de traslado asistencial medicalizado de ambulancia, guías para el transporte de pacientes, aéreo, terrestre o marítimo según corresponda Cuenta con definición y aplicación de guías y mecanismos para la referencia de pacientes, cuando el caso así lo requiera Lleva registros de mortalidad quirúrgica inmediata, infecciones y complicaciones anestésicas El oferente del servicio, deberá contar con guías, protocolos o manuales donde se determine la posibilidad de comunicación con los especialistas quirúrgicos en caso de que queden pacientes hospitalizados o cuando la situación del paciente amerite ser orientada por el profesional responsable de la atención, una vez la brigada termine. Igualmente cuanta con un domicilio que permita su ubicación por parte de los usuarios Cuenta con protocolos para limpieza, desinfección y/o esterilización de acuerdo a los equipos e instrumental que utilice Historia Clínica y Adicional a lo exigido en todos los servicios de atención en salud la historia clínica utilizada en la modalidad extramural en institución, deberá ser archivada y custodiada por la Institución Prestadora de Servicios de Salud Registros. donde se realiza la actividad. Adicional a lo exigido en servicios de cirugía de baja y mediana complejidad, deberá contarse con un sistema de comunicaciones eficiente que permita el seguimiento a los pacientes atendidos Interdependencia Esterilización RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 HOJA N2 CWaLo] TUY Modalidad: Brigadas o jornadas modalidad extramural: Descripción de la modalidad: Conjunto de actividades en salud que se desarrollan de manera puntual y esporádicamente ó de manera periódica, en infraestructuras físicas no destinadas a la atención en salud o actividades en salud que se prestan en unidades móviles aéreas, fluviales, marítimas o terrestres que requieren para su funcionamiento recurso humano, equipos, materiales y medicamentos necesarios, para beneficio de la población del área de influencia.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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