Acciones para garantizar la protesta como una expresión de los derechos de reunión y manifestación pública y pacífica. Las gobernaciones y alcaldías, en el marco de sus competencias señaladas en los artículos 287, 298, 305, 311 Y 315 de la Constitución Política, la Ley 136 de 1994, la Ley 1551 de 2012 y la Ley 1801 de 2016, formularán, implementarán, evaluarán y ajustarán las estrategias pertinentes dirigidas a garantizar el derecho a la manifestación pública y pacifica, tales como: ~ 1, , 11 ( 1. Contar con el personal debidamente seleccionado, preparado, instruido y capacitado a fin de respetar y garantizar la protesta como una expresión de los derechos de reunión y manifestación pública y pacífica, y la dignidad e integridad de todas las personas intervinientes y presentes en la misma. 2. Establecer los mecanismos o procedimientos necesarios de planeación, atención, coordinación, seguimiento y evaluación para la atención y garantía al derecho a la manifestación pública y pacífica. 3. Los servidores públicos responsables de acompañar, atender y coordinar las acciones pertinentes para el desarrollo de la manifestación pública y pacífica deberán contar con los recursos materiales y los servicios logísticos acordes a la especificidad de la situación. 4. Los Alcaldes, como la primera autoridad de policía del municipio, realizarán las coordinaciones respectivas a fin de que la intervención de la Policía Nacional sea planeada y ajustada según las particularidades de cada manifestación. 5. Se deberá capacitar y formar a los agentes de la Policía Nacional y demás entidades intervinientes sobre las medidas de protección que se deben adoptar' para proteger a los niños y las niñas que participen en manifestaciones junto a sus padres o tutores responsables. ~I i I 1.. flt, ~ j I '1 ! O~\--------------------~\ "" DECRETO NÚMERO _ _ _1_,~_,:_e_l_'______ DE 2017 ,I PÁGINA 33 DE 53 : I Continuaci6n del Oecreto "Por el cual se adiciona el Titulo 3 a la Parte 4, del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Onico Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. para adoptar la polltfca pública de prevención de violaciones a los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de personas, grupos y comunidades, y se dictan otras disposiciones. .. I ! 6. Establecer procedimientos y mecanismos de atención de situaciones aisladas, en desarrollo de la protesta pacífica, que puedan perturbar el orden público o el buen desarrollo de la protesta. 7. Hacer seguimiento, monitoreo y evaluación a los protocolos y prácticas para la atención de las manifestaciones y recomendar ajustes en su implementación para su perfeccionamiento. Parágrafo: Las autoridades civiles a las que corresponda atender el diseño, implementación y evaluación de la ejecución de las acciones pertinentes, convocarán a las entidades del Ministerio Público de su jurisdicción a efectos de verificar la garantía de derechos, I . I! I SECCiÓN 2 Formación Integral del Talento Humano