Artículo ANEXO (13/125)
Los valores de Cotlook Index Far Eastern (FE) y la Tasa Representativa del Mercado utilizados para el cálculo de la fórmula serán los promedios simples aritméticos de la última quincena del mes inmediatamente anterior a la compra del algodón; Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural como organismo rector de las políticas del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural y en razón de las condiciones del mercado internacional del algodón y de la volatilidad de los paráme- tros que afectan los precios internos de la fibra, considera necesario que se garantice un precio mínimo por tonelada de fibra a los productores de algodón de la Cosecha Costa-Llanos 2006-2007; Que las compensaciones a que haya lugar y que se determinan pagar en la presente Resolución se cancelarán con cargo al Proyecto “520-1106-001, Implantación y Ope- ración Fondo de Comercialización de Productos Agropecuarios Nivel Nacional”, con cargo al contrato 008 del 2006; Que en razón de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: Artículo 19. Garantizar a los agricultores de algodón de la Cosecha Costa-Llanos 2006-2007, un precio mínimo de cuatro millones doscientos cincuenta mil pesos ($4.250.000) por tonelada de fibra de algodón vendida, Base SL-M. Artículo 2. El valor de la compensación a pagar a los agricultores de algodón, será la diferencia entre el precio de mercado y el precio garantizado. El precio de mercado de la Cosecha Costa-Llanos 2006-2007, se liquidará para cada compraventa, a partir de la aplicación de la siguiente fórmula: (((Cotlook Index Far Eastern (FE) -1.5) * 1.05625) +0.65) *22,046 *TRM