Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinatal y se establecen las directrices para su operación.

Resolución · 3280 · 2018-08-02 · Jerarquía: nivel 8

Modificado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Parcialmente vigente» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 721–740 de 838

Artículo ANEXO (714/831)

v. Iniciar sulfato de magnesio ampollas al 20% x 10 ml (2 g): a. Impregnación: 2 ampollas + 150 mL SSN 0,9% en 10 a 15 minutos (4 g). b. Mantenimiento: 4 ampollas + 500 mL SSN 0.9% por bomba de infusión a 67 mUhora (1 g/h) o a 10 gotas/minuto por macrogotero 10 gotas = 1 mL o a 20 gotas/minuto por macrogotero, vi. Se deberá ajustar la dosis según monitorización de reflejos osteotendinosos, gasto urinario, sensorio y frecuencia respiratoria. vii, En caso de toxicidad por sulfato de magnesio aplique 1 gramo endovenoso de gluconato de calcio en 10 minutos. viii, Sila TAS 2 150 mmHg y/o TAD > 100 mmHg (pero TAS < 160 mmHg /TAD < 110 mmHg) inicie terapia antihipertensiva: Si la TAS 2 150 y/o TAD 2 100 mmHg (pero < 160/110) inicie terapia antihipertensiva: i. Nifedipino tabletas x 30 mg 1 tableta VO cada 8 horas o tabletas x 10 mg 1 tableta VO cada 6 horas. ix. Tome exámenes de laboratorio: hemograma con recuento de plaquetas, pruebas hepáticas (lactato deshidrogenasa LDH, transaminasas AST y ALT) y creatinina.

Artículo ANEXO (715/831)

b) Crisis hipertensiva Se define como un caso en el que durante el embarazo o el puerperio presente TAS 2 160 mmHg y/o TAD > 110 mmHg en una toma con o sin sintomas premonitorios de eclampsia. Ante esta situación se deberá: ¡Realizar examen físico completo, incluyendo evaluación de vitalidad fetal por auscultación o empleo de doppler fetal. li Asegurar 2 accesos venosos con catéter 16 o 18. il. Sise dispone de oximetría de pulso se deberá proporcionar oxigeno suplementario para alcanzar saturación de Oxigeno > 95 %. Si no se dispone de oximetria, administrar oxígeno por cánula nasal a 3 L/minuto. . iv. — Colocar sonda vesical a drenaje con boisa de recolección (sonda Foley 14 o 16). v. Iniciar cristatoides 1 cc/kg/h (como volumen total administrado incluido el goteo de sulfato de magnesio). vi. Iniciar manejo antihipertensivo de inmediato hasta lograr TAS entre 140 - 150 mmHg y TAD entre 90 - 100 mmHg, a. Labetalol ampollas de 100 mg/20cc: 20 mg (4 cc) endovenosos cada 20 minutos, y si no hay respuesta aumentar a 40 mg (8 mL), luego a 80 mg (16 mL) hasta dosis acumulada de 300 mg/día. Dejar en terapia de mantenimiento con: Nifedipino cápsulas o tabletas x 10 mg 1 cápsula o tableta vía oral cada 6 horas o Nifedipino cápsulas o tabletas x 30 mg 1 cápsula o tableta vía oral cada 8 horas. b. Si se dispone de Hidralazina, se puede usar como medicamento de primera línea en bolo IV de 5 mg. Cada 20 minutos Si con la dosis de 20 mg IV no hay respuesta, debe pasarse a otro antihipertensivo.

Artículo ANEXO (716/831)

c. Nifedipina cápsulas o tabletas de 10 mg cada 20 minutos por 3 dosis y luego 10 mg cada 6 horas. Si no se dispone de vía venosa. d. Inicie maduración pulmonar fetal con betametasona 12 mg IM cada 24 horas si edad gestacional es de 26 a 34 semanas. e. Si no se alcanza control de cifras tensionales se deberá remitir a la mujer, al mayor nivel de complejidad de acuerdo con las condiciones de la paciente. vi. Inicie suifato de magnesio ampollas al 20%-10 ml (2 g) de la siguiente forma: i. Impregnación: 2 ampollas + 150 mL SSN 0.9% en 10 a 15 minutos (4 g) y continuar. ii Mantenimiento: 4 ampollas + 500 mL SSN 0.9% por bomba de infusión a 67 mL /hora (1 g/h) o a 10 gotas/minuto por macrogotero a 10 gotas = 1 mL o 20 gotasíminuto por macrogotero 20 gotas = 1 mL. viii Tomar exámenes de laboratorio: hemograma con recuento de plaquetas, pruebas hepáticas (lactato deshidrogenasa LDH, transaminasas AST y ALT) y creatinina.

Artículo ANEXO (717/831)

c) Eclampsia Se define como un caso de gestante con embarazo de 20 semanas o más o en las primeras tres semanas del puerperio con criterios de trastorno hipertensivo del embarazo que presenta convulsión o coma. En este caso se deberá: Iniciar sulfato de magnesio ampollas al 20%-10 ml (2 g) de la siguiente forma: 7 AGO 2018 Salud para la población Matemo Perinatal y se establecen las directrices para su operación”. « — Impregnación: 2 ampollas + 150 mL SSN 0.9% en 10 a 15 minutos (4 g) y continuar. + Mantenimiento: 4 ampollas + 500 mL SSN 0.9% por bomba de infusión a 67 mL /hora. (1 g/h) o a 10 gotas/minuto por macrogotero a 10 gotas = 1 mL. o 20 gotas/minuto por macrogotero 20 gotas = 1 mL. En presencia de crisis hipertensiva iniciar manejo antihipertensivo de inmediato, hasta lograr TAS entre 140 - 150 mmHg y TAD entre 90 - 100 mmHg con:

Artículo ANEXO (718/831)

a. Labetalol ampollas de 100 mg/20cc: 20 mg (4 cc) endovenosos cada 20 minutos, y si no hay respuesta aumentar a 40 mg (8 mL), luego a 80 mg (16 mL) hasta dosis acumulada de 300 mg/dia. Dejar en terapia de mantenimiento con: Nifedipino cápsulas o tabletas x 10 mg 1 cápsula o tableta vía oral cada 6 horas o Nifedipino cápsulas o tabletas x 30 mg 1 capsula o tableta vía oral cada 8 horas. b. Si se dispone de Hidralazina, se puede usar como medicamento de primera línea en bolo IV de 5 mg. Cada 20 minutos Si con la dosis de 20 mg IV no hay respuesta, debe pasarse a otro antihipertensivo. c. Nifedipina cápsulas o tabletas de 10 mg cada 20 minutos por 3 dosis y luego 10 mg cada 6 horas. Si no se dispone de vía venosa. d. Inicie maduración pulmonar fetal con betametasona 12 mg IM cada 24 horas sí edad gestacional es de 26 a 34 semanas. e. Si no se alcanza control de cifras tensionales se deberá remitir a la mujer, al mayor nivel de complejidad de acuerdo con las condiciones de la paciente. Ante la ausencia de crisis hipertensiva se deberá garantizar manejo antihipertensivo con: + Nifedipina cápsulas o tabletas de 10 mg 1 VO cada 6 horas o Nifedipina tabletas de 30 mg 1 VO cada 8 horas. Una vez estabilizada la paciente, se remitirá a un nivel superior que garantice la atención por especialista tanto a la madre como al neonato. El traslado se realizará en ambulancia con profesional de medicina o de enfermería o paramédico que: Vigile continuamente los signos vitales (presión arterial, sensorio, frecuencia cardiaca y respiratoria), frecuencia cardiaca fetal y reflejos osteotendinosos cada 15 minutos.

Artículo ANEXO (719/831)

Asegure el suministro de oxígeno suplementario durante el transporte para mantener %satO2 > 95 si se dispone de oximetría de pulso o a 3Lt/minuto por cánula nasal. Evalúe continuamente la presencia de síntomas premonitorios o de encefalopatía hipertensiva. Así mismo que controle y registre diuresis horaria. Aplique protocolo de crisis hipertensiva, si TAS > 160mmHg y/o TAD > 110mmHg. Garantice ABC (vía aérea-ventilación circulación), aplique nuevo bolo de sulfato de magnesio 2 ampollas + 150mL SSN 0.9% en 10 a 15 minutos (4g) y continúe infusión o goteo de sulfato de magnesio, pero con un incremento a 2g/h, si presenta episodio convulsivo (eclampsia), 4.9.4.3 Sepsis y choque séptico Además de la definición de SIRS, se tendrá en cuenta la definición de SEPSIS. Para esto se adopta el uso de las escalas SOFA y SOFA!? de la siguiente manera: Se diagnostica Sepsis probable con la presencia de DOS O MAS de los criterios de qSOFA: 122 Sequential Organ Failure Assessment (SOFA) Score y . -2AG0 2018 o 0. o .

Artículo ANEXO (720/831)

o Estado de conciencia alterado, definido como una puntuación en la escala de Glasgows< 13 o Frecuencia respiratoria > 22 x minuto o Presión arterial sistólica < 100 mmHg Un qSOFA positivo (> 2) obliga la búsqueda por medios clínicos y paraclínicos de la presencia de disfunción de uno o más órganos usando la escala SOFA: Escala de SOFA (Sepsis-related Organ Failure Assessment) : 4 0 2 3 4 Respiratorio j Pa02/FiO2 >400 <400 <300 <200 <100 (mmHg) Coagulación Plaquetas >150 <150 <100 <50 <20 10%/ mm? Hepático Bilirrubina <1,2 4$,2-1.9 2,0-5,9 6,0-11,9 >12,0 £mg/dL) Dopamina 5,1- Daopamina >15 an o 15 ug/kg/min o ug/kgímin o Cardiovascular PAM > 70 PAM < 70 Dobutamina Epinefrina < 0,1 | Epinefrina > 0,1 Presión arterial mmHg mmHg (Cualquier ug/kgimin o ug/kg/min o dosis) Norepinefrina < | Norepinefrina > 0,1 ug/kg/min 0,1 ug/kq/min Sistema Nervioso Central Escala de 15 13-14 10-12 6-9 <6 Glasgow Renal mE . 3,5-4,9 >5,0 Creatinina o flujo <1,2 1,2-1,9 2,0-3,4 <500 <200 urimnarno Una

Artículo ANEXO (721/831)

puntuación de SOFA > 2 refleja un riesgo de mortalidad global de aproximadamente un 10% en la población general y es definido como SEPSIS confirmada. Choque séptico: Se define como Sepsis asociada a signos de hipoperfusión (lactato >2mmol/L) e hipotensión (TAS < 9%mmHg o TAM < 65mmHg) que no revierte con la administración de una reanimación inicia! de cristaloides de 30mL/kg administrados en bolos de 300mL cada 15 minutos. Si al momento de la evaluación hay criterios de sepsis o choque, realice las siguientes intervenciones de ser posible en los tiempos específicos aquí descritos desde el momento del diagnóstico: Hora 0. 1. Momento en el triage de urgencia o cuando se hace el diagnóstico del proceso infeccioso y de la sepsis. Si viene remitida de otra institución, este momento lo determinará la presencia en la historia clínica de criterios de sepsis. Hora t. 2. Evalúe permeabilidad de la vía aérea. 3. Suministre suplemento de oxigeno: si dispone de oximetría de pulso proporcione oxigeno suplementario para alcanzar %sat02 > 95. Si no dispone, administre oxigeno por cánula nasal a 3Lt/minuto.

Artículo ANEXO (722/831)

4. Canalice 2 venas con catéter venoso No. 16 o 18, - 2460 2018 Salud para ta población Matemo Perinatal y se establecen las directrices para su operación". Coloque sonda vesical a drenaje con bolsa de recolección (sonda Foley 14 o 16) para vigilancia de gasto urinario. Inicie manejo con liquidos endovenosos (preferiblemente Hartman): bolos de 300mL cada 15 minutos para mantener TAM > G65mmHg y sensorio normal, y continuar aporte de mantenimiento a 1cc/kg/h de acuerdo con respuesta clinica y metas alcanzadas. Inicie antibiótico: Ampicilina/Sulbactam endovenosos 3g (o el antibiótico que se defina institucionalmente en el comité de infecciones). en la primera hora y continúe según protocolo de la institución local o de referencia. Proporcione protección gástrica: Ranitidina ampollas x 50mg 1 ampolla endovenosa cada 12h u Omeprazol ampollas x 20mg 1 ampolla endovenosa cada 12h. Toma de paraclinicos: hemograma, PCR, Hemocultivos x 2, cultivos locales según etiología del probable foco, pruebas hepáticas y renales, gases arteriales y ácido láctico. Si al momento de la evaluación hay criterios de choque se deberá: Movilizar equipo de emergencia, asegurar respuesta rápida de equipo multidisciplinario e iniciar inmediatamente acciones de supervivencia que incluyen: 1. 10. 11. 12. Reanimar guiado por los siguientes parámetros como meta: a. Lactato sérico s 2mmol/L b.

Artículo ANEXO (723/831)

TAM > 65mmHag. Iniciar antibiótico de amplio espectro en la primera hora, previa toma de muestras para cultivos. Identificar y controlar foco infeccioso. Evaluar permeabilidad de la via aérea y suministrar suplemento de oxigeno: si dispone de oximetría de pulso proporcione oxigeno suplementario para alcanzar %satO2 > 95. Si no dispone, administre oxigeno por cánula nasal a 3Lt/minuto. En caso de Glasgow < 9, con pobre protección de la vía aérea o insuficiencia respiratoria realice intubación orotraqueal y ventilación mecánica. Canalizar 2 venas con catéter venoso No. 16 o 18. Realizar paso de catéter venoso central bilumen, si se requiere la colocación de medicamentos vasopresores, esto si tiene experiencia y disponibilidad de este. Colocar sonda vesical a drenaje con bolsa de recolección (sonda Foley 14 o 16) para vigilancia de gasto urinario. Iniciar manejo con líquidos endovenosos (Hartman): bolos de 300mL cada 15 minutos para mantener TAM 2 65mmHg y sensorio normal; continuar aporte de mantenimiento a 1cc/kg/hr de acuerdo con la respuesta clínica y las metas alcanzadas. Si la TAM persiste < 6S5mmHg después de un adecuado reto de liquidos (30ml/kg en bolos de 300mL cada 15 minutos), se sugiere iniciar cuanto antes infusión de agentes vasoactivos: Norepinefrina a 35 mcg/minuto que se va incrementando cada 5 minutos hasta alcanzar la meta (TAM > 65mmHg) o una dosis de 90 mecgi/min.

Artículo ANEXO (724/831)

Iniciar antibiótico empírico en la primera hora de reconocimiento del diagnóstico de la Sepsis de acuerdo con el foco sospechado, generalmente con PiperacilinaTazobactam 4.5 gramos endovenosos cada 6 horas (o el antibiótico que se defina institucionalmente en el comité de infecciones). Esta indicación debe revalorarse cada 12 horas hasta que se tenga reporte de los cultivos para definir continuidad de este o su suspensión si se descarta infección. Proporcionar protección gástrica: Ranitidina ampollas x S0mg 4 ampolla endovenosa cada 12h u Omeprazol ampollas x 20mg 1 ampolla endovenosa cada 12h. Tomar paracliínicos: hemograma, PCR, hemocultivos, cultivos locales según etiología del probable foco, pruebas hepáticas y renales, glucometrias cada 4h, gases arteriales y ácido láctico. Este último se debe medir nuevamente si el valor inicial (hora 0) esta elevado (Lactato sérico > 2mmol/L), entre las 3-6 horas para identificar el logro de las metas durante la reanimación. 13.

Artículo ANEXO (725/831)

Manejar terapia antitrombótica con Heparina en el nivel de mayor complejidad. 4.9.5 Instrumentos insumos y dispositivos Computador para el ingreso administrativo, Bomba de infusión, Monitor de signos vitales, Carro de paro, Doppler fetal, Kit para el manejo de la emergencia obstétrica, Laboratorio básico y bioquímico, Transporte medicalizado, Dispositivos institucionales para la identificación de pacientes, identificación de alergias y riesgo de caidas (brazaletes), Guías y protocolos adoptados formalmente por la IPS, Diagramas de flujo para el manejo de la emergencia obstétrica, Traje Antichoque no neumático y balones hemostáticos (Bakri o Sonda condón). El contenido del Kit de emergencia obstétrica básico se presenta en el anexo 7. 4.10 ATENCIÓN PARA EL CUIDADO RECIÉN NACIDO La atención del recién nacido comprende el conjunto de procedimientos para el acompañamiento y la asistencia a los recién nacidos y sus familias o acompañantes en el proceso fisiológico de la adaptación neonatal y su adecuada transición a la vida extrauterina. El nacimiento debe darse en un entorno instituciona!. En algunos casos no es posible por dificultades de acceso o por usos y costumbres en el marco de población étnica; sin embargo, debe recomendarse el nacimiento en el entorno mencionado. En todo caso, cada niño o niña que nazca debe contar con el acceso a las intervenciones aquí descritas, lo cual permitirá apoyar su proceso de adaptación a la vida extrauterina y minimizará ta posibilidad de presentar complicaciones que tengan riesgo de muerte o de generar daños importantes para el resto de la vida.

Artículo ANEXO (726/831)

Las instituciones que realicen la atención del parto deberán también estar equipadas para la atención del recién nacido, con disponibilidad permanente del talento humano para la atención del binomio madre hijo, y en todos tos casos deben contar con los insumos necesarios y suficientes para responder a las situaciones de emergencias obstétricas y neonatales (kit de emergencias obstétricas y kit de reanimación neonatal). En caso de ser necesario, de acuerdo con la necesidad de atención del recién nacido y a la capacidad resolutiva de la institución, debe remitirse a una institución de mayor complejidad para continuar el tratamiento instaurado. 4.10.1 Objetivos Apoyar, conducir o inducir el proceso de adaptación a la vida extrauterina de! recién nacido y minimizar la posibilidad de presentar complicaciones que tengan riesgo de muerte perinatal o neonatal, o de generar daños para el resto de la vida relacionados con eventos perinatales. 4.10.2 Talento humano El conjunto de procedimientos de atención del parto y del nacimiento requieren un equipo multidisciplinario que pueda brindar seguimiento y apoyo a la gestante, al recién nacido(a), su familia o acompañantes. Los requerimientos mínimos de talento humano son los mismos que para la atención del parto de bajo riesgo (siempre y cuando el personal tenga entrenamiento en adaptación y reanimación neonatal, e idealmente, que tenga vigente su formación en soporte vital avanzado neonata!).

Artículo ANEXO (727/831)

En el caso de un parto de alto riesgo o en el que se prevean posibles complicaciones del recién nacido (como prematuridad, estado fetal insatisfactorio, arca Aco 2018 anomalías congénitas, bajo peso al nacer, nacimiento por cesárea, etc.), se requiere de médico especialista en pediatria que idealmente tenga entrenamiento actualizado en adaptación y reanimación neonatal. Asi mismo, cuando se sobrepase o se prevea la necesidad de tratamientos que implican una capacidad resolutiva superior a la que tiene la institución, debe remitirse a otra de mayor complejidad para garantizar la atención adecuada. Se permite también que la atención del nacimiento de bajo riesgo sea realizada por especialista en pediatria, y el de alto riesgo, por pediatra con subespecialización en neonatología, para el caso de las instituciones que tengan ta posibilidad de garantizarlo. En todos los casos, se requiere que el recién nacido sea atendido por un profesional independiente de aquel que se encuentra simultáneamente atendiendo a la gestante, y esta atención debe darse de acuerdo con el riesgo previsto tanto para la madre como para el recién nacido. Se permitirán criterios de adaptabilidad en los casos necesarios según las particularidades poblacionales o territoriates (por ejemplo, en población de ámbitos de alta ruralidad o rural disperso, o en poblaciones indigenas), siempre y cuando se cumplan los estándares de atención establecidos en la normatividad vigente. 4.10.3 Atenciones incluidas Enfoque antenatal de riesgo.

Artículo ANEXO (728/831)

Atención del recién nacido en sala de partos/nacimientos. Cuidados durante las primeras veinticuatro horas de edad. Decisión del egreso hospitalario. Entrega de recomendaciones previas al egreso hospitalario. Expedición y registro en el carné único de salud infantil y diligenciamiento de la Historia Clínica Perinatal Simplificada. g. Egreso hospitalario. Toapow 4.10,4 Descripción 4.10.4.1 Enfoque antenata! de riesgo El enfoque antenatal de riesgo exige la realización de una historia clínica dirigida a la identificación de factores de riesgo prenatales, perinatales y neonatales para el recién nacido. Adicionalmente a los factores de riesgo biológico, se requiere tener en cuenta los demás factores de riesgo psicosociales definidos en la historia clínica del CLAP. La historia clínica peri-neonatal debe empezar a realizarse desde antes del nacimiento, con el fin de preparar el equipo y los insumos necesarios para la atención adecuada en sala de partosfnacimientos y programar las actividades a realizar en las horas posteriores al nacimiento. Debe indagarse por las vacunas aplicadas a la madre gestante, incluirse la exploración de factores de exposición a teratógenos como el alcohol y otras sustancias psicoactivas, a infecciones virales (como Zikv) la revisión de los resultados de los exámenes tomados durante la gestación (VIH, Sifilis, Hepatitis B, Toxoplasmosis, Estreptococo del Grupo B, etc.) y la identificación de otras condiciones que ameriten un manejo diferencial del recién nacido en la etapa neonatal y luego del alta hospitalaria.

Artículo ANEXO (729/831)

En caso de no contar con los laboratorios prenatales, se deben asegurar sus resultados antes del periodo expulsivo o de la cesárea. 4.10.4.2 Atención del recién nacido en sala de partos/nacimientos La atención inmediata en sala de partos/nacimientos requiere la realización previa de la historia clínica con enfoque de riesgo antenatal. La adaptación neonatal inmediata está representada por el conjunto de modificaciones cardio-hemodinámicas, respiratorias y de todo orden que sucede en procura de la adecuación del ser humano al entorno atmosférico al nacer. De su éxito depende fundamentalmente el adecuado y exitoso po - 2018 RESOLUCIÓN NÚMERO 3280 DE Na 301 de 348 Salud para la población Materno Perinatal y se establecen las directrices para su operación". tránsito de la condición intrauterina a la vida en el ambiente exterior. Debe realizarse un manejo limpio del recién nacido y la manipulación del cordón umbilical debe hacerse con guantes estériles. Para un adecuado manejo térmico del recién nacido, la temperatura ambiente de la sala de partos/nacimientos debe estar entre 23"C y 26%C como rango promedio. Las salas de adaptación neonatal deben disponer de un pendón o una pieza informativa sobre el manejo del recién nacido con depresión respiratoria o con necesidad de reanimación neonatal. La secuencia de atención es: Limpieza de las vias aéreas: en el momento en que el recién nacido asome la cabeza, se deben limpiar manualmente las secreciones primero de la boca y luego de las fosas nasales.

Artículo ANEXO (730/831)

Se debe evitar la realización de succión de las vías aéreas de forma rutinaria y se debe reservar este procedimiento solo para los casos de líquido amniótico con meconio espeso, sangre o pus con obstrucción de ta vía aérea o si el recién nacido se encuentra con depresión respiratoria por cualquiera de estas causas. Secado del recién nacido: una vez el recién nacido se encuentre fuera del canal del nacimiento, se debe proceder al secado completo. Para esto, se coloca al recién nacido sobre el abdomen de la madre, en contacto piel a piel y se inicia con el secado de la cabeza y cara y luego del resto del cuerpo en forma suave, gentil y exhaustiva, con campo seco y tibio. Posteriormente debe cubrirse con un campo seco y tibio diferente al previamente usado para el secado, y debe tenerse especial cuidado en evitar la pérdida de calor por la cabeza colocando un gorro. En caso de no contar con gorro, una alternativa sería armar un turbante con una compresa tibia y seca. En el caso de los recién nacidos prematuros, se recomienda manejar de acuerdo con las indicaciones específicas del lineamiento de atención al recién nacido prematuro. Observación de la respiración o llanto, y el tono muscular. La limpieza de las vías aéreas y el secado estimulan al recién nacido. Si el niño se encuentra en apnea, debe iniciarse la atención del recién nacido deprimido con ventilación con presión positiva según el esquema de reanimación neonatal vigente de las Guías de Soporte Vital Avanzado Neonatal (NALS, por sus siglas en inglés). Pinzamiento y corte del cordón umbilical. Debe realizarse cuando se cumplan los siguientes criterios: interrupción de la palpitación de las arterias umbilicales, disminución de la ingurgitación de la vena umbilical, y perfusión satisfactoria de la piel, lo cual ocurre habitualmente entre el segundo o tercer minuto de nacido.

Artículo ANEXO (731/831)

Estos criterios pueden demorar más tiempo en conseguirse, como en los casos donde ha habido circular de cordón umbilical, prolapso o procidencia de cordón umbilical, o ruptura prolongada de membranas. En estos casos, es pertinente permitir un mayor tiempo al destinado al pinzamiento habitual del cordón umbilical. De forma excepcional, se debe realizar pinzamiento inmediato en casos de abruptio de placenta y de placenta previa sangrante para interrumpir la pérdida de sangre del recién nacido, o pinzamiento precoz (antes de cumplir los criterios de pinzamiento habitual, generalmente entre 30 y 60 segundos de la expulsión del niño por el canal del nacimiento) en los casos en los que se presuma riesgo de paso de anticuerpos maternos (como en miastenia gravis o en isoinmunización materno fetal no tratada) o riesgo de poliglobulia neonatal (como en sospecha de restricción de crecimiento intrauterino o en hijos de madres toxémicas o diabéticas). Todo el instrumental que se use para pinzar y cortar el cordón umbilical debe estar estéril. Presentación del recién nacido y contacto piel a piel con la madre. Debe presentarse el recién nacido a la madre y al padre o al acompañante, con el objeto de favorecer la relación vincular de los padres con el recién nacido. Se debe continuar monitoreando la respiración y se debe estimular el inicio de la lactancia materna. Si el niño se encuentra sano, se recomienda no separar de la madre durante los primeros 60 minutos, e incluso se deben postergar los procedimientos de aplicación de profilaxis, antropometriía y examen fisico completo después de - 2 AGO 2018 . De .

Artículo ANEXO (732/831)

este tiempo. En caso en el que el recién nacido deba ser separado de la madre durante la transición de su adaptación neonatal, debe ubicarse bajo fuente de calor que idealmente debe ubicarse en la misma sala de partos/de cirugía/de nacimientos, y preferiblemente dentro del campo visual de la madre. En el caso de un nacimiento por cesárea, mientras se continúa el procedimiento quirúrgico de la madre, se pueden realizar las demás medidas de la adaptación (por ejemplo, profilaxis, antropometría, etc.) para evitar separaciones de la madre posteriormente, y se debe promover el contacto piel a piel y el inicio de la lactancia materna lo más rápido posible. e Lactancia materna: Se recomienda iniciar la lactancia materna durante el contacto piel a piel siempre que la madre esté en condiciones de llevarlo a cabo. La lactancia materna debe ser a libre demanda, sin horario y sin restricción. Debe promoverse y apoyarse constantemente y permitir que el recién nacido y la madre permanezcan juntos, evitando separarlos innecesariamente. En caso de que ta madre se encuentre en recuperación post-cesárea, si se cuenta con la autorización del anestesiólogo, el personal de la sala debe apoyar la lactancia materna mediante la recuperación conjunta lo más pronto posible. De acuerdo con las recomendaciones de la OMS solo se debe suspender la lactancia materna si la madre lactante se encuentra en tratamiento con medicamentos contra el cáncer o con sustancias radioactivas, o si la madre vive con infección por VIH. Limpieza de las secreciones de la boca nuevamente, si es necesario.

Artículo ANEXO (733/831)

Valoración del APGAR. Se debe valorar la vitalidad y reactividad del recién nacido con la Escala de Apgar al minuto y a los 5 minutos para describir de forma estandarizada la vitalidad, la evaluación del tono muscular, el esfuerzo respiratorio, el color de la piel y la frecuencia cardiaca. No se deben retrasar las intervenciones para los recién nacidos deprimidos hasta la valoración de un minuto. La adaptación neonatal inmediata se apoya si el Apgar es de 7 o más, se conduce si el Apgar es de 5 a 7 o se induce si es de 4 o menos. En todo caso, se debe vigilar la estabilización del recién nacido. Para los casos de Apgar menor de 7 se debe valorar la capacidad resolutiva de la institución y remitir a nivel con la complejidad necesaria para proveer la atención neonatal adecuada. Si el recién nacido tuvo un Apgar menor de 7 a los cinco minutos, se debe descartar asfixia perinatal. Si el neonato debe ser remitido, debe transportarse de acuerdo con los criterios de transporte neonatal seguro y adecuado a su condición clínica. Ver Descripción de la Escala de APGAR en el Anexo 9. + Realización de la Escala de Silverman-Anderson: debe realizarse si el recién nacido tiene dificultad respiratoria a los 10 minutos de nacimiento. Ver Descripción de la Escala de APGAR en el Anexo 10. e Identificación del recién nacido: debe realizarse frente a la madre e iniciarse antes la separación de la madre y su recién nacido (por ejemplo, marcando la manilla previamente con los datos disponibles). En el caso de presentar alguna complicación durante la transición del recién nacido a la vida extrauterina, como dificultad respiratoria, se debe garantizar la atención resolutiva integral que se requiera según el caso. Se debe tener en cuenta lo planteado en el procedimiento de Atención de las complicaciones del recién nacido del presente lineamiento.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Modificado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Parcialmente vigente»; Normograma-tematicas-2018-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 42), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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