Artículo ANEXO (92/92)
d) Entregar al destinatario el registro que compruebe el cumplimiento de las condiciones especiales de almacenamiento durante el transporte, cuando los medicamentos o sustancias transportadas lo requieran. e) El transportador permitirá al destinatario la verificación de la existencia de los medios adecuados de almacenamiento durante el transporte, cuando la naturaleza de los medicamentos o sustancias transportadas determinen esa necesidad. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2007 HOJA N° 74 7.6 Responsabilidad del transportador El transportador responderá por la conservación de la calidad de los productos durante el transporte de los mismos.