Por la cual se adopta el “Protocolo de Atención de Urgencias a Víctimas de Ataques con Agentes Químicos”

Resolución · 4568 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 21–40 de 125

Artículo ANEXO (18/122)

En lo relacionado con las obligaciones del sector salud, dicha Ley establece: » Atención gratuita y a cargo del Estado: “Cuando las lesiones personales sean causadas por el uso de cualquier tipo de ácido O sustancia similar O corrosiva que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano y generen algún tipo de deformidad o disfuncionalidad, los servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos € intervenciones necesarias para restituir la fisionomía y funcionalidad de las zonas afectadas, no tendrán costo alguno y estarán a cargo del Estado”” (art. 5, resaltado fuera del texto). » Registro y reporte a las autoridades competentes: “Los prestadores de los servicios médicos tienen la obligación de llevar un registro y reportar a las autoridades competentes sobre las personas atendidas en casos de lesiones corporales causadas por ácidos o sustancia similar o corrosiva que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano. En cualquier momento la policía o las autoridades competentes podrán solicitar el registro correspondiente a los prestadores de los servicios de salud” (art. 5, parágrafo). 6.2.3. Ámbito normativo en el SGSSS Aunque las normas antes mencionadas tienen apartes que se refieren a la atención en salud, es importante destacar que en el marco del SGSSS, se encuentran explicitamente consignados los derechos para garantizar la atención oportuna e integral a las víctimas, sin imponer barreras de ningún orden. Es así como la Ley 1438 de 2011, por medio de la cual se reformó el SGSSS, dispone la gratuidad e integralidad de los servicios que permitan el restablecimiento de derechos de las víctimas incluyendo la salud: = Art. 19. Restablecimiento de la salud de niños, niñas y adolescentes cuyos derechos han sido vulnerados.

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Los servicios para la rehabilitación física y mental de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia física O sexual y todas las formas de maltrato, que estén certificados por la autoridad competente, serán totalmente gratuitos para las víctimas, sin importar el régimen de afiliación. Serán diseñados e implementados garantizando la atención integral para cada caso, hasta que se certifique médicamente la recuperación de las víctimas. = Art. 54. Restablecimiento de la salud de las mujeres víctimas de la violencia. La prestación de los servicios de salud física y mental para todas las % Lesiones Personales: "Cualquier daño en el cuerpo o la salud causado a una persona con la consecuencia de una incapacidad para trabajar o enfermedad, deformidad fisica transitoria o permanente, perturbación psíquica o funcional de un órgano o miembro, así como su pérdida anatómica o funcional” Código Penal,

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artículo 111 (Ley 599 de 2000). Por no estar reglamentado este artículo a la fecha de esta publicación, se debe hacer uso para su cobro de la reglamentación vigente del SGSSS RESOLUCIÓN NÚMERO4568 DE 35 01 20% HOJA N 13 de 73 mujeres víctimas de la violencia física o sexual, que estén certificados por la autoridad competente, no generará cobro por concepto de cuotas moderadoras, copagos u otros pagos para el acceso sin importar el régimen de afiliación. La atención por eventos de violencia física o sexual será integral, y los servicios serán prestados hasta que se certifique medicamente la recuperación de las víctimas. La misma ley contempla también la prohibición de limitaciones al acceso a los servicios de salud: Art. 53. Están prohibidos aquellos mecanismos de pago, de contratación de servicios, acuerdos o políticas internas que limiten el acceso al servicio de salud o que restrinjan su continuidad, oportunidad, calidad o que propicien la fragmentación en la atención de los usuarios. Esta norma fue adicionada por la Ley 1639 de 2013, con el

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artículo 53 A. Por otro lado, ta Resolución 5521 de 2013, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, que define, aclara y actualiza integralmente el Plan Obligatorio de Salud, ofrece herramientas para gestionar oportunamente la atención, medicamentos, insumos, suministros y materiales, incluyendo el material de curación y, en general, los dispositivos médicos y/o quirúrgicos, requeridos para la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación. Adicionalmente, en los casos de atención a victimas, es de gran relevancia la Sentencia T- 760 de 2008 de la Honorable Corte Constitucional, pues en sus decisiones adoptadas incluye: = Acceso a servicios. Toda persona tiene derecho a que la entidad encargada de garantizarle la prestación de los servicios de salud, EPS, autorice el acceso a los servicios que requiere y aquellos que requiere con necesidad, incluso si no se encuentran en el plan obligatorio de salud; obstaculizar el acceso en tales casos implica irrespetar el derecho a la salud de la persona. El acceso a los servicios debe ser oportuno, de calidad y eficiente. « Acceso con continuidad a la salud. El acceso a un servicio de salud debe ser continuo, no puede ser interrumpido súbitamente; irrespeta el derecho a la salud una EPS que suspende un servicio de salud que se requiere, antes de que este haya sido efectivamente asumido por otro prestador. 7. ASPECTOS CONCEPTUALES DE LOS ATAQUES CON ÁCIDOS, ÁLCALIS O SUSTANCIAS SIMILARES O CORROSIVAS Los ataques con ácidos, álcalis o sustancias similares o corrosivas (en adelante Agentes Químicos) no son un evento aislado, sino una de las manifestaciones de las violencias de género (VG); esto es que son ejercidas principalmente contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres. No obstante, a diferencia de otras modalidades, esta agresión es particular en cuanto al medio utilizado y la calidad de daño que pretende el agresor. 7.1.

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Conceptos básicos de violencias de género La OMS ha definido la violencia como: “El uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, no eE RESOLUCIÓN:NÚMERO4 5 6 3DE 16 0cr?8tAy HOJAN14de73 trastornos del desarrollo o privaciones”*, En otras palabras, la violencia no es algo inherente a la especie humana sino una conducta adquirida mediante el aprendizaje social en el hogar, escuela, barrio, trabajo, medios de comunicación y otros, manteniéndola vigente a través de las generaciones. Uno de los principales elementos que influyen o determinan la forma en que se relacionan las personas, es el género, es decir “la red de creencias, rasgos de personalidad, actitudes, valores, conductas y actividades que diferencian a mujeres y a hombres [... ] producto de un largo proceso histórico de construcción socíal, que no sólo produce diferencias entre JOs géneros femenino y masculino, sino que, a la vez, estas diferencias implican desigualdad de y jerarquías entre ambos”. En otras palabras, no es el reconocimiento de la diferencia lo que genera una relación desigual, sino la sobrevaloración de un género sobre el otro. Históricamente, las mujeres y lo denominado como femenino han sido establecidos como inferiores y situados bajo la dominación de los hombres o de lo considerado como masculino. Es importante entender que si bien el género se basa en atributos físicos, no es algo biológico o genético sino una construcción social. Como lo señala Marcela Rodríguez “el género es una cuestión de desigualdad de poder, no de diferencias. El punto en el cual la biología de un sexo constituye una desventaja social y la de otro no, implica una diferencia de poder”.

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Esta diferencia de poder impregna no solo al individuo sino a todas las relaciones sociales, ya sea en un contexto de pareja o en contextos más amplios como el trabajo o la política. La distorsión relacional que genera la diferencia de poder basada en el género afecta el desarrollo individual y la autoestima de la mujer y genera además en la sociedad ideas erradas de dominio sobre el cuerpo y mente femeninos, desconociendo así su dignidad humana”. En la relación de familia y de pareja esta falta de reconocimiento de la mujer como sujeto de derechos termina justificando que el hombre (padre o esposo) exprese conceptos como “ella es mía”, o que se sienta con el “derecho” para “disciplinaria” o “hacerla pagar” cualquier acción que ella haga y que él perciba como un acto de desobediencia o humillación a su virilidad. Buscando mantener el estado de sometimiento facilitado por el constructo social del género, un hombre agresor utilizará la fuerza (física, psicológica, económica, simbólica) volviendo visible la violencia que ya existia desde la jerarquización del género. Es de destacar que en la génesis de relaciones violentas intervienen otros factores además del género como son el déficit en el agresor de habilidades de comunicación y de manejo de conflictos, la tolerancia social de las violencias, entre otras, pero indudablemente el género es uno de los elementos fundamentales. Del mismo modo, conductas o situaciones como el estrés, embriaguez o los celos no son las causas de las violencias contra las mujeres, sino que en algunos casos podrían ser factores precipitantes de las mismas. Frente a la violencia siempre se requiere la intervención de un tercero que ayude a la víctima a entender que es posible salir de esa situación y le ayude en su proceso de recuperación (teoría del refais)".

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En este rol de tercero que informa y ayuda a la víctima, es donde el sector salud tiene un espacio a desarrollar por medio de la detección y oferta de servicios de atención integral. % OMS Informe Mundial sobre la violencia y la Salud. Washington 2003, pág. 5 Solo hasta 1993, en la Conferencia de Naciones Unidas de Derechos Humanos celebrada en Viena, se reconoció públicamente que los derechos de las mujeres también eran derechos humanos (más información en: http://www americalatinagenera.org/es/documentos/tematicas/tema_ derechos humanos.paf) RESOLUCIÓN NÚMERO 496 3pe ys OCT AH HOJANA5de73 7.2. Magnitud de los ataques con agentes químicos En países en vía de desarrollo como Bangladesh, Indía o Camboya, el ataque con químicos —particularmente ácidos— se utiliza como mecanismo de control, venganza o castigo contra mujeres y niñas; de ahí que se le catalogue como “crimen de género". Las investigaciones mundiales sitúan estas agresiones en países con altos niveles de pobreza, cultura machista, sistemas judiciales débiles con altos niveles de impunidad y discriminación de género". Lamentablemente esta modalidad de violencia se ha extendido globalmente —posiblemente debido al efecto copycaf— y de ahí la importancia de la preservación de la información sobre identidad, gravedad de la lesión, evolución o manejo médico de una víctima a los medios de comunicación”""*, En Colombia, el primer caso de agresión por químicos registrado data de 1997 y fue atendido en el Hospital Simón Bolívar. Desde entonces se han presentado cientos de casos con una frecuencia que varía según ta fuente consultada.

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Según los datos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF), entre enero de 2008 y julio del 2013, se evaluaron en el país 366 mujeres por lesiones secundarias a agresión por químicos, con un pico en el 2012* (Figura 1). Quemaduras por Agentes Químicos Violencia interpersonal e intrafamiliar contra la mujer INMLCF 100 91 90 E CASOS 2012 2013 (julio) Figura 1- Mujeres víctimas de lesiones con Agentes Químicos, 2008 - 2013. INMLCF Por su lado, los datos del Hospital Simón Bolívar", centro de remisión y referente en esta atención, señalan un incremento de casos desde 2007 con un pico en 2012 (Figura 2). 3 Copycat: imitación de conductas violentas luego de ser presentadas por medios masivos de comunicación. RESOLUCIÓN:NÚMERO 45 6 3DE HOJA N 16 de 73 16 0C] 014 Quemaduras químicas por agresión HospitalSimón Bolivar 1998-2013 Frecuencia por año ON poso 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Figura 2- Víctimas de ataques por químicos- Hospital Simón Bolívar 1998-2013 Para comprender la magnitud de esta violencia en Colombia, conviene comparar los datos con aquellos de dos países con alta prevalencia de estos ataques: Pakistán y Bangladesh.

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Aunque en números absolutos tienen más casos que Colombia, la relación de casos por población de mujeres sitúa a Colombia con la tasa más alta (Tabla re Tabla 4- Tasa de mujeres víctimas de ataques por químicos- 3 países-2011-2012 2 22.819.750. 2... 87,114,370... 84.834.950 Bangladesh 1580: Fuente: feminicidio.net Entrando en mayor detalle, los datos del: Agresiones por Hospital Simón Bolivar muestran que las | Químicos víctimas han sido mayoritariamente mujeres | Hospital Simón Bolivar (Figura 3), con edad promedio de 25,8 años | (Figura 4) y con lesiones localizadas | principalmente. en cara y cuello (82%), | extremidades, tórax y abdomen. La mitad de | las víctimas requirió cirugías reconstructivas de | párpados y 31% sufrió ceguera de al menos un | ojo. Figura 3- Distribución por sexo RESOLUCIÓN:NÚMERO 456 SDE y 001 RA HOJA N 17 de 73 Agresiones por Químicos Hospital Simón Bolívar 1998-2013 > 40 años PEBUARE) 10% 31a40años | 21a30años . 54% 10220años MENEAME 18% Figura 4-Distribución por edad Con base en las entrevistas que el Hospital Simón Bolivar y la Fundación del Quemado han realizado a las víctimas de ataques por agentes químicos, se han establecido otras características de esta violencia (Tabla 5). Tabla 5- Características de los ataques con ácidos, álcalis o sustancias similares o corrosivas en Colombia Las mujeres. Los datos recopilados muestran que la mayoría son mujeres jóvenes, de baja escolaridad, con clara dependencia económica y emocional de sus parejas, lo cual no excluye que estas agresiones se puedan presentar en mujeres con mayor escolaridad y autonomía económica.

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Las entrevistas a víctimas señalan como principal agresor a la pareja actual o pasada que previamente las habia violentado de forma fisica y psicológica en un patrón de incremento progresivo en el ciclo de la violencia. Varios de estos ataques ocurrieron en un contexto de ruptura reciente de la relación. Se ha encontrado que el antecedente de vínculo afectivo previo se relaciona con la persistencia de las amenazas luego de la agresión y es una importante barrera para que la víctima denuncie y se aleje del agresor, dificultando su recuperación. E Por lo general son atacadas en la calle de forma inesperada. Sin ningún tipo de advertencia. Estas mujeres sienten que alguien les lanza a la cara, de frente o por la espalda, un liquido que las enceguece y les produce un dolor tan intenso que les impide identificar al agresor, usualmente un tercero contratado por el agresor principal. El dolor las paraliza y quedan inermes frente at desconcierto de las demás personas, que si bien presenciaron la agresión, no saben qué hacer. La intención del agresor principal —que no siempre es quien arroja el ácido- es desfigurar, mutitar, torturar o asesinar a la victima con el fin de “castigarla”. El químico es lanzado generalmente hacia la cara de la victima y, por escurrimiento, genera quemaduras del cuello y tórax. A diferencia de otros paises, en Colombia se han presentado casos de ácido lanzado hacia la zona genital generando quemaduras en áreas adyacentes del vientre y miembros inferiores. Quemar la cara, zona de reconocimiento social, o los genitales, espacio relacionado con el placer sexual, señala la intención de marcar y dañar Í. permanentemente la identidad y el placer de la otra persona. Í Se trata entonces de una conducta planificada frente a la cual el o los agresores e) no refieren sentimientos de culpa”.

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Se trata entonces de una violencia instrumental! y no una conducta impulsiva. ? Echeburúa distingue la violencia que ocurre en el ámbito doméstico en 2 modalidades: violencia expresiva en donde la conducta de agresión está motivada por sentimientos de ira reflejando dificultades en el control de los impulsos o en la expresión de los afectos y violencia instrumental en donde hay una planificación de la agresión (ref. 19). RESOLUCIÓN NÚMEROS 56 3 DE, 6 00] 0 HOJA N 18 de 73 8. LAS QUEMADURAS POR AGENTES QUÍMICOS 8.1. Generalidades sobre los químicos utilizados en los ataques Las quemaduras químicas representan del 3% al 10% de todas las quemaduras en humanos y presentan hasta un 30% de mortalidad”. Existen más de 25 mil químicos utilizados en la industria, agricultura, limpieza del hogar, entre otros, que pueden causar quemaduras*“*". Por lo general, se clasifican en cuatro categorías: ácidos, bases, soluciones orgánicas y soluciones inorgánicas (punto 12.2). Según el mecanismo de lesión, los ácidos se clasifican en seis categorías: oxidación, reducción, corrosión, veneno protoplasmático, vesicante y desecante (punto 12.3), y los álcalis en tres: saponificación de grasas, acción higroscópica y necrosis de licuefacción (punto 12.4). Las características de los principales químicos utilizados en las agresiones se describen en el punto 12.5% En Colombia, los químicos más utilizados son los ácidos y entre ellos, el ácido sulfúrico, nítrico, muriático y ácido clorhídrico.

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También se han utilizado los álcalis, como la cal, el hidróxido de sodio y el hidróxido de potasio —presentes en soluciones de limpieza doméstica— aunque el uso más frecuente es con fines suicidas. 8.2. Fisiopatología de las quemaduras por químicos Las quemaduras químicas difieren de otros tipos de quemaduras (térmicas, eléctricas o por radiación) principalmente por su tiempo de exposición que puede llegar a ser de días, por el tipo de desnaturalización proteica que provoca (hidrólisis y necrosis de licuefacción) y porque se asocía a otros efectos como la toxicidad sistémica y la quemadura térmicas secundaria a la reacción exotérmica“**%, La severidad de la quemadura por agentes químicos está determinada por cinco elementos”: 1) Cantidad 2) Concentración 3) Duración de contacto 4) Penetración 5) Mecanismo de acción del agente Los principales órganos afectados en las agresiones con agentes químicos son aquellos de contacto directo: la piel y los ojos. = Lesión cutánea: Si el agente es un ácido, ta necrosis dérmica inicia tan pronto la sustancia entra en contacto con la piel y puede llegar a comprometer incluso los tejidos más profundos. Estudios realizados in vitro determinaron que en 5 minutos el ácido es capaz de producir una lesión irreversible, una rápida penetración y un severo daño de las capas profundas de la piel”. = Lesión ocular: el contacto con el químico genera un daño importante del epitelio superficial, la córnea y la cámara anterior del ojo que pueden causar pérdida unilateral o bilateral de la visión. La lesión ocular por químicos ocurre por fases. La fase aguda o inmediata ocurre en el momento del ataque y se caracteriza por necrosis del epitelio corneal y conjuntival con invasión quimica de las estructuras profundas.

Artículo ANEXO (30/122)

Las fases más tardías, mediata y crónica, se presentan en los días siguientes e incluso semanas, y debe ser manejado por el servicio de oftalmologia**”. Otras complicaciones frecuentes en la lesión ocular son simbléfaron, entropión, ectropión y catarata”. Las lesiones más severas se presentan con los álcalis observándose hiperemia conjuntival, edema, quemosis, y RESOLUCIÓN: NÚMERO4 5 6 8 DE 16 0€I E] HOJA N 19 de 73 opacificación de la córnea por lo que la víctima experimenta dolor severo, epífora y fotofobia". Si la agresión es por un ácido se producen lesiones más focales y menos severas debido a que el ácido produce una necrosis de coagulación con precipitación de las proteínas hacia la superficie creando una barrera al daño de los tejidos profundos. Las lesiones oculares por agentes químicos se dividen en 4 grados según la gravedad del efecto cáustico”**** (Tabla 6). Tabla 6-Quemaduras oculares Daño tisular Conjuntiva no isquémica Isquemia del limbo: < 33% Isquemia del limbo: 33 a 50% Isquemia del limbo: > 50% Lesión Grado | Lesión del epitelio corneal Grado ll Córnea deslustrada Detalles del iris visibles Pérdida epitelial total Grado I!l Estroma borroso Detalles del iris poco visibles Grado IV Opacidad de la córnea IMPACTO PSICOLÓGICO Sufrir una agresión por un agente químico es un evento traumático que involucra cambios corporales permanentes, asi como la experiencia de agresión por una persona conocida.

Artículo ANEXO (31/122)

El daño en la piel, barrera que establece el límite entre lo que es propio y to que está afuera, genera sentimientos de desintegración y confusión, con gran dificultad para la contención de las emociones y una ansiedad desbordante por la alteración de la imagen corporal, que es mayor cuando el compromiso es a nivel facial.

Artículo ANEXO (32/122)

Se trata de una crisis emocional cuyos principales síntomas se presentan en la Tabla 7%”, Tabla 7- Sintomas asociados a la crisis psicológica Emocional Cognitiva Conductual Choque Miedo Rabia Rencor Tristeza Depresión Confusión Bloqueo mental Amnesia Negación Culpa Alteraciones de conciencia Inhibición Desconfianza Aislamiento Fatiga Agresividad Llanto, Gritos Hipocondriasis Síntomas Desesperación Ansiedad anticipatoria Ansiedad generalizada Reacciones de pánico Sensación de perder el control Sentimientos de culpa Sensación de impotencia Sensación de extrañeza o irrealidad Desorientación tiempo-espacio Dificultades de atención Dificultades de concentración Dificultad para tomar decisiones Hiper o hipo actividad Verborrea o mutismo Trastornos de la alimentación Alteraciones del sueño Abuso de tóxicos (alcohol, SPA) Actos antisociales Cambio o pérdida del rol social RESOLUCIÓN "NÚMERO 45 6 Se 15 019% HOJA N 20 de 73 Área Sintomas Fisiológica Hipersudoración Midriasis Palpitaciones Sensación de ahogo Taquicardia Mareos Hiperventilación Náuseas Opresión torácica Malestar general Tensión muscular Parestesias Cefalea Escalofríos y temblores Es importante iniciar una intervención en salud menta! que ayude a la víctima a manejar la crisis y permita afrontar la situación y sus implicaciones, como dependencia de terceros, rechazo social y familiar.

Artículo ANEXO (33/122)

Se debe trabajar intensamente para que la víctima pueda recuperar su calidad de vida“! Además de la crisis psicológica, las víctimas de ataques por agentes químicos presentan un cuadro de reacción a estrés agudo caracterizado por ansiedad, episodios de re experimentación y gran temor de volver a ser agredidas, que debe ser reconocido y manejado de forma precoz, durante la hospitalización y de preferencia por psiquiatras. La experiencia ante un evento traumático como es la agresión por agentes químicos, se XXIX suele dividir en cuatro fases de reacción: = Fase aguda: Periodo inmediato a la agresión. La principal preocupación es la supervivencia. La víctima puede presentar estados de confusión como el delirium, fenómenos de despersonalización, trastornos del sueño como insomnio de múltiples despertares y pesadillas, irritabilidad e hiperalertamiento. Esta fase puede durar varias semanas. = Fase de reacción: Comienza cuando se ha logrado estabilizar a la víctima (hacia la 6* semana). Ya no hay peligro vital y la victima comienza a reconocer el daño. Los sentimientos reprimidos o negados pueden salir a flote. Son sentimientos dolorosos abrumadores, hay temor a que se repita el evento, pesadillas, ansiedad, tensión muscular, aumento de la irritabilidad. Esta fase puede durar varias semanas o meses, según la extensión de la quemadura y las lesiones subsecuentes. Suele observarse dificultad para adaptarse a las rutinas de la hospitalización (curaciones, alimentación, entre otras) y se evidencian alteraciones emocionales, entre las más frecuentes están los trastornos de ansiedad y de depresión”. » Fase de reparación: inicia en las últimas semanas de estancia hospitalaria y continúa luego del alta. Puede durar de uno a seis meses con reacciones menos intensas, sentimientos de dolor más o menos intensos. Se vuelve a sentir interés por los hechos cotidianos.

Artículo ANEXO (34/122)

La víctima empieza a prepararse para enfrentar el mundo exterior. = Fase de reorientación: Salir del ámbito protector del hospital y enfrentar la propia deformidad corporal suele generar depresión y ansiedad. Pueden presentarse recaídas con síntomas depresivos y ansiosos. Si bien algunas víctimas pueden haber asimilado el trauma a los 6 meses de ocurrido, en otros casos, este periodo puede ser de varios años. Depende de la intensidad del daño y de la forma en que fue tratada la agresión y las secuelas que presentó. Luego de la fase aguda, las víctimas pasan por un proceso de duelo relacionado con la pérdida de su integridad corporal, así como de lo que eran antes de que ocurriera la RESOLUCIÓN NÚMEROS 56 8 DE 16 OCT2M44 HOJAN21de73 agresión (autoimagen e identidad social). Las fases del duelo por las que atraviesa la víctima son las siguientes: + Fase de Negación: no se acepta la pérdida. Se niega a sí misma/o y/o al entorno que ha ocurrido la agresión o el daño corporal. +» Fase de Enfado: La victima se siente enojada con todo, con todos y con ella misma por no haber evitado la agresión o el daño que le provocó la quemadura. = Fase de Negociación. Intenta negociar alguna curación milagrosa que le devuelva su aspecto anterior. = Fase de Dolor Emocional. Se experimenta tristeza y dolor por la pérdida. « Fase de Aceptación. Se asume la pérdida. No hay olvido pero se empieza a vivir con la historia de haber sido víctima de un ataque por químicos.

Artículo ANEXO (35/122)

Una atención en salud mental que inicie prontamente, que reconozca a las víctimas como sujetos de derechos, que las acompañe en el proceso de re-conocerse y que les brinde herramientas para lidiar con el día a día después del trauma, es lo que permitirá que puedan restablecer su equilibrio emocional, construir resiliencia y llevar adelante un nuevo proyecto de vida. De lo contrario, tendrá menos posibilidades de afrontar el estrés postraumático, lo que puede hacer que los sintomas se conviertan en mucho más lesivos emocionalmente.

Artículo ANEXO (36/122)

10. IMPACTO SOCIOFAMILIAR La agresión por agentes químicos afecta no solo a la víctima sino también a las personas con las que se relaciona y los contextos donde interactúa (Figura 5). La respuesta que tengan estas personas va a favorecer u obstaculizar el proceso de recuperación de la víctima por lo cual su atención se contempla en el presente Protocolo. RESOLUCIÓN NÚMERO 568 DE 36 prf0%%14 HOJAN 22 de 73 |_ Atención sociofamiliar A Atención E Ñ ¿ Ñ ! / N en salud Víctima ! / NN mental / A N A EN A AS “ Figura 5- Contexto socio familiar Si la pareja no es el agresor, es importante vincularla junto con la familia para que puedan convertirse en la red de apoyo primario o soporte principal de la víctima. Reconocer la importancia de la pareja no agresora y la familia en la recuperación de la víctima, no significa desconocer que ellas y ellos también se encuentran bajo estrés emocional relacionado con la transformación física de su familiar, los gastos médicos continuos y los periodos de hospitalización y la transformación en su vida cotidiana, asi como la elaboración del duelo y la reestructuración de las dinámicas familiares, roles, autoridad, procesos de crianza y demás actividades que se ven alteradas por esta situación. Todas estas circunstancias, muy frecuentes en los ataques con agentes químicos, suelen impedir que la familia brinde un apoyo emocional adecuado para la recuperación de la víctima y, por ello, se les debe ofrecer acompañamiento y apoyo emocional durante todo el tiempo que la víctima requiera atención. 11. ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD La atención a una víctima de agresión por agentes químicos incluye además de salvar su vida, lograr la mejor recuperación posible de las funciones físicas y mentales así como de su participación social. Esto requiere que se ofrezca una atención integral desde el momento de la agresión hasta la recuperación y rehabilitación.

Artículo ANEXO (37/122)

Por lo tanto, bajo el término de atención integral se consideran los componentes de atención médica, psicológica, socio familiar de la víctima, así como la activación de las redes de justicia y protección.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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