Por la cual se expide la resolución única reglamentaria del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS, soporte de la Factura Electrónica de Venta -FEV en salud y se dictan otras disposiciones

Resolución · 2275 · 2023-12-28 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 161–166 de 166

Artículo ANEXO (139/144)

arylotal> c. _Modos de uso — 3: SS-Reporte TOSES2AGA59T n 117 0be=enTa se vrate de oán de un yrlor evemtícado, La fent sponde a le aletas Eecho del comedo -opatdiaymente «cae ihrepardlayaeneo > schemeID="0S">1<et Paya sAncunt 5slMonenaryToralo Nota: Debe ser informado la extensión con los datos del sector salud RESOLUCIÓN NÚMERO — p090227 5 DE 2023 HOJA N* 123 d. Modos de uso - 4: SS-SinAporte cuticrido (IPE-SHA384” COFE44Labcde! abodefabode!abcde Fabodefabcdef abedef abodefabede FabcdefabedeTabcdef abrdefabcdeabedef</chc: BID» 2" £0P":10000.00:'chc: Payabeánount> Nota: Debe ser informada la extensión del sector salud cuando se deba reportar uno de los valores alli reportados RESOLUCIÓN NÚMERO 00002275 -DE 2023 HOJA N' 124

Artículo ANEXO (140/144)

8. Tipos de operación salud La siguiente tabla muestra la definición para cada uno de los tipos de operación definidos para las facturas electrónicas. En los casos de las notas crédito y notas debito se deben utilizar los tipos de operación definidos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, en los numerales que se detallan a continuación, previstos en la Resolución 042 de 2020 modificada por la Resolución 012 de 2021, normas en vigencia transitoria en tanto inicia operación la Resolución 0165 de 2023: » 13.1.5.2. Documento CreditNote — Nota Crédito y + 13.1.5.3. Documento DebitNote — Nota Débito del anexo técnico. Tipos de operación Salud — Resolución 058:2020 de la Contaduría General de la Nación Iinvoicefcbc:CustomizationiD Definición Acreditación. Este documento incluye referencia(s) de Factura Electrónica de Venta (tipo 01 o 04) que comprueba el recaudo de Cuotas Moderadoras o Copagos, como recursos a favor de SS-CUFE terceros, así como la legalización de anticipos, los cuales son acreditados a la presente Factura Electrónica de Venta con destino a la aseguradora que aparece como adquiriente. — Activa el Método de cálcuto del Sector Salud. Acreditación, Este documento incluye referencia(s) de Factura de Contingencia (tipos 03) que E reconoce valores recaudados correspondientes a Cuotas Moderadoras o Copagos, como SS-CUDE recursos a favor de terceros, así como ta legalización de anticipos, los cuales son acreditados . a la presente Factura Electrónica de Venta con destino a la aseguradora que aparece como ] adquiriente, — Activa el Método de cátcuio del Sector Salud. Acreditación.

Artículo ANEXO (141/144)

Este documento incluye referencia(s) de Documento Equivalente de Venta POS o de Documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. según los lineamientos establecidos en la Resolución 0165 de 2023 que comprueba el recaudo de Cuotas Moderadoras o Copagos, como recursos a favor de terceros, así como la legalización de anticipos, los cuales son acreditados a la presente Factura Electrónica de Venta con destino ala aseguradora que aparece como adquiriente. — Activa el Método de cálculo del Sector Salud. Acreditación. Este documento incluye referencia(s) de Factura Tatonario que comprueba el : recaudo de Cuotas Moderadores o Copagos, como recursos a favar de terceros, así como la | SS-SNum legalización de anticipos, los cuales son acreditados a la presente Factura Electrónica de Venta : con destino a la aseguradora que aparece come adquiriente. — Activa el Método de cálculo del j Sector Salud. Recaudación, Comprobante de recaudo de Cuotas Moderadores o Copagos, como recursos a $SS-Recaudo | favor de terceros. — No Activa el Método de cálculo del Sector Salud. Reporte. Este documento reporta referencia(s) de diversa indole que comprueban recaudo de [SS-Reporte |Cuotas Moderadoras o Copagos, a las cuales ya se les dio tratamiento contable. -- No Activa el . Método de cáfculo del Sector Salud. Reporte, Sin aporte, ni recaudo en dinero por parte de los afiliados del régimen contributivo por SS-SinAporte |concepto de Cuotas Moderadoras o Copagos. — No Activa el Método de cálculo del Sector Salud. Código SS-POS Ver ejemplificaciones disponibles en el micrositio de factura electrónica en salud: https://Awww.sispro. gov.co/central-financiamiento/Pages/facturacion-electronica.aspx 2.8 DIC 2003 RESOLUCIÓN NÚMERO 00002275: DE - - 2023 HOJA N* 125 a.

Artículo ANEXO (142/144)

Método de cálculo del Sector Salud Mediante la Resolución 058 de 2020 la Contaduria General de la Nación detalló cómo se realizan los reconocimientos en la contabilidad sobre los ingresos y recaudos, por la prestación de servicios del sector salud. En la factura electrónica de venta con destino a las aseguradoras del sector salud podrán incluirse los identificadores y los valores recaudados de las facturas (papel y electrónicas), o los documentos equivalentes electrónicos tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S., donde conste dicho ingreso, o las notas crédito a que haya lugar. Los identificadores corresponderán a operaciones de Validación Previa DIAN, o de operaciones con facturas de talonario o de operaciones POS con Rangos Autorizados de Facturación de la DIAN. Si efectivamente acreditan la factura, entonces usará los códigos SS-CUFE, SS-CUDE, SS-POS o SS-SNum en el campo /invoice/fcbc:CustomizationID. Los códigos mencionados para el /Invoice/cbc:CustomizationiD activan el método de cálculo del sector salud informando los valores acreditados, estos valores se acumularán por cada concepto definido en el numeral 9, inciso d, en un fragmento /Invoice/cac: PrepaidPayment, como se define en el numeral 6 Cuerpo XML inciso c, y estos valores posteriormente participarán de la operación /Invoice/cac:LegalMonetary Total/cbc:PrepaidAmount, cuyo valor no podrá ser mayor al valor total de la factura. Si el emisor determina que los valores registrados en los fragmentos /Invoice/cac:PrepaidPayment, no acreditan la factura que los contiene, con destino a la aseguradora, entonces usará los códigos SS-Reporte o SS-SinAporte en el campo /Invoice/cbc:CustomizationID. Este valor no activará el método de cálculo del sector salud.

Artículo ANEXO (143/144)

Para identificar que una factura electrónica fue expedida para recaudar cuotas moderadora, copago, pagos compartidos en planes voluntarios de salud, se usará el código SS-Recaudo en el campo Anvoice/cbc:CustomizationID. b. Envio de la factura electrónica de venta en salud al Ministerio de Salud y Protección Social Las disposiciones establecidas en el presente anexo técnico tienen como propósito fundamental establecer los campos de datos adicionales en formato XML para la generación de la factura electrónica de venta en salud, la cual corresponde a la generada por los facturadores electrónicos del sector salud definidos en el artículo segundo de la presente resolución, con destino a las entidades responsables de pago y demás pagadores, para el cobro de la prestación o provisión de los servicios y tecnologías de salud. La factura electrónica de venta en salud, deberá ser enviada al adquiriente y al Ministerio de Salud y Protección Social en los términos definidos en la presente resolución. La factura electrónica de venta relacionada con el recaudo de pagos moderadores, se expide por parte del facturador electrónico del sector salud de manera individual a cada usuario, no debe incluir los campos adicionales del sector salud en formato XML a nivel de extensión. RESOLUCIÓN NÚMERO (0002275 DE 2023 HOJA N 126 La información las facturas relacionadas con el recaudo de pagos moderadores, no hace parte de la información que se envía a las entidades responsables de pago y demás pagadores al interior de las facturas electrónicas de venta en salud relacionadas con el cobro de la prestación o provisión de los servicios y tecnologías de salud. y Ñ La mención de estas facturas en los tipos de operación SS-Recaudo y SS-SinAporte tienen la finalidad de informar a los facturadores electrónicos del sector salud, el tipo de operación que deben utilizar para el registro de estos recaudos.

Artículo ANEXO (144/144)

9. Tablas a. Documentos de identificación: informar dato según la tabla de referencia "TipoldPISIS”, disponible en web.sispro.gov.co. No son válidas las opciones relacionadas con personas sin identificar, Las opciones relacionadas con menores de edad solo pueden utilizarse en el grupo Person, atributos: IInvoice/cac:AccountingCustomerParty/cac:Party/cac:Person!cac:IdentityDocumentReference/cbc:l D/COschemelD Invoice/cac:AccountingCustomerParty/cac:Party/cac:Person/cac:IdentityDocumentReference/cbc:! D/COschemeName* b. Modalidades de pago Informar dato según la tabla de referencia “modalidadPago”, disponible en web.sispro.gov.co. c. Cobertura o plan de beneficios informar dato según la tabla de referencia “coberturaPlan”, disponible en web.sispro.gov.co. d. Concepto de recaudo Informar dato según la tabla de referencia "conceptoRecaudo”, disponible en web.sispro.gov.co. El concepto “Anticipos” aplica únicamente para el reporte de dichos valores en la FEV en salud y no debe utilizarse en la generación del RIPS como soporte de la FEV en salud. Los anteriores conceptos de recaudo pueden ser utilizados para su reporte por parte del facturador electrónico del sector salud, cuando así se haya pactado en los acuerdos de voluntades relacionados con coberturas diferentes a las del SGSSS.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-msps-2023.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 70), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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