REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE TRÁMITE DE NEGOCIACiÓN DE DEUDAS. La solicitud de trámite de negociación de deudas deberá ser presentada directamente por el deudor, quien podrá comparecer al trámite acompañado o representado por apoderado judicial. Será obligatoria su asistencia con o a través de apoderado judicial en los casos en que sea superada la mínima cuantía. La solicitud deberá contener: 1. Un informe que indique de manera precisa las causas que lo llevaron a la situación de cesación de pagos. 2. La propuesta para la negociación de deudas, que debe ser clara, expresa y objetiva. 3. Una relación completa y actualizada de todos los acreedores, en el orden de prelación de créditos que señalan los articulos 2488 y siguientes del Código Civil. Las obligaciones amparadas con garantía mobiliaria constituidas a favor de las empresas vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria garantizados mediante aportes sociales individuales y ahorros permanentes en el 5 caso de los fondos de empleados sHrán considerados la segunda Código Civil, cumpliendo requisitos de la Ley prevista en el artículo 1676 2013, hasta el monto de dichos aportes y ahorros. que deberán precisarse y cuantificarse corno se en el numeral siguiente; si el ito excediere monto, el saldo restante se calificará en la quinta dirección Se deberá indicar nombre, domiciho y díreccióncada uno de de correo electrónico; cuantía. diferenciando capital e intereses, aún en los leasíng, y tros conceptos concretamente cánones vencidos de los contratos señalados; naturaleza de los créditos, incluida la condición de postergados en virtud causal primera del artículo tasas interés; documentos en que consten; fecha de otorgamiento del crédito y vencimiento, y nombre, domicilio y dirección de la oficina o lugar de habitación codeudores. fiadores o no conocer alguna información, el deudor deberá avalistas. caso expresarlo. 4. Una relación completa y detallada de sus bienes, si los hubiere, incluidos los en el Deberán indicarse los valores estimados y los datos que necesarios para su identificación, así como información detallada los gravámenes, afectaciones y medidas cautelares que pesen sobre ellos, y deberá indicarse cuáles de ellos tienen a vivienda familiar y cuáles son objeto patrimonio familia inembargable. A la relación detallada los bienes se deberán adjuntar los documentos idóneos la inforrnación de que trata numeral. acreditar la veraCidad 5. Una relación de los procesos jud!cíales y cualquier procedimiento o actuación administrativa o privada patrimonial que adelante deudor y o curse contra indicando el juzgado o la oficina donde están su estado actual. 6. Certificación los ingresos deudor expedida por su empleador o fondo de pensiones o, en caso de que sea trabajador independiente, una declaración de los mismos. 7. Monto al que ascienden los recursos disponibles para pago de las obligaciones descontados los gastos nec'3saríos para la subsistencia del deudor sí los hubiese, los de conservación los y y de a su de los del procedimiento. 8. Información relativa a si tiene o no sociedad conyugal o patrimonial vigente. el evento en que la haya tenido, deberá aportar copia de la escritura pública o la sentencia por medio de la cual se haya liquidado, o de la sentencia bienes, si ocurrió los dos (2) años haya declarado la separación anteriores a la solicitud. este último CriSO, se deberá señalar el valor comercial la liquidación. estimado de bienes embargabl'es que fueron objeto 9. Una discriminación de obligaciones alirilentarias a su cargo, indicando del Registro Deudores cuantía y beneficiarios y anexando Alimenticíos Morosos REDAM. 10. Constancía de su matríc.uia li1ercantil, en caso de pequeño comerciante PARÁGRAFO PRIMERO. y las negociación el solicitante sea solicitud trámite por el deudor en cumplimiento 6 \r 24~5 ?e lo dispuesto en este artículo se entenderán rendidas bajo la gravedad del Juramento, y en la solicitud deberá incluirse expresamente la manifestación de que no se ha incurrido en omisiones, imprecisiones o errores que impidan conocer su verdadera situación económica y su capacidad de pago. PARÁGRAFO SEGUNDO. La relación de acreedores y de bienes deberá hacerse con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a aquel en que se presente la solicitud. PARÁGRAFO TERCERO. Cualquiera de los acreedores relacionados en la solicitud podrá solicitar al deudor que aporte las pruebas que tenga en su poder respecto de la información plasmada en ella , con los soportes idóneos, según el caso, y este la deberá allegar a más tardar en la siguiente reanudación de la audiencia de negociación de deudas, o manifestar que no la posee. Tal manifestación se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento. PARÁGRAFO CUARTO. En ningún caso los centros de conciliación o notarías podrán imponer a los deudores interesados en la prestación del servicio modelos inmodificables de solicitud.