. , Modifíquese el parágrafo transitorio del artículo 57 de lo Ley 1955 de 2019, el cual quedará así: . ')17 2294, ;;;/~· ,4..., r:r.:/'C"¡;;;;N'''/il i::f'1 .""! ..f;, ["lj'u1,1¡')¡';:"¡ :J;! 'i\r \t' ~' :\' ,,P'" ~ j ,' ; 1;1,.,. ni~ i:J ¡;::('"¿Ul;;;"OS ARTJrCUL'--..J 1 .., . a...:- .. .t;S" .. DEL FONDO NACIONAL DE PRE$TAC/ONE.S SOCIALES Df.iL MAGiSTERiO. ~,'-\ ( ~ j:/...II: 1)a ~;;I":rr ~ ... ~ ..... ~ _ ~. ,._-~ ! t. ~ ,,-~ I~LtJ: ... ) -1 Pf'r,¡\f'c'! , '{ ) nl¡C, Dn"(T "-.J,,-,_,l...' ¿;',o"':?"".. rJo ,C';'"> ""'Iíle'.1'('¡t' c,1 ,_LI8 l' -r,!") ,¡;¡. __ ......... . . . . r'I,:::> las P'ARA' G i\O¡,'lI=O' sanciones por more o ,ccígO ,del Fondo f',!cciúno! de Prestaciones Sod.ales: cJ,~1 Ivlaglsi"eriQ cóut::odos Ó didern!:;re ele 2022, focl)ltese al f0íhisteíio"de 1:lacism;i:J' yCréc!do PútJiico pora emifif mulos de Tesbteríaqüé ::;0,:"(:;-1 Cc;;¡'¡fni:;¡'rCidos ¡:YJr unG o varios sociedades io ,_....... fíJ!jc':c~rias Pl}!}¡;'---~. '-"f .,! C'ic;~n-J pi t'y1hd,,:,r ,-fe:, J-/adendo y" Crédi!~ "~_ ~ j~ I,... l~{ ~\~\ .. 1 l.. , . •) _',' . ~ .' . "'.' Públicodefiriiró Jo epErCJciór;, los regIos oe negociación y pago de los mísmos. Ef' Cón:sejo Directivo del FOf/1AG -efectuará la adiCión 'n~ ~'J~ ---J Io"'c"'''''ntc> ....... __ •loe: .J:'-'-~'I '--:::.1,....... ~J',""-'-',::.'._.-'~ ~i~, <c· 1'·,. ,) r.....{~. G' "rc"lr-, , .J 1 ••-1 e. I ·..JJcl '-' pOI"a'grafo • PIresupuestal rlp 11 .... . ; .,;)::. ":':': Il :-:........ ~'r-~= ....... , ... ,~. ¡ ;.,....¡¡ ....., .... J. ¡ \-" . .,. JlrlL, ...A __ _, ........... Lo emisió0 cJe, J:)¡:"'!i:"'S c· ¡'í)'uios no irnpficu c,;)¿rc,;",jÓn presuPl/estol a/gu()a y'$olq c!,s' ',::!¿'.',JPuesiorsc' ,conJ e::'';é¡~r:'Y " u ;edenciÓn. ,'. I rL ARTíCULO" 5. h1ARCO FúSCALDE ¡\~IE¡jflA !¡'" iCí . . TERRITORIALES. Anualmente, en ¡os de¡Juliu(i-:2¡¡[()::l. en los distrdos v m~JniciDios de categoría especial, j y 2, Ci partir de jo viqencia de la presen'te)ey,. y en fos municipios de cai'egorius 3, !:[, .5 \/6 C1 partir de Ja vigeilcio20t5s"ei Gobernador o' AJcaioc' deberá ¡ui8senta¡: a la res,O.ectivQ, AsorrJcieoo Concejo un /V'¡QíCO hs·:.oi eje /vlecJiclIJo Plazo. , . . . ' , ~. , I ( .. '.) h) El análisis de io situación financiera de ·Ias enUdades del sector descentralizado: que ÍllCluya corno mtnimo el análisis del pasivo de los entidades descentrolizadas y su impacto contingente en el resultado de los indicadores d~ las normCJs.de responsabilidad fiscal , {ehÚ6jlal,: yevi.gerJ(~ia;'/qsocciones que ia entidad -ferritorlal prevea ejecutar poro mitigar los riesgos y mantener el equilibrio financiero de dichas entidades. PARÁGRAFO. El Marco Fisco! de Mediano Plazo de las entidades territoriales deberá contener la descripción de las estrategias e instrumentos poro garantizar su cumplimiento. Los concejos municipales y asambleas departamentales al aprobar el presupuesto y el plan dé' in'iersione:s del plan de desaírollo deberán asegurarse de que éstos sean consistentes con el Morco Fiscal de 1\l1ediano Plazo de la entidad territorial. El control al cumplimiento de lo referido en el presente artículo estará a cargo de, las Controlorías del orden territorial. en el marco de las auditorios de control regular. ,