Artículo ANEXO (124/183)
La política orienta sus acciones a prevenir y abordar el consumo de SPA en toda la población del territorio colombiano, sin embargo, el acceso a servicios y programas de prevención, detección oportuna, tratamiento y RRD relacionados con el consumo de SPA está profundamente condicionado por barreras estructurales, económicas, sociales y culturales que enfrentan ciertas poblaciones. Estas barreras, como la discriminación, la exclusión, la estigmatización, las limitaciones económicas, la falta de información culturalmente pertinente y la ausencia de infraestructura adecuada, obstaculizan el acceso y el mantenimiento a una atención equitativa y oportuna. Por ello, esta política prioriza a grupos de especial interés, reconociendo sus necesidades específicas y promoviendo un enfoque diferencial que garantice su inclusión efectiva en las intervenciones. Además, busca fortalecer la capacidad de los actores institucionales y comunitarios para eliminar barreras, promover la participación RESOLUCIÓN NÚMERO 83002100 de] 4 OCT2025 HOJA No 61 DE 87 Continuación anexo técnico de la resolución: "Por la cual se adopta la Política integral para la prevención, la reducción de riesgos y daños y la atención del consumo de sustancias psicoactivas, licitas e ilícitas y el Sistema Nacional de Atención al consumo de sustancias psicoactivas" activa de las poblaciones de especial interés y garantizar su acceso pleno a servicios integrales y de calidad. Mujeres. Desde esta política, se busca garantizar un enfoque diferencial en la atención de las mujeres, asegurando que los tratamientos y los servicios de RRD sean integrales, accesibles, seguros y adecuados a sus necesidades, además de garantizar que se articulen con otros servicios de apoyo social como servicios de cuidado y orientación socio-jurídica. Personas gestantes y lactantes.