Artículo ANEXO (145/327)
En caso de presentarse uno o más de estos síntomas se debe descartar siempre una tuberculosis activa. Si la persona no presenta síntomas o se ha descartado la enfermedad tuberculosa activa, se seguirá el algoritmo diagnóstico para ta infección tuberculosa latente. (Véase Anexo 2a). Si la persona no presenta sintomas o se ha descartado la enfermedad tuberculosa activa, se procede a la aplicación de ia tuberculina, el resultado de esta prueba se considerará positiva cuando en la tectura entre las 48 a 72 horas post aplicación, se obtenga una induración con un diámetro igual o mayor a 5 mm en PVV!** La PPD se encuentra contemplada dentro del Plan de Beneficios en Salud con cargo a ta UPC, y deberá ser garantizada por parte de las EAPB a través de su red prestadora de servicios, y se deberá aplicar siguiendo las recomendaciones de la Guía del Ministerio de Salud y Protección Social. Sí el médico tratante lo considera pertinente, acorde a la condición de inmunosupresión del paciente, podrá solicitar estudios de liberación de Interferón!?*- Si la PPD es positiva se realizará una radiografía de tórax y, si no presenta lesiones sugestivas de enfermedad tuberculosa, se podrá iniciar el tratamiento para la infección tuberculosa latente. Si la PPD es negativa, se recomienda aplicar una segunda prueba de PPD a la tercera semana de la primera para evaluar el efecto booster.138-137,138 Si la prueba booster o segundo resultado de PPD es positivo, se procederá a diferenciar entre tuberculosis activa y tubercutosis tatente realizando la radiografía de tórax para descartar lesiones sugestivas de la enfermedad tuberculosa. Si no se encuentran lesiones en la radiografía se procederá a iniciar el tratamiento para tuberculosis latente.