Ley 188 de 1995

Ley Ordinaria · 188 · 1995-06-02 · Jerarquía: nivel 5

Vigente
Articulado
Artículos 21–40 de 391

Artículo 20 (2/49)

c) Identificación y uso racional de las aguas subterráneas, a través de la exploración y cuantificación de las fuentes en 70.000 km2. Los recursos de este Plan de Inversiones se complementarán con crédito de Findeter, generación interna de recursos de las empresas regionales de servicios públicos y participación del sector privado. En municipios pertenecientes a las categorías 1 y 2, las contrapartidas locales totales exigidas para la financiación de los proyectos de acueducto y alcantarillado, no podrán ser mayores al 50% de aquella participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación que la Ley 60 de 1993 asigna exclusivamente a este tipo de proyectos. Para los municipios pertenecientes a las categorías 3 y 4, este porcentaje no podrá ser superior al 100%. Cuando los proyectos de los municipios pertenecientes a las categorías 1,2, 3,4 requieran de crédito para completar su financiación, no podrán comprometerse como servicio de la deuda en los años sucesivos porcentajes superiores a los señalados. Para estos efectos, la categorización utilizada es la aprobada por el Comité de Administración del Fondo de Cofinanciación para la Infraestructura Urbana el 27 de febrero de 1995. Las entidades encargadas de la gestión del servicio del acueducto promoverán programas, contratarán servicio y establecerán estímulo entre las comunidades rurales asentadas en las zonas de influencia de las fuentes de abastecimiento, con miras a asegurar su preservación. Del mismo modo, se fortalecerán los programas de tratamiento de aguas residuales con miras, entre otros, a disminuir los impactos negativos sobre las zonas rurales. 1. 1 .2.

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Modernización institucional El Gobierno Nacional orientará la inversión a crear un marco tarifario que refleje el costo de los servicios y focalice los subsidios en la población más pobre; definir los criterios de evaluación de las empresas que prestan el servicio para el seguimiento estricto de sus planes de gestión; dar asistencia técnica a los prestadores del servicio para su modernización, definiendo reglas que permitan la vinculación del sector privado; y diseñar el plan estratégico del sector para orientar su desarrollo integral en el largo plazo. El Gobierno Nacional mediante convenios prestará apoyo técnico a las diferentes instancias públicas y privadas, comprometidas en los servicios de agua potable. 1.2. CULTURA, RECREACION Y DEPORTE 1.2.1. Cultura Comprende las acciones dirigidas a la reforma institucional y la descentralización cultural; al fomento, creación, e investigación artística y cultural; a la ampliación de las oportunidades de acceso a los bienes y servicios culturales, y a la protección y difusión del patrimonio cultural colombiano, conformado por bienes inmuebles e intangibles. Para la preservación de estos últimos, y por ser bienes de carácter público, se apoyará la labor de las entidades que conforman el colegio máximo de las academias. Se incluyen programas cofinanciados de apoyo a la infraestructura cultural nacional y local. 1.2.2. Monumentos nacionales En este programa se llevarán a cabo las obras de restauración y mantenimiento de las construcciones que, por sus características, han sido clasificadas como monumentos nacionales. 1.2.3. Deporte y recreación Comprende las acciones dirigidas, prioritariamente, a estimular el deporte formativo y la amplia participación de la comunidad en actividades recreativas y deportivas. Contempla, además, el apoyo al deporte asociado y de alto rendimiento y a la adecuación y conservación de zonas de recreación y esparcimiento.

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El Gobierno Nacional y las entidades territoriales con el apoyo del sector privado y la participación de la comunidad crearán escuelas masivas de deporte competitivo en las regiones de planificación, que incluyan diversas disciplinas deportivas. 1.2.4. Participaciones municipales, cultura y deporte Este programa financiará programas de cultura y deporte de acuerdo con las disposiciones de la Ley 60 de 1993. 1.3. JUVENTUD Consiste en el diseño y puesta en marcha de una política integral que coordine los esfuerzos sectoriales en favor de esta población y desarrolle, además, acciones específicas orientadas a la prevención de la drogadicción y a la consolidación de espacios para la participación democrática de los jóvenes en la vida pública del país. Se promocionará la organización de programas de los jóvenes rurales mediante el fomento y fortalecimiento de sus asociaciones y la creación de nuevas asociaciones y formas de participación. El Gobierno Nacional promoverá su participación en el programa de reforma agraria, crédito, microempresas y economía solidaria. La política de juventud debe incluir en las entidades territoriales la organización de los siguientes programas: círculos de participación juvenil y clubes estudiantiles democráticos. 1.4. EDUCACION 1.4.1. Educación preescolar, básica y media Con este programa se ampliarán las oportunidades de acceso de la población, incluyendo la integración educativa de los niños con necesidades educativas especiales en razón a problemas de discapacidad.

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Las acciones previstas permitirán elevar el promedio de escolaridad, mediante la creación de 300.000 nuevos cupos en preescolar y 600.000 en la básica, así como del mejoramiento de la retención y la promoción de los estudiantes en un 50% Comprende los siguientes subprogramas: Conjuntamente los Ministerios de Agricultura, Educación y las Secretarías de Educación de las entidades territoriales en coordinación con las Secretarías de Agricultura de las mismas, orientarán el establecimiento de proyectos institucionales de educación ajustados a las particularidades regionales y locales de la población rural. Los estudiantes de las instituciones de educación superior y de establecimientos de educación formal relacionados con aspectos agropecuarios, agroindustriales o ecológicos prestarán asesoría y apoyo a los proyectos educativos institucionales y de capacitación a la población campesina de las zonas rurales. 1.4.1.1. Mejoramiento de la calidad. Además de la dotación de establecimientos públicos y de centros de recursos educativos con textos, laboratorios y materiales, este subprograma apoyará el diseño y desarrollo de los proyectos educativos institucionales, la mejor formación de los docentes en servicio y la evaluación continua de la calidad de la educación. Se dotará con guías pedagógicas a los docentes estatales y con textos educativos aproximadamente a seis millones de estudiantes, incluyendo los niños con discapacidad. 1.4.1.2. Infraestructura y dotación. Consiste en la construcción, ampliación y reparación de establecimientos educativos, así como su dotación básica, respetando las tradiciones arquitectónicas de cada región. Se otorgarán subsidios para incrementar la oferta educativa por la vía de la ampliación de infraestructura. 1.4.1.3. Desarrollo institucional.

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Incluye acciones dirigidas a mejorar la capacidad de gestión educativa de los niveles central, departamental, municipal y del establecimiento educativo, mediante la implantación de sistemas de información, de evaluación, asistencia técnica a los departamentos, distritos y municipios para elaborar, ejecutar y evaluar proyectos educativos 1.4.1.4. Subsidios. Con este subprograma se facilitará el acceso y permanencia en el sistema educativo a los estudiantes provenientes de familias de escasos recursos económicos. Se buscará que el subprograma tenga un desarrollo concreto en áreas rurales, incluyendo los estudiantes matriculados en los institutos técnicos y en los colegios departamentales agrícolas. 1.4.1.5. Fondo Educativo de Compensación. Mediante este Fondo se proveerán recursos a los departamentos y distritos, con el fin de lograr una mayor equidad en la distribución de las asignaciones regionales y compensar los aumentos en los costos de la educación asociados a incrementos en la remuneración del personal docente. Se dará prioridad en la asignación a los departamentos y distritos deficitarios y con alta proporción de población pobre que muestren en sus planes educativos acciones precisas encaminadas a mejorar la calidad y a ampliar la cobertura del servicio educativo en las zonas rurales y urbano-marginales y a mejorar tanto la relación alumno docente como la distribución territorial del personal docente. La asignación estará a cargo del Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Educación Nacional. 1.4.2. Educación superior Incluye programas orientados a corregir la inequidad, tanto en el acceso a este nivel, como en la distribución de los costos para los alumnos; para tal fin se otorgarán 180.000 créditos a estudiantes de escasos recursos económicos y se distribuirán los costos de acuerdo con las capacidades económicas de los estudiantes y de sus familias. La inversión se orientará también al fortalecimiento institucional de las entidades públicas de educación superior y a su vinculación a un sistema universitario estatal.

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Se pondrá en marcha, además, el sistema de acreditación como mecanismo para promover y reconocer la calidad de los programas y las instituciones de este nivel. Conjuntamente con el Sistema de Ciencia y Tecnología, se adelantarán acciones que permitan el mejoramiento de las condiciones para la docencia y la investigación científica y tecnológica. El Gobierno Nacional a través del ICFES y los CRES (Comités Regionales de Educación) realizará, con la participación de las universidades y del sector privado, estudios tendientes a evaluar el estado de los planes curriculares en las ciencias agropecuarias y su cobertura, con la debida correspondencia entre el perfil profesional y las realidades del sector agropecuario y rural. 1.4.3. Otros programas de educación Corresponde, a los programas educativos desarrollados por el Plan Pacífico, así como por los Institutos Jorge Eliécer Gaitán y Luis Carlos Galán. Incluye también las acciones del Inci y del Insor dirigidas a la población discapacitada, los programas de la Biblioteca Pública de Medellín, y las acciones del Ministerio de Educación para prevenir el maltrato del menor. 1.5. EMPLEO 1.5.1. Capacitación e intermediación laboral - Sena El Sena deberá aumentar su cobertura y hacer más relevante su formación, para lo cual coordinará con otras instituciones las actividades de formación profesional. Dará prioridad, en términos cuantitativos y cualitativos, a los cursos completos (largos) en los centros, elevando su cobertura a 50.000 alumnos en 1995, y readecuando su orientación, metodología y contenidos de acuerdo con las exigencias del sector productivo. En el marco de la Red de Solidaridad Social, desarrollará acciones de capacitación para el trabajo con subsidio al desempleo. El objetivo de este subprograma es entregar apoyos de sostenimiento a desempleados pobres durante su período de calificación, para combatir el desempleo estructural, relacionado con problemas de capacitación y el desempleo friccional debido a la inadecuada información.

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Los beneficiarios del programa serán los desempleados (aspirantes o cesantes), pertenecientes a los estratos socio-conómicos uno y dos. Con el objetivo de reducir el tiempo de desempleo y mejorar la información para ejercer acción directa y precisa sobre el mercado de trabajo, el Sena ampliará su cobertura y modernizará los mecanismos de intermediación laboral. El principal instrumento será la extensión de los servicios regionales de empleo del Sena, mejorando los flujos de información hacia los desempleados y las empresas con vacantes y fortaleciendo los mecanismos para identificar las necesidades de formación de los inscritos. 1.5.2. Programas especiales de empleo 1.5.2.1. Subprograma de Empleo Rural. Consiste en generar empleos directos para la población pobre, no calificada, afectada por el desempleo y el subempleo. Se desarrollará en municipios con una alta vocación agropecuaria, afectados severamente por la crisis rural de los últimos años y en regiones en donde más del 50% de los hogares reciben ingresos por debajo de la línea de indigencia. 1.5.2.2. Subprograma de Empleo Urbano. Consiste en apoyar proyectos de servicios comunales, sociales y de infraestructura, que permitan el desarrollo de la población. Los principales beneficiarios de este plan serán las mujeres y jóvenes pobres con escasos niveles educativos. 1.5.3. Economía solidaria. Se apoyará la integración del sector a la ejecución de los programas prioritarios de política social y se impulsará la creación y el fortalecimiento de las organizaciones existentes, incluyendo las relacionadas con los sectores agropecuarios y agroindustrial. Las entidades territoriales promocionarán la puesta en marcha de las cooperativas juveniles productivas. 1.5.4.

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Artesanías Con el fin de mejorar la calidad del empleo de los artesanos y contribuir a la generación de más puestos de trabajo, se fortalecerá la organización gremial y empresarial del sector artesanal y se dará asistencia técnica a los artesanos. 1.5.5. Plan Nacional para el Desarrollo de la Microempresa Este plan contempla un Subprograma de Crédito, que consiste en asegurar créditos a través de Finurbano para microempresarios con el fin de fomentar la generación de empleo y aumentar la productividad de las microempresas, de tal manera que se logre una mayor competitividad de sus productos, procurando tecnologías apropiadas y ambientalmente sanas. En segundo lugar, el Subprograma de Servicios Tecnológicos apoyará a las microempresas en el proceso de gestión tecnológica que involucra las áreas de comercialización, producción, gestión, organización e información, tendientes a aumentar su competitividad y productividad. Se financiarán la capacitación empresarial con contenidos, métodos y medios de formación gerencial con participación del Sena y las ONG; Centros de Desarrollo Productivo encargados de brindar asistencia técnica puntual a empresarios, alquilar maquinaria y dar orientación en tecnología, diseño de prototipos, desarrollo de productos y auditoría ambiental, entre otros se fortalecerán las comercializadoras existentes y se impulsarán las agencias promotoras de comercialización para cubrir capitales de departamento y municipios en donde exista infraestructura para ello, con la participación del Ministerio de Desarrollo, las ONG, las Cámaras de Comercio, los gremios y los gobiernos locales; y se dará apoyo a la Corporación Mixta con la que se contratará la ejecución cofinanciada de los programas que hacen parte del Programa de Servicios Tecnológicos, la cual actuará como instancia de concertación y coordinación del Programa de Servicios Tecnológicos, siendo promotora de las acciones a nivel regional en interacción con Finurbano.

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Para apoyar la modernización de la sociedad rural, se impulsarán programas de gestión empresarial, con el fin de apoyar la generación de ingresos extraprediales en actividades productivas, de comercialización, transformación, turismo y artesanías. 1.5.6. Tercera Edad Con los recursos de la Nación, y los aportes de las entidades territoriales, el programa Revivir apoyará 240.000 ancianos indigentes, complementado con planes de atención que pondrán en marcha los municipios. Serán beneficiarios los ancianos que cumplan con los requisitos definidos en la Ley 100 de 1993 y que se encuentren en condiciones de pobreza o indigencia. El Fondo de Solidaridad Pensional otorgará subsidios a más de 350.000 trabajadores de bajos ingresos, prioritariamente del sector informal, con el fin de garantizar que la población más pobre y con dificultades de inserción en el mercado de trabajo cuente con una pensión cuando llegue a la tercera edad. Este programa incluirá a los trabajadores del sector rural. 1.6. GASTO SOCIAL RURAL 1.6.1. Reforma agraria La reforma agraria se desarrolla a través de los siguientes programas: adquisición, adjudicación y titulación de tierras baldías y saneamiento y ampliación de resguardos indígenas. Se redistribuirán un millón de hectáreas entre 70 mil familias campesinas; se titularán cinco millones de hectáreas que beneficiarán a 178.400 familias; y se sanearán 3.500 mejoras en resguardos indígenas. 1.6.2.

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Desarrollo rural campesino e indígena Este programa está dirigido a facilitar a los pequeños productores campesinos, quienes también tendrán preferencia en los programas de riego y drenaje del Plan Nacional de Adecuación de Tierras; el acceso a los recursos productivos, a los servicios sociales básicos y a fortalecer su capacidad técnica y empresarial, para lo cual el Fondo DRI, cofinanciará proyectos en asistencia técnica (apoyando a las Unidades Municipales de Asistencia Técnica), organización y capacitación, manejo de microcuencas, pesca y acuicultura, mujer campesina, infraestructura para la comercialización, construcción y mantenimiento de vías de acceso veredal, acueductos y saneamiento básico, pequeña irrigación y electrificación rural. Mediante los proyectos de asistencia técnica se atenderán 1.86 millones de usuarios; en los proyectos de organización y capacitación participarán 292 mil campesinos; los programas de manejo de microcuencas tendrán una cobertura de 242 mil hectáreas; en proyectos de pesca y piscicultura se beneficiarán 63.800 familias; los programas de mujer rural permitirán beneficiar a 46 mil campesinos; se construirán 1.168 kilómetros de nuevas vías de acceso veredal y se mejorarán 13.000 kilómetros de las existentes; los proyectos de saneamiento básico llegarán a 85.500 viviendas rurales y se harán 27.600 nuevas conexiones a la red eléctrica; finalmente, mediante programas de pequeña irrigación serán beneficiadas 6.580 hectáreas de pequeños productores campesinos. La ejecución de los proyectos de organización y capacitación campesina, que se financien a través del Fondo de Organización y Capacitación Campesina, Capacitar, se apoyará en las organizaciones campesinas e indígenas y en las ONG que estén en capacidad de hacerlo, incluyendo las vinculadas a la juventud rural. 1.6.3.

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Vivienda social rural Este programa, que hace parte de la Red de Solidaridad Social, busca facilitar la construcción, adquisición, reubicación, mejoramiento y habilitación de viviendas en zonas rurales del país, mediante un subsidio directo. La meta es otorgar 271.000 subsidios de vivienda a campesinos pobres durante el cuatrienio. 1.6.4. Subprograma de desarrollo alternativo El programa de desarrollo alternativo tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral de las zonas de economía campesina e indígenas afectadas por la presencia significativa de cultivos ilícitos, a través de acciones que permitan prevenir y reducir dichos cultivos, al mismo tiempo que se establecen las bases para el desarrollo local y regional, dentro de criterios sostenibilidad ambiental. Se ejecutarán proyectos de titulación de baldíos, saneamiento y ampliación de resguardos indígenas, desarrollo rural y vivienda social rural. Así mismo se establecerán programas especiales de subsidio al crédito para pequeños productores campesinos y de garantía a la compra de cosechas en las zonas del programa. 1.7. SALUD 1.7.1 Acceso universal a servicios de salud preventivos y curativos 1.7.1.1. El Gobierno impulsará la afiliación progresiva de la población a la Seguridad Social. A través del Régimen Subsidiado, impulsará la afiliación de 12 millones de personas de los grupos de población más pobre y vulnerable. A través del Régimen Contributivo, se extenderá la cobertura de la Seguridad Social a 15 millones de personas.

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La asignación departamental y municipal de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía de Salud destinada a la afiliación y prestación de servicios de salud de la población objetivo del régimen subsidiado de salud, tendrá como criterio fundamental las diferencias de la disponibilidad per cápita departamental y municipal de los recursos del Situado Fiscal, de las participaciones municipales y las rentas cedidas, buscando compensar estas diferencias, a fin de obtener una mayor equidad en la distribución de las asignaciones para la prestación de los servicios de salud a toda la población objetivo del régimen subsidiado de salud. La meta del PAMI es el 100% de las mujeres embarazadas y lactantes y sus hijos menores de un año, sean afiliados al régimen subsidiado o vinculados al Sistema de Seguridad Social en Salud. 1.7.1.2. En el marco del Plan de Atención Básica, en coordinación con las Empresas Promotoras de Salud y las entidades territoriales, se adelantarán acciones dirigidas a la prevención de enfermedades transmisibles y perinatales, al control de enfermedades crónicas y a la prevención del trauma. El Plan de Atención Básica - PAB contemplará las acciones orientadas por el artículo 165 de la Ley 100/93. 1.7.2. Mejoramiento de la calidad de la oferta pública de servicios 1.7.2.1. Consiste en actualizar la infraestructura y dotación de las instituciones públicas del Primer Nivel de atención, así como ponerlos en condiciones de competir con las instituciones privadas del Sistema de Seguridad Social en Salud. Se dotará y recuperará la planta física de 1.500 centros de salud y hospitales locales. 1.7.2.2. Consiste en actualizar la infraestructura y dotación de las instituciones públicas de segundo y tercer nivel de atención, incluyendo los servicios de rehabilitación, así como ponerla en condiciones de competir con las instituciones privadas en Sistemas de Seguridad Social.

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Se mejorará la infraestructura y dotación de 150 hospitales de Segundo Nivel,22 del Tercer Nivel y 11 hospitales universitarios, así mismo, al finalizar el cuatrienio, la totalidad de hospitales públicos debe haberse transformado en Empresas Sociales del Estado. 1.7.2.3. El Ministerio de Salud y las entidades territoriales desarrollarán acciones encaminadas a mejorar la capacidad técnica y administrativa de la totalidad de dichas instituciones, dotándolas de instrumentos como sistemas de costos y facturación. 1.7.2.4. Las inversiones del ISS se orientarán a la finalización de las obras iniciadas y al mejoramiento de la capacidad de gestión de sus instituciones hospitalarias. 1.7.3. Gestión descentralizada y capacidad técnica del sector Este programa busca fortalecer la capacidad de las entidades territoriales para manejar los recursos y desempeñar adecuadamente las competencias que la ley les asigna, con énfasis en la administración del Sistema de Seguridad Social. El Ministerio de Salud dará especial atención a las acciones de apoyo a la gestión, la planeación y la descentralización institucional, así como al desarrollo de sistemas de información y monitoreo que permitan el seguimiento permanente de la gestión de las instituciones del Sistema. Al final del cuatrienio el 100% de los departamentos y al menos el 80% de los municipios deberán haber alcanzado este objetivo. 1.7.4. Garantía de calidad de los servicios de salud 1.7.4.1. El Gobierno Nacional conformará una misión para la evaluación del estado de la educación en las profesiones de la salud y la correspondencia entre el perfil profesional y las realidades epidemiológicas del país. También diseñará y difundirá instrumentos que permitan una mejor selección de los profesionales que se vinculen a las instituciones prestadoras de servicios. Los recursos serán utilizados, además, para la elaboración de protocolos de atención, estándares de atención y programas de educación continua del personal de salud.

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El 30% de los recursos contemplados en este rubro, será destinado a la creación de estímulos a la eficiencia, calidad y ubicación territorial del personal de salud. 1.7.4.2. El sistema de garantía de calidad tendrá como objetivo brindar a los usuarios la confianza en el cumplimiento de una serie de requisitos mínimos de calidad, así como identificar y eliminar los factores que afectan la prestación de los servicios de salud. La Superintendencia Nacional de Salud creará el Sistema de Garantía de Calidad y vigilará el cumplimiento de las normas establecidas para las instituciones. Así mismo, diseñará los mecanismos de vigilancia y control que garanticen la financiación, la correcta aplicación de los recursos del Sistema y los aspectos de calidad mencionados. Aquí se contemplan los recursos del ISS, destinados a diseñar e implantar los sistemas de información y monitoreo de la prestación de servicios de salud. 1.7.4.3. Estímulos a la eficiencia, calidad y ubicación: el objeto de este programa es promover entre el recurso humano, la eficiencia y calidad de los servicios de salud en el Régimen Subsidiado y estimular la reubicación del personal de salud en las zonas más apartadas, marginadas y azotadas por la violencia. El modelo de estímulo será diseñado por el Ministerio de Salud y Planeación Nacional. Estos estímulos no constituirán factor salarial. Este rubro se nutrirá del 1% de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía, subcuenta de Solidaridad, y del 30% del rubro 1.7.4.1 Recursos Humanos, de que trata la presente Ley. 1.7.5. Ciencia y tecnología para la salud En el marco del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Salud promoverá y apoyará financieramente la investigación básica y aplicada en áreas que permitan mejorar el diagnóstico y la atención en salud, así como el desarrollo y adaptación de tecnología médica, incluyendo medicina tradicional de las comunidades.

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Atención especial merecerá la investigación en el campo de la biotecnología. El Instituto Nacional de Salud invertirá en ciencia y tecnología recursos no inferiores a $15.000 millones para fortalecer la investigación biomédica, biotecnología en vacunas, epidemiología, etiología de la violencia como causa de la morbimortalidad en Colombia, entre otras, y en el mejoramiento de los recursos físicos para el desarrollo de ésta. 1.7.6. Otros programas del sector salud 1.7.6.1. El Gobierno Nacional promoverá la creación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) privadas a través de créditos otorgados por el IFI, en modalidades subsidiadas y no subsidiadas. 1.7.6.2. Se incluyen los siguientes programas: remodelación de la sede del Ministerio de Salud, reorganización del programa de atención de emergencias y desastres y atención del programa de discapacitados. Además se incluyen aquellos programas que realiza el Instituto Nacional de Salud para mantenimiento y dotación; el Instituto Nacional de Cancerología para campañas de prevención y control y compra de equipos; y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, para infraestructura y dotación, entre otros. 1.7.7. Transferencias y situado del sector salud Los recursos provenientes de estas fuentes se destinarán para la atención en salud y la cofinanciación de los programas del Plan de Atención Básica, estudios de preinversión, dotación y mejoramiento de la infraestructura. Estos recursos podrán utilizarse en el pago de salarios y honorarios del personal de la salud, adquisición de medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos y demás acciones definidas en la Ley 60/93. 1.7.8. Protección v bienestar social ISS Contempla acciones destinadas a la promoción de la salud y prevención de la enfermedad de los afiliados al ISS, como programas de crecimiento y desarrollo del niño, salud reproductiva, control de factores de riesgo, control perinatal, control de cáncer de cuello uterino y participación comunitaria.

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De igual manera, incluye acciones de apoyo en salud ocupacional, seguridad e higiene industrial. 1.8. NIÑEZ 1.8.1. Movilización en torno a la niñez Consiste en crear una conciencia social y comunitaria que beneficie a los niños, generando actitudes y comportamientos de respeto, valoración, protección de los menores en la familia y la comunidad. 1.8.2. Protección, desarrollo de la niñez A través de este programa se entregará complemento nutricional a 230.000 mujeres gestantes y lactantes y a sus hijos entre los 6 y 24 meses. Igualmente, se mejorará el componente nutricional de 900.000 beneficiarios de los Hogares Comunitarios de Bienestar y se asignarán subsidios alimentarios a 140.000 niños pobres en las zonas rurales. 1.8.3. Menores en situación irregular Consiste en desarrollar acciones específicas dirigidas a los menores maltratados, trabajadores, menores de la calle y a jóvenes infractores. El Gobierno Nacional y las entidades territoriales teniendo en cuenta las necesidades de los beneficiarios adelantarán evaluación y seguimiento a las ONG que trabajen con niños en alto riesgo social con el fin de medir el alcance de sus objetivos y su impacto en la población afectada. 1.8.4. Desarrollo institucional Consiste en la redefinición de competencias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, comprometiendo política, técnica y financieramente a las administraciones territoriales en la planeación y ejecución de programas dirigidos a la niñez y promoviendo su inclusión en los Planes Territoriales de Desarrollo. 1.8.5 Hogares de bienestar Busca el desarrollo armónico e integral de los menores de siete años de los sectores más pobres y vulnerables de extrema pobreza. Además, se incluyen los programas de jardines, atención al escolar y adolescente, hogares infantiles que están orientados a la prevención de la mal nutrición en la población infantil del país.

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Con estos programas se alcanzará una cobertura aproximada de 3 millones de menores. En este componente se incluyen los recursos destinados a sufragar los ajustes en las becas de las madres comunitarias. 1.8.6. Otros programas de niñez Incluye los programas destinados a la protección de menores, orientaciones e intervenciones en familia, adopciones, asistencia sociolegal al menor y a la familia en procesos civiles, entre otros. 1.9. VIVIENDA SOCIAL URBANA 1.9.1. Vivienda red de solidaridad social a) El subprograma de mejoramiento de la vivienda y el entorno se apoya en el subsidio otorgado por el Inurbe y se complementa con recursos de los municipios, de los Fondos de Cofinanciación (FIS y FIU) Fondo de Inversión Social y Fondo de Infraestructura Urbana y de la Red de Solidaridad Social. Se adjudicarán 258.500 subsidios para beneficiar a 775.000 hogares. El municipio, con el apoyo de los Fondos, tendrá a su cargo las obras de acceso al asentamiento, las redes de servicios públicos, grandes obras de mitigación de riesgos y proyectos dirigidos a la adecuación de zonas verdes y demás elementos del espacio público; b) El subprograma de vivienda nueva incluye viviendas mínimas o unidades básicas. Para lotes con servicios, la Nación sólo apoyará proyectos que contemplen los instrumentos de la Reforma Urbana y la zonificación del uso del suelo. Se realizarán 158.000 soluciones de vivienda nueva, apoyadas con subsidio para familias de menos de dos salarios mínimos mensuales de ingreso. Este subprograma podrá contemplar, además, la vivienda-empleo, que consiste en planificar desde un principio en los nuevos desarrollos populares, la construcción selectiva de viviendas-tiendas, viviendas-talleres, viviendas-huertos, viviendas-escuelas y en general viviendas-microempresas.

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El Inurbe tomará las medidas adecuadas para la administración de este subprograma. 1.9.2. Vivienda no cubierta red de solidaridad social Las acciones previstas se dirigen a atender el déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda de los hogares con ingresos entre dos y cuatro salarios mínimos legales mensuales. Con el apoyo del crédito, se realizarán 190.000 soluciones, de las cuales 84.000 se financiarán parcialmente con el subsidio familiar de vivienda, y el resto a través de crédito del Fondo Nacional de Ahorro y del sistema financiero. Los recursos de este Plan de Inversiones se complementarán con recursos propios de los municipios, crédito de Findeter, subsidios de las cajas de compensación familiar y créditos del sector financiero. 1.10. APOYO AL DESARROLLO URBANO Se fortalecerá la capacidad administrativa de las ciudades y poblaciones en el diseño de instrumentos de regulación y normatividad urbana, manejo del suelo, planificación territorial sostenible, desarrollo de proyectos de vivienda y entorno, y gestión de servicios públicos, transporte y equipamiento. Se establecerán indicadores ambientales y estándares para garantizar la sostenibilidad del desarrollo urbano. Se proveerá a las ciudades de un marco legal e institucional que oriente la acción de la administración local. Se impulsarán los programas para apoyar técnicamente a los municipiosen aspectos como actualización de bases gravables, niveles adecuados en tarifas, utilización de fuentes de ingreso de gran potencial y mejor nivel de eficiencia en el recaudo y administración de tributos. Se promoverá que las ciudades sean accesibles en sus diseños urbanísticos a las personas con discapacidad y a la tercera edad.

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2. SECTOR JUSTICIA 2.1. Apoyo técnico y humano al sistema judicial Se creará una estructura gerencial que le permita a la Rama Judicial incrementar la efectividad del sistema mediante instrumentos técnicos de organización, planeación, control y evaluación de gestión, manejo de información y racionalización de archivos. 2.2. Acceso a los servicios judiciales, administración de justicia y derecho El Estado facilitará el acceso a la vía judicial y promoverá diferentes alternativas para el tratamiento de los conflictos. 2.3. Prevención del delito y atención a las víctimas Este programa hará énfasis en la investigación de las causas del delito, sus soluciones, la atención a los menores infractores y la resocialización del delincuente. Así mismo, se iniciará el desarrollo de un sistema de atención a las víctimas de conductas punibles con el fin de disminuir los efectos negativos de estas conductas y promover la solidaridad de la comunidad en la lucha contra el delito. 2.4. Detención, cumplimiento de pena y rehabilitación Mejoramiento de las condiciones de las personas que deban ser puestas a disposición de la autoridad judicial, mediante alternativas a la detención, mejoramiento de las condiciones de los locales y asistencia judicial eficiente. Así mismo, el desarrollo de procedimientos para que la pena privativa de la libertad se transforme en un tratamiento para la rehabilitación y resocialización. 2.5. Apoyo a las acciones para la superación del problema de la droga El programa tiene como objetivo enfrentar y reducir progresivamente las causas y manifestaciones del problema de la droga, mediante la aplicación de mecanismos de participación comunitaria que vinculen efectivamente a la sociedad civil en su solución. Comprende el desarrollo de estrategias para la prevención integral, el tratamiento y la reinserción social, y el fortalecimiento de la cooperación internacional. Para ello se desarrollarán proyectos de investigación y divulgación y de asistencia a personas afectadas por el problema de la droga, así como de concertación y coordinación interinstitucional.

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3. SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD Incluye todos los programas desarrollados por las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y las entidades descentralizadas del Ministerio de Defensa. Del monto total asignado, le corresponderá un mínimo del 18% a la Policía Nacional. 4. INFRAESTRUCTURA 4.1. Energía 4.1.1. Petróleo Los objetivos de los programas para el desarrollo de la actividad petrolera, incluyen el incremento de la actividad exploratoria, asegurar la autosuficiencia, el adecuado y oportuno abastecimiento de combustibles líquidos y derivados del petróleo, así como el mejoramiento de la posición exportadora del país, promoviendo la participación de la iniciativa privada en las actividades: exploración, explotación, transporte, petroquímica, distribución y comercialización y gestión ambiental. El programa estará enmarcado dentro del concepto de propiedad estatal del subsuelo establecido en el artículo 332 de la Constitución Nacional. 4.1.1.1. En la actividad de exploración básica de petróleo, se ha previsto perforar 40 pozos exploratorios, con recursos de Ecopetrol durante el período. 4.1.1.2. En producción de petróleo se proyecta, por parte de Ecopetrol, incrementar la producción de crudos de 378 Kbpdc (miles de barriles de petróleo por día calendario) en 1995 a 615 Kbpdc en 1998. 4.1.1.3. En refinación y petroquímica dentro de los principales proyectos que se desarrollarán con participación del sector público, está la ampliación de la capacidad de refinación en el Complejo Industrial de Barrancabermeja (CIB) y Cartagena, con lo que se incrementará la capacidad de refinación del país de 262 Kbpdc actuales a 323 Kbpdc en 1998. Se prevé que la mayor parte de las inversiones en petroquímica sean desarrolladas por el sector privado, principalmente en producción a través de la construcción de una planta de olefinas.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Capítulo 1 — Sin título
Parte de — los requerimientos de inversión se financiarán a través de las contraprestaciones que se cobrarán al entrar en operación las nuevas sociedades aeroportuarias regionales, en las cuales podrá participar el sector privado, a cambio de la administración y explotación de cinco aeropuertos de gran potencial comercial que serán ofrecidos en concesión (Cali, Medellín, Cartagena, Barranquilla y Bogotá). La contraprestación económica de estas concesiones s
Capítulo 7 — Sin título
Capítulo 8 — Sin título
Capítulo 10 — Sin título
Capítulo 2 — Sin título
Capítulo 3 — Sin título
Capítulo 4 — Sin título
Capítulo 5 — Sin título
Capítulo 6 — Sin título
Capítulo 9 — Sin título

Tipo: Ley Ordinaria

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 5

Fuente auxiliar: No

Fundamento: Nivel derivado del tipo de norma (piramide-normativa.md).

Documento oficial: ver original

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