las obligaciones por concepto de servicios médico-asistertciales, servicIOs públicos domiciliarios, gastos de operación aduaneía, comunicaciones, transporte ycontribuciones inherentes a la nómina, causados en el último bimestre de 2016, se pueden pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal de 2017, las vacaciones, la prima de vacaciones, la indemnización a las mismas, la bonificación por recreación , las cesantías, las pensiones, gastos de inhumación, los impuestos, la tarifa de control fiscal, y contribuciones a organismos internacionales, se pueden pagar con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de su causación, los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación podrán pagar, con cargo al presupuesto vigente, las obligaciones recibidas de las entidades liquidadas que fueron causadas por las mismas, correspondientes a servicios públicos domiciliarios y contribuciones inherentes a la nómina, cua:quiera que sea el año de su causación, afectando el rubro que lesdio origen. "\nArtículo 440°. J~,LJtorízase a la N3ción y sus entidades descentralizadas, pa ~a efectual' cruces de cuentas entre sí, con entidades territo,ia!es y sus descentralizadas y con las empresas de servicios públicos con participación estatal, scbíe ¡as obligaciones que recípi"Ocaménte tengan causadas, Para estos efectos se requerirá acuerdo pre'Jio entre las partes , Estas operaciones deben reflejarse en el presupuesto, conservando únicamente la destinación para la cual fueron programadas las apropiaciones respectivas, En el caso de las obligaciones de origen iegal que tenga la Nación y sus entidades descentralizadas para con otros órganos públicos, se deben tene en cuenta, para efectos de estas compensaciones. las transferencias y aportes, a cualquier título, que las primeras haxan efectuad~ a las últimas en c~aiqui~r vigencia fiscal, ~i qued~re algún salda) en contra de la Naclon, esta podra sufragarlo a traves de tltulos de deuda publica, sin que Impilqd ~ operación presupuestal alguna Cuando concurran las calidades de acre~dor y deudor en un5 misma persona, como consecuencia de un proceso de liquidació:) o privatización de órganos nacionales de derecho público, se compensarán las cuentas, sin operación presupuestal alguna, I