MATERIALES DE ENVASADO. La adquisición, manipulación y control de los materiales de envasado impresos debe efectuarse de la misma manera que las materias primas; son requisitos, los siguientes:
1.
2.
Prestar especial atención a los materiales de envasado impresos.
Mantenerse almacenados en condiciones seguras, a fin de impedir que el personal no autorizado tenga acceso a ellos.
Para evitar confusión, las etiquetas sueltas y otros materiales sueltos deben almacenarse y transportarse en contenedores cerrados independientes.
Los materiales de envasado deben suministrarse solamente a las personas designadas, conforme a un procedimiento aprobado y documentado.
A cada envio o lote de material impreso o de material primario de envasado, se le debe asignar un número especial de referencia o marca de identificación.
Todo material de envasado primario o material de envasado impreso desactualizado u obsoleto debe ser destruido y registrarse el destino que se le asigna.
RESOLUCIÓN NÚMERO ¡44 1 UE 2009 HOJA No 22
7. Ántes de ser utilizados todos los productos y materiales de envasado deben «ser examinados, previo su envío al departamento de envasado, en lo que respecta a la cantidad, identidad y conformidad con las respectivas instrucciones de envasado.
8. La limpieza de los envases debe ser realizada de acuerdo con procedimientos establecidos para prevenir que alguna contaminación o impureza ingrese a los mismos.
9. Los envases para gases medicinales contarán con especificaciones técnicas en donde se indique la referencia de las mismas.
10. Para la identificación de los envases de gases medicinales, debe seguirse el código de colores establecido en las Normas Farmacológicas vigentes.
11. Realizar una inspección externa de cada cilindro, observando abolladuras, quemaduras de arco, golpes, presencia de aceite, grasa, u otros signos de daño externo, incluido fuego o daño térmico que puedan causar que un cilindro no esté aceptable o sea inseguro para su uso. Esta inspección debe hacerse en la etapa de clasificación de cilindros vacios y quedará registrada como señal de aprobación o rechazo de los cilindros inspeccionados. Los cilindros rechazados una vez que han sido acondicionados para el uso podrán ser incorporados nuevamente al proceso.
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12. Para el oxígeno y el aire medicinal, se debe realizar una prueba de olor para detectar la presencia de algún olor extraño. En caso de detectarse un olor no característico, se debe enviar el cilindro a mantenimiento.
13. Cada actividad de mantenimiento a un cilindro debe quedar registrada.
14. Se debe realizar una prueba de sonido como indicador de la corrosión interna de los cilindros. Este procedimiento no debe ser realizado sobre cilindros de aluminio u otros cilindros en los que sus materiales de construcción no lo permitan.
15. Para los cilindros de gases medicinales deben establecerse procedimientos para realizar la prueba de presión hidrostática y verificar la vigencia de la misma en cada cilindro antes de su uso. Dicha verificación quedará registrada.
16. Las válvulas asociadas a los cilindros deben ser específicas para cada gas y en las mismas se garantiza la ausencia de partículas, aceite o grasa. El procedimiento de inspección de válvulas, indicando la referencia de la misma, quedará documentado y adicionalmente dicha revisión incluirá:
a) Verificación de hilos de rosca dañados en la válvula o en la parte superior. del vástago. :
b) Verificación del estado de la manija y el vástago de la válvula a fin de establecer que no estén doblados o presenten otros signos de daño.
c) Observación de signos visibles de desgaste y corrosión en la válvula y daños visibles producidos por excesivo calor o daño causado por fuego.
a) Verificar que la válvula sea la correcta según el gas medicinal a ser llenado.
17. En los termos usados para gases medicinales se debe establecer especificaciones para realizar las siguientes inspecciones antes de ser llenados:
a) Inspección externa del recipiente para detectar daños externos. Inspección de todas las conexiones de entrada y salida.
c) Las conexiones correctas para cada tipo de gas, deben estar soldadas de forma permanente de tal modo que se eviten cambios no autorizados de los conectadores.
d) El uso de acoples de adaptación en las conexiones no es permitido.
€) Inspección básica al sistema de medición de referencia del contenido.
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RESOLUCIÓN NÚMERO ¿44 ¿0 DE 2009 HOJA No 23
f) Inspección del rotulado de los envases, conteniendo: etiquetas de identificación del gas y marcas permanentes con el nombre del mismo. Todos los envases deben tener el nombre del gas cerca de las conexiones de ingreso y salida.
9) Las etiquetas deben ser de material lavable, seguro y fácilmente legible.
h) Todas las etiquetas dañadas serán removidas.
i) Los envases criogénicos para gases medicinales deben tener instaladas válvulas o dispositivos de no retorno en la línea de salida del gas antes de la conexión exterior o, en su defecto, en el punto más próximo posible a la conexión entre el envase y la red de tubería en el lado de la red de distribución del cliente, para asegurar que el gas no es contaminado por los procesos del cliente.
18. Todos los aditamentos para los cilindros de oxígeno y demás gases oxidantes deben conservarse sin grasa ni aceite.
19. Las válvulas de los cilindros no serán removidas o reparadas sino por el envasador responsable del gas.
20. Todo cilindro debe tener estampado en bajo relieve: el nombre del propietario del cilindro; la presión máxima de servicio o ta presión de prueba; el peso tara del cilindro siempre que se trate de gases licuados; el volumen del cilindro en litros de agua; fecha de la última prueba hidrostática, indicando mes, año, logotipo del laboratorio de prueba hidrostática; norma técnica de fabricación del cilindro y número serial de identificación del mismo. No se deben remover, cambiar o alterar marcas o números de identificación de los cilindros.
Todos los cilindros nuevos deben contar con las marcas señaladas en el presente literal. En caso que un cilindro en Uso, no cuente con la totalidad de esta información los datos faltantes deben incorporarse en la siguiente prueba hidrostática, excepto la norma técnica de fabricación.
21. No se deben usar sitios subterráneos para el almacenamiento de gases comprimidos.
CAPÍTULO Xtil PRODUCTOS INTERMEDIOS, A GRANEL Y ACABADOS