Artículo ANEXO (64/166)
a) los juguetes destinados para niños menores de 96 meses de edad no deben tener bordes afilados peligrosos accesibles de vidrio o metal cuando se ensayan conforme a lo especificado en el numeral 5.8 (ensayo de bordes afilados). Si un borde accesible falla en el ensayo de bordes afilados tal como se especifica en el numeral 5.8 se debe evaluar el borde para determinar si presenta un riesgo no razonable de lesión tomando en cuenta el uso previsible y el rango de edad previsto para el juguete; b) los bordes de metal o vidrio potencialmente afilados se deben considerar no accesibles si quedan adyacentes a una superficie de la muestra de ensayo y ningún espacio vacío entre el borde y la superficie adyacente excede los 0,5 mm (por ejemplo en las juntas traslapadas y bordes confinados Véase la figura 6) c) los bordes de piezas destinadas para servir como conductores eléctricos y los portaobjetos de microscopios y cubiertas deslizantes se consideran bordes funcionales y no requieren advertencia. 4.6.2 Bordes afilados funcionales a) los juguetes destinados para niños menores de 36 meses de edad no deben tener bordes afilados funcionales, peligrosos, accesibles;