COOPERACIÓN EN EL COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Teniendo en cuenta el enfoque cooperativo de este Título, así como lo dispuesto en el Título XIII (Asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades comerciales), las Partes reconocen la importancia de las actividades de cooperación que contribuyan a la aplicación y aprovechamiento de este Título y, en particular, a la mejora de las políticas y prácticas relativas a la protección laboral y ambiental de acuerdo a lo establecido en sus disposiciones. Dichas actividades de cooperación deberían cubrir actividades en áreas de interés mutuo tales como:
(a) actividades relativas a la evaluación de impactos ambientales y laborales del Acuerdo, incluyendo actividades destinadas al mejoramiento de metodologías e indicadores para dicha evaluación;
(b) actividades relativas a la investigación, monitoreo y aplicación efectiva de convenios fundamentales de la OIT y acuerdos multilaterales sobre el medioambiente, incluyendo aspectos relacionados con el comercio;
(c) estudios relacionados con los niveles y estándares de protección laboral, ambiental, y mecanismos para el monitoreo de dichos niveles;
(d) actividades relacionadas con la adaptación y mitigación del cambio climático, incluyendo actividades relacionadas con la reducción de emisiones por deforestación y degradación de los bosques (“REDD”);
(e) actividades relacionadas con los aspectos del régimen internacional de cambio climático pertinentes para el comercio, incluyendo actividades comerciales y de inversión para contribuir a la consecución de los objetivos de la CMNUCC;
(f) actividades relacionadas con la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica tal y como se trata en este Título;
(g) actividades relacionadas con la determinación del origen lícito de los productos forestales, los planes de certificación forestal voluntaria y trazabilidad de los diferentes productos forestales;
(h) actividades para incentivar las mejores prácticas para la gestión forestal sostenible;
(i) actividades relacionadas con el comercio de productos pesqueros, tal y como se trata en este Título;
(j) intercambio de información y experiencias en temas relacionados a la promoción y la aplicación de buenas prácticas de responsabilidad social corporativa; y
(k) actividades relativas a los aspectos relacionados con el comercio de la Agenda de Trabajo Decente de la OIT, incluyendo las interrelaciones entre el comercio y el empleo productivo, las normas fundamentales de trabajo, la protección social y el diálogo social.
TRANSPARENCIA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.