Por ser la salud un bien de interés público, donar sangre es un deber de solidaridad social que tienen las personas y, por ningún motivo, podrá ser remunerado. Para la donación deber n acreditarse los siguientes requisitos y condiciones:
a) Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.
b) Que el acto de donación sea consciente, expreso y voluntario por parte del donante.
c) Que tenga un peso mínimo de 50 kilogramos.
d) Practicar valoración física con el fin de verificar: que la temperatura, la presión arterial y el pulso se encuentren dentro de rasgos normales.
e) Ausencia de signos, síntomas o antecedentes de enfermedades infecciosas que se transmitan por vía transfusional.
f) Ausencia de embarazo.
g) Que no haya donado sangre total durante un lapso no menos de cuatro (4) meses.
h) Que previa determinación posea valores de hemoglobina y de hematocrito dentro de los rasgos normales.
i) Que no haya recibido dentro del último año, transfusiones de sangre o de sus componentes.
j) No haber sido vacunado dentro de los 15 días anteriores a la donación.
k) No estar utilizando medicamentos contraindicados para la donación señalados en el manual de normas técnicas que expida el Ministerio de Salud.
l) Ausencia de signos, síntomas o antecedentes de alcoholismo, drogadicción, de enfermedades infecciosas transfusionales, así como también de enfermedades crónicas o degenerativas que comprometan la salud del donante y/o del receptor, establecidos por interrogatorio y/o por examen físico.
m) Y otras que determine el Manual de Normas Técnicas que expida el Ministerio de Salud.
PARAGRAFO PRIMERO. Todos los donantes potenciales deben recibir materiales educativos referentes a los riesgos de enfermedades transmisibles por transfusión, con el fin de darles la opción de autoexcluirse de donar sangre.
PARAGRAFO SEGUNDO. El Ministerio de Salud emitir las normas técnicas que regulen en lo pertinente al presente artículo y fijar n los criterios científicos para la aplicación del mismo.