Por la cual se modifica la Resolución 1841 de 2013, en el sentido de adoptar el capítulo indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia como parte integral del Plan Decenal de Salud Pública – PDSP 2012-2021

Resolución · 50 · 2021-01-25 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 21–40 de 156

Artículo ANEXO (17/152)

Este diálogo de saberes se expresó en tres momentos durante el desarrollo de los encuentros: el primero enfocado a la exploración de situaciones, conocimientos y experiencias (identificar), el segundo orientado a la determinación de factores que inciden en sus realidades (comprender) y el RESOLUCIÓN NÚMERO, 050 DE, 5 ENE 2797 HOJA No. 12 tercero a la resignificación o definición de elementos para la transformación de dichas realidades (responder). Los equipos conformados por las organizaciones indigenas integrantes de la Subcomisión de Salud lideraron los encuentros y consolidaron los insumos obtenidos en matrices y documentos que se entregaron al Ministerio para la formulación de este capitulo. 2.4. Fase de formulación Con base en la información bibliográfica, tuentes institucionales y con los insumos resultantes de la fase de diálogo, el MSPS realizó la definición técnica, estructuración y formulación del texto preliminar del capítulo indígena, lo cual implicó un proceso de conceptualización y triangulación de datos, a través de la cual se relacionó información de fuentes primarias y secundarias, necesidades normativas y percibidas, datos cuantitativos y cualitativos, perspectivas desde lo occidental y tradicional o propio de las realidades culturales indigenas. Durante esta fase, los delegados indigenas de la Subcomisión de Salud de la MPC designaron, con el apoyo financiero del Ministerio de Salud y Protección Social, un equipo de profesionales para realizar los ajustes necesarios al Capitulo indigena del PDSP. 2.5.

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Fase de validación, adecuación y concertación El Ministerio con la participación de algunas secretarias de salud, EPS e IPS, validaron lo planteado en el texto preliminar del capítulo, a través de la socialización del documento, realización de reuniones y la recolección de observaciones y sugerencias. Con los aportes se hicieron los ajustes para su protocolización. Una vez estudiado por los representantes de los pueblos indigenas, se recogieron las observaciones y se llevaron a sesiones de trabajo conjuntas, para acordar el texto final. 2.6. Fase de reglamentación y socialización El propósito de esta fase es impulsar la incorporación del componente diferencial indigena en los próximos planes territoríaies de salud para que en estos instrumentos de planeación se determine el contexto situacional en salud de las poblaciones indigenas existentes en los departamentos, distritos y municipios y en consecuencia se definan estrategias de acción dirigidas a mejorar condiciones de vida y de salud y avanzar en la erradicación de inequidades injustas y evitables. 3. MARCO CONCEPTUAL Los referentes propios e internos inherentes a los pueblos indígenas que se fundamentan en su cosmovisión, cosmogonía, y usos y costumbres, se relacionan con los procesos de salud entendida como "buen vivir o vivir bien” y enfermedad entendida como “desequilibrio o desarmonía”, así como con los determinantes de la salud y las dimensiones del PDSP 2012 — 2021. Estos referentes conceptuales se han derivado de criterios planteados y compartidos por los asistentes en los encuentros de diálogo de saberes que se relacionan en la metodología. Dado que la formulación de! capítulo indigena del PDSP 2012 — 2021 aplica un enfoque propio e intercultural, se destacan tanto referentes de salud inmersos en el PDSP 2012 — 2021, asi como referentes propios planteados desde el saber de los pueblos indígenas en cabeza de sus dirigentes y representantes.

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Por tratarse de un proceso incluyente, participativo y diferencial se describen los referentes asociados al Buen Vivir y los enfoques correspondientes. 3.1 Referentes asociados al “buen vivir o vivir bien” desde la perspectiva de los pueblos indígenas. Estos referentes surgieron como resultado de los diálogos de saberes con tos pueblos indígenas, a partir de su desarrollo metodológico y los acuerdos a los que llegó este Ministerio con ta Subcomisión de Salud de la MPC con los Pueblos y Organizaciones indígenas, para la formulación del presente capítulo. Los encuentros como círculos de palabra o desarrollo de la minga de pensamientos, permitieron recordar y retomar el análisis propio de los factores políticos, económicos, sociales, tecnológicos, ecológicos, legales, culturales, históricos y espirituales en torno a los procesos del “buen vivir o vivir bien” y “desequilibrio o desarmonía”, que participan en la concepción y formas propias, tradicionales O ancestrales en que los pueblos indígenas, dependiendo del contexto (rural o urbano) en el que se RESOLUCIÓN NÚMERO 9050 DE, 5 ENE 74971 HOJA No. 13 desarrollan sus vidas, toman y unen ta comprensión y explicación de las diferentes situaciones y condiciones que se tejen o moldean alrededor de la concepción, conservación y recuperación de su salud.

Artículo ANEXO (20/152)

A continuación, se describen los elementos comunes y transversales asociados al proceso del “buen vivir o vivir bien” de los pueblos indígenas y sus determinantes, integrados a través de fundamentos, conceptos y elementos propios, es decir, desde la perspectiva de los pueblos indígenas, insumos tomados de los encuentros de diálogos de saberes, los cuales forman parte de soportes técnicos como relatorías, informes y audios del proceso de construcción del documento. 3.1.1 Elementos de cosmovisión e identitarios Los pueblos indígenas disponen de elementos propios que se derivan de su pensamiento, los cuales están interrelacionados y hacen parte de la vida de personas, familias y comunidades, cuya confluencia e intersección procuran proporcionar y mantener armonía y equilibrio para lograr el “buen vivir o vivir bien”. Estos son: 3.1.1.1 Territorio Para los pueblos indígenas, el territorio se define como el eje central donde se desarrolla la vida. Es el ámbito donde se soporta y reproducen los elementos esenciales del ser indigena (per se) y en el cual está la garantia de pervivencia y supervivencia física, espiritual, material y cultural. Se considera como un espacio fisico porque allí se encuentran todos los ejlementos que posibilitan el desarrollo de la vida, generándose una interrelación entre estos, los seres que allí se encuentran y la naturaleza. También es el espacio cosmogónico porque se genera una interrelación del ser humano con el cosmos, el cual determina el orden social, cultural, productivo, reproductivo y político de los pueblos indígenas que alli habitan, pero también de aquellos que no siendo indigenas se relacionan y benefician de este y de todos los elementos que en el convergen.

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El territorio es concebido como una relación directa indisoluble con el ser indígena (per se), es un organismo vivo que constituye ta “Madre Tierra” o “Pacha Mama”; y tiene relación profunda con la comunidad, la familia y el individuo. Allí está el origen, la vida, los alimentos, la historia, los recursos de la sabiduría ancestral, los sitios sagrados, las representaciones sociales y culturales, los mitos, las leyendas, las formas de autoridad y gobierno propio, la sacralidad, la lucha y resistencia de los pueblos indigenas en sus procesos. Además, proporciona el soporte y las condiciones para la armonía, el equilibrio y el "buen vivir o vivir bien”, es así como tas desarmonias y todo lo que lo afecte, son causas generadoras de problemas de salud. En suma, es el escenario y las condiciones naturales fundamentales en el que se desarrolla y posiciona la existencia pasada, presente y futura de los pueblos indígenas, por lo que no poseerlo sugiere un factor de riesgo colectivo y desarmonía que impide su normal desarrollo socio cultural. 3.1.1.2 Identidad cultural indígena Está asociada con el sentido de pertenencia que tienen los pueblos indigenas con un conjunto de elementos materiales e inmateriales tales como humores, energías, vida espiritual, idiomas propios, que recrean y le dan un simbolismo especial a la cultura propia de determinado puebio indigena. Determina el modo de vida propio que tienen las comunidades, estudia los procesos socioculturales, territoriales, políticos, productivos, creencias y los usos y costumbres.

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Desde el sentido global, se trata de una identidad cultural colectiva que es sujeto de estudio para comprender el grado de identidad que tiene tos pueblos indigenas, dado que existen determinantes externos e internos que difieren directamente a las formas de vida, proceso de desarrollo, progreso y el nivel y forma de interculturalidad. 3.1.1.3 Usos y costumbres Para los pueblos indigenas, los usos y costumbres son los conocimientos o sabidurias y acciones o enseñanzas, consejos que son ejemplos de vida o hacen parte del diario vivir. En el proceso de organización sociocultural de los pueblos indígenas, los usos y costumbres son las leyes colectivas que hacen parte de la convivencia, pero también son leyes individuales dado que determinan el comportamiento y la identidad de cada persona en su auto reconocimiento como integrante de cierta comunidad indigena. RESOLUCIÓN NÚMERO] 7.0050 o S ENE 0721 HOJA No. 14 Para el caso de la salud, la manera de promover la existencia del conocimiento o sabiduria del manejo de la espiritualidad y la medicina tradicional se hace mediante la aplicación de los usos y costumbres que han sido heredados de generación en generación, u en su diario vivir, ya sea para proteger o en algunos casos curar una enfermedad o desequilibrio, dependiendo del grado o gravedad de la desarmonía que tengan las personas, la comunidad y/o el territorio. 3.1.1.4 Ley de origen o ley natural También es denominada como ley natural de cada pueblo indigena.

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En general, se reiaciona con el conjunto de normas de carácter ancestral y espiritual que fundamentan, orientan y ordenan los estilos de vida de los pueblos indigenas. Aquí están determinados los mandatos que rigen la interacción o relaciones entre los seres humanos y, entre estos, la naturaleza y el territorio y tiene como fin la pervivencia fisica y cultural de los pueblos indigenas. En la ley de origen está el fundamento del derecho que guía y rige las relaciones de quienes habitan el territorio o hacen parte del pueblo indigena; en ella se establecen normas de comportamiento para mantener el equilibrio, la armonía entre las personas, la comunidad para lograr el “buen vivir o vivir bien” individual o de manera comunitaria. Por tanto, esta ley genera derechos y obligaciones con los ancestros, la espiritualidad, la naturaleza y la comunidad, a la vez que determina elementos para el relacionamiento con otros grupos humanos y formas de vida. 3.1.1.5 Derecho mayor El derecho mayor para los pueblos es el principio de la autonomía y autoridad territorial, pero también hace comprender que en los territorios indígenas siempre existió una cultura milenaria, una forma de vida con unas estructuras sociales, políticas, económicas y culturales que definieron a un pueblo. El derecho mayor describe el proceso o recorrido histórico de resistencia que los pueblos indígenas han enfrentado durante cientos de años. Por tanto, representa la diversidad, la espiritualidad, el pensamiento, identidad, los usos y costumbres, en si, la cosmovisión y cosmogonía de los pueblos indigenas; en cuanto a salud hace referencia a la sabiduria que tienen las comunidades indígenas en el manejo de las plantas, los metales, los animales frente a los desequilibrios que tiene la comunidad.

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También describe la espiritualidad de las comunidades, el respeto hacia la naturaleza representa la biodiversidad de los territorios porque se muestra el contexto de la rigueza natural de las regiones. 3.1.1.6 Sabiduría ancestral La sabiduría ancestral de cada pueblo indígena contiene el saber propio y las costumbres acumuladas que durante miles de años han estado en el conocimiento indigena. Está fundamentada en la interacción con sus tejidos particulares y es transmitida de generación en generación a través de los procesos particulares de reproducción cultural, esto es tradición oral, vivencias, usos y costumbres, mitos y acciones propias, como aspecto esencial para la pervivencia de los individuos, la comunidad, los grupos sociales y los pueblos indígenas, como sujetos colectivos de unas culturas propias. Está inmersa en el sistema médico tradicional o propio y contiene un conjunto amplio de recursos, saberes y acciones con métodos de protección, sanación y curación fisica y espiritual a nivel individual, familiar y colectivo, así como del territorio. Es un don encomendado a sabedores ancestrales como médicos, sanadores, rezanderos, hierbateros, pulseadores, parteras, sobanderos, entre otros, con experticia y/o diferenciación en especialidades de diversas áreas en torno a los procesos del “buen vivir o vivir bien” y “desequilibrio o desarmonía”. 3.1.1.7 Autonomía Es un atributo de la actividad permanente que los pueblos indígenas ejercen sobre sus formas propias de autoridad, vida social, cultura, economia y política dentro de su ámbito territorial y/o como pueblo indigena, así como toma de decisiones internas y según las formas de relacionamiento con otros sectores de la sociedad nacional, en un contexto de autoridad indígena.

Artículo ANEXO (25/152)

La mayoria de la toma de decisiones es colectiva, procurando el ejercicio de la participación máxima, la igualdad y la equidad, de modo que estas no afecten la unidad étnica y garanticen el máximo beneficio colectivo. Por tanto, la autonomía permite que los pueblos y comunidades indigenas vivan de acuerdo con sus Usos y costumbres, en armonía con el territorio, la ley de origen, la sabiduria ancestral, la espiritualidad y su gobierno propio. A la vez, da la posibilidad y es la garantia de que se puedan desarrollar las RESOLUCIÓN NÚMERO" 1.3050 DE 2021 HOJA No. 15 25 ENE 2071 decisiones de las comunidades, de acuerdo con lo definido por sus autoridades tradicionales en los ámbitos de participación propia y en consonancia con sus planes de vida. Desde la salud, la autonomía expresa la sabiduría de las comunidades sobre la medicina tradicional, y la capacidad de determinar los alcances que tiene la medicina tradicional dentro de sus territorios; desde lo económico, es la resistencia por mantener los sistemas de alimentación propios como es la huerta, la chagra, el conuco, el tul, etc. También expresa la capacidad de organización colectiva y el ejercicio de autoridad que tienen los pueblos indígenas para poder ejercer control, brindar protección, seguridad territorial, emprendimiento, liderazgo y gestión. Los pueblos indigenas, aplicando su autonomía, dan a conocer qué es lo que se quiere para sus pueblos y como quieren que se haga. La autonomía no es un criterio absoluto, sino que tienen un carácter relacional.

Artículo ANEXO (26/152)

Al respecto, este Ministerio se permite citar apartes de jurisprudencia de la Corte Constitucional en la que se ha desarrollado esta materia: Sentencia T-058 de 14 de febrero de 2019, M.P. Alejandro Linares Cantilo: “En este marco, teniendo en cuenta el mando de protección especial previsto en ta Constitución y en distintos tratados internacionales**”, en aras de proteger el interés superior del menor, la jurisprudencia ha admitido limitaciones a la autonomía indígena cuando las autoridades del Estado tengan certeza que existe una situación de vulneración de los derechos de los niños”? empero su intervención debe ser razonable y proporcional, afectado (sic) en la menor medida posible el derecho a la diversidad étnica y cultural. Así pues, la obligatoriedad del interés superior del menor no encuentra excepciones de ninguna clase, ni siquiera tratándose de población indígena. En consecuencia, los miembros de las comunidades étnicas están obligados, en el marco de sus usos y costumbres, a garantizartes a los niños la protección especial que ordenamiento jurídico vigente les reconoce”. - Sentencia T-254 de 1994, M.P. Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz: “7.1 A mayor conservación de sus usos y costumbres, mayor autonomía. La realidad colombiana muestra que las numerosas comunidades indígenas existentes en el territorio nacional han sufrido una mayor o menor destrucción de su cultura por efecto del sometimiento al orden colonial y posterior integración a la "vida civilizada" (Ley 89 de 1890), debilitándose la capacidad de coerción social de fas autoridades de algunos pueblos indígenas sobre sus miembros.

Artículo ANEXO (27/152)

La necesidad de un marco normativo objetivo que garantice seguridad jurídica y estabilidad social dentro de estas colectividades, hace indispensable distinguir entre los grupos que conservan sus usos y costumbres-los que deben ser, en principio, respetados-, de aquellos que no los conservan, y deben, por to tanto, regirse en mayor grado por las leyes de la República, ya que repugna al orden constitucional y legal el que una persona pueda quedar relegada a los extramuros del derecho por efecto de una imprecisa o inexistente delimitación de la normatividad llamada a regular sus derechos y obligaciones. 7.2 Los derechos fundamentales constitucionales constituyen el mínimo obligatorio de convivencia para todos fos particulares. Pese a que la sujeción a la Constitución y a la ley es un deber de todos los nacionales en general (CP arts. 4, 6 y 95), dentro de los que se incluyen los indigenas, no sobra subrayar que el sistema axiológico contenido en la Carta de derechos y deberes, particularmente los derechos fundamentales, constituyen un límite material al principio de diversidad étnica y cultural y a los códigos de valores propios de las diversas comunidades indígenas que habitan el territorio nacional, las que, dicho sea de paso, estuvieron representadas en la Asamblea Nacional Constituyente. 7.3 Las normas legales imperativas (de orden público) de la República priman sobre los usos y costumbres de las comunidades indigenas, siempre y cuando protejan directamente un valor constitucional superior al principio de diversidad étnica y cultural. La interpretación de la tey como límite al reconocimiento de los usos y costumbres no puede llegar hasta el extremo de hacer nugatorio el contenido de éstas por la simple existencia de la norma legal. El carácter normativo de la Constitución impone la necesidad de sopesar la importancia relativa de los valores protegidos por la norma constitucional-diversidad, pluralismo-y aquellos tutelados por las normas legales imperativas.

Artículo ANEXO (28/152)

Hay un ámbito intangible del pluralismo y de la diversidad étnica y cultural de los pueblos indigenas que no puede ser objeto de disposición por parte de la ley, pues se pondria en peligro su preservación y se socavaría su riqueza, la que justamente reside en el mantenimiento de la diferencia cultural. La jurisdicción especial (CP art. 246) y las funciones de autogobierno encomendadas a los consejos indigenas (CP art. 330) deben ejercerse, en consecuencia, según RESOLUCIÓN NÚMERO” 23050 1 HOJA No. 16 595 ENE 20% sus usos y costumbres, pero respetando las leyes imperativas sobre la materia que protejan valores constitucionales superiores”. 3.1.1.8 Gobernabilidad Consiste en el ejercicio práctico de las normas a nivel social, dentro de las instituciones y con autoridades propias, que procuran por la armonía y el "buen vivir o vivir bien” entre las personas y grupos que habitan e interactúan como grupo étnico y con el territorio. Para el desarrollo de la gobernabilidad, los pueblos indigenas tienen estructuras políticas propias desde su cosmovisión, ley de origen o ley natural, derecho mayor o derecho propio y autonomia, y su aplicabilidad está dada a través de diversos mecanismos, entre los cuales están tos usos y costumbres.

Artículo ANEXO (29/152)

Así mismo, existen otras estructuras apropiadas como el resguardo, los cabildos coma máxima autoridad y otras formas de gobiernos establecidas desde la adopción de la Constitución Política de 1991 y su reglamentación como las asociaciones de cabildos o autoridades propias, otras derivadas del Decreto 1953 de 2014, a saber, las asociaciones de resguardos con capacidad político administrativa. Por tanto, la gobernabilidad en la salud es el proceso de implementación de la medicina ancestral mediante mecanismos de participación, auto reconocimiento, valoración, ejercicio de la autoridad y la autonomía para la implementación de acciones de salud dentro de las comunidades. Son también los procesos de organización social colectiva para fortalecer, formular, gestionar e implementar las políticas propias de satud. 3.1.1.9 Reciprocidad Para los pueblos indígenas, la reciprocidad es el principio fundamental del buen vivir porque determina su solidaridad.; Es la expresión de unidad y retribución por el hecho de ser seres colectivos. Esta se práctica en el diario vivir, porque se cree que para uno estar bien, el otro debe estar bien, que, para producir buenos alimentos, la tierra debe estar sana, libre de contaminación, para estar sano, debo alimentarme bien, deben existir buenos usos y costumbres (hábitos) como sujetos de una comunidad. Dentro de la salud, la reciprocidad se observa a través de las desarmonías o desequilibrios que tiene la comunidad o el individuo con la naturaleza, con su entorno, con su cuerpo o con la comunidad, para lo cual, los pueblos indígenas utilizan el conocimiento ancestral de aplicación de la medicina propia para volver al ciclo natural o de la vida.

Artículo ANEXO (30/152)

Las comunidades miran que fas desarmonías son un ciclo normal de las comunidades pero que debe encontrar el horizonte mediante la aplicación de espiritualidad, donde siempre actúa una dualidad, del adentro, el afuera, lo sagrado y lo natural, el hombre y la mujer son complementarios, por ende, todo es complementario y reciproco. Figura 1. Elementos de cosmovisión e identitarios. elementos de cosmovisión e Idemtitarios OLIOYIS3L La figura 1, representa la interacción entre estos elementos de cosmovisión e identitarios, y su relación con el “buen vivir o vivir bien” y se observa que el centro de interacción entre los elementos de cosmovisión e identitarios es el “buen vivir o vivir bien”, a nive! individual, familiar y comunitario; materializándose el concepto de armonía y equilibrio y, por consiguiente, el de salud. RESOLUCIÓN NÚMERO; 9050 DE 1 HOJA No. 17 25 ENE 20% 3.1.2 Diversidad étnica indígena y salud Comprender la diversidad étnica se relaciona con los variados conceptos, percepciones, usos, prácticas tradicionales relacionadas con la salud y la enfermedad. No obstante, las particularidades, debido a las cosmovisiones, cosmogonía y ley de origen especificas de cada grupo, de manera general, se asocian a explicaciones de integralidad en las cuales se destaca que la salud tiene que ver con los estados equilibrio y armonía con to sagrado, espiritual, social, cultural y natura! (tierra y cosmos).

Artículo ANEXO (31/152)

Reconocer esas diversas realidades de la salud indigena es fundamento para formular políticas públicas con enfoque diferencial e intercultural, que correspondan con dichas especificidades o especialidades, en las cuales deben incluirse e interactuar conocimientos y prácticas tanto de la medicina occidental como de la medicina tradicional del pueblo indigena. Para ello, resulta indispensable partir desde su concepción en los planes de vida de los pueblos indigenas, se constituyen en el proceso de participación activa que tienen para tomar sus propias decisiones sobre el planteamiento de lo que quieren lograr sus comunidades, mediante el ejercicio pleno de la aplicación de los principios ideológicos como es el territorio, la ley natural, la ley de origen, el derecho mayor, los usos y costumbres, la cosmovisión y la aplicación de la autonomía y autoridad territorial. Consiste en el ejercicio autónomo de planear sus acciones en defensa de su cultura, el territorio, la identidad cultural, proyectar sus visiones de salud, educación, cultura, política, producción o economia, el ambiente natural y, por ende, salvaguardar sus derechos como comunidades ancestrales. Desde el punto de vista de planeación, los planes de vida son instrumentos técnicos y políticos que los pueblos indigenas construyen para orientar todas sus acciones de progreso, desarrollo, fortalecimiento, resistencia y lucha porque es la dinámica total de las comunidades donde desarrollan la vida como seres humanos y la vida de la tierra y del espacio. Los puebtos indigenas han sido autónomos de dar su enfoque, de acuerdo con su historia y contexto territorial, en plantear la visión, orientar y definir sus propias estructuras.

Artículo ANEXO (32/152)

Se puede decir que es el instrumento de planeación institucional como pueblo, como resguardo, como cabildo incluso como vereda, parcialidad o comunidad que se coordina y articula con la planeación local, regional, nacional y mundial. 3.1.3 Determinantes sociales de la salud De acuerdo con el Plan Decenal de Salud Pública, los determinantes sociales de la salud son “aquellas situaciones o condiciones o circunstancias que hacen parte del bienestar, calidad de vida. desarrollo humano, que ejercen influencia sobre la salud de las personas y que, actuando e interactuando en diferentes niveles de organización, determinan el estado de salud de la población” Para lograr un acercamiento a los factores que determinan el estado de salud de la población indigena es importante definir los determinantes sociales propios e interculturales en salud considerando que su enfoque está adscrito at territorio, la madre tierra y su estado, la sabiduría ancestral, la autonomía alimentaria, práctica de usos y costumbres, gobernabilidad, justicia propia, educación y cosmovisión del buen vivir. En este sentido, el nuevo enfoque reconoce las diferencias para la formulación de estrategias y acciones enmarcadas en las dimensiones del PDSP 2012-2021, consolidando la implementación de planes, programas y políticas públicas en salud encaminadas a garantizar los derechos a salud de la población indigena en Colombia. 3.1.4 Dimensiones desde el concepto de los pueblos indígenas El PDSP 2012 — 2021 establece como meta central el “alcanzar la equidad y el desarrollo humano sostenible, afectando positivamente tos Determinantes Sociales de la Salud y mitigando los impactos de la carga de la enfermedad sobre los años de vida saludables”, la cual se despliega, como parte de su diseño estratégico, en acciones para ocho (8) dimensiones prioritarias y dos (2) dimensiones transversales.

Artículo ANEXO (33/152)

En las dimensiones del Capitulo Étnico del PDSP, los conceptos de la politica pública en salud se complementan desde las particularidades culturates, territoriales, sociales y la cosmovisión de los pueblos indígenas. A continuación, se define desde el concepto de la salud propia, como se conciben estas dimensiones para el presente Capítulo: RESOLUCIÓN NÚMERO "2.3050 1 HOJA No. 18 > s ENE 20% + Salud, ambiente y territorio. Busca la armonía de la naturaleza en su estado natural, esto es un equilibrio fisico y espiritual entre los rios, lagos, lagunas, nacimientos, sitios sagrados, jardines botánicos, sitios georreferénciales y cosmos-referenciales, que favorecen la soberanía y autonomía alimentaria y el buen vivir de los pueblos indigenas dentro de sus territorios. » Armonías y desarmonías relacionadas con las condiciones no transmisibles. Acciones propias e interculturales que buscan favorecer “el buen vivir” de la población indígena, promoviendo los cuidados culturales en promoción de la salud y prevención de condiciones no transmisibles en las diferentes etapas del transcurso de la vida de las personas, familias y comunidades. + Armonía física, mental y espiritual. Acciones propias e interculturales que promuevan la armonía mental y la convivencia y contribuyen al bienestar y el desarrollo humano y socia! en todas las etapas del ciclo de vida. * Autonomía y seguridad alimentaria y nutricional.

Artículo ANEXO (34/152)

Acciones propias e interculturales que buscan una alimentación acorde a los usos y costumbres y el fortalecimiento cultural de sus huertas, chagras conucos, jajañ, tull, garantizando una nutrición sana, con equidad y acorde a las etapas de vida de los pueblos y comunidades indigenas. =- Tejido de la vida, familia y comunidad. Acciones propias e interculturales, enfocadas al fortalecimiento del vínculo familiar de los pueblos indígenas y a promover el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos en la población joven y adulta, adaptados desde un enfoque intercultural del ciclo reproductivo de los pueblos indigenas. + — Vida saludable y enfermedades transmisibles. Acciones propias e interculturales que busca garantizar a la población indígena "el buen vivir” desde la promoción de estilos de vida saludable y el acceso a una atención integral ante situaciones, condiciones y eventos transmisibles de enfermedades. » Salud pública en emergencias y desastres, Acciones propias e interculturales sectoriales, transectoriales y comunitarias que propenden por la protección de individuos y colectivos ante los riesgos de emergencias o desastres con impacto en la salud pública, procurando reducir los efectos negativos en la salud humana y ambiental. + Riesgos en salud en las ocupaciones. Conjunto de intervenciones y acciones propias e interculturales que buscan "el buen vivir”, el bienestar y la protección de la salud individual, familiar y colectiva en sus dinámicas de trabajo, a través del fomento de modos, condiciones y estilos de vida saludables propios en las actividades productivas propias y/o en el ámbito taboral en todas las ocupaciones. +» Gestión diferencial de poblaciones vulnerables.

Artículo ANEXO (35/152)

Estrategias y acciones propias e interculturales, institucionales e intersectoriales, dirigidas a impactar determinantes sociales de la salud, asociados con inequidades injustas y evitables, que inciden negativamente en las condiciones de salud y vida de los pueblos y comunidades indígenas. + — Fortalecimiento de la autoridad sanitaria para la gestión de la salud. Conjunto de acciones que fortalecen las capacidades institucionales y comunitarias, para mantener y reconocer los saberes y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas y de las posibilidades de complementar e integrar otras perspectivas convencionales de atención en salud, de tal forma que se logre diseñar respuestas efectivas a las necesidades y expectativas legítimas que, en materia de salud, demanda esta población. 3.2. Enfoques generales para la participación e inclusión de las poblaciones indígenas En cumplimiento de una de las metas del PDSP 2012 — 2021 y las normas que reconocen los derechos colectivos, la diversidad étnica y cultural de los pueblos indigenas en Colombia en relación con la salud, son considerados los siguientes enfoques como referentes fundamentales para la formulación y desarrollo del presente capítulo: 3.2.1 Enfoque de derechos y garantías. Asume la salud como un derecho universal, inherente a la persona, de carácter irrevocable, inalienable e irrenunciable y promueve los principios, derechos y garantías constitucionales de reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural, no discriminación, igualdad y dignidad de todas las culturas RESOLUCIÓN NÚMERO” 7.9050 DE, 5 ENE 2797 HOJA No. 19 3.2.2 Enfoque diferencial.

Artículo ANEXO (36/152)

En ej marco de la definición dada en el PDSP 2012 — 2021, el enfoque diferencial indigena destaca las necesidades diferenciales de atención y protección en el entendimiento de las realidades particulares de esta población como su cosmovisión, sus usos y costumbres, origen, raza, e identidad cultural, para transformar las situaciones de inequidad, discriminación y vulneración de derechos de esta población mediante acciones afirmativas, de acuerdo con las prioridades definidas entre este Ministerio y los pueblos indígenas en los espacios de diálogo y concertación en coherencia con los instrumentos de planeación propia. Plantea la formulación y desarrollo de objetivos, estrategias y acciones acordes con la diversidad cosmogónica y con las particularidades que reconocen a estas comunidades como sujeto colectivo de derechos. Está dirigido a que la acción institucional en salud o en determinantes asociados, incorpore adecuaciones según cada cultura, formas de vida, situaciones y requerimientos específicos. 3.2.3 Enfoque participativo. Es un mecanismo fundamental en la concreción del Estado Social de Derecho y un imperativo al definir políticas públicas para la población indígena. Este enfoque impulsa la participación de actores comunitarios y organizativos, así como de autoridades tradicionales o propias de los pueblos indígenas, en la identificación situacional, definición y ejecución de estrategias, acciones y procesos para el mejoramiento de las condiciones de salud y de vida, en el marco de la interculturalidad. 3.2.4 Enfoque intercultural. La interculturalidad articula las diferentes cosmovisiones, los saberes y las acciones tradicionales, occidentales y populares, de las culturas tanto indigenas como de la sociedad mayoritaria con el propósito de identificar situaciones, causas adversas y favorables, y definir alternativas y acciones afirmativas de solución en el marco de la concreción de derechos.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 9), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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