Por la cual se sustituye el “Formulario Único de Afiliación, Retiro y Novedades de Trabajadores y Contratistas”, contenido en el Anexo 1 - Parte A de la Resolución 2087 de 2013 y se modifica la Resolución 2358 de 2006.

Resolución · 3796 · 2014-09-08 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 41–60 de 108

Artículo ANEXO (36/103)

Tabla Municipios — Tabla DIVIPOLA (División Político 25 | Municipio de la ubicación laboral 3 N Administrativa de Colombia) del DANE 1 — Afiliado con saldo a favor 26 | Estado de la afiliación 1 N 2 — Cuenta cancelada 3 — Cuenta con saldo cero ! Fecha de último pago del aportante a AARAA 27 | la administradora 10 A -MM-DD 28 Último periodo de pago del aportante 7 A Formato : AAAA a la administradora AAAA : Año a reportar 1 — Traslado de administradora 29 | Tipo de retiro de la administradora t N 2 - Fallecimiento 3- Por inclusión errónea 30 | Fecha de retiro de la administradora 10 A AAAA-MM-DD 31 | Fecha de fallecimiento 10 A AAAA-MM-DD Fecha inicial del período de ta AAAA 32 información 10 A -MM-DD Fecha final del período de la 33 | información 10 A JARA-MM-DD 34 Total de registros relacionados en el 8 N archivo 35 Nombre del Archivo (Sin extensión 18 A Ver tabla "NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS Y TXT) DE NOVEDADES DE AFILIADOS A CESANTÍAS” SN NÚMERO 03796 De 014 HOJA No. 18 de 49 RESOLUCIÓN NÚMERO? € 8 sera o. 18 de 49 ANEXO 3 RESOLUCIÓN /2013 ANEXO DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTROS. Datos que las administradoras de riesgos laborales suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del registro único de afiliados a la protección social RUAF.

Artículo ANEXO (37/103)

Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen: SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTROS DE AFILIADOS Y DE NOVEDADES A RIESGOS LABORALES Las administradoras deberán enviar los archivos maestros de afiliados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen: SIGLA DESCRIPCIÓN LONGITUD MR Archivo maestro de afiliados a riesgos laborales. 2 NR Archivo maestro de novedades de afiliados a riesgos laborales. 2 NRE Archivo maestro de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante. 3 COMPONENTE | Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo — Riesgos Laborales (R) 1 CODENTIDAD _ | Código de la entidad de riesgos laborales que reporta la información. 6 AAAAMMDD Fecha de generación del archivo. No se debe utilizar ningún tipo de separador. 3 NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES TIPO DE ARCHIVO NOMBRE DE ARCHIVO LONGITUD Maestro de afiliados a riesgos laborales RMRCODENTIDADAAAAMMDD 17 Maestro de novedades de afiliados a riesgos laborales RNRCODENTIDADAAAAMMDD 17 anto novedades del estado de la afiliación y al día del RNRECODENTIDADAAAAMMDD 18 ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES El archivo maestro de afiliados a riesgos laborales está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los afiliados solicitados en la etapa del cargue inicial así como para el reporte periódico de creación de nuevos afiliados a riesgos laborales.

Artículo ANEXO (38/103)

Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,).

Artículo ANEXO (39/103)

REGISTRO TIPO 1 —- REGISTRO DE CONTROL a 38 es fa] al 3 NOMBRE DEL CAMPO ro] ES VALOR PERMITIDO OBLIGATORIO S 3 53 punt] 0_ | Tipo de Registro 411 Si 10 | Código administradora 6_|Ver glosario Si 28 | Fecha inicial del periodo de la información 10 [AAAA-MM-DD El 29 | Fecha final del período de la información 10 | AAAA-MM-DD Si 30 | Total de registros relacionados en el archivo | 8 | Sin incluir registro control SI 31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) 18 |Ver glosario Si REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE E 3 2 2 weQ [Lo] 53 oY lor 2 2S NOMBRE DEL CAMPO 3 s VALOR PERMITIDO 495 58 = < 4 2 $ csi SS Ó=3 252 (516 O Z 2 2% 0_ | Tipo de registro 1 12 Si si 1_ | Tipo de identificación del afiliado 2 |Ver glosario st st 2 | Número de identificación del afiliado 17 Si El 3 | Código género 1_ |Verglosario Si Si 4 | Fecha de nacimiento 10 | AAAA-MM-DD NO si 5 | Primer apellido 60 Ñ Si SI 6 | Segundo apellido 60 |Verglosario NO [NO RESOLUCIÓN NÚMERO) (13796 DE_g SEP 2, HOJA No. 19 de 49 a o o 12 7 mm CAM DO Di ou [62 [e ES < ro o > NOMBRE DEL CAMPO 3% VALOR PERMITIDO 3 93 S 58 == 2IZ (UU X 8 95 O EE (3) o [o] 7_ | Primer nombre 60 El si 8 | Segundo nombre 60 NO NO 9 | Fecha de afiliación 10 | AAAA-MM-DD Si SI 10 | Código administradora 6 Si Si 11 | Código tipo de cotizante 2 |Verglosario Si El Código de la actividad económica de riesgos . 12

Artículo ANEXO (40/103)

laborales del centro de trabajo del afiliado 7 |Verglosario si sl 13 | Tipo de identificación del aportante 2 [Ver glosario El El 14 | Número de identificación del aportante 47 si Si 15 | Dígito de verificación del aportante 1 Ver glosario NO NO 16 | Razón social del aportante 150 | Ver glosario El SI 17 | Clase de aportante 1 |Verglosario NO El] 18 | Código de ocupación del afiliado 4 NO El] 19 | Departamento de la ubicación laboral 2 |Verglosario NO si 20 | Municipio de la ubicación laboral 3 |Ver glosario NÓ El] 22 | Al día 1 |Ver glosario El El 32 | Subtipo de cotizante 2 |Ver glosario NO NO 33 | Modalidad 1 Ver glosario NO NO Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el afiliado de acuerdo con su documento de identidad los tiene. El campo Dígito de verificación del aportante no es obligatorio. Para el cargue inicial, si un afiliado tiene más de un aportante, la entidad debe reportar un registro por cada uno de éstos, diligenciando la totalidad de los campos del archivo maestro de afiliados. Para las novedades de creación de nuevos afiliados, cuando éstos tengan más de un aportante se enviará un soto registro por afiliado con un aportante y la novedad RO6 para los otros aportantes. Si el afiliado es tipo de cotizante independiente, la información del aportante debe corresponder a la agremiación, la asociación o el contratista. ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES El archivo de novedades de afiliados a riesgos laborales está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización.

Artículo ANEXO (41/103)

Novedad de creación de nuevos afiliados. Las administradoras deben reportar periódicamente la creación de nuevos afiliados a riesgos laborales utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de afiliados a riesgos laborales. Igualmente, cuando se produce una nueva afiliación como consecuencia de un traslado de administradora, deberá reportarse la creación de la nueva afiliación enviando el archivo maestro de afiliados. Novedades de actualización. La información de los afiliados reportados a través del archivo maestro de afiliados deberá ser actualizada por las administradoras mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo can los códigos de novedades de afiliados a riesgos laborales. De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla “CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES”. El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de éstas, Cuando en una novedad haya campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ser vacío y reportarse en el archivo como (,,). Cuando una afiliación tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.

Artículo ANEXO (42/103)

RESOLUCIÓN NÚMERO 003796 DE 8 sep A HOJA No. 20 de 49 REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL a a 9 39 pS $ 8 = NOMBRE DEL CAMPO fo] % VALOR PERMITIDO $ aS 53 8 - 3 O | Tipo de Registro 1 1 S] 10 | Código de la administradora 6_ |Ver glosario Si 28 | Fecha inicial del período de la información 10 [|AAAA-MM-DD Si 29 | Fecha final del período de ta información 10 [AAAA-MM-DD Si 30 | Total de registros relacionados en el archivo 8 |Sinincluir_el registro control El] 31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) 18 | Ver glosario El REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE o 3 PS ó ES NOMBRE DEL CAMPO 9 ES VALOR PERMITIDO 5 OBSERVACIONES [5] oz par] A a [a] O_ | Tipo de registro 1.12 Si 10 | Código administradora 6 Si 1_ | Tipo de identificación del afiliado 2 |Ver glosario El] 2 | Número de identificación del afiliado 17 El 5 | Primer apellido 60 El 6_ | Segundo apellido 60 . NO 7_ | Primer nombre 60 Ver glosario si 8 | Segundo nombre 60 NO As Ver Tabla “Códigos de novedades de Código de la novedad 3 afiliados a riesgos laborales” si Nuevo valor 1 Nuevo valor 2 Dependiendo del código de Nuevo valor 3 la novedad se deben Nuevo valor 4 registrar los valores en el Nuevo valor 5 mismo orden en que Nuevo valor 6 parecen en la tabla de Nuevo valor 7 "Códigos de novedades de Nuevo valor 8 NO afiliados a riesgos laborales” Nuevo valor 9 los que no se modifiquen Nuevo valor 10 e deben reemplazar por ,, Nuevo valor 11 e deben completar los Nuevo valor 12 uevos 15 valores teniendo Nuevo valor 13 n cuenta lo explicado Nuevo valor 14 nteriormente.

Artículo ANEXO (43/103)

Nuevo valor 15 CÓDIGOS DE NOVEDADES DE AFILIADOS A RIESGOS LABORALES Estos son los códigos de las novedades de actualización que deberán reportar periódicamente las administradoras de acuerdo con las modificaciones realizadas a la información de los afiliados, las afiliaciones y los aportantes. Se deben diligenciar los campos en el orden establecido en esta tabla, estas novedades sólo aplican para afiliados existentes en el Registro Unico de Afiliados a la Protección Social RUAF. Cód. ins Orden de las Variables de la A Nov. Descripción novedad Observaciones . Modificar la información de una persona que RO1 [Modificar persona 3,4,56,7,8, se encuentra en ta base de datos RUAF. Modificar el tipo y/o el número de identificación RO2 |Modificación identificación de persona |1, 2 de una persona registrada en la base de datos RUAF. 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, Modificar la información de la afiliación a RO3 [Modificar afiliación a riesgos laborales |18, 19, 20, 32, 33 riesgos laborales en la base de datos RUAF. Los campos 13, 14 y 18 son obligatorios. NS) AN NÚMERO 37 HOJA No. 21 de 49 RESOLUCIÓN NÚMERO :( 3796 DE g SEP e OJA No. 21 de 49 Cód. Orden de las Variables de la Nov. Descripción novedad Observaciones Retirar afiliación a riesgos laborales en la base de datos RUAF en los siguientes casos: Si el caso es por fallecimiento se deben| diligenciar los campos 13, 14, 15, 24, 25 y 27. Si el caso es por reconocimiento de pensión, se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24, 25 y 26. Si el caso es por desvinculación con el aportante, se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 23, 24, y 25.

Artículo ANEXO (44/103)

Si el caso es por traslado de administradora se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25. Si el caso es por traslado por contrato de cesión se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25. R trasladar afllació Si el caso es por multiafiliación del aportante, etirar o trasladar afiliación a riesgos se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 241 laborales 13, 14, 15, 23, 24, 25, 26, 27 y25 9 Pp: Si el caso es por “sustitución” se deben diligenciar se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25, donde la fecha “campo 24” corresponde a la fecha de sustitución de la empresa o la administradora. Si el caso es por “fusión” se deben diligenciar] los campos 13, 14, 15, 24 y 25, donde la fecha “Campo 24” debe corresponder a la fecha de la fusión de la empresa o ta administradora Si el caso es por “liquidación” se deben diligenciar los campos 13, 14, 15, 24 y 25, donde la fecha "Campo 24" debe corresponder a la fecha de la liquidación de la empresa o la administradora Para todos los casos no es obligatorio el campo 15. R04 ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DEL ESTADO DE LA AFILIACIÓN Y AL DÍA DEL APORTANTE El archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades del estado de la afiliación y al día de! aportante.

Artículo ANEXO (45/103)

La novedad RO5 (cambio del estado de la afiliación) que se reporta a través del archivo de novedades del estado de la afiliación Ñ y al día del aportante no se requiere por lo tanto no se debe enviar. El cambio de estado de activo a inactivo se da al aplicar la : novedad de retiro RO4. La novedad ROS (al día del aportante) que se reporta a través del archivo de novedades del estado de la afiliación y al día del aportante, solamente se debe enviar en el periodo donde haya cambiado el estado al día o en mora respecto al periodo anterior. REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL la] O OQ DI O EZ OBLIGATORI a] ll E NOMBRE DEL CAMPO O E VALOR PERMITIDO O 3 3 $5 0 | Tipo de Registro 1 1 Si 10 | Código de la administradora 6_ |Ver glosario E A 28 | Fecha inicial del período de la información 10 | AAAA-MM-DD Si 29 | Fecha final del período de la información 10 [| AAAA-MM-DD Si 30 _ | Total de registros relacionados en el archivo 8 Sin incluir el registro contro! Si 31 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) 18 |Ver glosario EJ REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE ae < Y RESOLUCIÓN NÚMERO3 03796 DE_ 8 SEP 2044 4 HOJA No. 22 de 49 a 9 8 E S 5 NOMBRE DEL CAMPO 3% VALOR PERMITIDO ES OBSERVACIONES b4 3 5S S par] eo [e] O_ | Tipo de registro 1 2 Si 10 | Código administradora 6 SI 1 | Tipo de identificación del afiliado 2 |Ver glosario El 2 | Número de identificación del afiliado 17 El 5 | Primer apellido 60 El 6 | Segundo apellido 60 .

Artículo ANEXO (46/103)

NO 7_ | Primer nombre 60 Ver glosario si 8 | Segundo nombre 60 NO Código de la novedad 3 |R06 El] E pueden ser código La novedad RO5 no se requiere por lo tanto no se debe enviar. 21 | Estado de la afiliación 1 |Verglosario NO | El cambio de estado de activo a inactivo se da al aplicar la novedad de retiro RO4. 13 | Tipo de identificación del aportante 2 |Verglosario Si . . 14 | Número de identificación del aportante 17 |Ver glosario si pampos obligatorios 15 | Dígito de verificación del aportante 1 Ver glosario NO [Campo no obligatorio 16 | Razón social del aportante 150 | Ver glosario SI_ Campo obligatorio 22 |Aldía 1 Ver glosario NO Este campo es obligatorio Cuando no existan novedades de creación de nuevos afiliados a Riesgos Laborales, novedades de actualización, o novedades de estado de afiliación o al día del aportante, se deberá enviar el correspondiente archivo con el registro de control indicando cero (0) registros. GLOSARIO DE CAMPOS En el siguiente glosario se relacionan las variables que las administradoras deben reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del Registro Único de Afiliados a la Protección Social RUAF, a través de los archivos maestros de afiliados y de novedades, con sus respectivos valores permitidos. Cada variable está codificada, el código asignado aparece en la columna Cod, en la columna Nombre del campo, aparece el nombre de la variable, en la columna Longitud, el máximo tamaño que puede tomar la variable, en la columna Tipo se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N-Numérico, y en la columna Valor permitido se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable.

Artículo ANEXO (47/103)

Longitud Tipo Cod Nombre del Campo Máxima Valores Permitidos . . 1 — Registro de control 0 Tipo de Registro 1 N 2 — Registro de detalle Y - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía 1 Tipo de identificación del afiliado 2 A CE - Cédula de extranjería PA — Pasaporte CD- Carnet diplomático 2 | Número de identificación del afiliado 17 A 3 | Código género 1 A Mo Mescuino 4 Fecha de nacimiento 10 A AAAA-MM-DD Ñ Ñ Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará 5 |Primer apellido 60 A | como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, 6 Segundo apellido 60 igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej. Julio Álvaro Andrés Molina del Castillo. Primer > nombre: JULIO, segundo nombre: ÁLVARO ANDRÉS. Primer apellido: MOLINA, segundo apellido: DEL 7 Primer nombre 60 A CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o apellido se reportará vacio en estos atributos. Se utilizará la abreviatura "VDA” para los segundos apellidos que utilizan ta palabra VIUDA (0). Los Nombres terminados en “A” para género 8 Segundo nombre 60 A masculino hay que reportarlos con el documento escaneado.

Artículo ANEXO (48/103)

Igualmente para nombres o apellidos menores de 3 letras 9 Fecha de afiliación 10 A AAAA-MM-DD 10 | Código administradora 6 A 11 Código tipo de cotizante 2 N 1 — Dependiente RESOLUCIÓN NÚMERO 373796 DE 8 SEP 3014 HOJA No. 23 de 49 Cod Nombre del Campo ponga Tipo Valores Permitidos 2 - Empleada doméstica 3 — Independiente 4 - Madre Comunitaria 16 - Independiente agremiado o asociado 19 - Aprendices del SENA etapa productiva 20 - Estudiantes régimen especial 21 - Estudiante de postgrado en salud 30 - Dependiente entidades o universidades públicas con Régimen Especial en Salud 31 - Cooperados de cooperativas de trabajo asociado 12 sos a comio de de 7 N De acuerdo con lo definido en el Decreto 1607 de 2002 trabajo del afiliado o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Tl - Tarjeta de identidad CC - Cédula de ciudadanía . : " : CE - Cédula de extranjería 13 | Tipo de identificación del aportante 2 A PA - Pasaporte CD - Carnet diplomático NI - Número de identificación tributaria 14 Número de identificación del 17 A aportante 15 | Digito de verificación del aportante 1 N 0-9 Nombre del aportante para cotizantes dependientes o 168 | Razón social del aportante 150 A nombres y apellidos completos para cotizantes independientes que son aportantes.

Artículo ANEXO (49/103)

A Aportante con 200 o más cotizantes B Aportante con menos de 200 cotizantes C Aportante Mipyme que se acoge a Ley 590 de 2000 17 | Clase de aportante 1 A D Aportante beneficiario de la Ley de Formalización y Generación de Empleo (Ley 1429 de 2010) I_ Independiente 18 | Código de ocupación de! afiliado 4 N Tabla CIUO 88 A.C. o Tabla Departamentos — Tabla DIVIPOLA (División 19 | Departamento de la ubicación laboral N | Político Administrativa de Colombia) del DANE 20 | Municipio de la ubicación laboral 3 N e ON del DANE Político 21 | Estado de la afiliación 1 ar : 1 -Aldía 22 |Aldía 1 N 2 - En mora Fecha de desvinculación con el 23 aportante 10 A AAAA-MM-DD 24 | Fecha de retiro o traslado 10 A AMAA-MM-DD 1 - Pensión 2 - Desvinculación del trabajador con el aportante 3 - Traslado del aportante a otra ARP 4 — Fallecimiento 5- Traslado por contrato de cesión 6- Por multiafiliación del aportante 25 | Causa del retiro o traslado 1 N 7- Por sustitución de la empresa 8- Por fusión de la empresa 9- Por liquidación de la empresa 10- Por sustitución de la administradora 11- Por fusión de la administradora 12- Por liquidación de la administradora 13- Por inclusión errónea Fecha de reconocimiento de la 2 loensión 10 A | AAAA-MM-DD 27 | Fecha de fallecimiento 10 A AAMAA-MM-DD Fecha inicial del período de la 28 información 10 A AAAA-MM-DD Fecha final del período de la 29 información 10 A AAAA-MM-DD Total de registros relacionados en el 30 archivo 8 N . . : Ver tabla "NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE Nil del Archivo (Sin extensión 18 A | NOVEDADES DE AFILI

Artículo ANEXO (50/103)

ADOS A RIESGOS l LABORALES” 9. Cotizante pensionado con mesada pensional superior a los 25 salarios mínimos 32 | Subtipo de cotizante 2 N 10. Independiente con contrato de prestación de servicios El valor 10 aplica solamente cuando el tipo de cotizante es independiente. AG RESOLUCIÓN NÚMERO: 3796 DE. g SEp2947 HOJA No. 24 de 49 Longitud Tipo e Cod Nombre del Campo Máxima Valores Permitidos 11. Conductor vehículo taxi 12. Conductor vehículo taxi - pensionado 1. Teletrabajador . 2. Voluntariado 33 | Modalidad 1 N Teletrabajador aplica dando cumplimiento al Decreto 884 de 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO: 3796 DE 2014 HOJA No. 25 de 49 -8 SEP 2014 ANEXO 4 RESOLUCIÓN /2013 ANEXO DE PAGADORES DE PENSIONES ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES. Datos que las entidades pagadoras de pensiones deben suministrar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la base de datos del registro único de afiliados a la protección social RUAF. Las pagadoras de pensiones deberán enviar los archivos maestros de pensionados y de novedades, de acuerdo con las estructuras y especificaciones que a continuación se describen: SIGLAS PARA NOMBRES DE ARCHIVOS DE PENSIONADOS SIGLA DESCRIPCIÓN LONGITUD MPE Archivo maestro de pensionados. 3 NPE Archivo maestro de novedades de pensionados. 3 COMPONENTE Componente de la Protección Social al que pertenece el archivo — Pensionados (N) 1 NITEMPRESA NIT de la empresa que reporta la información sin incluir el dígito de verificación 10 AAAAMMDD Fecha de generación del archivo.

Artículo ANEXO (51/103)

No se debe utilizar ningún tipo de separador. 8 NOMBRES DE ARCHIVOS MAESTRO Y DE NOVEDADES DE PENSIONADOS TIPO DE ARCHIVO NOMBRE DE ARCHIVO LONGITUD Maestro de pensionados NMPENITEMPRESAAAAAMMDD 22 Maestro de novedades de pensionados NNPENITEMPRESAAAAAMMDD 22 ESTRUCTURA DEL ARCHIVO MAESTRO DE PENSIONADOS El archivo maestro de pensionados está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de los pensionados solicitados en la etapa del cargue inicial asi como para el reporte periódico de creación de nuevos pensionados. Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios deben reportarse en el archivo como (,,). REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL O Ol 8 < O A EZ 1] ul E NOMBRE DEL CAMPO 9 ES VALOR PERMITIDO OBLIGATORIO 3 S 55 0 | Tipo de Registro 1 1 Si 22 — | Número de identificación del pagador de pensiones 17 SI 39 | Fecha inicial del período de la información 10 ¡AAAA-MM-DD El 40 | Fecha final del período de la información 10 | AAAA-MM-DD El 41 | Total de registros relacionados en el archivo 8 Sin incluir registro control El] 42 | Nombre del Archivo (Sin extensión .TXT) 22 |Ver glosario EJ] REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE d o o (2 y CATA So es 922 2xa lo] z NOMBRE DEL CAMPO fo] ES VALOR PERMITIDO $ 2 $ 22

Artículo ANEXO (52/103)

e) $S 352345 lo] 3 E ala o O [a] OQ | Tipo de registro 1 2 El Si 1_ | Tipo de identificación del causante 2 Ver glosario NO Si 2 | Número de identificación del causante 17 NO E 3 | Primer apellido del causante 60 NO Si 4 | Segundo apellido del causante 60 Ver olosari NO NO 5 | Primer nombre del causante 60 glosario NO El 6_ | Segundo nombre del causante 60 NO NO Tipo de identificación del pensionado o del beneficiario . 7 para los casos de pago único 2 Ver glosario si si 8 Número de identificación del pensionado o del 17 si Si beneficiario para los casos de pago único Código género del pensionado o del beneficiario para . 9 los casos de pago único 1 Ver glosario Si si Fecha de nacimiento del pensionado o del beneficiario 10 para los casos de pago único 10 |AAAA-MM-DD NO si 11 | Departamento nacimiento del pensionado o del 2 Ver glosario NO NO ZA IS RESOLUCIÓN NÚMERO 137796 DE _ 8 sEp?9h% 4 HOJA No. 26 de 49 dl o o (2 y 22 pÉ 533 ES 8 = NOMBRE DEL CAMPO 9 S VALOR PERMITIDO E 95 5 99 | g? $ go gee (8) FS ara beneficiario para los casos de pago único Municipio nacimiento del pensionado o del beneficiario : 12 para los casos de pago único 5 Ver glosario NO NO Primer apellido del pensionado o del beneficiario para 13 los casos de pago único 80 si si 14 Segundo apellido del pensionado o del beneficiario para 60 NO NO los casos de pago único . — - — Ver glosario Primer nombre del pensionado o del beneficiario para 15 pa 60 Si El] los casos de pago Único Segundo nombre del pensionado o del beneficiario para 16 los casos de pago único $0 NO NO Departamento residencia del pensionado o del . 17 beneficiario para los casos de pago único 2 Ver glosario NO NO 18 Municipio residencia del pensionado o del beneficiario

Artículo ANEXO (53/103)

3 Ver glosario NO NO para los casos de pago único 19 | Pensionado residente en el exterior 1 Ver glosario NO Si 20 | Pensionado cuyo pago se sitúa en el exterior. 1 Ver glosario NO St Tipo de identificación de la entidad administradora de . 21 los derechos pensionales y prestaciones económicas 2 Ver glosario si si Número de identificación de la entidad administradora 22 | delos derechos pensionales y prestaciones 17 Ver glosario El] El económicas Dígito de verificación de la entidad administradora de s 23 los derechos pensionales y prestaciones económicas 1 Ver glosario NO NO Razón social de la entidad administradora de los . 24 derechos pensionales y prestaciones económicas 150 |Verglosario si si Código del tipo de pensión o de otra prestación con . 25 pago único 2 Ver glosario si El] 26 | Tipo de pensionado 1 Ver glosario EJ Si 43 | Modalidad de pensión 2 Ver glosario Si Si 44 | Pensión compartida 1 Ver glosario El Ell 27 Número de la resolución o del acto de reconocimiento 10 Si SI de ta pensión o de otra prestación con pago único Fecha de la resolución o del acto de reconocimiento de AAA 28 la pensión o de otra prestación con pago único 10 -MM-DD sl si 29 | Fecha de inicio de pago pensional 10 AAAA-MM-DO EJ Si 30 | Fecha de suspensión de pago de la mesada pensional 10 AAAA-MM-DD NO NO Causa de la suspensión del pago de la mesada . 31 pensional 2 Ver glosario NO NO 32 | Mesada pensional 10 Ver glosario Si EJ 33 | Porcentaje de ingreso base de liquidación 7 Ver glosario NO Si Porcentaje de la pérdida de capacidad laboral para : 34 incapacidad permanente parcial 7 Ver glosario NO NO 35 Hi de pérdida de capacidad laboral para 7 Ver glosario NO NO Tipo de identificación de la entidad a la que la entidad 45 | administradora reconoce y administra los derechos 2 Ver glosario Si Si pensiónales y prestaciones económ

Artículo ANEXO (54/103)

icas Número de identificación de la entidad a la que la 46 | entidad administradora reconoce y administra los 17 Ver glosario Si El derechos pensionales y prestaciones económicas Razón social de la entidad a la que la entidad 47 | administradora reconoce y administra los derechos 150 | Ver glosario El] SI pensionales y prestaciones económicas 48 | Tipo de identificación del pagador de pensión 2 Ver glosario El Sl 49 | Número de identificación del pagador de pensión 17 Ver glosario Si Si 50 | Razón social del Pagador de Pensión 150 |Ver glosario Si Si Los campos del causante (1 al 6 en el glosario) son obligatorios para cargues periódicos de información. Los campos Segundo Apellido y Segundo Nombre son obligatorios si el causante, el pensionado ó el beneficiario, de acuerdo con su documento de identidad los tiene. Si el tipo de pensión es por sustitución y no corresponde a un pago único, los datos del causante con respecto a los datos del pensionado o beneficiario deben ser diferentes. Si el tipo de pensión es diferente a sustitución y no corresponde a un pago Único, los datos del causante con respecto a los datos del pensionado o beneficiario deben ser iguales. RESOLUCIÓN NÚMERO: >3796 DE_g SEP 204%, HOJA No. 27 de 49 Los campos departamento residencia del pensionado o del beneficiario para los casos de pago único y municipio residencia del pensionado a del beneficiario para los casos de pago único serán obligatorios si en el campo 19 (pensionado residente en el exterior) viene el valor S y corresponderán a EX para departamento y EXT para municipio. En el campo valor de la mesada pensional se reportará el valor de la mesada pensional o el valor del pago único como corresponda. En el campo porcentaje de ingreso base de liquidación, para los casos de sustitución pensional se debe reportar el porcentaje de la mesada pensional correspondiente a cada beneficiario.

Artículo ANEXO (55/103)

Si un pensionado tiene más de un pagador de pensiones, cada una de las pagadoras debe reportar un registro, diligenciando la totalidad de los campos del maestro de pensionados. Si un pensionado tiene más de una pensión con el mismo pagador, por cada una de ellas se debe reportar un registro, diligenciando la totalidad de los campos del maestro de pensionados. ESTRUCTURA ARCHIVO DE NOVEDADES DE PENSIONADOS El archivo de novedades de pensionados está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las novedades de creación y actualización. Novedad de creación de nuevos pensionados. Las pagadoras de pensiones deben reportar periódicamente la inclusión de nuevos pensionados utilizando la estructura y el nombre del archivo maestro de pensionados. Igualmente, cuando se incluye un nuevo pensionado como consecuencia de un traslado, la pagadora a donde se traslada deberá reportarlo como una nueva inclusión en el maestro de pensionados. Novedades de actualización. La información de los pensionados reportados a través del archivo maestro de pensionados deberá ser actualizada por las pagadoras de pensiones mediante el reporte de novedades, las cuales deberán ser enviadas en la estructura que a continuación se especifica y de acuerdo con los códigos de novedades de pensionados. De acuerdo a cada novedad, se deben diligenciar los campos obligatorios y aquellos que estén sujetos a modificaciones, teniendo en cuenta el orden indicado en la tabla "CÓDIGOS DE NOVEDADES DE PENSIONADOS”. El número máximo de valores que va en cada novedad depende de los campos que contiene cada una de éstas. Cuando en una novedad hayan campos que no van a ser modificados o reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo como (,,). Cuando un pensionado tenga más de una novedad se debe diligenciar un registro por cada novedad.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2014.zip · hoja Resoluciones · fila 64), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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