Por la cual se adopta el Protocolo y Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual.

Resolución · 459 · 2012-03-06 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 94

Artículo 1

Protocolo de Atención. Adoptar el Protocolo de Atención integral en Salud para víctimas de Violencia Sexual, que hace parte integral de la presente resolución, el cual es de obligatorio cumplimiento para la atención de las víctimas de violencia sexual, por parte de las Entidades Promotoras de Salud, del régimen contributivo y del régimen subsidiado e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.

Artículo 2

Modelo de Atención. Adoptar el Modelo de Atención integral en Salud para víctimas de Violencia Sexual, publicado en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social, como marco de referencia en el seguimiento de la atención a personas víctimas de violencia sexual, por parte de las Entidades Promotoras de Salud del régimen contributivo y del régimen subsidiado e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud,

Artículo 3

Revisión y actualización del Protocolo de Atención. El Protocolo de Atención integral en Salud para víctimas de Violencia Sexual, adoptado mediante la presente resolución será revisado y actualizado como mínimo cada dos (2) años.

Artículo 4

Revisión y actualización del Modelo de Atención. El Modelo de Atención integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual, adoptado mediante la presente resolución, será revisado y actualizado cuando se considere pertienente.

Artículo 5

Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo ANEXO (1/89)

as -= 6 MAR 209 RESOLUCIÓN NÚMERO; .. 100453 DE 2012 HOJA No 3 PROTOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN... OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL OBJETIVOS ESPECÍFICOS oiiciiccoiociicocooiionooccocoooarnnonnr rn coronan non conca onto rencanerani 6 ALCANCE JUSTIFICACIÓN... POBLACIÓN 2. PASOS FUNDAMENTALES EN LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA SO AA 14 2.1. PASO 1. Preparación de la comunidad para acceder a los servicios integrales de salud dirigidos a víctimas de violencia Sexual ooo ooooconcononnnnnncnonconocconano nn con conca 14 2.2. PASO 2, Verificación y mantenimiento de las condiciones minimas necesarias para brindar una atención integral a la víctima de violencia sexual desde el sector salud...................... 16 2.3. PASO 3. Recepción inmediata de la víctima de violencia sexual en el servicio de UNGENCIAS MÉNICAS cocinan niocnonicononororon ono raro ronca 18 2.4, PASO 4. Realizar una completa valoración clínica inicial de la víctima.......................... 19 2.4.1. Parte A: La anamnesis de la víctima de violencia sexual 2.4.2. Parte B: El examen clínico general de la víctima de violencia sexual. 2.4.3. Parte C: El examen clínico genital y anal de la víctima de violencia sexual .. 2.4.4. Parte D: Diagnósticos clínicos en la víctima de violencia sexual 2.5. PASO 5.

Artículo ANEXO (2/89)

Tome las pruebas diagnósticas necesarias para explorar el estado de salud de la víctima en la evaluación inicial 2.28 2.5.1. Solicitud de Pruebas Diagnósticas en víctimas que consultan en las primeras 72 horas luego de la agresión Sexual ccaniccicononionononornorcorsriornonorccnorecooncrnrnrnanenonnaconaccannccorr orar 26 2.5.2. Solicitud de Pruebas Diagnósticas en víctimas que consultan entre cuatro y cinco días después de la agresión sexual... 2.5.3. Solicitud de pruebas diagnósticas en víctimas que consultan después de cinco días EEES ACES TN 27 2.5.4. Otras pruebas diagnósticas que pueden ser solicitados durante la atención en salud de la víctima de violencia sexual... 2.6. PASO 6. Asegure profilaxis sindromática para ITS durante la consulta inicial por salud 27 2.7. PASO 7. Asegure profilaxis para VIH/Sida durante la consulta inicial por salud ............. 28 2.8. PASO 8. Asegure anticoncepción de emergencia y Acceso a Interrupción Voluntaria del Embarazo = 6 MAR 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO? - 0 00453 pe 2012 HOJA No 4 2.9, PASO 9. Asegure una intervención terapéutica inicial especializada en salud mental para la víctima durante la primera ConSultA......oononnnininio noni nccrocnncrocrarrancororarono cano ranaraninos 34 2.9.1. Acciones no especializadas en salud mental para la víctima de violencia sexual en su consulta inicial a la institución de Salud ....oooooininccdidinononoonnoinnnniononronor coran cnonsoronanacoror ro rnrnrnnnos 35 2.9.2. Acciones especializadas en salud mental para la víctima de violencia sexual en su consulta inicial a la institución de salud 2.10.

Artículo ANEXO (3/89)

PASO 10. Planee los seguimientos clínicos requeridos por la víctima... 2.11. PASO 11. Derive hacia otros profesionales de la salud requeridos para asegurar la atención integral de las víctimas de violencia SeXUA ocio conocoononiororoororcorororcnrororcoroiannos 45 2.12. PASO 12. Derive hacia otros sectores involucrados en la atención inicial del caso de ISS 45 2.12.1. Sobre el rol diferencial de psicólogas y psicólogos pertenecientes a diversos sectores implicados en de la atención integral de la víctima de violencia Sexual ..ooconooccicicicaninnnononarcnnno 46 2.13. PASO 13. Efectúe los procedimientos de vigilancia en salud pública de la violencia ESMAS 47 2.13.1. Adopción y diligenciamiento completo de la Historia Clínica Única para víctimas de violencia sexual que se encuentra en la USB/CD complementarios de este protocolo ............. 48 2.13.2. Registro en los RIPS, de los códigos específicos de violencia sexual en el campo correspondiente a diagnóstico principal 2.13.3, Reporte del caso en las fichas de vigilancia epidemiológica ES 2.13,4. Atención y participación en las experiencias piloto y nuevos lineamientos nacionales PESA ENE AA 48 2.14, PASO 14. Realice los seguimientos rutinarios que requiere una víctima de violencia EAT EEE 49 2.15. PASO 15. Efectúe un adecuado cierre de caso 3. SINOPSIS DEL PROCESO EN LA ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA SEXUAL POR EL SECTOR AAA 50 4.

Artículo ANEXO (4/89)

SINOPSIS DEL PROCESO DE SEGUIMIENTO DE LA VÍCTIMA DE VIOLENCIA SEXUAL POR EL SECTOR SALUD. ....D4 BIBLIOGRAFÍA 55 , = 6 MAR 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO JL0004539 De 2012 HOJA No 5 INTRODUCCIÓN La violencia sexual es una problemática mundial que en las últimas décadas ha sido reconocida como una violación de los derechos humanos, sexuales y reproductivos que vulnera la dignidad humana, la integridad, libertad, igualdad y autonomía, entre otros. Se constituye en una problemática de salud pública por su magnitud y las afectaciones que produce en la salud física, mental y social. Desde finales de la década de los noventa, en Colombia se han producido avances relevantes frente a la violencia sexual en materia legislativa, su reconocimiento como una problemática de salud pública, el establecimiento de los derechos de las víctimas y la adopción de guías y protocolos de atención. En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con sus funciones y responsabilidades, presenta el Protocolo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual a las instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales y equipos interdisciplinarios como una herramienta de atención integral en salud para las víctimas de violencia sexual, acorde con el “Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual”, construido y financiado en el marco del Convenio 620 de 2010 celebrado por el Ministerio de Salud y Protección Social de la República de Colombia y el Fondo de Población de las Naciones Unidas.

Artículo ANEXO (5/89)

En el proceso de construcción del Protocolo, y el Modelo que lo sustenta, se contó con la participación de profesionales de la salud (pediatría, ginecología y obstetricia, psiquiatría, auditoria en salud, salud pública, medicina forense, epidemiología, gerencia de servicios de salud, medicina tropical y salud internacional, odontología forense, psicología clínica) y de las ciencias sociales (derecho, sociología, estudios de género, ciencia política, antropología), quienes representaron a ta academia, el sector estatal y las organizaciones no gubernamentales; ninguno de los cuales manifestó conflicto de intereses para su participación. Además, en este instrumento se incorporan recomendaciones de profesionales usuarios del Protocolo en el sector salud y en los sectores de protección y justicia que asistieron a los procesos de capacitación en el Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual organizados por el Ministerio de Salud y Protección Social en el país durante el año 2011.

Artículo ANEXO (6/89)

Este documento describe, a través de quince pasos prácticos, los lineamientos a seguir para la atención de las víctimas de violencia sexual por el personal del sector salud a lo largo de los siguientes tópicos de acción: 1) La preparación de la comunidad para acceder a los servicios integrales de salud dirigidos a víctimas de violencia sexual. 2) La verificación y mantenimiento de las condiciones mínimas necesarias para brindar una atención integral a la víctima de violencia sexual desde el sector salud. 3) La recepción inmediata a la víctima de violencia sexual en el servicio de urgencias médicas. 4) La valoración clínica inicial de la victima. 5) La toma de las pruebas diagnósticas necesarias para explorar el estado de salud de la víctima en la evaluación inicial. 6) La profilaxis sindromática para ITS durante la consulta inicial por salud. 7) La profilaxis para VIH/Sida durante la consulta inicial por salud. 8) La anticoncepción de emergencia y el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. 9) La intervención terapéutica inicial especializada en salud mental para la víctima durante la primera consulta. 10) Los seguimientos clínicos requeridos. 11) La derivación hacia otros profesionales de la salud para asegurar la atención integral de las víctimas de violencia sexual. 12) La derivación hacia otros sectores involucrados en la atención inicial del caso de violencia sexual. 13) Los procedimientos de vigilancia en salud pública de la violencia sexual que "6 RESOLUCIÓN NúMERO 3000453 pg AR 2012 HOJA No 6 correspondan. 14) Los seguimientos rutinarios que requiere una víctima de violencia sexual atendida por el sector salud. 15) El adecuado cierre de caso. El Protocolo no se centra en los aspectos de detección, sino en la atención en salud de las víctimas, una vez detectadas.

Artículo ANEXO (7/89)

Los contenidos que se incluyeron dentro de cada uno de los pasos, y los pasos mismos, fueron seleccionados mediante el consenso de las personas expertas participantes, incorporando las retroalimentaciones hechas por las y los profesionales usuarios que asistieron a las capacitaciones ya mencionadas y a los contenidos propuestos por el Modelo que sustentan el protocolo. Adicionalmente, se sometieron a una validación técnica interna a cargo de profesionales del Ministerio de Salud y Protección Social y del Convenio 168 de 2010. Uno de los principios éticos en que se basa el presente protocolo, y que debe ser garantizado durante los 15 pasos, es el reconocimiento que la autonomía de las víctimas es prevalente ante las recomendaciones médicas que sean ofrecidas durante cualquier indicación, proceso o procedimiento incluido para la atención integral de la violencia sexual. Está prevista la actualización periódica de los contenidos tanto del Protocolo como del Modelo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual, acorde con los cambios que sucedan en el conocimiento relevante sobre el tema, la organización del sistema de seguridad social en salud colombiano, y las retroalimentaciones que se continúen recibiendo desde los equipos profesionales usuarios de éste protocolo. OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL Brindar a los equipos de salud una herramienta metodológica y conceptual con los criterios básicos e indispensables para el abordaje integral de las víctimas de violencia sexual que garanticen una atención con calidad y el restablecimiento de los derechos de las víctimas. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Ofrecer a las instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales y equipos interdisciplinarios, procesos, procedimientos e insumos para garantizar la atención oportuna, integral y de calidad a la población más allá de la ocurrencia de los eventos que constituyen la violencia sexual y evitar la revictimización. 2. Articular guías y reglamentos relacionados con la toma de pruebas, tratamiento adecuado y acciones de protección para garantizar la integralidad de la atención y la restitución de derechos de las víctimas. 3.

Artículo ANEXO (8/89)

Poner en marcha el funcionamiento de la ruta intersectorial, articulando el sector salud con protección y justicia para garantizar la restitución de derechos de las víctimas. 4 Ofrecer instrumentos y formatos necesarios para cumplir con los procedimientos necesarios en los procesos de judicialización de los casos de violencia sexual. o “6 MAR 2012 ResoLución NúmERO?+ 000453 pe 2012 HOJA No 7 ALCANCE El Protocolo de Atención Integral en Salud para Víctimas de Violencia Sexual contiene los procesos y los procedimientos contemplados en la normatividad vigente para los actores del SGSSS y de aplicación a nivel nacional por los prestadores de servicios en salud. El Protocolo ha sido diseñado para ser utilizado por profesionales de la salud debidamente entrenados en el manejo de víctimas de violencia sexual en las diferentes IPS y, principalmente en sus servicios de urgencias, en todo el territorio nacional. Además, ofrece a los sectores de protección, justicia y educación, información pertinente sobre los procesos de articulación intersectorial, que deben contemplarse en la atención integral de víctimas de violencia sexual. JUSTIFICACIÓN La violencia sexua! tiene repercusiones en el bienestar y la salud física, mental y social de las víctimas y sus familias, así como de la sociedad en general, Las consecuencias de la violencia sexual dependen del tipo o forma de violencia sexual, la relación entre la víctima y el agresor, las condiciones o situaciones de las víctimas como por ejemplo la edad, el contexto en el que se produzcan las victimizaciones sexuales, es decir, relaciones familiares, sociales, comerciales o en el conflicto armado, las redes familiares y sociales de apoyo, la respuesta y atención de las instituciones y los recursos personales para sobreponerse al hecho violento. Las formas más frecuentes de violencia sexual son el abuso sexual, el asalto sexual y la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes. Las cifras de las que se dispone evidencian solamente una parte de la realidad por el alto subregistro de los casos.

Artículo ANEXO (9/89)

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF), en 2010, realizó 20.142 exámenes sexológicos, de los cuales el 84% correspondió a mujeres y el 16% a hombres”. Teniendo en cuenta la edad, el 88% de los dictámenes se realizaron a niñas, niños y adolescentes menores de 18 años. De acuerdo con las variables de sexo y edad, de todas las personas, las niñas entre 10 y 14 años son el grupo más afectado y, entre los hombres, los niños de 5 a 9 años son las principales víctimas de los delitos sexuales. Entre los principales agresores se encuentran: familiares (padrastros, padres y tíos/as) con un 34,86%, otros conocidos (vecinos y los amigos) con un 32,53%, personas desconocidas en un 19,69% y la pareja o ex-pareja con un 6,12% de los casos. El sitio más común de ocurrencia de los hechos de violencia sexual fue la vivienda (59% de los casos). Por su parte, la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDS) de 2010 encontró que el 9,7% de las colombianas alguna vez unidas han sido violadas por su compañero o esposo. Las mujeres más afectadas por la violencia sexual en el marco de las relaciones de pareja tienen las siguientes características sociodemográficas: están entre 40 y 49 años, han estado unidas anteriormente, habitan en zonas urbanas y en las regiones Central, Pacífica y Bogotá, no tienen ninguna educación formal o sólo cuentan con primaria?. 1 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Forensis 2010. Datos para la vida. Bogotá. P. 166. 2 ibídem.

Artículo ANEXO (10/89)

P. 371. -6m RESOLUCIÓN NúMERO+000459 pe A e osa No 8 "Por la cual se adopta el Protocolo de Atención integral en Salud para Víctimas de La ENDS 2010 también evidenció que el 5,7% de las mujeres encuestadas entre los 15 y 49 años fueron violadas por una persona diferente al cónyuge. Según algunas características socioeconómicas, los grupos de mujeres más afectados por la violación perpetrada por alguien diferente al esposo o compañero, son las mujeres entre los 30 y los 39 años de edad, las que tienen unión libre y las que estuvieron unidas anteriormente, las que habitan en la zona urbana y las que tienen los niveles más bajos de educación. En relación con el violador, se encontró que los agresores más frecuentes son: el ex-marido (18,4%), un desconocido (16%), un amigo (12%), un pariente (9,6%), el novio (5,9%) y el padrastro (4,9%). Como ha sido ampliamente denunciado y documentado, el conflicto armado profundiza y exacerba las discriminaciones y violencias que histórica y culturalmente han afectado a las mujeres, niñas y niños, así como población indígena y afrodescendiente. La encuesta de prevalencia de violencia sexual en el contexto del conflicto armado durante 2001 - 2009, publicada por OXFAM en 2010*, encontró que un 17,58% de las mujeres de 15 a 44 años habitantes en las zonas encuestadas (un total de 489.687 mujeres) fueron víctimas directas de violencia sexual en esos 9 años, lo cual indica que un promedio de seís mujeres cada hora fueron víctimas directas de diferentes tipos de violencia sexual como: violación, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada, acoso sexual, servicios domésticos forzados que incluyeron actividades sexuales y regulación de la vida social.

Artículo ANEXO (11/89)

Si existe silencio e impunidad sobre la violencia sexual que se presenta en el marco de las relaciones familiares, la tolerancia social relacionada con la trata de personas y la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes, ESCNNA, es mayor. Conocer la magnitud de la Explotación Sexual Comercial de Niñas y Adolescentes es difícil por la clandestinidad y las ganancias económicas que genera este delito. “Aunque no existen estadísticas exactas se calcula que en Colombia hay más de 30.000 menores de edad víctimas de explotación sexual. Esta cifra se incrementó de manera dramática en los últimos años debido entre otros factores, al aumento del número de familias desplazadas hacia los centros urbanos, a la agudización del conflicto armado que se desarrolla en el país y a los altos índices de pobreza que se han calculado corresponden al 63% de la población total”*. Según UNICEF? se calcula que hay 35.000 niñas, niños y adolescentes víctimas de explotación sexual, y cada vez son más y las edades de vinculación, son más tempranas. La trata de personas tiene diferentes modalidades de explotación, entre las que se destacan: la sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, explotación de la mendicidad ajena, matrimonio servil, extracción de órganos, turismo sexual (Ley 985/05). La forma de trata más conocida y denunciada es la trata con fines de explotación sexual, cuyas principales víctimas son las niñas, niños, adolescentes y mujeres. Se estima que entre 45.000 y 50.000 mujeres 3 Ibidem. P. 386. * OXFAM (2010) “Primera Encuesta de Prevalencia Violencia Sexual en Contra de las Mujeres en el Contexto del Conflicto Armado Colombiano. Colombia 2001 - 2009" Campaña Violaciones y otras Violencias, Saquen Mi Cuerpo de la Guerra.

Artículo ANEXO (12/89)

P. 30. 5 Mujeres habitantes de municipios colombianos con presencia de fuerza pública, guerrilla, paramilitares u otros actores armados, ubicados en 11 departamentos colombianos (Antioquia, Nariño, Caldas, Valle, Putumayo, Huila, Caquetá, Córdoba, Magdalena, Meta, y Cundinamarca). $ Fundación Plan, Fundación Restrepo Barco y Fundación Renacer. (2005) Escenarios de la Infamia. Explotación Sexual Comercial de niños, niñas y adolescentes. Bogotá, p 4. 7 UNICEF, 2002. o “6 MAR 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO? + 000459 pe 2012 HOJA No 9 colombianas ejercen la prostitución fuera del país, gran parte de las cuales lo hacen como víctimas de trata!. Los diferentes tipos de violencia mencionados anteriormente producen altos costos tanto para el sistema de salud, como para las personas y sus familias. Las afectaciones directas en la salud física y mental de las víctimas pueden incluir el VIH/Sida, ITS, embarazos no deseados, dolores pélvicos crónicos, depresión, ansiedad, trastornos de alimentación y sueño, suicidio o intentos de suicidios, entre otros. Debido a las implicaciones de la violencia sexual en la salud de las personas y en la salud pública, así como de la relevancia del papel del sector salud en la prevención y detección de la violencia sexual y la atención de las víctimas, se hace necesario contar con herramientas que, de acuerdo con la normatividad colombiana y el funcionamiento del SGSSS, brinden una atención humana y de calidad para garantizar a las víctimas de las violencias sexuales la recuperación de su salud y la restitución de sus derechos a través de una acción articulada entre los sectores de salud, protección y justicia.

Artículo ANEXO (13/89)

POBLACIÓN La población beneficiaria de la implementación del presente Protocolo son las víctimas de las diferentes formas de violencia sexual que sean atendidas en el sector salud por parte de equipos interdisciplinarios, capacitados y comprometidos con la restitución de los derechos que le han sido vulnerado a las niñas, niños, adolescentes, mujeres, hombres y personas adultas mayores de diversas etnias, habilidades físicas y cognitivas, orientaciones sexuales, clases sociales, procedencia rural o urbana, situaciones como ser víctima del conflicto armado o el desplazamiento forzado, entre otras. 1. GLOSARIO BÁSICO SOBRE VIOLENCIA SEXUAL 1.1. VIOLENCIA SEXUAL: la OMS y OPS (2003) definen la violencia sexual como: “todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona”?. Es necesario aclarar que no todas las formas en que se manifiesta la violencia sexual son delitos, aunque la mayoría de ellas han sido recogidas por el Código Penal Colombiano. Partiendo de esta definición y del marco normativo internacional y nacional de los derechos humanos es posible definir los subtipos, formas o modalidades en que se presenta la violencia sexual así: violación/asalto sexual; abuso sexual; explotación sexual; trata de personas con fines de explotación sexual; explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; acoso sexual; violencia sexual en el contexto del conflicto armado. 1.2. VIOLACIÓN/ASALTO SEXUAL: El asalto sexual es definido por la OPS como “cualquier acto de naturaleza sexual no deseado como besos, caricias, sexo oral o 8 Organización Internacional de las Migraciones, — (2006) “Dimensiones de la Trata de Personas en Colombia”. Bogotá. OIM. 52 p.

Artículo ANEXO (14/89)

Disponible en: http://white.oit.org.pe/ipec/documentos/oim_trata_col.paf ? Organización Panamericana de la Salud y Organización Mundial de la Salud 2003. Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud. Washington. o o | - 6 MAR 2012 RESOLUCIÓN NúMERO + 000453 pe 2012 HOJA No 10 anal, penetración vaginal, que es impuesto a una persona”?”. En la legistación colombiana la violencia es la característica primordial de los delitos contenidos en el capítulo “De la Violación” del Código Penal. En este sentido, la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia establece que para efectos de los delitos contra la libertad sexual, se entiende por violencia la fuerza, el constreñimiento, la presión física o psíquica —intimidación o amenaza que “el agente despliega sobre la víctima para hacer desaparecer o reducir sus posibilidades de oposición o resistencia a la agresión que ejecuta”**. . A partir de lo mencionado, la violación es una forma de violencia sexual en la que el agresor utiliza la fuerza o la amenaza de usarla como mecanismo para realizar cualquier tipo de acto sexual con la víctima. En la violación, las víctimas pueden ser de cualquier edad o sexo, puesto que lo que la determina es el mecanismo utilizado por el agresor para someter a la víctima. El Código Penal incluye en el mencionado capítulo “De la Violación” conductas tales como: el acceso carnal violento, los actos sexuales violentos y el acceso carnal o el acto sexual cometido sobre una persona a la que el agresor ha puesto en una situación de incapacidad de resistir el acto (a través del uso de narcóticos, golpes, entre otros, que lleven a la víctima a perder el conocimiento o no comprender lo que ocurre a su alrededor). 1.3.

Artículo ANEXO (15/89)

ABUSO SEXUAL: Teniendo en cuenta la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia”? el delito sexual abusivo tiene que ver con el aprovechamiento, por parte del sujeto activo del delito o agresor, de circunstancias que lo ubican en una situación ventajosa frente a la víctima. Estas circunstancias que le dan ventaja al agresor ante la vulnerabilidad pre-existente en la víctima, pueden ser del orden de la “superioridad manifiesta” o las relaciones de autoridad dadas por ta edad (adulto agresor, víctima menor de 14 años); poder o autoridad (jefe, maestro, médico, sacerdote, pastor, funcionario público, militar, etc.); incapacidad física o psicológica de la víctima, entre otras. La característica de esta forma de violencia es el aprovechamiento de la condición de ventaja o de la condición de vulnerabilidad de la víctima como mecanismo utilizado por el agresor para cometer el delito sexual. El Código Penal colombiano establece como delitos sexuales abusivos: los Actos sexuales o el acceso carnal con una persona menor de 14 años, estos dos delitos están definidos únicamente por la edad de la víctima, dejando establecido que cualquier conducta sexual cometida contra un niño o niña menor de 14 años se constituye en delito. También en este grupo de delitos se incluye el delito de acceso carnal o acto sexual con incapaz de resistir, delito en el que el agresor no utiliza ningún medio para someter a la víctima, sino que ésta ya se encuentra en una condición de inconsciencia o incapacidad preexistente (por ejemplo, cuando una mujer se emborracha por sí misma o se encuentra drogada o ha sufrido un desmayo o tiene una condición de inferioridad psicológica frente a la posición y conocimiento del agresor, entre otras) de la que se aprovecha el agresor para cometer el delito sexual. * PAHO/WHO. 2002.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2012.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 24), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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