Funciones del Presidente del Consejo. Son funciones del Presidente del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación -CNBT, las siguientes : 1. Convocar, través de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CNBT, las sesiones ordinarias y extraordinarias que se requieran. 2. Someter a consideración de los demás miembros del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CNBT, para su análisis y aprobación, los estudios y documentos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones. 3. Suscribir los acuerdos, resoluciones, certificaciones y actas que se deriven de las decisiones adoptadas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CNBT. 4. Velar porque las decisiones que apruebe el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CNBT, en ejercicio de sus funciones sean debidamente ejecutadas. 5. las demás que le asigne la ley, el reglamento o el Consejo. (Art. 5, Decreto 121 de 2014) medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en 580 materia tributaria"\nArtículo 1°. 8.2.2.3. Funciones de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CNBT. Son funciones de Secretaría 1. Convocar a las sesiones del Consejo Nacional Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CN previa solicitud Presidente. 2. Preparar y allegar toda la documentación necesaria, tales como estudios, o documentos que ser objeto análisis y deliberación por del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CN 3. Actuar en sesiones como Secretario Técnico, verificar quorum, levantar acta y presentarla a consideración de todos los miembros del Nacional su de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación CNBT aprobación. 4. Suscribir los acuerdos y actas, conjuntamente con el PrE!sidente Consejo Nacional Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CN Comunicar, notificar o certificar, según los actos administrativos se deriven de las adoptadas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación CNBT. 6. Coordinar actualización Sistema Información Tecnología e Innovación de conformidad con lo Tributarios en establecido en el artículo de la 1286 de 2009. 7. Presentar un informe sobre la aplicación de criterios definidos por Consejo Nacional Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CN para seguimiento, control y evaluación de los proyectos calificados beneficios tributarios. 8. Emitir las comunicaciones necesarias para cabal cumplimiento de las tareas y procedimientos tomados y/o aprobados por Consejo Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación - CN 9. (Art. actividades que Tributarios en Decreto 1 sean asignadas por el Consejo Nacional de BT. Tecnología e Innovación - de 2014)