Artículo ANEXO (43/68)
.23. ¿Si la persona responsable de la coordinación del retiro es diferente del director técnico, este es informado de dicha decisión? 5.8.1.24. ¿Se establecen y documentan las posibles causas cuando un radiofármaco no reúne los criterios de aceptación para ser administrado a los pacientes? 5.8.1.25. ¿Cuentan con el listado de radiofarmacias, servicios de medicina nuclear, distribuidores y usuarios a los cuales dar aviso del retiro de producto? 5.8.1.26. ¿Se mantienen registros de distribución del radiofármaco a las radiofarmacias, servicios de medicina nuclear, distribuidores y usuarios, garantizando la trazabilidad del producto a retirar? 5.8.1.27. ¿Se registra cada etapa del proceso de retiro y se elabora un informe sobre el mismo, verificando la conciliación de cantidades elaboradas, distribuidas y recogidas? 5.8.1.28. ¿Se evalúa la eficiencia del. sistema de retiro y está documentada la periodicidad de dicha evaluación? 5.8.1.29. ¿Existe un lugar seguro para el almacenamiento del producto retirado hasta la disposición final? 5.8.1.30. ¿Está establecido y documentado un programa de auditoría interna? 5.8.1.31. ¿Las auditorías internas se realizan regularmente y está definida la frecuencia de las mismas? 5.8.1.32. ¿Se realizan auditorías internas puntuales en ocasiones especiales? 5.8.1.33. ¿Está establecido y documentado un procedimiento para realizar las auditorías internas? 5.8.1.34. ¿Existe un programa de seguimiento para verificar el cumplimiento de las acciones correctivas implementadas en respuesta a los hallazgos de las auditorías internas? 5.8.1.35. ¿El alcance de la auditoría interna incluye los diferentes elementos de las Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos -BPER, incluido el Sistema de Gestión de Calidad? 5.8.1.36. ¿El personal que conforma el equipo de auditoría